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Las auditorías sociales no resuelven los abusos laborales en las cadenas de suministro minoristas

Las normas propuestas en la UE y en otros lugares deben exigir una combinación de medidas inteligentes

Trabajadora bangladesí en una fábrica de indumentaria en las afueras de Daca, Bangladés, el 2 de noviembre de 2022. © 2022 Habibur Rahman/Abaca/Sipa USA (Sipa via AP Images)

(Bruselas) Las auditorias sociales y las certificaciones de proveedores no son suficientes para impedir y remediar abusos de los derechos laborales en las cadenas de suministro globales, señaló Human Rights Watch en un informe que se presentó en el día de hoy.

En el informe de 28 páginas, titulado "La obsesión por las herramientas de auditoría, olvidan el objetivo: Por qué las auditorías sociales no pueden solucionar el problema de los abusos de los derechos laborales en las cadenas de suministro globales”, se ponen de relieve los problemas relacionados con las auditorías y certificaciones para proveedores, incluido en el sector de la indumentaria, y se pone el foco en los abusos de derechos laborales. Los responsables de políticas en la Unión Europea y en otros lugares que estén analizando la posibilidad de adoptar leyes que regulen la forma en que las empresas respetan los derechos y los estándares ambientales en sus propias operaciones y en las cadenas de valor globales, no deben considerar que esas auditorías o certificaciones son prueba de cumplimiento.

“Los responsables de políticas y las empresas no deben confundir las auditorías sociales y las certificaciones de proveedores con las pruebas que se realizan para procesos de diligencia debida ambientales y de derechos humanos”, explicó Aruna Kashyap, directora asociada de la división de Justicia y Derechos Económicos de Human Rights Watch. “Las empresas deben estar al tanto de los problemas que existen con respecto a las auditorías sociales y las certificaciones, y tomar decisiones inteligentes sobre cómo invertir recursos para un proceso de diligencia debida de derechos humanos”.

Muchas marcas mundiales y cadenas minoristas se abastecen de fábricas ubicadas en distintos lugares del mundo y recurren a auditorías sociales, inspecciones privadas a los proveedores y planes de certificación basados en esas auditorías para evaluar el cumplimiento de los códigos de conducta voluntarios. Estos códigos han sido elaborados por las propias marcas, por medio de iniciativas en las que han participado varios actores interesados, o en virtud de programas de auditoría o certificación específicos.

En ellos se consagran, en distinta medida, estándares internacionales de derechos laborales. Si bien las auditorías sociales y las certificaciones son cada vez más comunes, también son polémicas porque no se considera que sean realmente independientes, sino que, más bien, están fuertemente influenciadas y, con frecuencia, financiadas por las propias marcas y los propios proveedores.

Human Rights Watch entrevistó a 20 auditores en ejercicio o exauditores, muchos de los cuales han realizado auditorías sociales de proveedores durante más de una década en una gran cantidad de países y en distintos sectores, incluido el de la indumentaria, y a otros expertos del sector de la indumentaria. Human Rights Watch también examinó informes de auditorías sociales y consultó análisis académicos de este tipo de informes.

Llegó a la conclusión de que en las auditorías sociales que se realizan en pocos días, así como en las certificaciones resultantes de esas auditorías, hay un mayor riesgo de que no se detecten abusos laborales (en especial, cuestiones como discriminación y acoso, trabajo forzado, trabajo infantil y libertad de asociación).

Varios auditores y expertos del sector señalaron que las auditorías sociales “tradicionales” o “estándares”, que se realizan en pocos días, suelen utilizarse más que los costosos exámenes exhaustivos que realizan “empresas boutique”. Dijeron que la presión por reducir costos limita la cantidad de tiempo que los auditores tienen para entrevistar a trabajadores fuera del establecimiento en entornos seguros y para investigar, seguir pistas y recabar pruebas sobre abusos laborales. Como manifestó un experto, “las marcas encargan exámenes exhaustivos solo si creen que tienen un problema muy desagradable y complejo”.

Los conflictos de intereses entre la empresa de auditoría y el cliente que le paga pueden empañar el proceso de auditoría social. Según auditores en varios países, la presión que ejercen los clientes influye en la auditoría. Varios sentían que la presión era incluso mayor cuando los proveedores, y no las marcas, pagaban y designaban a las empresas de auditoría. También comentaron que se les pedía que eliminaran hallazgos o que transmitieran los hallazgos más graves verbalmente o por separado en correos electrónicos, pero que no los incluyeran en el informe de auditoría social.

Human Rights Watch y otras organizaciones han detectado que muchos proveedores, ansiosos por obtener informes de auditorías sociales positivos o recibir una certificación, intentaron ocultar las condiciones laborales reales durante las auditorías. El riesgo de engaño en las auditorías era mayor cuando se anunciaba con anticipación que se iba a llevar adelante ese proceso.

Varios auditores señalaron que, en muchos países, hay varias consultoras de auditoría que colaboran con la “manipulación” del sistema de auditoría social ayudando a las fábricas a “prepararse” para la auditoría real, entrenando a los trabajadores y a la gerencia sobre cómo responder preguntas y ayudando a elaborar documentación apócrifa.

Human Rights Watch concluyó que las prácticas comerciales diseñadas para ayudar a mantener los costos bajos o reducir el tiempo necesario para fabricar productos puede fomentar que haya abusos laborales al generar incentivos perversos para los proveedores, que los lleven a utilizar consultoras de auditoría que “preparan” las condiciones para la auditoría y a proporcionar información engañosa.

Hasta la investigación más sólida solo puede informar los hallazgos y sugerir medidas correctivas a la parte que contrató la auditoría, sea el proveedor, una marca o un ente conformado por varias partes interesadas. La subsanación depende de cómo respondan ante los hallazgos el proveedor y las marcas que se abastecen del proveedor.

Las empresas que se abastecen de proveedores deben, por lo menos, apoyar la implementación de medidas correctivas, plantear una serie de advertencias y consecuencias, y, de no haber avances, interrumpir los vínculos comerciales de manera responsable, de forma tal de reducir al mínimo los perjuicios que puedan sufrir los trabajadores, señaló Human Rights Watch.

La industria de las auditorías sociales y las certificaciones es, en gran medida, poco transparente, apuntó Human Rights Watch. Los informes de auditoría social sobre los proveedores no tienen carácter público. En el caso de las certificaciones, la falta de transparencia implica que no existe información sobre cómo es que un determinado establecimiento recibió una certificación, De este modo, no se crea confianza con los actores interesados pertinentes, en especial, los trabajadores, ni se habilita a los sindicatos locales y a las organizaciones de derechos de los trabajadores a monitorear los avances de las medidas correctivas.

Además de publicar las conclusiones y las medidas correctivas, las empresas que decidan utilizar auditorías sociales y certificaciones deberían informar quién pagó la auditoría y qué cubrieron los costos. También deberían divulgar quién designó a la empresa que lleva adelante la auditoría; la conformación del equipo de auditoría, la diversidad de género y las habilidades lingüísticas pertinentes; además de la experiencia que tienen en relación con el estándar que se utiliza para realizar la verificación. Deberían describir la metodología utilizada, como por ejemplo, si se realizaron entrevistas exhaustivas con los trabajadores fuera del establecimiento, y el alcance de la auditoría, lo que incluye el tiempo asignado y las cuestiones que abarca.

Las leyes deberían exigir a las empresas que combinen con inteligencia las herramientas de modo que se pueda llevar adelante un proceso de diligencia debida de derechos humanos, preparado en consulta con partes interesadas, en especial, las poblaciones afectadas, como sindicatos de trabajadores y organizaciones comunitarias. Deben exigirles a las empresas que divulguen cuáles son sus cadenas de suministro y que elaboren mecanismos de queja y reparación independientes, efectivos y accesibles dentro del país en donde esas empresas se abastecen. Asimismo, deben exigirles a las empresas que garanticen que sus prácticas de compra son congruentes con las responsabilidades asumidas en materia de derechos humanos. Si las empresas deciden utilizar auditorías sociales y certificaciones, las leyes deben exigir la publicación del informe de auditoría social y de las medidas correctivas.

Por último, las leyes también deberían exigir a las empresas que elaboren políticas y procesos claros para subsanar y apoyar la subsanación, así como procedimientos para tomar medidas adicionales cuando no haya mejoras, lo que incluye desvincularse de un proveedor de manera responsable haciendo hincapié en reducir al mínimo los perjuicios que sufran trabajadores y comunidades.

“Las empresas no deberían utilizar las auditorías sociales y las certificaciones como criterio para demostrar que cumplen con los estándares de derechos humanos en sus propias operaciones o en las cadenas de suministro globales”, señaló Kashyap. “Los responsables de políticas y las autoridades regulatorias no deben eximir a las empresas de sanciones administrativas ni de responsabilidad civil por el mero hecho de haber utilizado programas de auditoría o certificación”.

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