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México — Fallo judicial supone una victoria para la justicia internacional
(Nueva York, 10 de junio de 2003) — La decisión de la Suprema Corte de Justicia de México de autorizar la extradición de Ricardo Miguel Cavallo reforzará el principio de "jurisdicción universal" en el derecho internacional, señaló hoy Human Rights Watch. Cavallo, ex oficial de las fuerzas armadas argentinas, será procesado en España por atrocidades cometidas durante la dictadura militar en Argentina.

Este caso representa una verdadera victoria para la justicia internacional. México se va a convertir en el primer país latinoamericano que extradita a una persona acusada de graves violaciones a los derechos humanos bajo el principio de jurisdicción universal.

José Miguel Vivanco, Director Ejecutivo de la División de las Américas de Human Rights Watch


De acuerdo con el principio de jurisdicción universal, las violaciones a los derechos humanos cometidas en un país pueden ser enjuiciadas penalmente por los tribunales de otro país. Este principio ha contribuido a que sea más difícil para los violadores de los derechos humanos encontrar refugio en el exterior que les permita escapar de la justicia.

"Este caso representa una verdadera victoria para la justicia internacional", dijo José Miguel Vivanco, Director Ejecutivo de la División de las Américas de Human Rights Watch. "México se va a convertir en el primer país latinoamericano que extradita a una persona acusada de graves violaciones a los derechos humanos bajo el principio de jurisdicción universal".

Según la acusación dictada por el juez español Baltasar Garzón en noviembre de 1999, Cavallo, conocido como Miguel Ángel Cavallo, era un teniente de la Armada que trabajaba en la conocida Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) en Buenos Aires durante el régimen militar. Dicha acusación señala que, entre enero de 1977 y octubre de 1978, Cavallo formó parte de la sección de operaciones del Grupo de Trabajo 3.3.2, grupo activamente involucrado con el secuestro y la tortura de personas consideradas izquierdistas por los militares.

La sentencia acusa a Cavallo de la tortura de Thelma Jara de Cabezas, y en la ejecución de Mónica Jauregui y Elba Delia Aldaya.

En el informe de 1984 de la comisión de la verdad de Argentina se nombra a 8.961 personas desaparecidas durante la dictadura militar, sin embargo esta cifra no es comprehensiva. Aunque algunos oficiales de alto rango fueron enjuiciados por estos abusos en la década de los ochenta, la gran mayoría de los responsables fueron protegidos por las leyes de amnistía argentinas. Los indultos decretados por el entonces presidente Menem en 1989 y 1990 dejaron en libertad a los pocos militares que habían sido condenados.

La Suprema Corte de Justicia de México autorizó la extradición de Caballo por los delitos de terrorismo y genocidio, pero no por el de tortura. Un tribunal inferior había dictaminado previamente que Cavallo no podía ser extraditado por el delito de tortura dado que, conforme a la legislación mexicana, dicho delito había prescrito.

"En una región en la que demasiados violadores a los derechos humanos han eludido a la justicia, México está dando un importante ejemplo que otros países deberían emular", dijo Vivanco.


INFORME ANUAL 2003 — CAPÍTULO SOBRE MÉXICO
INFORME 2001 — CAMPAÑA PARA LA CPI
INFORME 2001 — INJUSTICIA MILITAR
ALABADA LA DECISIÓN DE EXTRADITAR A CAVALLO (2 de febrero de 2001)
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