Argentina


Un socio renuente
La falta de apoyo del gobierno argentino al re-inicio de juicios por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar



I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES


(New York: Human Rights Watch, 2001)

I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

Hace una década, Argentina parecía haber cerrado las cuentas sobre las graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos cometidas bajo las juntas militares que gobernaron al país desde 1976 a 1983. Sin embargo, ahora se le presenta una oportunidad sin precedente para proporcionar finalmente verdad y justicia a los miles de familiares de las víctimas, que han sufrido durante décadas sin conseguir ninguna de las dos cosas. Lo mismo que los chilenos, que finalmente ahora exigen responsabilidades a los militares violadores de los derechos humanos por las atrocidades que cometieron en los años setenta, la justicia argentina ha reabierto casos que parecían completamente aparcados hace sólo pocos años. El valiente esfuerzo de los familiares de las víctimas, de las organizaciones defensoras de los derechos humanos, y de fiscales y jueces argentinos se ha visto reforzado por la determinación de sus homólogos en España, Francia, Italia, Suecia y Alemania de hacer justicia a los ciudadanos de esos países que desaparecieron y fueron asesinados por los militares argentinos.

 

  El 9 de noviembre de 2001 la Cámara Federal de Buenos Aires marcó un hito histórico al anular las leyes de amnistía de Punto Final y Obediencia Debida.

El 9 de noviembre de 2001 la Cámara Federal de Buenos Aires marcó un hito histórico al anular las leyes de amnistía de Punto Final y Obediencia Debida. Los tres jueces que conformaban el tribunal de apelaciones resolvieron unánimemente respaldar la decisión del juez federal Gabriel Cavallo, quien el 6 de marzo había declarado inconstitucionales y contrarias a los compromisos internacionales de Argentina en materia de derechos humanos las leyes de amnistía de 1986 y 1987. La decisión de la Cámara Federal permitía, por primera vez desde 1987, el enjuiciamiento de un oficial por los delitos de tortura y desaparición cometidos en Argentina durante la llamada guerra sucia. La decisión del tribunal abría la puerta, además, a futuros procesos.

Aunque impartir justicia es asunto del Poder Judicial, el Ejecutivo debe cooperar en el proceso. Los funcionarios públicos tienen la obligación de apoyar las decisiones de los tribunales, retirando obstáculos legales a la acusación y garantizando la total cooperación de las instituciones públicas y de las fuerzas armadas. El gobierno del presidente Fernando De la Rúa carece, desgraciadamente, de una política clara de apoyo a los enormes esfuerzos que se están haciendo para esclarecer la verdad e impartir justicia. Algunos funcionarios gubernamentales han expresado su incomodidad frente a los nuevos esfuerzos judiciales y -lo que es quizás más importante- han sido incapaces de garantizar la colaboración de los militares con los tribunales. Además, el Gobierno se ha negado a cooperar con cualquier tribunal extranjero, lo que resulta igualmente perjudicial. El 14 de agosto de 2001 se denegaron las demandas de extradición de Italia y Francia, que reclamaban al oficial de Inteligencia de la Armada Alfredo Astiz para juzgarlo por la desaparición de ciudadanos italianos y franceses residentes en Argentina durante la dictadura militar. El 16 de noviembre de 2001 se denegaron a España y Alemania las demandas de extradición de diecinueve ex oficiales acusados de los delitos de asesinato y torturas.

La denegación de las demandas de extradición constituyó un duro golpe a los procesos judiciales iniciados para esclarecer las atrocidades cometidas por los militares en Argentina. Por consiguiente, el gobierno argentino tiene la imperiosa obligación de emprender con diligencia la persecución legal de los individuos mencionados en las demandas. Además, el Gobierno debe ampliar su apoyo a los esfuerzos judiciales en otros procesos en marcha por delitos contra los derechos humanos e instar a los militares argentinos a hacer lo mismo.

Cuando Argentina se enfrentó a la cuestión de los procesos por violaciones a los derechos humanos tras la reinstauración en 1983 de un gobierno elegido, la sociedad acababa de salir de siete duros años de dictadura militar. Las instituciones democráticas eran comprensiblemente débiles y fácil blanco de intimidación por las amenazas militares. Ahora, dieciocho años después, la democracia argentina se ha consolidado y los militares han perdido buena parte de su poder e influencia. Ha llegado el momento de exorcizar el fantasma del trágico y brutal pasado argentino.

En un histórico proceso que comenzó en 1984, el tribunal civil que enjuició a los comandantes militares condenó al General Jorge Videla, primer Presidente militar, y al Almirante Emilio Massera, Comandante en Jefe de la Armada, a cadena perpetua por los delitos de asesinato y torturas. También impuso penas de prisión a otros tres dirigentes de la Junta. Cuando terminaron las audiencias, los tribunales continuaron investigando las denuncias contra cientos de oficiales de alto y bajo rango. Frente al descontento militar provocado por estos juicios, el entonces Presidente, Raúl Alfonsín, impulso la aprobación en diciembre de 1986 de una ley de Punto Final, diseñada para poner coto a los juicios. Sin embargo, no terminó con los juicios, ni apaciguó las preocupaciones militares. Al año siguiente, luego de una sublevación de jóvenes oficiales, Alfonsín promulgó la Ley de Obediencia Debida, medida que justificó como una vía para salvaguardar la estabilidad democrática y proteger el orden público. Estas leyes acabaron virtualmente con los procesos judiciales. Tras un nuevo levantamiento armado, el sucesor de Alfonsín a la Presidencia, Carlos Menem, indultó en 1989 y 1990 a los condenados y exculpó a aquellos acusados con procesos abiertos en los tribunales. En total, los tribunales habían condenado a diez oficiales de alto rango desde la caída de la Junta; todos fueron puestos en libertad.

 

  Las conspiraciones de silencio e impunidad corroen la legitimidad de los gobiernos sucesores y la credibilidad de las instituciones democráticas.

Las conspiraciones de silencio e impunidad corroen la legitimidad de los gobiernos sucesores y la credibilidad de las instituciones democráticas. Muchas medidas propuestas en nombre de la reconciliación han ocultado una verdadera intención de encubrir los hechos con un manto de olvido o de impunidad. El único antídoto eficaz a largo plazo reside en los tribunales de justicia, sobre los que recae la pesada carga de decidir inocencias y culpabilidades; de actuar, y que así se pueda apreciar, con imparcialidad y sin impedimentos. Por el bien de la democracia y los derechos humanos, el Gobierno debería hacer todo lo posible por promover y proteger este proceso.

En los últimos tres años, una segunda ola de procesos por violaciones a los derechos humanos ha tomado impulso, no sólo en Argentina, sino también en otros países del Cono Sur: Chile y, en menor medida, Uruguay. Los tres países tuvieron gobiernos militares represivos en los años setenta y ochenta, y padecieron violaciones a los derechos humanos muy similares: encarcelamientos masivos por motivos políticos, denegación del debido proceso, torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas (en Argentina se registraron muchas más "desapariciones" que en sus países vecinos. Aunque no hay acuerdo sobre las cifras exactas, se atribuyen a los militares argentinos más de 14.000 "desapariciones") Muchos disidentes políticos chilenos y uruguayos fueron secuestrados en Buenos Aires gracias a la colaboración de las fuerzas de seguridad argentinas con sus colegas de otros países en virtud de un plan secreto denominado Operación Cóndor. En Chile, durante los últimos dos años, los tribunales han conseguido algo inimaginable hace una década: han procesado al ex dictador Augusto Pinochet y a generales líderes de su ejército, acusados de secuestros y asesinatos. Una dinámica parecida está en marcha en Argentina. En el momento de redactar este informe, Videla y Massera se encontraban en arresto domiciliario y se enfrentaban a la acusación de haber organizado la sustracción de menores nacidos durante la detención de sus madres en lugares clandestinos, unos delitos excluidos de las leyes de amnistía de Alfonsín y del indulto de Menem. También fue detenido por delitos similares el ex Comandante del Primer Cuerpo del Ejército, el Gen. Carlos Guillermo Suárez Mason; el último Presidente de la Junta Militar, General Reynaldo Bignone; otros dos miembros de su gobierno y algunos oficiales de menor rango. Un juzgado de Buenos Aires persigue entretanto la extradición de Pinochet desde Chile para enjuiciarlo por su responsabilidad en la Operación Cóndor.

El renovado ímpetu de los tribunales se debe en parte a una nueva corriente favorable a la justicia universal que afecta a países en cuatro continentes. El hecho que resultó decisivo para Latinoamérica fue la detención de Pinochet en Londres, en octubre de 1998, a petición del juez español Baltasar Garzón. Casi de la noche a la mañana, este hito histórico sacó las discusiones sobre soberanía nacional y justicia extraterritorial del mundo académico, donde venían siendo largamente debatidas, para ponerlas sobre la mesa del debate mundial. En términos de justicia y de exigencia de responsabilidades a los ex dictadores y sus secuaces, el mundo se ha hecho más pequeño y sus fronteras se han permeabilizado desde la detención de Pinochet; ahora existe el creciente convencimiento de que quienes cometan crímenes contra la humanidad podrán ser, en principio, juzgados en cualquier parte.

 

  De todos los países de Latinoamérica, Argentina ha sido el más afectado por la corriente de justicia transnacional.

De todos los países de Latinoamérica, Argentina ha sido el más afectado por la corriente de justicia transnacional. En los últimos años, las demandas de extradición han cruzado el Atlántico con una frecuencia sin precedentes, fruto de las investigaciones penales de Garzón y de otros casos abiertos en Italia, Francia y Alemania por denuncias de argentinos que no encontraban justicia en su país. Incluso en Estados Unidos, uno de los países menos favorable a la justicia transnacional, los casos argentinos sentaron jurisprudencia, una jurisprudencia que llevó en 1992 a la promulgación de la ley de protección de las víctimas de torturas, la denominada Torture Victims Protection Act, que constituye un gran avance en la exigencia internacional de responsabilidades. Por otra parte, el flujo de demandas de extradición no se ha limitado a una única dirección, la que une países desarrollados y países en desarrollo; en los últimos dos años, Argentina ha solicitado la extradición de chilenos y uruguayos, y del ex dictador paraguayo Alfredo Stroessner, exiliado en Brasil, por delitos conectados con la Operación Cóndor. México ha concedido la extradición a España de un torturador argentino.

Dichas actuaciones de jueces extranjeros respondieron a las campañas persistentes de grupos de derechos humanos argentinos frente a la impunidad que prevalecía en el país, y que no dejaba otra opción que presentar demandas ante tribunales no argentinos. Si la mayor parte del mérito reside en estas enérgicas organizaciones defensoras de los derechos humanos, los avances se deben también a una prensa libre e inquieta,y un pequeño, pero al parecer creciente, número de jueces argentinos que se toman en serio los principios del derecho internacional sobre derechos humanos e intentan reflejarlo en sus resoluciones judiciales.

A principios de los noventa, las leyes de Punto Final y Obediencia Debida promulgadas por el gobierno de Raúl Alfonsín en 1986 y 1987 parecían haber cerrado cualquier puerta a la esperanza de perseguir con éxito a los responsables de los miles de delitos contra los derechos humanos pendientes en los tribunales. La ley de Punto Final impedía la apertura de nuevos procesos penales y la ley de Obediencia Debida excluía automáticamente de cualquier proceso a cualquiera menos a los oficiales que habían ocupado los puestos más altos dentro de las fuerzas armadas. Se calcula que, entre ambas leyes, se beneficiaron de la amnistía unos 1.180 acusados de delitos contra los derechos humanos. Algunos de los oficiales excluidos por su rango de los beneficios de la ley de Obediencia Debida habían sido juzgados y condenados, y después indultados. No podían ser juzgados de nuevo por los mismos delitos. En enero de 1998, el Congreso revocó las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, pero su revocación no tenía efectos retroactivos, lo que dejaba intactas las resoluciones judiciales basadas en alguna de las dos leyes.

En 1995 las espeluznantes confesiones de algunos ex oficiales que en su día participaron en los llamados vuelos de la muerte reabrieron el debate público sobre el pasado; se denominó vuelos de la muerte al transporte en avión de detenidos indefensos a los que los militares administraron drogas para después lanzarlos vivos sobre el Atlántico. Familiares de las víctimas y abogados defensores de los derechos humanos aprovecharon esta oportunidad para acudir una vez más ante la Cámara Federal de Buenos Aires, el tribunal que había enjuiciado a los miembros de la Junta diez años antes. En sus recursos, los familiares no pedían condenas, solamente investigaciones judiciales para esclarecer la verdad sobre la suerte que habían corrido los desaparecidos. Así comenzaron los denominados juicios de la verdad, una innovación legal sin precedentes, que sepamos, en todo el continente. Aunque algunos jueces habían intentado en otros países proseguir con investigaciones judiciales a pesar de las leyes de amnistía (Chile es un ejemplo al respecto), sus decisiones contaron con la desaprobación de sus superiores y, en algunos casos, fueron incluso penalizados por sus esfuerzos.

En la actualidad, al menos veintiocho juzgados en toda Argentina están practicando ese tipo de investigaciones, con autoridad para citar a testigos militares a comparecer ante el juzgado y a declarar bajo juramento; pero sin autoridad para inculparlos o condenarlos. No obstante, la mayoría de los testigos militares se niega a prestar declaración y lo esclarecido hasta el momento poco se debe a sus testimonios. Pero los tribunales han establecido el principio de que las investigaciones judiciales de crímenes contra la humanidad, como lo son las desapariciones, deben continuar a pesar de las leyes promulgadas para impedir la persecución de los responsables. Este principio cuenta con el respaldo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en una solución amistosa firmada en noviembre de 1999 por la República Argentina, que se comprometía en ella a reconocer y garantizar el derecho a la verdad, compromiso que consiste en "el agotamiento de todos los medios para alcanzar el esclarecimiento de lo sucedido con las personas desaparecidas".

Uno de los aspectos más amargos y trágicos de la represión ejercida por las juntas militares fue la suerte que corrieron al menos 240 niños o bebés no nacidos, que desaparecieron junto a sus padres. Muchos bebés nacidos cuando sus madres estaban detenidas en centros clandestinos fueron entregados a parejas de militares que falsificaron las partidas de nacimiento y que los criaron como si fueran suyos. Desde que los militares dejaron el poder en 1983, los distintos gobiernos argentinos han destinado fondos públicos a la recuperación de esos niños. En 1992 la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad CONADI, integrada por las Abuelas de la Plaza de Mayo, sus abogados, la Procuraduría de la Nación, y la subsecretaría de derechos humanos del gobierno Menem centralizó y coordinó la búsqueda de los niños desaparecidos. El Banco Nacional de Datos Genéticos ha ayudado mucho en la identificación de los niños. Los delitos de apropiación de bebés y falsificación de documentos públicos fueron excluidos expresamente de las leyes de amnistía, lo que significa que son unos de los pocos delitos que hoy se pueden juzgar y castigar. Los procesos para la recuperación de los niños comenzaron a principio de los noventa y algunas de las parejas responsables fueron declaradas culpables después de que los niños fueran identificados. Sin embargo, los mayores logros se consiguieron a finales de los noventa.

Tras examinar las pruebas reunidas, los jueces Roberto Marquevich y Adolfo Bagnasco llegaron a la conclusión de que la práctica de apropiarse de los bebés había sido orquestada por altos mandos militares. En julio de 1998, Marquevich ordenó el arresto del primer Presidente del gobierno militar, el General Jorge Videla. En noviembre de ese mismo año, la juez María Servini de Cubría ordenó el arresto del Almirante Emilio Massera, responsable de la unidad clandestina de maternidad ubicada dentro del famoso centro de detención en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada, ESMA. Ambos fueron condenados a cadena perpetua en el juicio celebrado en diciembre de 1985 contra los dirigentes de las juntas, y más tarde, perdonados por el Presidente Carlos Menem. El juez Bagnasco fue más allá y ordenó también la detención y el procesamiento del General Reynaldo Bignone, Presidente del gobierno de transición previo a la elección de Alfonsín, y de tres miembros de la última Junta, el Teniente General Cristino Nicolaides, el Almirante Rubén Franco, y el Brigadier General Augusto Hughes, a los que acusó de tratar de encubrir los crímenes. Junto a ellos fueron arrestados e inculpados diez oficiales del Ejército y de la Armada implicados en el funcionamiento diario de los campos clandestinos en los que nacieron los bebés.

En septiembre de 1999, la Cámara Federal de Buenos Aires rechazó los recursos de Videla y Massera, que argumentaban que los delitos ya habían sido incluidos en el primer juicio y que habían prescrito. La decisión del tribunal de apelaciones sentó precedente en varios puntos. El más importante, que consideró los delitos por los que se les juzgaba crímenes contra la humanidad, y señaló que, bajo las leyes penales internacionales, esos delitos no prescriben. Además, basándose en una enmienda introducida en la Constitución en 1994, la Cámara consideró que las leyes internacionales relativas a los derechos humanos imperan sobre las legislaciones nacionales y son vinculantes. También resolvió que los autos de procesamiento no violaban el principio que impide enjuiciar dos veces a una persona por el mismo delito y confirmó la jurisdicción de los tribunales civiles (los encausados insistían en que debían ser juzgados por tribunales militares.) La decisión de la Cámara respaldaba muchos de los conceptos legales que aparecían en la novedosa investigación sobre las juntas militares que realizó el juez Garzón. También aportaba abundantes precedentes en otros países de la justiciabilidad de los crímenes internacionales, como la decisión de la Cámara de los Lores de Gran Bretaña en el caso Pinochet, y el caso Forti contra Suárez Mason en Estados Unidos (descrito en el capítulo XI). Los recursos de apelación presentados por los acusados están pendientes de un pronunciamiento de la Corte Suprema.

En una decisión histórica, el 6 de marzo de 2001, el juez federal Gabriel Cavallo, en el transcurso de la investigación penal por la desaparición de una pareja chilena-argentina y su hija, aceptó las alegaciones presentadas por los abogados de derechos humanos y se convirtió en el primer juez argentino que declaraba inconstitucionales y nulas las leyes de amnistía. En las 188 páginas de su resolución, sólidamente basada en la legislación internacional sobre derechos humanos y en la jurisprudencia tanto internacional como nacional, el juez argumentaba que las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida violaban los artículos 29 y 118 de la Constitución y que no eran compatibles con la obligación que tiene Argentina de llevar ante la justicia a los responsables de crímenes contra la humanidad. Los dos policías acusados en el caso fueron los primeros oficiales procesados por el delito de desaparición desde 1987. Como la anulación de la ley tiene carácter retroactivo, si la decisión de Cavallo se confirma en la Corte Suprema, quienes se beneficiaron de la ley de amnistía antes de que se celebrara su juicio podrían, en principio, ser encausados de nuevo y, en su caso, condenados.

El Jefe del Ejército criticó públicamente esta decisión, que también produjo malestar en círculos gubernamentales. Si en el ámbito de los tribunales se han producido avances, la postura del Ejército frente a las investigaciones relativas a violaciones a los derechos humanos se ha invertido desde que en diciembre de 1999 el General Ricardo Brinzoni asumiera el puesto de Martín Balza como Jefe del Estado Mayor del Ejército. En 1995 Balza hizo en televisión un anuncio histórico al reconocer la responsabilidad del Ejército en las violaciones sistemáticas a los derechos humanos y ordenó a sus tropas desobedecer cualquier orden inmoral que pudieran recibir en el futuro. Balza expulsó a los oficiales que seguían justificando las acciones y los fines de las juntas militares, y ordenó que se respetaran las decisiones de los tribunales. Por el contrario, Brinzoni ha manifestado públicamente su opinión de que los juicios de la verdad no llevan a nada; ha enviado a oficiales del Ejército a expresar su solidaridad con oficiales en activo detenidos por negarse a declarar ante los tribunales; ha respaldado sus alegaciones jurídicas; ha aparecido en público en actos del Ejército con miembros del gobierno militar, y ha iniciado acciones legales para tener acceso a los archivos de las organizaciones de derechos humanos, tanto gubernamentales como no gubernamentales. Es más, el propio Brinzoni se enfrenta actualmente a la acusación de haber participado en una tristemente famosa matanza de presos en diciembre de 1976.

De acuerdo con la Constitución, las Fuerzas Armadas están directamente subordinadas al mando del Presidente de la Nación en su categoría de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. Como superior jerárquico de todos los jefes de Estado Mayor, las órdenes del Presidente deben ser obedecidas. El gobierno de De la Rúa ha declarado públicamente su respeto por la independencia de los tribunales. El Presidente tiene un deber de impartir órdenes claras a los jefes de las Fuerzas Armadas con el fin de garantizar que los oficiales en activo citados a comparecer ante los tribunales lo hacen sin comentario o cuestión. Sin embargo, más que intervenir para respaldar la autoridad de los tribunales, el Presidente ha preferido en general permanecer en silencio, mientras algunos de sus ministros criticaban abiertamente decisiones judiciales como la de Cavallo.

Lo mismo que el gobierno de Carlos Menem (1989-2000), el gobierno de De la Rúa se ha opuesto a la extradición de argentinos reclamados en otros países por delitos contra los derechos humanos. Hasta ahora no se ha concedido ninguna extradición y, como ya se ha indicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores rechazó recientemente las demandas de extradición de Alfredo Astiz presentadas por Italia y Francia. El gobierno argentino debe aceptar la obligación que las leyes internacionales le imponen de juzgar a los responsables de los crímenes contra la humanidad o extraditarlos si un país legitimado para enjuiciarlos así lo solicita. Las leyes internacionales no permiten que un país mantenga la impunidad en su territorio y a la vez deniegue las demandas de extradición. En el caso de Astiz, como en el caso de los dieciocho argentinos acusados por el juez español Garzón, el gobierno ha tomado el primer paso en este sentido, al enviar los casos al Procurador General para su eventual enjuiciamiento. Pensamos que es imperativo que el gobierno sigua impulsando y promoviendo el desarrollo de estos juicios en los tribunales.

 


  Sitios Web Relacionados

Centro de Estudios Legales y Sociales

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Defensor del Pueblo de la Nación

Equipo Argentino de Antropología Forense

Durante la duración del régimen militar, Estados Unidos pasó de tener políticas que apoyaban el respeto a los derechos humanos a otras que beneficiaban a los violadores de esos derechos en Argentina. Tras haberse negado en un principio a reconocer la gravedad de la situación de los derechos humanos, Estados Unidos, bajo la presidencia de Jimmy Carter, envió notas de protesta al gobierno argentino por miles de casos de abuso. En 1978, el Congreso aprobó la enmienda Humphrey-Kennedy a la ley que regula la ayuda en el exterior (Foreign Assistance Act), prohibiendo así las ventas militares, la ayuda y los préstamos a Argentina o el entrenamiento estadounidense de sus efectivos, por su lamentable récord de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, el Presidente Reagan trató de recomponer por todos los medios las relaciones entre los dos gobiernos, que consideró habían sido dañadas a causa de la política de Carter respecto a los derechos humanos, y lo hizo invitando a dirigentes militares a Washington, exagerando sus progresos en materia de derechos humanos e intentando derogar la enmienda Humphrey-Kennedy.

A principio de los ochenta, oficiales del ejército argentino participaron en la asistencia contrainsurgente a gobiernos de América Central, sobre todo de Honduras. Según datos oficiales del gobierno de Honduras mientras estuvo en vigor este programa secreto, más de cien hondureños desaparecieron, transformándose la desaparición forzada en una practica sistemática por primer vez en la historia del país. El silencio de Washington respecto a este tema es muy preocupante. Estados Unidos debe explicaciones, tanto a Argentina como a Honduras, sobre cómo pudo permitirse que oficiales argentinos implicados en graves violaciones a los derechos humanos participaran en aquel programa de asistencia de entrenamiento bajo los auspicios de Estados Unidos.

RECOMENDACIONES

Al gobierno de Argentina:

Los recientes esfuerzos de los tribunales argentinos por exigir responsabilidades a los autores de las terribles violaciones a los derechos humanos en la década de los setenta constituyen un paso bienvenido y positivo para las familias de las víctimas y la democracia argentina.

Este empeño puede destruir el muro de impunidad que se instauró con las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, ambas contrarias a las leyes internacionales de derechos humanos. Desgraciadamente, hasta la fecha, el gobierno del Presidente De la Rúa no ha conseguido respaldar este proceso de restablecimiento de la verdad y la justicia en Argentina.

Las investigaciones y las decisiones relativas a los delitos contra los derechos humanos corresponden únicamente a los tribunales, pero el Gobierno está obligado a garantizar que los tribunales gozan de la independencia y los recursos necesarios para funcionar con eficacia. Es más, el Gobierno debe garantizar que los miembros del Poder Ejecutivo -incluidos los militares- cooperan en los procedimientos.

Para facilitar el trabajo de los tribunales, el gobierno del Presidente De la Rúa debe:

  • Impartir órdenes a los jefes de Estado Mayor de cada uno de los cuerpos de las Fuerzas Armadas para garantizar la total cooperación de los militares con los procedimientos judiciales.

  • Promover el enjuiciamiento del ex oficial de Inteligencia de la Armada Alfredo Astiz por los numerosos casos de desapariciones que se le atribuyen, o autorizar su extradición para que sea juzgado fuera de Argentina.

  • Enviar las demandas de extradición a los tribunales, donde las decisiones deberían sustentarse únicamente en razones jurídicas. El Gobierno debería cumplir con las decisiones de los tribunales a menos que existieran circunstancias especiales relativas a la seguridad nacional o el orden público.

  • Impartir órdenes claras a los jefes del Estado Mayor de los distintos cuerpos de las Fuerzas Armadas para evitar que se efectúen declaraciones públicas sobre las decisiones de los tribunales y las circunstancias que las rodean, y dar claras instrucciones para garantizar la total cooperación de los militares.

  • Promulgar leyes que garanticen la continuidad de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad, CONADI, y dotar de fondos y recursos suficientes a la Comisión y al Banco Nacional de Datos Genéticos para que puedan continuar con su importante misión.

Al gobierno de Estados Unidos:

Exhortamos al gobierno de Estados Unidos a desclasificar y hacer públicos los documentos, incluidos los de la Agencia Central de Inteligencia, CIA, que contengan información sobre las violaciones a los derechos humanos bajo los gobiernos militares en Argentina. También debería hacer públicos los documentos clasificados relativos al reclutamiento y participación de agentes de información argentinos en el asesoramiento al ejército de Honduras y a los contras de Nicaragua, para contribuir así al esfuerzo por llevar ante la Justicia a quienes, formando parte de cualquiera de las dos fuerzas, cometieron violaciones graves a los derechos humanos.


REGRESAR AL PRINCIPIO