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Antecedentes

Durante las horas punta de la mañana del 11 de marzo de 2004, hicieron explosión casi simultáneamente diez bombas en cuatro diferentes trenes de cercanías de Madrid. Las explosiones mataron a 191 personas, hirieron al menos a 1.400 personas y dejaron a un país estremecido por el dolor y la incredulidad. Aunque el gobierno conservador del Partido Popular (PP) encabezado por José María Aznar acusó a Euskadi Ta Askatasuna (ETA), la investigación policial apuntó rápidamente a la participación de fundamentalistas islámicos con una presunta conexión con Al Qaeda. Los primeros cinco sospechosos fueron detenidos el 13 de marzo, sólo dos días después de los atentados. Desde entonces, las autoridades españolas han detenido al menos a 48 personas. A finales de 2004, 18 personas se encontraban en prisión provisional, mientras que 41 personas habían sido puestas en libertad sin cargos después de ser interrogadas o en libertad provisional a la espera de una posible imputación.2 La libertad provisional se aplica a las personas que están siendo investigadas cuando no se cumplan los requisitos de la legislación española que justifican la prisión provisional. Más de la mitad de los detenidos son inmigrantes marroquíes con residencia en España.

Varios de los sospechosos de participar en el 11-M habían sido objeto de vigilancia policial ante la sospecha de su pertenencia a una célula de Al Qaeda en España. Las autoridades españolas llevaban vigilando a un grupo desde 1995. La mayoría de sus miembros era ciudadanos españoles originarios de Oriente Medio. Las autoridades sospechaban de su participación en actividades de apoyo a Al Qaeda, entre ellas operaciones de reclutamiento y financieras. Desde mediados de noviembre de 2001, cuando fueron arrestados 11 hombres, se había detenido a un total de 24 personas a las que se había acusado de pertenencia o colaboración con Al Qaeda; desde mediados de noviembre de 2004, al menos 23 se encontraban en prisión provisional.3 Ninguno de ellos ha sido sometido todavía a juicio.

Repercusión de los atentados del 11-M sobre la estrategia antiterrorista de España

El 14 de marzo, tres días después de los atentados, el electorado español otorgó una inesperada mayoría en el parlamento al Partido Socialista Obrero Español (PSOE). El gobierno del Presidente José Luís Rodríguez Zapatero no tiene previsto hacer ningún cambio en las medidas antiterroristas vigentes, aunque la administración ha anunciado los planes para la creación de un Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista (CNCA) destinado a coordinar el trabajo de inteligencia entre la Policía Nacional, la Guardia Civil y el existente Centro Nacional de Inteligencia, así como para aumentar el número de agentes de dichos organismos dedicados a la recopilación de información de inteligencia sobre el terrorismo internacional.4 

Reglamentación de las mezquitas

El nuevo gobierno ha propuesto y perseguido, no obstante, nuevas políticas para responder a las preocupaciones sobre las llamadas actividades radicales islámicas en España. En mayo, el recién nombrado ministro del Interior, José Antonio Alonso, dijo que intentaría fortalecer el control de las mezquitas de España y el contenido de los servicios religiosos islámicos. En una entrevista publicada en El País, el diario de mayor tirada de España, Alonso señaló: “Lo que habrá que mejorar mucho es la legislación administrativa de control a estas actividades de radicalismo islámico. Hay que ir a un escenario legal en el que se pueda controlar a los imanes de las pequeñas mezquitas, que es donde se produce esa articulación del fundamentalismo islámico que conduce a determinadas operaciones”. Mientras que las mezquitas más grandes se han inscrito tradicionalmente en el registro oficial, las autoridades estiman que existen cientos, si no miles, de pequeñas mezquitas no registradas en todo el país. Alonso agregó que aunque  “no podemos nombrar al imán que vaya a oficiar el culto...sí podemos exigir al imán o al predicador del culto que sea, que se sepa quién es y qué va a decir, in la iglesia o la mezquita…Estamos hablando de un fenómeno que puede eventualmente generar el caldo de cultivo de un terrorismo que causa muertes”.5

Los líderes de la comunidad musulmana en España expresaron su preocupación por la medida propuesta. Mansur Escudero, secretario general de la Comisión Islámica de España, señaló: “El terrorismo no ha nacido en las mezquitas, nace del odio y el resentimiento”, y dijo que la idea de vigilar los sermones de los viernes era “surrealista”.6 En el momento de escribir este informe, no se habían tomado medidas concretas para aplicar las recomendaciones del ministro Alonso.

Expulsión de presuntos terroristas internacionales

El gobierno no tardó en aplicar otra nueva política: la expulsión de ciudadanos extranjeros sospechosos de tener conexiones con el terrorismo internacional. El 30 de mayo de 2004, la prensa informó de que el gobierno español había utilizado una medida latente en la Ley de Extranjería para expulsar a dos personas sospechosas de actividades terroristas.7 El artículo 54(1), junto con el artículo 57(1), de la Ley de Extranjería permiten al Estado expulsar a ciudadanos extranjeros de los que se considere que han participado en actos contra la seguridad nacional o actos que pudieran perjudicar las relaciones de España con otros países, así como a aquellos implicados en actividades contra el orden público tipificadas como muy graves por la Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.8 Un procedimiento preferente recogido en el artículo 63 de la Ley le concede 48 horas a una persona acusada de estas infracciones para recurrir la orden de expulsión. Los expulsados por este procedimiento no podrán regresar a España durante un período de tres a diez años (artículo 58(1)). Los detenidos antes de su expulsión tienen derecho, si fuera necesario, a la asistencia letrada gratuita de un abogado de oficio y a un intérprete.

Mohamed Berzizoui, argelino con ciudadanía marroquí tenía residencia legal en España, mientras que Jousef Mahlili, de origen marroquí, tenía un permiso de residencia español que había vencido en marzo de 2004 y estaba viviendo en Mourenx, France. Francia solicitó la cooperación de España para que no renovara su permiso, y Mahlili fue deportado efectivamente de Francia el 6 de mayo de 2004.9 Berzizoui fue detenido el 29 de abril de 2004 en conexión con la investigación de Juez Garzón sobre los atentados del 16 de mayo de 2003 en Casablanca, en los que murieron 44 personas, cuatro ellas ciudadanos españoles, y fue puesto en libertad sin cargos el 6 de mayo.10 Posteriormente, fue expulsado de España tras el procedimiento abreviado de apelación en el que fue asistido por un abogado de oficio. Ambos hombres fueron deportados a Marruecos. Fuentes oficiales sin identificar explicaron que no había pruebas suficientes para llevarlos a juicio, pero existía “constancia clara” de su relación con las actividades terroristas en general y los atentados del 11-M en particular. La prensa citó las declaraciones de un alto funcionario de la policía: “Hay un antes y un después del 11-M. ¿Qué hacemos cuando faltan pruebas penales para encausar a una persona, pero todas las evidencias señalan que estaba al tanto, fomentaba o apoyaba actividades terroristas?”11 Según la prensa, la Comisaría General de Información, departamento de la Policía Nacional encargado del terrorismo internacional, emitió un informe recomendando su expulsión inmediata.12

Las autoridades gubernamentales han declarado que se recurrirá a las expulsiones en el futuro. El ministro del Interior Alonso insistió a Human Rights Watch en que esta medida “es legal, legítima y obligada. Tenemos que tener la posibilidad de expulsar cuando existan estos indicios [de conexión con el terrorismo internacional]”.13 Alonso y su homólogo francés, Dominique de Villepin, anunciaron en julio de 2004 una mayor cooperación entre los dos países en la lucha contra el terrorismo internacional, lo que incluye la creación de un grupo de trabajo para cooperar en la deportación de sospechosos de pertenecer a organizaciones islámicas violentas.14

El ministro del Interior Alonso dijo a Human Rights Watch que hasta donde él sabe, las dos personas expulsadas no estaban buscadas por las autoridades de sus países de origen y no tuvieron por lo tanto que ingresar en prisión a su regreso.15 Cuando le preguntamos si las personas sometidas a este procedimiento de expulsión tienen derecho a recurrir alegando que podrían sufrir tortura o malos tratos a su regreso, el ministro del Interior dijo que no tenía conocimiento de ningún caso en el que se diera esta situación. Agregó que, en dicho caso, el proceso de apelaciones tendría que determinar si estas alegaciones tenían algún fundamento de hecho, como en el caso de una solicitud de asilo.16

El derecho internacional prohíbe la devolución, la deportación o la extradición de una persona cuando exista un riesgo creíble de que vaya a sufrir torturas.17 El artículo 3 de la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes estipula:

Ningún Estado Parte procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura… A los efectos de determinar si existen esas razones, las autoridades competentes tendrán en cuenta todas las consideraciones pertinentes, inclusive, cuando proceda, la existencia en el Estado de que se trate de un cuadro persistente de violaciones manifiestas, patentes o masivas de los derechos humanos.18

Además, el Comité de Derechos Humanos (CDH) de la ONU ha interpretado que la prohibición de la tortura contemplada por el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) incluye la obligación de no devolver a una persona a un lugar donde pueda estar expuesta al peligro de ser sometida a torturas: “A juicio del Comité, los Estados Partes no deben exponer a las personas al peligro de ser sometidas a torturas o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes al regresar a otro país tras la extradición, la expulsión o la devolución”.19

La prohibición contra la tortura y los malos tratos, que incluye la prohibición de devolver a una persona a un país donde pueda correr el riesgo de sufrir torturas o malos tratos, es absoluta y no permite excepciones; los Estados no pueden menoscabar esta obligación. De hecho, la prohibición ha alcanzado el nivel de norma imperativa (jus cogens) y es una norma perentoria del derecho internacional. El Relator Especial de la ONU sobre la cuestión de la tortura, Theo van Boven, ha dicho que la “expulsión hacia otros países de personas sospechosas de terrorismo deberá estar acompañada de un sistema eficaz que permita la estrecha vigilancia de su destino luego del retorno, con miras a asegurar que serán tratadas con el respeto debido a su dignidad humana”.20

Human Rights Watch entiende que la Ley de Extranjería no establece garantías específicas para personas objeto de expulsión, como una revisión automática del riesgo de que sufran torturas en su país de origen. En vista de las declaraciones del gobierno en el sentido de que se empleará en el futuro este mecanismo administrativo, Human Rights Watch insta a España a tomar las precauciones debidas para garantizar que no se expone a las personas afectadas a la tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes al ser expulsados a otro país.

Repercusión de los atentados del 11-M sobre los marroquíes y otros musulmanes en España

Muchos españoles temieron una reacción violenta racista contra los marroquíes ya que docenas de inmigrantes de ese país han sido arrestados en conexión con los atentados del 11-M. Los marroquíes forman el segundo grupo más numeroso de inmigrantes en España; casi 376.000 marroquíes tienen permisos legales para vivir y trabajar en España, y se calcula que hay otros 200.000 más indocumentados.21 La relación entre la comunidad inmigrante marroquí y la población española ha estado marcada por la tensión, la desconfianza mutua y la violencia ocasional. El 16 de marzo, SOS Racismo, una organización no gubernamental dedicada a combatir todas las formas de racismo, advirtió de un posible “aumento de la islamofobia” y emitió un llamamiento a toda la sociedad, y a los funcionarios públicos y medios de comunicación en particular, para “prevenir activamente estas posibles reacciones racistas y a denunciarlas cuando se produzcan”.22 Funcionarios gubernamentales locales y nacionales pidieron tolerancia, mientras que el Presidente Zapatero se comprometió en su discurso de investidura a combatir todas las formas de xenofobia, recordando que docenas de personas de otros países murieron junto con los españoles el 11 de marzo.23 De las 191 personas asesinadas en los atentados, 47 eran extranjeras.

En los meses posteriores a los atentados, un elevado sentimiento de temor hizo que muchos en la comunidad marroquí alteraran sus costumbres diarias y pasaran lo más desapercibidos posible. Human Rights Watch supo por miembros de la comunidad marroquí que las mujeres que portaban velo o pañuelo en la cabeza y los jóvenes, especialmente los que llevaban mochilas, sufrieron un aumento de las miradas hostiles y los insultos verbales en la calle. La Asociación de Trabajadores e Inmigrantes Marroquíes en España (ATIME), una organización no gubernamentales formada por afiliados, instó a los marroquíes a hacer algunos cambios en su vida diaria (por ejemplo, abstenerse de hablar árabe en voz alta en público y reunirse en grupos grandes), no responder a las provocaciones y cooperar con la policía. Mustapha El M’Rabet, presidente de ATIME, explicó,

La gente no sale como antes, no se reúne como antes. Todos son conscientes de lo que ha pasado. Es una forma inteligente de ayudar a bajar la tensión…Es difícil decir cuánto tiempo será así. Siempre existe el temor de la chispa que puede encender…No queremos jugar mucho el victimismo para no darle pista a ello…Quizás mas adelante la gente empezará a hablar.24

A parte de estas situaciones anecdóticas de “hostilidad callejera”, el tan temido aumento de los crímenes de odio contra marroquíes o musulmanes de cualquier nacionalidad no se ha materializado. Hasta donde sabemos, no se ha producido ningún caso claramente demostrado de violencia racista que pueda atribuirse directamente a los atentados del 11 de marzo.25 Según El M’Rabet, “la reacción en general ha sido ejemplar, de una sociedad que saber distinguir entre unos terroristas y una comunidad”.26

Asimismo, las fuerzas de seguridad pública no parecen haber realizado acciones policiales generalizadas ni indiscriminadas en la comunidad marroquí. En el período inmediatamente posterior a los atentados, se produjo un aumento de la presencia policial en las calles de Madrid; El M’Rabet dijo que ATIME había recibido algunas denuncias de lo que llamó “exceso de celo profesional” por parte de agentes de policía que realizaron controles de identidad a hombres marroquíes, entre ellos un hombre que dijo haber sido parado por la policía diez veces en el mismo día.27 Hasta donde tiene conocimiento Human Rights Watch, ninguna organización ha recopilado denuncias oficiales de este tipo de abusos policiales después de los atentados.



[2] Para obtener información actualizada sobre las detenciones en el caso del 11-M. Disponible en http://www.elmundo.es/documentos/2004/03/espana/atentados11m/detenciones.html.

[3] Uno de ellos, Abdula Khayata Kattan, fue detenido en Jordania y extraditado a España en febrero de 2004.

[4] Europa Press, “Ministerio de Interior crea un Centro Nacional Antiterrorista que reúne Policía Nacional, Guardia Civil y C.N.I”, El Mundo, 20 de mayo de 2004; J.A. Rodríguez y J.M. Romero, “Es necesaria una ley para poder controlar a los imanes de las pequeñas mezquitas”, El País, 2 de mayo de 2004.

[5] J.A. Rodríguez y J.M. Romero, “Es necesaria una ley para poder controlar a los imanes de las pequeñas mezquitas”, El País, 2 de mayo de 2004.

[6] Dale Fuchs, “España sopesa los derechos de los musulmanes y las preocupaciones por la seguridad” (“Spain Weighs Muslim Rights and Concerns About Safety”), The New York Times, 23 de mayo de 2004. Traducción de HRW.

[7] Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero sobre los derechos y las libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta cláusula, aunque con un texto ligeramente diferente, procede de la Ley de Extranjería de 1985, Ley Orgánica 7/1985 del 1 de julio sobre derechos y libertades de los extranjeros, artículo 26 (c). La Ley Orgánica 4/2000 sustituyó a la ley de 1985. Las enmiendas subsiguientes de la Ley Orgánica 4/2000, recogidas en la Ley Orgánica 8/2000 del 22 de diciembre y la Ley Orgánica 14/2003 del 20 de noviembre, no modificaron la cláusula en cuestión.

[8] El artículo 23 de la Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana contiene una larga lista de infracciones “graves” que pueden considerarse “muy graves”, de conformidad con el artículo 24, teniendo en cuenta la entidad del riesgo producido o del perjuicio causado, o cuando supongan atentado contra la salubridad pública, hubieren alterado el funcionamiento de los servicios públicos, los transportes colectivos o la regularidad de los abastecimientos, o se hubieren producido con violencia o amenaza colectivas. Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

[9] J.A. Rodríguez, “España ayudó a Francia a expulsar a un imán radical al revocarle la residencia”, El País, 1 de junio de 2004; Isabel Urrutia, “Secretos de confesión”, el correo digital, 23 de mayo de 2004.

[10] “Detenida una persona en Barcelona por su presunta relación con los atentados de Casablanca”, Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales del Ministerio del Interior. Disponible en www.mir.es/oris/lucha/2004/p042901.htm (consultado el 7 de octubre de 2004).

[11] José María Irujo, “El Gobierno expulsa a dos islamistas por amenaza contra ‘la seguridad nacional’”, El País, 30 de mayo de 2004.

[12] Ibíd.

[13] Entrevista de Human Rights Watch con José Antonio Alonso, Ministro del Interior, Madrid, 13 de julio de 2004.

[14] Europa Press. “Francia y España intercambiarán sus listas sobre terroristas islámicos”, El Mundo, 12 de julio de 2004. Disponible en http://www.elmundo.es/elmundo/2004/07/12/espana/1089648286.html (consultado el 4 de agosto de 2004).

[15] Entrevista de Human Rights Watch con José Antonio Alonso, Madrid, 13 de julio de 2004.

[16] Ibíd.

[17] Para una discusión en profundidad sobre el principio de no devolución en el derecho internacional, véase el informe de Human Rights Watch “Empty Promises: Diplomatic Assurances No Safeguard Against Torture” (Promesas vacías: Las garantías diplomáticas no salvaguardan de la tortura), abril de 2004, Vol. 16 No. 4 (D).

[18] España ratificó la Convención contra la Tortura el 21 de octubre de 1987.

[19] Comité de Derechos Humanos, Observación General No. 20 (1992), Documento de la ONU HRI/GEN/1/Rev.1 en 30, para. 9. España ratificó el PIDCP el 27 de abril de 1977.

[20] Informe del Relator Especial sobre la Tortura, Theo van Boven, a la Asamblea General de las Naciones Unidas, A/58/120, 3 de julio de 2003, para. 15.

[21] Departamento de Estado de Estados Unidos, Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo. 2004 International Religious Freedom Report: Spain (Informe internacional sobre la libertad religiosa 2004, España), 15 de septiembre de 2004. Disponible en www.state.gov/g/drl/rls/irf/2004/35485.htm  (consultado el 28 de octubre de 2004).

[22] Comunicado de prensa de SOS Racismo, “Por una lucha activa contra el racismo y la xenofobia”, 16 de marzo de 2004. En los archivos de Human Rights Watch.

[23] Discurso de investidura de Zapatero, 15 de abril de 2004. Disponible en www.la-moncloa.es/web/pg04a.htm (consultado el 20 de julio de 2004).

[24] Entrevista de Human Rights Watch con Mustapha El M’Rabet, presidente de ATIME, Madrid, 1 de junio de 2004.

[25] La prensa informó de un caso de vandalismo en Balsapintada, un pueblo de Murcia, los días 18 y 19 de marzo de 2004: un grupo de jóvenes pintaron con spray rojo 11-M en la casa de una familia marroquí y rompieron las ventanas de cuatro coches propiedad de inmigrantes marroquíes. Tres menores de edad fueron arrestados y confesaron. M.M., “Atacan de madrugada la casa de una familia magrebí en Balsapintada”, La Verdad, 20 de marzo de 2004.

[26] Entrevista de Human Rights Watch con Mustapha El M’Rabet, Madrid, 20 de abril de 2004.

[27] Ibíd. Todos los españoles y residentes legales en España tiene la obligación de portar identificación, y la Policía Nacional puede detener a cualquier persona y pedirle sus documentos de identidad.


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