Llamada a la acción a las organizaciones no gubernamentales (No. 3)
Febrero de 1998

I. ESTABLECER UNA CORTE PENAL INTERNACIONAL EFICAZ
Al aproximarnos a la conclusión del siglo más violento de la historia de la humanidad, tenemos la
oportunidad única de acabar con la impunidad por los crímenes internacionales más graves. La Asamblea
General de las Naciones Unidos ha establecido el 15 de junio de 1998 como la fecha para el inicio de la
Conferencia de Plenipotenciarios en Roma, para la creación de la Corte Penal Internacional (CPI). La Corte
investigará y enjuiciará a los acusados de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra graves
cuando los tribunales nacionales no estén disponibles o sean ineficaces. La impunidad de la que disfrutan
actualmente los arquitectos de las masacres más graves subraya la necesidad urgente de la CPI. Human
Rights Watch considera que el establecimiento de una Corte eficaz e independiente es fundamental para
mejorar la aplicación de los derechos humanos.
Desde 1996, el Sexto Comité de la Asamblea General de la ONU ha convocado cinco sesiones del Comité
Preparatorio para el Establecimiento de una CPI (PrepCom) con el fin de negociar un Borrador del Estatuto
de la Corte. En la PrepCom final, convocada del 16 de marzo al 3 de abril de 1998, se preparará un texto
consolidado para la Conferencia de Plenipotenciarios. Ahora se plantean las cuestiones de qué tipo de Corte
emanará de la Conferencia de Plenipotenciarios; si la CPI tendrá la autoridad e independencia necesarias para
administrar justicia y castigar a los criminales más abyectos; o si la CPI será un órgano inútil debido a su
dependencia de las aprobaciones del Consejo de Seguridad y de la cooperación de gobiernos particulares;
y si una corte incapaz de cumplir las tareas para las que fue creada desaprovechará esta oportunidad histórica
de impedir los crímenes internacionales más graves.
Los progresos en la creación de la CPI se pueden atribuir principalmente a dos factores: el compromiso de
los Estados "con ideas afines" y la persistencia de las organizaciones no gubernamentales (ONG). En
coherencia con el nuevo modelo de diplomacia posterior a la Guerra Fría, anunciado por la campaña exitosa
para la erradicación de las minas en 1997, un bloque de Estados de tamaño pequeño y medio, el grupo "con
ideas afines," se ha asentado como la fuerza que encabeza la campaña para el establecimiento de una Corte
eficaz e independiente. Entre los más fervientes defensores de la Corte se encuentran Estados en los que se
han producido transiciones del régimen autoritario y tienen un conocimiento cercano de cómo la impunidad
puede socavar el estado de derecho. Los Estados con ideas afines ya han obtenido victorias importantes al
desbaratar los intentos de retrasar la creación de la CPI e insistir en la inclusión de disposiciones importantes
en la definición de los crímenes de
guerra, de manera a garantizar que la Corte puede ejercer su jurisdicción con eficacia. Por otro lado, una minoría
de Estados, entre los que se encuentran Estados Unidos y Francia, está
defendiendo posturas que subordinan la Corte al Consejo de Seguridad y socavan gravemente su eficacia y
credibilidad.
Al iniciarse la etapa final y más importante del proceso de creación de la CPI, el papel desempeñado por las ONG
será fundamental para garantizar el establecimiento de una Corte eficaz e independiente. No se puede
menospreciar la relevancia de la CPI en el trabajo diario de las ONG a nivel mundial. Aunque la CPI no es una
panacea para todas las violaciones de los derechos humanos, es posible que su competencia sobre los crímenes
de lesa humanidad y el genocidio se extienda a los tipos de conflicto étnico y supresiones de minorías que,
lamentablemente, son tan frecuentes hoy en día. La creación de la Corte también provocará la ampliación del
estado de derecho y que los tribunales nacionales cumplan las normas del derecho internacional. Por estos
motivos, Human Rights considera esencial que las ONG hagan saber sus opiniones sobre asuntos clave y
presionen a sus gobiernos para que apoyen una CPI eficaz e independiente. Las ONG y las organizaciones de
la sociedad civil necesitan responsabilizar a sus gobierno de su postura en relación a la CPI, reforzar la
determinación de seguir comprometidos con una CPI solida por parte de los gobiernos con ideas afines, y plantear
desafíos políticos a los gobiernos que siguen bloqueando la creación de una Corte eficaz e independiente.
Con la intención de estimular el debate y el activismo, Human Rights Watch publica la Llamada a la acción No.
3 para destacar los asuntos clave que determinarán la eficacia de la Corte, identificar los temas que serán
debatidos en la próxima sesión de marzo-abril del Comité Preparatorio y subrayar sugerencias fundamentales
para las iniciativas de las ONG.
Esperamos poder conocer las opiniones de su organización en relación a la CPI, discutir con usted los asuntos
destacados y explorar posibles iniciativas conjuntas.
II. ASUNTOS CLAVE PARA GARANTIZAR UNA CORTE EFICAZ
Human Rights Watch considera que los siguientes principios y mecanismos son fundamentales para la creación
de una Corte justa e imparcial:
A. Mecanismos de denuncia y el papel de la fiscalía
El actual borrador del Estatuto contiene un mecanismo de denuncia restrictivo que impide al Fiscal iniciar una
investigación de situaciones que no estén referidas por el Consejo de Seguridad o de denuncias que no hayan sido
iniciadas por un Estado Parte que haya aceptado la competencia de la Corte. A diferencia de los Tribunales Ad
Hoc, el Fiscal no es más que un ejecutor de las decisiones del Consejo de Seguridad o de los Estados. Dado que,
por una variedad de motivos, es posible que los Estados y el Consejo de Seguridad estén reticentes a presentar
casos ante la CPI, si no se amplían los mecanismos de denuncia, la autoridad de la Corte se verá limitada, se
reducirá significativamente el número de violaciones de los derechos humanos que se presenten ante ésta y se
permitirá que presuntos responsables queden en libertad.
El mecanismo de denuncia de la CPI debe ampliarse para permitir al Fiscal que inicie una investigación
basándose en sus descubrimientos o en información procedente de cualquier fuente, como personas individuales
o ONG. La contribución de las víctimas y las ONG será decisiva para llevar a los responsables ante la justicia.
B. El papel del Consejo de Seguridad
Aunque es fundamental que el Consejo de Seguridad conserve su autoridad primordial de determinar las
amenazas a la paz y la seguridad internacionales, el ejercicio de la competencia de la CPI no puede depender de
las aprobaciones preliminares de este organismos altamente politizado. El actual borrador del Estatuto impide
que la Corte ejerza su competencia en casos derivados de situaciones que están siendo "resueltas" por el Consejo
de Seguridad, en aplicación de su poder de mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. El borrador
del Estatuto permite a los Miembros Permanentes utilizar sus poderes de veto para proteger a acusados
potenciales cuando están en juego sus intereses nacionales. Este procedimiento socava gravemente la
independencia y credibilidad de la Corte.
C. La relación de los tribunales nacionales con la CPI (complementariedad)
La CPI ha sido concebida para que sea complementaria a los sistemas de justicia penal nacionales en los casos
en que dichos procedimientos judiciales no estén disponibles o sean ineficaces. La intención de esta disposición
es garantizar que la CPI no se convierte en sustituta de los tribunales nacionales que tienen la responsabilidad
primordial de llevar ante la justicia a los acusados de estos crímenes. Para que la Corte sea más que una
institución marginal, es fundamental una interpretación correcta del principio de complementariedad y que éste
se refleje adecuadamente en el Estatuto.
El borrador del Estatuto acordado en agosto sostiene que un caso es "inadmisible" cuando esté siendo o haya sido
investigado o enjuiciado por un Estado con competencia sobre el mismo, a no ser que exista "incapacidad" o
"falta de voluntad" por parte del Estado para llevar a cabo "realmente" dicha investigación o enjuiciamiento. Esto
pone el listón alto para la aplicación de la jurisdicción de la Corte y dificulta enormemente la decisión de la Corte
sobre la admisibilidad de un caso. El Estatuto debe dejar claro que, aunque los Estados afectados pueden recurrir
la admisibilidad, tienen la obligación de cumplir las decisiones de la CPI en este sentido. Ningún Estado debe
tener la potestad de minar la autoridad de la Corte al tomar la decisión unilateral de no cooperar en casos
concretos por motivos de admisibilidad.
D. Jurisdicción inherente
El actual borrador del Estatuto sólo concede jurisdicción inherente a la Corte en los casos de genocidio. Para los
crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra graves, la capacidad de la fiscalía de iniciar una
investigación dependerá de que una serie de Estados (el Estado en el que está detenido el acusado, el Estado en
el que se produjo el crimen, y posiblemente, el Estado de nacionalidad del acusado) hayan consentido la
competencia de la Corte sobre estos crímenes concretos. Estas complicadas condiciones previas provocarán una
aplicación lenta de la justicia y un aumento de las posibilidades de retrasos, obstrucciones y justicia selectiva.
Para operar con eficacia la Corte necesita una jurisdicción inherente sobre los crímenes básicos en materia de
derechos humanos de su competencia y que dicha competencia se confiera a la Corte cuando los Estados
ratifiquen el Estatuto. Las preocupaciones relativas a la soberanía de los Estados se verán solucionadas con el
principio de complementariedad, dado que el deber primordial de enjuiciar a los criminales seguirá residiendo
en los Estados particulares.
E. Cuestiones procesales, juicio justo y derechos del acusado
La CPI debe defender y respetar los más altos niveles de justicia. Aunque los jueces requieren directrices claras
sobre las normas probatorias y procesales, no resulta práctico ni necesario incluir todas las normas en el Estatuto.
El Estatuto debe contener los principios fundamentales del debido proceso que regulan el arresto y la detención
preventiva, el juicio, los derechos del acusado, las pruebas y la protección de víctimas y testigos.
F. Definición de los crímenes de guerra
En la definición de los crímenes de guerra dentro del estatuto de la Corte no deben tratarse de manera diferente
los crímenes cometidos en conflictos internos y los cometidos en conflictos internacionales. El estatuto de la
Corte debe hacerse eco de la realidad que indica que los conflictos armados contemporáneos son
predominantemente internos. Si la CPI pretende tener cierta relevancia en el mundo contemporáneo, debe tener
la capacidad de resolver la variedad completa de crímenes internacionales cometidos en conflictos armados
internos. Consideramos que el ámbito de competencia de la Corte sobre los crímenes de guerra es fundamental
para su repercusión y credibilidad.
G. Crímenes de violencia sexual o basados en el género
Las mujeres son habitualmente los objetivos y víctimas de terribles crímenes internacionales y, con frecuencia,
se les ha negado el acceso a la justicia tanto a nivel nacional como internacional. Los conflictos de Ruanda y
la antigua Yugoslavia sólo son los ejemplos más recientes de los terribles niveles de violencia contra las mujeres,
entre los que se encuentran la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y otros tipos de acoso sexual.
Si pretende cumplir su mandato de acabar con la impunidad por las violaciones más graves del derecho
internacional, la CPI debe tener la autoridad completa de enjuiciar la violencia sexual y basada en el género. Con
este objetivo, se debe reconocer explícitamente en el estatuto de la CPI la competencia de la Corte sobre estos
crímenes contra las mujeres, y adoptar principios y procedimientos legales que faciliten el enjuiciamiento de
estos crímenes sin perjuicio del acusado.
H. Derechos del niño
Se deben subrayar los derechos del niño y los asuntos relacionados con la protección. Estas preocupaciones se
plantean en relación a asuntos tales como el reclutamiento forzado de niños en las fuerzas armadas, la edad de
responsabilidad penal y el castigo o encarcelamiento de niños.
I. Víctimas y testigos
Las experiencias de los Tribunales Internacionales para la Antigua Yugoslavia y para Ruanda demuestran
claramente que los testigos se enfrentan a graves problemas de seguridad, psicológicos y de salud física. Las
víctimas de crímenes basados en el género que testifican pueden experimentar estigma y vergüenza profundas.
Por estos motivos, Human Rights Watch apoya la creación de una Unidad de Apoyo y Protección de Testigos
dentro de la Procuraduría con el fin de proteger el bienestar físico y psicológico de los testigos - especialmente
las víctimas - y sus familiares, antes, durante y después de los procedimientos judiciales.
Las víctimas y sus representantes tienen derecho a indemnizaciones de acuerdo al derecho internacional en
relación a violaciones graves, tales como las que corresponden a la jurisdicción de la Corte. Human Rights
Watch sugiere que los mecanismos de la CPI constituyen el método más eficiente para que la comunidad
internacional haga efectivo el ejercicio de este derecho. De conformidad con las nuevas normas legales
internacionales, las indemnizaciones deben entenderse en un sentido amplio, que abarque la restitución, la
compensación, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de que no se repetirá el crimen.
III. EL COMITÉ PREPARATORIO
A. Acontecimientos recientes en las sesiones del Comité Preparatorio
En 1997, se convocaron tres sesiones del Comité Preparatorio. En la PrepCom más reciente, celebrada del 1 al
12 de diciembre, se debatieron la cooperación internacional y la asistencia judicial, la definición de los crímenes
de guerra, los principios generales del derecho penal y cuestiones procesales. Se hicieron avances importantes
en relación a la inclusión de la violencia sexual y basada en el género dentro de la definición de los crímenes de
guerra. Además, se recibió con satisfacción la considerable oposición al requisito de que un crimen de guerra
fuera cometido de acuerdo a un plan o política, y a la exclusión de la definición de los conflictos armados
internos. Otro acontecimiento importante fue la retirada del apoyo del Reino Unido a la disposición del estatuto
de la CPI por la que se permite el veto automático del Consejo de Seguridad a la jurisdicción de la Corte. Las
políticas cada vez más positivas del Reino Unido en relación a la CPI deben contribuir al fortalecimiento de la
postura de la coalición con ideas afines en la Conferencia de Plenipotenciarios.
B. La sesión final del Comité Preparatorio (del 16 de marzo al 3 de abril de 1998)
En la agenda de la PrepCom de marzo-abril de 1998 están incluidos la composición y administración de la Corte,
la relación de la CPI con la ONU y las clausulas finales del estatuto de la CPI. Estos asuntos llevan consigo el
tema de la financiación de la Corte, la admisibilidad de reservas al tratado de la CPI y el número de signatarios
necesario para la entrada en vigor del tratado. En el PrepCom también se revisarán los asuntos procesales y de
otro tipo que quedaron pendientes en sesiones anteriores; entre ellos puede que se encuentren la aplicabilidad
de las leyes nacionales, las indemnizaciones a las víctimas, el crimen de agresión y los procedimientos de la
Conferencia de Plenipotenciarios. Finalmente, en el PrepCom se preparará un informe y el borrador del estatuto
para la Conferencia de Plenipotenciarios.
IV. QUÉ PUEDEN HACER USTED Y SU ORGANIZACIÓN
Las presiones de las ONG a funcionarios de gobierno han contribuido a subrayar preocupaciones en materia de
derechos humanos relativas a las negociaciones del PrepCom y han influido el desarrollo de posturas de los
Estados. La presión de las ONG fue clave para asegurar la aprobación de la Conferencia de Plenipotenciarios
de 1998 por parte de la Asamblea General. También se puede movilizar la presión a los gobiernos para que
apoyen una CPI eficaz e independiente informando sobre este tema a la sociedad civil y a los medios de
comunicación.
Ahora que el debate del PrepCom se concentra en la conclusión del borrador del estatuto de cara a la Conferencia
de Plenipotenciarios, las ONG pueden desempeñar un papel aún más importante. Al presionar para la adopción
de posturas fundamentales para la creación de una Corte eficaz, las ONG pueden reforzar el compromiso del
número creciente de Estados que han demostrado su apoyo a una Corte eficaz, y pueden aumentar la presión
sobre los pocos que se han mostrado más obstruccionistas.
La próxima sesión del Comité Preparatorio se celebrará del 16 de marzo al 3 de abril de 1998 en la sede de las
Naciones Unidas en Nueva York. La Conferencia de Plenipotenciarios tendrá lugar del 15 de junio al 17 de julio
de 1998 en el complejo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, con
sede en Roma. Instamos a su organización a que:
• Forme coaliciones nacionales para apoyar una CPI eficaz e independiente. Recientemente, ONG
de varios países del Norte y el Sur han celebrado reuniones para poner en marcha estas coaliciones
nacionales. Estas coaliciones nacionales pueden aglutinar a organizaciones de derechos humanos en
general y humanitarias; organizaciones dedicadas a los derechos de la mujer, del niño o de las víctimas;
asociaciones de presos políticos; asociaciones de abogados y magistrados; organizaciones religiosas y
las delegaciones o afiliados nacionales de organizaciones internacionales.
• Solicite entrevistas con funcionarios de los ministerios de relaciones exteriores y justicia. Insista
en la importancia que su organización concede a estas negociaciones y la creación de una Corte eficaz.
Pida a estos funcionarios que presenten la postura de su gobierno e ínsteles a que apoyen los asuntos
fundamentales para garantizar una Corte eficaz. Dichas entrevistas serán especialmente importantes
durante el mes de mayo, cuando los gobiernos estén formulando sus políticas de cara a la Conferencia
de Plenipotenciarios. Inste a los ministerios a que hagan de la CPI su prioridad principal durante los
próximos meses y a que planteen el tema en discusiones bilaterales y multilaterales con otros gobiernos.
• Informe sobre la CPI a través de los medios de comunicación. Póngase en contacto con las juntas
editoriales y los columnistas de los periódicos más importantes y coménteles la importancia de la CPI
y la postura de su gobierno en relación a este tema. Escriba cartas al director o artículos de opinión para
manifestar el apoyo de su organización a una Corte sólida.
• Inste a la creación de coaliciones de "Amigos de la CPI" dentro de los parlamentos nacionales.
En noviembre de 1997, se estableció una coalición de "Amigos de la CPI" dentro del Parlamento
Europeo. Se pueden crear coaliciones similares dentro de los parlamentos nacionales para que el tema
de la CPI esté muy presente en los debates políticos nacionales. Dichas coaliciones pueden patrocinar
resoluciones parlamentarias de apoyo a una Corte sólida y solicitar audiencias sobre cuestiones relativas
a la CPI.
• Utilice eventos, reuniones, conferencias y seminarios para mencionar el tema de la CPI. Por
ejemplo, los miembros de Human Rights Watch y de otras organizaciones han difundido la idea de la
CPI en las reuniones de la Comisión Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos y de la Unión
de Abogados Árabes.
• Envíe observadores a la sesión de marzo-abril de la PrepCom. Esta sesión supone una oportunidad
inestimable para conocer los temas de primera mano, presionar e influir en las posiciones de los
gobiernos. Se dispone de algunos fondos para costear los gastos de viaje y alojamiento en Nueva York.
• Póngase en contacto con la Coalición de ONG para una Corte Penal Internacional. La Coalición
de ONG para una Corte Penal Internacional (CICC) es una asociación que aglutina a más de 300 ONG
internacionales y nacionales que defienden una Corte eficaz e independiente. En la página Web de la
CICC (http://www.igc.apc.org/icc/) se publica información sobre la CPI, como documentos relevantes
de la ONU, declaraciones de opinión de ONG y actualizaciones periódicas sobre la situación de las
negociaciones de la CPI. Se puede poner en contacto con la CICC en el +1 (212) 687-2176 ó por correo
electrónico en cicc@igc.apc.org.
Human Rights Watch espera poder consultar con usted sobre estos temas. Por favor, póngase en contacto con
nosotros en Nueva York:
Richard Dicker tlf.: +1 212-216-1248 email: dickerr@hrw.org
Phyllis Hwang tlf.: +1 212-216-1250 email: hwangp@hrw.org
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