Estados Unidos


Informe de Human Rights Watch Sobre las Propuestas de los Estados Unidos para Debilitar la Corte Penal Internacional a través de una Resolución en el Consejo de Seguridad que Exima de Responsabilidad a las Tropas de Paz


(New York: Human Rights Watch, 2002)

INTRODUCCIÓN

Durante las seis semanas posteriores al anuncio por la Administración de Bush de retirar su firma del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI), Washington ha lanzado una amplia campaña en contra de la CPI. Este esfuerzo conjunto contrasta con las declaraciones de Pierre-Richard Prosper, embajador especial norteamericano para asuntos relacionados con crímenes de guerra, de no "comenzar una guerra" contra la Corte.

Esta campaña se compone de varias piezas. El aspecto más serio e inminente de la misma se está gestando en estos momentos en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

 

  Los representantes norteamericanos han tratado de justificar estas propuestas como un esfuerzo para incrementar la eficacia y efectividad de las tropas de mantenimiento de paz. En realidad, están tratando de debilitar la CPI.

El 18 de junio, en la reunión celebrada en seno del Consejo de Seguridad para discutir el envío de Cascos Azules a Bosnia-Herzegovina, los diplomáticos norteamericanos presentaron dos resoluciones que plantean dejar fuera de la jurisdicción de la CPI a dichas tropas. La primera dejaría exentas únicamente a las desplegadas en Bosnia; la segunda a toda misión de mantenimiento de paz autorizada u ordenada por la ONU. Estas propuestas son la continuación del infructuoso esfuerzo el pasado Mayo de Estados Unidos por excluir de la jurisdicción del CPI a las tropas desplegadas en Timor Oriental.

Los representantes norteamericanos han tratado de justificar estas propuestas como un esfuerzo para incrementar la eficacia y efectividad de las tropas de mantenimiento de paz. En realidad, están tratando de debilitar la CPI. Como primer Tribunal permanente de crímenes de guerra, la CPI tiene el potencial para convertirse en el mecanismo de protección de los derechos humanos más importante de los últimos cincuenta años. El tratado que establece la CPI entrará en vigor el 1 de julio del 2002. Si el Consejo de Seguridad adopta cualquiera de las propuestas o alguna similar, debilitará el tratado y supondrá una seria amenaza a la elaboración del derecho internacional en general.

LAS PROPUESTAS

En la propuesta de resolución sobre las tropas desplegadas en Bosnia, los Estados Unidos instan al Consejo de Seguridad a acordar la inmunidad al arresto, la detención y el enjuiciamiento, en todos los países miembros, salvo el país que haya realizado la contribución, de todas las personas que participen en dichas operaciones en cuanto a las actuaciones realizadas durante la duración de las mismas y una vez finalizadas.

La alternativa propone que el mismo mensaje se extienda a todas las misiones de mantenimiento de paz de la ONU.

 

  Supondría un enorme paso atrás que el Consejo de la ONU garantizase la inmunidad de los que cometen estos crímenes.

La inmunidad al arresto, la detención y el enjuiciamiento de los Cascos Azules no sólo en el país donde se lleve a cabo la operación de paz sino en todo Estado miembro de la ONU, alteraría gravemente las obligaciones de los Estados parte del tratado de la CPI, en particular, la obligación de entregar a los acusados a la Corte.

Bajo el régimen jurisdiccional de la Corte, si los supuestos crímenes son cometidos en el territorio de un Estado Parte, la Corte tiene jurisdicción sobre el acusado, independientemente de su nacionalidad.

Todo Estado Parte tiene la obligación de entregar al acusado a la Corte. Los dos textos propuestos por Estados Unidos requieren que los Estados Parte hagan caso omiso de esta obligación y no entreguen a los acusados a la Corte. En definitiva, esto resultaría en una nueva redacción del Tratado de la CPI y la anulación de las leyes nacionales de muchos países que han ya incorporado la obligación de "enjuiciamiento o entrega" del tratado.

Este resultado es también incoherente con el artículo 27 del tratado de la CPI sobre la "improcedencia del cargo oficial" que establece que las inmunidades nacionales o internacionales no impiden el ejercicio de jurisdicción de la Corte. Esta disposición es la abanderada de la tendencia del derecho internacional en contra de las inmunidades de los que cometen serios crímenes contra la humanidad. La propuesta de los Estados Unidos no sólo invertiría este proceso sino que, a la vez, envía el peligroso mensaje de que los Cascos Azules están por encima de la ley.

Todo esto proporciona además una peligrosa base al Consejo de Seguridad para menoscabar tratados multilaterales. Los Estados Unidos trataron sin éxito de incluir una exención de este tipo en el Tratado durante la conferencia que lo vió nacer. Utilizar al Consejo de Seguridad para la misma finalidad, abriría la puerta a la revisión por el Consejo de la ONU de todo tratado multilateral que despierte las discrepancias de Washington.

LA CONTROVERSIA SOBRE EL ACUERDO DEL ISAF

Los diplomáticos norteamericanos han tratado de confundir el objeto del debate a través de la comparación de sus esfuerzos en el seno del Consejo de Seguridad con el acuerdo iniciado y firmado por el Reino Unido para cubrir las tropas internacionales como parte de la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (ISAF) desplegada en Afganistán. El acuerdo establece que el ISAF y los efectivos de apoyo no podrán ser entregados o transferidos a un Tribunal Internacional. Los delegados de Washington sostienen que este acuerdo confiere un grado de protección equivalente al solicitado por ellos al Consejo de Seguridad. Esta analogía es del todo incorrecta. La parte relevante del acuerdo del ISAF establece que:

  • El ISAF y los efectivos de apoyo, incluyendo al personal asociado de enlace, será inmune al arresto o detención. La Administración Interina acuerda que el ISAF y los efectivos de apoyo, incluyendo el personal asociado de enlace, no pueden ser entregados a, o transferidos a la custodia de un tribunal internacional o cualquier otra entidad o Estado sin el consentimiento expreso del país que aporte los efectivos.

 


  Sitios Web Relacionados

Coalición de ONGs por una Corte Penal Internacional

Coalición Mexicana por la Corte penal Internacional

La Corte Penal Internacional y los países andinos

Derecho Internacional: Las Naciones Unidas

La Administración Británica incluyó en el Acuerdo del ISAF con la Autoridad Interina en Kabul lenguaje estándar del utilizado en el Acuerdo sobre el Estado de las Fuerzas (SOFA). Este texto ordena que cualquiera de sus efectivos que sea acusado de un crimen sea enviado al país que lo aportó y no a un tribunal internacional. Human Rights Watch opina que la incorporación de la referencia explícita a un Tribunal Internacional en el texto está viciada y supone un grave error por parte del Reino Unido y los otros países signatarios. De todas formas, el acuerdo sobre el ISAF con Afganistán debe ser entendido en el contexto de la promesa de los Estados firmantes de cooperar con la Corte en el supuesto de que uno de sus efectivos cometiese genocidio, crímenes de guerra, o crímenes de lesa humanidad, y de que una investigación o enjuiciamiento llevado a cabo por el gobierno en cuestión resultase en farsa. El Acuerdo del ISAF es coherente con la preferencia de la CPI por enjuiciamientos nacionales legítimos. Los Estados Unidos, como Estado no parte que ha prometido no colaborar con la Corte, pretende la impunidad incluso en el caso de que la investigación y el posterior procesamiento en el país en cuestión estén viciados.

El Acuerdo del ISAF se diferencia además de la propuesta de Estados Unidos al Consejo de Seguridad en otro aspecto importante. Al conceder inmunidad a los efectivos de paz, de los países que los aporten, en el territorio de todos los Estados miembros la Administración de Bush está tratando de impedir que los países que reciben efectivos de paz y todos los gobiernos del mundo envíen a la Corte a los efectivos implicados en la comisión de un crimen contra la humanidad. Los Gobiernos europeos han rechazado esta propuesta por tratarse de un ataque frontal a las obligaciones de los Estados miembros de la CPI.

Como se ha señalado previamente, el texto propuesto por los Estados Unidos altera completamente los términos de un tratado multilateral al conceder inmunidad al arresto, la detención y el enjuiciamiento de efectivos de paz en todos los Estados miembros además del de nacionalidad del acusado. Tal resolución modificaría el Tratado permitiendo la incorporación de lo que los Estados Unidos trató infructuosamente de negociar en el momento de su adopción, esto es, una protección a toda prueba para las tropas y personal civil norteamericanos.

Los requisitos para la reforma del Tratado de la CPI son muy estrictos. La misma no se puede producir hasta pasados siete años desde su entrada en vigor y por mayoría de 7/8 de los Estados parte.

Ya sea únicamente para Bosnia u orientado a todas las misiones de mantenimiento de paz, una resolución como la que está en pugna debilitaría enormemente el compromiso de los países que han ratificado el Tratado de perseguir los crímenes más serios. Y supondría un paso atrás en este esfuerzo de cincuenta años por conseguir el enjuiciamiento de los que cometen los crímenes más atroces contra la humanidad.

CONCLUSIÓN

Human Rights Watch cree que es esencial que el Consejo de Seguridad rechace estas propuestas sin compromiso. Supondría un enorme paso atrás que el Consejo de la ONU garantizase la inmunidad de los que cometen estos crímenes. No sólo las operaciones de paz quedarían en entredicho, implicaría también que un país se pueda situar por encima de la ley. Esto no se puede permitir.


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