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Chile

Eventos de 2011

El gobierno de Sebastián Piñera ha reformado la ley antiterrorista y el sistema de justicia militar de Chile, eliminando importantes aspectos que eran incompatibles con los estándares internacionales de debido proceso. Si bien los tribunales militares ya no tienen competencia sobre civiles, continúan juzgando a policías acusados de cometer violaciones de derechos humanos. Y aun cuando el gobierno de Piñera no ha acusado de “terrorismo” a manifestantes indígenas, algunos fiscales han continuado presentando cargos en su contra aplicando la ley antiterrorista por actos que deberían considerarse delitos comunes.

En 2011, el gobierno adoptó algunas medidas importantes para remediar las condiciones inhumanas de hacinamiento en las cárceles chilenas, pero este grave problema aún persiste.

La mayoría de los casos documentados de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas ocurridos durante el régimen militar (1973-1990) ya han sido juzgados o están siendo investigados por la justicia. Los jueces continúan condenando a ex militares en relación con estos delitos. Sin embargo, las sentencias que finalmente se imponen a menudo son muy poco severas, lo cual resulta inadmisible considerando la gravedad de estos crímenes.

Abusos policiales

Continúan las denuncias de casos de uso excesivo de la fuerza por policías contra personas detenidas durante manifestaciones y ocupaciones de tierras por Mapuches. En agosto de 2011, un carabinero disparó y mató al estudiante Manuel Gutiérrez Reynoso, de 16 años, quien había estado observando una manifestación desde un puente peatonal de Santiago durante una huelga nacional. Un jefe de policía —que había desestimado las acusaciones que señalaban a policías como responsables del incidente— fue destituido, junto con el supuesto autor del hecho y otros oficiales de bajo rango. A fines de septiembre, el caso estaba siendo investigado por un fiscal militar.

Desde 2002, policías han sido responsables de la muerte de al menos tres Mapuches, que representan la población indígena más numerosa de Chile. Durante 2011 continuó tramitando en la justicia militar el juicio contra un sargento de policía que, en agosto de 2009, disparó y asesinó a Jaime Mendoza Collío, un joven Mapuche de 24 años que había participado en un acto de ocupación de tierras cerca de Ercilla. La policía afirmó que el sargento actuó en defensa propia, pero los informes forenses indicaron que la bala impactó a Mendoza por la espalda y que este no había disparado un arma.

Jurisdicción militar

Tras las recomendaciones formuladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de 2005 contra Chile en el caso Palamara, el gobierno de Piñera presentó una propuesta legislativa —sancionada por el Congreso en septiembre de 2010— que puso fin a la competencia de los tribunales militares sobre civiles. No obstante, las reformas no modificaron la competencia en casos de abusos de policías contra civiles, que aún corresponde a tribunales militares que no son totalmente independientes.

Ley antiterrorista

La aplicación indebida de la ley antiterrorista a delitos comunes contra la propiedad, como el incendio intencional cometido por activistas Mapuches, continúa representando un grave obstáculo para el debido proceso. En septiembre de 2010, luego de que las Naciones Unidas y el sistema regional de derechos humanos expresaran su preocupación, y tras una huelga de hambre iniciada por presos Mapuches, el gobierno reformó la ley antiterrorista. Se reforzaron algunas garantías de debido proceso, permitiendo, por ejemplo, que abogados defensores interroguen a testigos de cargo de identidad reservada. No obstante, no se modificó la disposición legal sobre delitos contra la propiedad sin violencia contra las personas, y los fiscales continúan aplicando la ley a este tipo de casos.

En febrero de 2011, un tribunal de Cañete, en la región de Araucanía, condenó a un líder Mapuche a 25 años de prisión y a otros tres a 20 años por “homicidio frustrado” de un fiscal y por “robo con intimidación” de un agricultor. En un primer momento las acusaciones se formularon en el marco de la ley antiterrorista, pero luego el tribunal desestimó los cargos de terrorismo contra todos los acusados y sobreseyó a otros 17. Los abogados defensores apelaron las condenas, y alegaron que el tribunal había aplicado el procedimiento previsto en la ley antiterrorista, como el uso de testigos anónimos durante el juicio, a pesar de que había desestimado los cargos por terrorismo. En junio, la Corte Suprema rebajó la acusación de homicidio y la reemplazó por “lesiones”, y redujo las penas de 25 y 20 años de prisión a 14 y 8 años, respectivamente.

En mayo de 2011, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, un organismo oficial creado en 2009 para promover y defender los derechos humanos, emitió una declaración donde criticaba el uso de la ley antiterrorista contra Mapuches.

Condiciones carcelarias

En muchas cárceles las condiciones son deplorables, e incluyen salubridad, ventilación y nutrición deficientes, y falta de agua potable suficiente. A pesar de que esto propicia problemas de salud y favorece la propagación de enfermedades infecciosas, el acceso a la atención médica continúa siendo inadecuado. En diciembre de 2010, 81 presos murieron y 14 sufrieron heridas graves durante un incendio en la cárcel San Miguel en Santiago, que se inició tras una riña entre internos en la cual se usó una garrafa de gas como lanzallamas. La cárcel, con capacidad para 1.100 internos, albergaba en ese momento a 1.900 presos; y tan sólo cuatro guardias penitenciarios habrían estado trabajando en el establecimiento ese día.

En su discurso anual de marzo de 2011, el Presidente de la Corte Suprema Milton Juica señaló que el sistema carcelario se encontraba en estado de “colapso absoluto” y constituía un “irrespeto grave a los derechos y garantías de quienes están privados de libertad”. Funcionarios del gobierno reconocieron que la población carcelaria superaba en un 60 por ciento la capacidad de las instalaciones, y que en los establecimientos más afectados esta proporción alcanzaba al 200 por ciento. De acuerdo con un informe difundido en marzo de 2010 por una comisión de revisión carcelaria designada por el gobierno, los problemas existentes se deben a demoras en la construcción de nuevos establecimientos, la adopción de procesos penales más acelerados, la aplicación de políticas que promueven penas más severas y la falta de implementación de alternativas efectivas a la prisión.

En respuesta a la crisis, el Ministerio de Justicia ha presentado un proyecto de ley que permitiría la liberación de presos de baja peligrosidad y reforzaría las alternativas a las penas de prisión. En agosto de 2011, el Senado aprobó dos proyectos de ley en este sentido: el primero permite la liberación de personas que estén en prisión por no haber pagado multas e impediría su encarcelamiento en el futuro al reemplazar las penas de prisión previstas para este delito por tareas de servicio comunitario; mientras que el segundo permite la liberación de presos que ya hayan recibido el beneficio de salidas durante el día y de mujeres que hayan cumplido dos tercios de su condena, a menos que se trate de delitos graves. Al momento de la redacción de este documento, la sanción de estas leyes dependía de la votación en la Cámara de Diputados.

Juicios por abusos del pasado

Más del 75 por ciento de los 3.186 asesinatos y desapariciones documentados como ocurridos durante el régimen militar han sido juzgados o están siendo examinados por la justicia, según datos del Observatorio Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, una ONG que monitorea el avance de los juicios de derechos humanos. A fines de mayo de 2011, se habían concluido o estaban en curso 1.446 investigaciones judiciales de violaciones de derechos humanos cometidas durante el gobierno militar, y 245 ex agentes del servicio de seguridad habían recibido condenas definitivas. No obstante, tan sólo 66 de estas personas cumplían penas de prisión a fines de mayo.

En muchos casos, la Corte Suprema ha aplicado sus facultades discrecionales para reducir la condena impuesta a quienes perpetraron violaciones de derechos humanos, en reconocimiento del tiempo transcurrido desde el delito. Con frecuencia, la pena que finalmente se aplica es lo suficientemente breve como para eximir de prisión a los condenados. Esta práctica despierta dudas de que Chile esté cumpliendo con su obligación de juzgar a responsables de delitos de lesa humanidad aplicando penas o sanciones adecuadas.

Derechos reproductivos

Chile es uno de los tres únicos países de América Latina (los otros son El Salvador y Nicaragua) que prohíben el aborto de manera absoluta, incluso en casos de necesidad médica. La prohibición está consagrada en la Constitución de Chile desde 1989. Ante la imposibilidad de someterse a abortos terapéuticos, en ocasiones las mujeres recurren a procedimientos inseguros y clandestinos que pueden poner en riesgo su vida y su seguridad. Esta prohibición absoluta vulnera los derechos fundamentales de la mujer al disfrute del más alto nivel posible de salud, a la vida, a no ser discriminada, a la integridad física y a no ser objeto de tratos crueles, inhumanos o degradantes. La ley que se encuentra pendiente en el Congreso contemplaría el aborto terapéutico lícito en casos específicos.

Orientación sexual e identidad de género

En agosto de 2011, Piñera presentó un proyecto en el Senado para legalizar las uniones informales, tanto de parejas heterosexuales como homosexuales. Se trata de una reforma que había prometido durante su campaña electoral de 2009. Cerca de 2 millones de chilenos conviven actualmente en uniones informales sin los derechos legales de los cuales gozan las parejas casadas.

Luego de que dos parejas homosexuales presentaran un recurso y solicitaran la protección de sus derechos constitucionales, la Corte de Apelaciones de Santiago pidió al Tribunal Constitucional que se pronunciara sobre la constitucionalidad de un artículo del Código Civil que define al matrimonio como un contrato entre un hombre y una mujer. En noviembre, el Tribunal determinó que la regulación del matrimonio era un asunto legal y no de tipo constitucional, de modo que debía ser sometida a votación en el parlamento.

En noviembre, el Senado votó a favor de incluir la discriminación por razones de género u orientación sexual en un proyecto de ley contra la discriminación que está siendo debatido actualmente por el parlamento.

Actores internacionales clave

En agosto de 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos remitió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso de siete líderes Mapuches y de un defensor de los derechos de la comunidad Mapuche que fueron juzgados en 2003 en el marco de la ley antiterrorista chilena. La Comisión sostuvo que el juzgamiento de estas personas conforme a esa ley había sido discriminatorio.