![]() Carta al Presidente Carlos Mesa Gisbert 22 de diciembre de 2003 Washington, D.C. S.E. Carlos Mesa Gisbert
De mi mayor consideración: Tengo el honor de dirigirme a S.E con el fin de llamar su atención sobre los serios obstáculos a los que se enfrenta la investigación por la muerte de más de 50 ciudadanos durante las protestas de septiembre y octubre del presente año. Human Rights Watch está profundamente preocupada debido a que si estos problemas no se resuelven de manera adecuada y expedita, ello podría afectar el éxito de la investigación. En su discurso de toma de posesión ante el Congreso Nacional, el 17 de octubre, S.E. se comprometió a garantizar que el sistema de justicia boliviano llevaría a cabo una investigación independiente e imparcial sobre los trágicos acontecimientos ocurridos en las semanas anteriores. Al mismo tiempo, S.E. reconoció que la tarea sería compleja y difícil. Después de haber transcurrido dos meses desde que S.E. pronunció su discurso, es un buen momento para examinar estas dificultades. Desde nuestro punto de vista, para que se haga justicia las cortes civiles de Bolivia deben mantener la jurisdicción sobre la investigación y el enjuiciamiento de los miembros de las fuerzas armadas sospechosos de cometer abusos cuando sofocaron la protesta y agitación social. Además, se deben adoptar medidas enérgicas para fortalecer la independencia y la efectividad del sistema de justicia civil. Recordamos a S.E. la conclusión la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos en su Informe sobre los hechos de febrero de 2003 en Bolivia: "Un programa de fortalecimiento de la justicia y del Ministerio Público en particular es absolutamente prioritario en Bolivia". Un representante de Human Rights Watch visitó La Paz entre el 23 y el 30 de noviembre para conocer el estado de la investigación por los mentados asesinatos. Se reunió con el Ministro de Gobierno y el Viceministro de Justicia, así como con miembros de la Fiscalía General de la Nación, representantes de las fuerzas armadas y de los tribunales militares. También se entrevistó con el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, funcionarios de la oficina del Defensor del Pueblo, miembros de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y con familiares de los muertos o heridos durante las protestas. Además de reunir información sobre las medidas adoptadas para investigar la reciente violencia, también examinó la investigación en curso de los incidentes ocurridos en la Paz el 12 y 13 de febrero del presente año, en los que murieron 31 personas (16 civiles, 10 policías y 5 soldados) durante y después de una protesta de miembros de la policía boliviana. Las muertes acaecidas en septiembre y octubre se produjeron en el contexto de las protestas contra el Gobierno, provocadas por los planes de vender gas natural boliviano a través de Chile. El 20 de septiembre, tres campesinos y una niña de 8 años fueron muertos por disparos durante un enfrentamiento entre manifestantes armados, militares y policías en Warisata, cuando el ejército intervino para auxiliar a cientos de turistas a quienes los manifestantes impedían salir de Sorata. Dos reclutas del ejército también murieron en el tiroteo. El 12 de octubre al menos 26 civiles fueron muertos en El Alto, muchos de ellos con disparos, cuando las tropas equipadas con fusiles de asalto intentaron derribar las barricadas que bloqueaban el paso de camiones cisterna entre El Alto y La Paz. Al menos 14 civiles murieron por disparos de arma de fuego en los días siguientes de las protestas que continuaron en La Paz. Teniendo en cuenta la elevada proporción de las bajas civiles frente a las militares y policiales, Human Rights Watch está muy preocupada por que las fuerzas de seguridad pudieron no haber tenido el debido cuidado al responder a los manifestantes. De acuerdo con reglas internacionales de obligatorio cumplimiento, el uso intencional de la fuerza letal por parte de los agentes encargados de hacer cumplir la ley sólo es permisible cuando sea estrictamente necesaria para proteger vidas humanas. De existir indicios que tales reglas fueron incumplidas o ignoradas se requiere adelantar investigaciones imparciales e independientes. El Defensor del Pueblo hizo un recuento total de 59 muertos durante las protestas callejeras del 20 de septiembre al 19 de octubre, principalmente en Warisata, El Alto y La Paz. Organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, como la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, calcularon en más de 80 el número de muertes, entre ellas 49 de civiles por heridas de arma de fuego, y más de 400 personas hospitalizadas. También registraron la muerte de tres reclutas del Ejército. Un fiscal que investigaba los hechos manifestó que las armas de alto calibre, utilizadas exclusivamente por el Ejército, cobraron la vida de la mayoría de las víctimas civiles. Los fiscales del Distrito de La Paz están investigando tanto las muertes ocurridas en febrero de 2003 como las de septiembre y octubre. Desafortunadamente, varios obstáculos serios se están interponiendo en su labor. Jurisdicción Militar y Falta de Cooperación Militar con los Funcionarios de la Justicia Civil Nos preocupa profundamente que las Fuerzas Armadas no hayan cooperado plenamente con la Fiscalía General. Algunos funcionarios de dicho organismo informaron a Human Rights Watch que el Ejército no ha respondido a las peticiones de información cursadas por la fiscalía hace seis semanas. En dichas solicitudes, se pidió información sobre las unidades movilizadas para sofocar las protestas de octubre, incluidos los nombres de los oficiales al mando de las mismas. Tampoco han facilitado información sobre un helicóptero del Ejército que sobrevoló El Alto en los momentos más críticos de las protestas de octubre, y desde donde se cree que abrieron fuego contra la multitud. Según estas fuentes, en lugar de suministrar la información solicitada por el fiscal respecto a los soldados muertos, el Ejército está llevando a cabo su propia investigación sobre las circunstancias que rodearon esas muertes. A juzgar por las investigaciones de las muertes de civiles durante las protestas, es probable que si la causa civil avanza y se presentan cargos contra el personal militar, el Ejército reclame la jurisdicción sobre el caso. El presidente del Tribunal Supremo de Justicia Militar, General Jorge Rodríguez Bravo, expresó a Human Rights Watch que las cortes civiles carecen de competencia para enjuiciar a un soldado por cualquier delito cometido en acto de servicio. También manifestó que los tribunales militares rechazarían los cargos si se llegaren a establecer que estaba obedeciendo órdenes superiores. Cuando la justicia militar asume competencia sobre un caso relacionado con miembros de las fuerzas armadas implicados en abusos contra civiles, se resuelve casi invariablemente con una absolución, y esa absolución emitida por el tribunal militar impide que la justicia civil pueda proceder con su propio enjuiciamiento del caso. Los efectos negativos de la justicia militar pueden observarse en varios casos recientes. En agosto de 2003, por ejemplo, el Tribunal Supremo de Justicia Militar absolvió al Capitán Robinson Iriarte Lafuente, un francotirador del Ejército al que el fiscal acusó del homicidio de un muchacho de 17 años durante las protestas de abril de 2000 en Cochabamba. Después de la absolución, Iriarte fue ascendido al rango de mayor. En febrero de 2001, la Corte Superior de Justicia había considerado que el caso correspondía a la jurisdicción militar, porque Iriarte estaba en servicio activo y cumpliendo órdenes en el momento de los hechos, a pesar que vestía de civil. Otro caso en el que la rápida absolución del sospechoso por un tribunal militar se anticipó al resultado de la investigación civil fue la del coronel Aurelio Burgos Blacutt, acusado del homicidio de un manifestante en enero de 2002. Cuando Burgos fue absuelto por un tribunal militar ese mismo año, la Fiscalía General no tuvo alternativa distinta que retirar los cargos contra él. Más recientemente, la justicia militar insistió en la jurisdicción sobre el caso de cuatro soldados acusados de asesinar una enfermera y un portero en La Paz, el 13 de febrero de 2003, durante los altercados que siguieron a la protesta policial. El 4 de octubre, la Corte Superior del Distrito de la Paz transfirió el caso a un tribunal militar. Al hacerlo, revocó un fallo judicial de agosto que había confirmado la jurisdicción de las cortes civiles. Al insistir en realizar investigaciones penales paralelas a la justicia civil, la justicia militar obstruye el proceso de rendición de cuentas. El enjuiciamiento de un caso en dos jurisdicciones diferentes viola el artículo 45 del Código de Procedimiento Penal de Bolivia, que declara: "Por un mismo hecho no se podrá seguir diferentes procesos aunque los imputados sean distintos". Empero, es más preocupante que la absolución del tribunal militar impide el procesamiento en la corte penal, de conformidad con el principio non bis in ídem o de cosa juzgada. Human Rights Watch se opone al uso de tribunales militares para juzgar a los responsables de abusos contra los derechos humanos cometidos en el transcurso de operaciones militares, o fuera de ellas. No creemos que los tribunales militares gocen de suficiente independencia para emitir veredictos imparciales en dichos casos, y tememos que el resultado predecible sea la impunidad. Hemos constatado, además, que en Bolivia no existe un mecanismo, en la esfera civil, de revisión judicial de las sentencias de los tribunales militares. Los organismos internacionales de derechos humanos han solicitado continuamente a los Estados que transfieran la competencia sobre casos de derechos humanos, de las autoridades militares a las civiles. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, encargado de vigilar en cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ha apelado reiteradamente a los Estados Parte para que sometan al personal militar que haya cometido violaciones de los derechos humanos a la jurisdicción civil. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha concluido que "cuando el Estado permite que las investigaciones las dirijan órganos potencialmente implicados, la independencia y la imparcialidad se ven claramente comprometidas". El resultado es "impunidad de facto", que afecta el imperio de la ley y es una violación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Bolivia es un Estado Parte. Dada la gran cantidad de muertes violentas ocurridas en los incidentes antes mencionados, es crucial que el sistema de justicia civil pueda llevar a cabo una investigación completa e imparcial. Por tanto, HRW insta respetuosamente a S.E. para que ordene a los oficiales militares que cooperen plenamente con los fiscales civiles, y a los fiscales militares, que desistan de realizar investigaciones paralelas sobre los mismos hechos. Como medida a largo plazo, también instamos respetuosamente a S.E. a promover legislación para limitar la jurisdicción de los tribunales castrenses para delitos militares en los que no hayan víctimas civiles, garantizando que el sistema de justicia civil retiene la competencia en casos relacionados con abusos contra los derechos humanos o el uso excesivo de la fuerza. Debilidades del Sistema de Justicia Civil: Ineficiencia, Vulnerabilidad a la Influencia Política, y Falta de Recursos Aunque creemos que es fundamental que la investigación de los asesinatos de septiembre y octubre siga en manos de funcionarios civiles, a Human Rights Watch también le preocupan profundamente las debilidades crónicas del sistema de justicia civil. Hacemos hincapié en que las medidas para limitar el ámbito de competencia de la justicia militar deben ir acompañadas de acciones enérgicas para mejorar la eficacia del Ministerio Público. Asimismo, consideramos que altos funcionarios del Ministerio Público son vulnerables a las presiones políticas y, por tanto, carecen de la independencia vital para su trabajo. Para empezar, los nueve fiscales de distrito de Bolivia están en situación de interinos -a diferencia de titularidad fija y normal por un período de cinco años- lo cual evidentemente afecta su independencia. Es más, algunos fiscales son vistos como funcionarios ineptos y muy poco calificados para el ejercicio de sus funciones. De hecho, durante nuestra visita a La Paz nos impactó la mala opinión que muchos expresaron sobre la eficiencia y la credibilidad del Ministerio Público. Según recientes informaciones de prensa, uno de cada cuatro fiscales de Bolivia está siendo investigando por haber cometido irregularidades, y la gran mayoría de ellos persiste en sus cargos. Por su parte, aquellos fiscales que se esfuerzan por cumplir sus funciones en forma profesional se enfrentan a múltiples dificultades y frustraciones. El historial del Ministerio Público en las últimas dos décadas es sumamente inquietante. Desde 1985, se han producido más de 300 muertes en protestas o situaciones de violencia derivadas de conflictos sociales; miles de personas han sido heridas o detenidas ilegalmente y, al parecer, muchas han sido torturadas. Sin embargo, las organizaciones de derechos humanos bolivianas con las que hablamos sólo sabían de un caso en el que un agente de policía, o miembro de las fuerzas armadas, ha sido condenado por abuso contra los derechos humanos: la condena a cárcel en noviembre del presente año contra tres policías, uno de ellos a diez años, por quemar vivo a Freddy Cano López, un peruano que se hallaba detenido, en mayo de 1999. Las propuestas de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, en el sentido que comisiones especiales parlamentarias se hagan cargo de las investigaciones por abusos de las fuerzas de seguridad, durante las protestas, demuestran la falta de confianza en el trabajo del Ministerio Público. Por ejemplo, la Comisión de Derechos Humanos recomendó esta medida después de investigar la muerte de nueve civiles y un agente de policía durante un enfrentamiento entre mineros y las fuerzas de seguridad, en el norte del Potosí en diciembre de 1996. Algunos miembros de la Comisión y de la oficina del Defensor del Pueblo dijeron a Human Rights Watch que se debería encargar la investigación de las muertes de septiembre y octubre a una comisión parlamentaria. Algunas de las debilidades del Ministerio Público pueden originarse en la carencia de recursos, lo cual, desafortunadamente, es evidente en el caso de las investigaciones mencionadas. El Dr. César Fiorini, Secretario General de la Fiscalía Nacional, informó a Human Rights Watch que su oficina ha solicitado una asignación presupuestaria especial de 2 millones de bolivianos (unos 250.000 dólares) para cubrir los gastos asociados con la investigación de las muertes de septiembre y octubre. Mientras su oficina espera una decisión sobre la petición, la investigación ha contado con un presupuesto muy limitado y ha tenido que salir adelante con 7.000 bolivianos (menos de 1.000 dólares), cantidad insuficiente para una investigación de este alcance y complejidad, obtenida con dificultad del presupuesto actual de la Fiscalía General. Uno de los fiscales que trabaja en la investigación habló de la urgente necesidad de recursos para cubrir los gastos de transporte, combustible, material y equipo. De acuerdo a las conversaciones con funcionarios judiciales, está claro que la Fiscalía General no cuenta con fondos suficientes para emprender estas investigaciones, a menos que obtenga asistencia financiera adicional. Constatamos con preocupación que la asignación de 1 millón de bolivianos, aprobada por el Senado para cubrir los gastos de la investigación de las muertes de febrero de 2003, todavía no se ha puesto a disposición de la Fiscalía. Esta situación debe corregirse lo antes posible y se deben asignar suficientes fondos para cubrir las necesidades de ambas investigaciones. Mejorar la trayectoria del Ministerio Público dependerá, en parte, de la asignación de recursos suficientes para que pueda operar con eficacia. Sin embargo, es claro que las dificultades financieras no son más que una parte del problema, y posiblemente no la más grave. Es igualmente, o incluso más importante, garantizar que el Ministerio Público cuente con personal calificado y ajeno a las indebidas presiones políticas. Se deben nombrar nuevos fiscales, lo antes posible, y dichos nombramientos deben basarse exclusivamente en criterios profesionales y no políticos. Hasta la fecha, el Congreso Nacional no ha estado dispuesto a nombrar a funcionarios del Ministerio Público con titularidad en el cargo, ni ha asignado los fondos necesarios para el cumplimiento de su función. Por tanto, solicito respetuosamente a S.E., intervenir ante el Congreso para que reconozca la necesidad de abordar urgentemente los graves problemas que afectan al Ministerio Público. Dadas las dificultades que rodean la investigación llevada a cabo por el Ministerio Público, creemos que S.E. debería considerar seriamente la formación de una comisión independiente, encargada de investigar los incidentes de septiembre y octubre. Los Principios Relativos a una Eficaz Prevención e Investigación de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias y Sumarias contemplan la formación de una comisión de encuesta independiente, o de otro mecanismo análogo, en el caso que los procedimientos establecidos resulten insuficientes, falta de competencia o de imparcialidad o cuando se produzcan quejas de los familiares, por tales ineficiencias. Los miembros de dicha comisión deben ser elegidos en función de su acreditada imparcialidad, competencia e independencia personal. En particular, deben ser independientes de cualquier persona o institución que pueda ser objeto de la investigación. Además, debe estar facultada para obtener toda la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones, y llevar a cabo la investigación conforme a los principios establecidos. Investigación de la Responsabilidad de las Autoridades Gubernamentales Salientes Finalmente, Human Rights Watch respalda, en principio, la investigación recomendada por el Fiscal General el 22 de diciembre de 2002, sobre la posible responsabilidad del ex Presidente Gonzalo Sánchez de Lozada, y los miembros de su gabinete, por haber ordenado las operaciones militares saldadas con las muertes de septiembre y octubre. En todo caso, si el Congreso vota a favor de un "juicio de responsabilidades", es fundamental que los procedimientos a seguir respeten escrupulosamente las garantías del debido proceso, para preservar la integridad y credibilidad de esta investigación. La investigación debe contar también con la plena cooperación de las Fuerzas Armadas, la Policía, los funcionarios del Gobierno anterior y los testigos civiles, que puedan arrojar luces sobre las circunstancias que rodearon la muerte de tantas personas. Una investigación judicial imparcial de los eventos de septiembre y octubre es de vital importancia. Si las cortes logran establecer la verdad sobre lo ocurrido y la responsabilidad de las autoridades en estas trágicas pérdidas de vidas humanas, contribuirán a fortalecer el Estado de Derecho y consolidar las instituciones democráticas bolivianas. Aprovecho la oportunidad para expresar a S.E. mis sentimientos de la más alta consideración y estima. José Miguel Vivanco
Cc: V.E. Alfonso Ferrufino Valderrama, Ministro de Gobierno
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