Argentina

Carta al Presidente Néstor Kirchner

17 de julio de 2003

Washington, D.C.

S.E. Néstor Carlos Kirchner
Presidente de la República de Argentina
Casa Rosada
Balcarse 24
Buenos Aires, Argentina AAB1064
Fax [54](11) 4344-3600

De mi mayor consideración:

Tengo el honor de dirigirme a Su Excelencia en nombre de Human Rights Watch con el propósito de formular comentarios acerca de algunas iniciativas que su ilustrado gobierno está promoviendo en materia de derechos humanos en Argentina. Con enorme satisfacción hemos tomado nota de las reiteradas declaraciones de S.E. acerca de la necesidad de justicia y de rendición de cuentas --condiciones esenciales para construir una sociedad democrática-- así como su apoyo a la transparencia y al escrutinio público de la actuación del gobierno.

Este año podría ser decisivo para la justicia en Argentina. Durante muchos años, gracias a la aplicación de leyes diseñadas para proteger a miembros de las fuerzas de seguridad de investigaciones judiciales, se denegó justicia a los familiares de miles de víctimas de la represión militar. Sin embargo, recientemente jueces federales han declarado que la Ley de Punto Final y la Ley de Obediencia Debida, decretadas en 1986 y 1987 respectivamente -bajo amenaza de rebelión militar-- son inconstitucionales e inconsistentes con las obligaciones jurídicas internacionales de Argentina en materia de derechos humanos.

Human Rights Watch, junto a Amnistía Internacional y la Comisión Internacional de Juristas, sometió un memorial en derecho (amicus curiae) el 1 de junio de 2001, al conocimiento de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de la República Argentina, apoyando la revisión jurídica de estas leyes. Luego celebramos la decisión de esta Cámara Nacional de confirmar el fallo del tribunal de primera instancia que declaró inconstitucionales dichas leyes. Actualmente esta materia se encuentra ante la Corte Suprema, que debería pronunciarse muy pronto al respecto. Esta sentencia podría tener un carácter histórico si decide que los familiares de miles de víctimas tienen derecho a la justicia.

Por otro lado, si la Corte Suprema decidiera ratificar las leyes de amnistía, habría escasas probabilidades de enjuiciar en Argentina a los responsables de graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos cometidas durante el régimen militar. De hecho, fue precisamente el clima prevaleciente de impunidad generado por dichas leyes el que motivó a los familiares de algunas de las víctimas a buscar justicia en otros países, como por ejemplo en las cortes de España, Francia e Italia. En muchos de los países donde se abrieron procesos judiciales, las autoridades han requerido que ciudadanos argentinos sean extraditados para ser juzgados por los crímenes que se les imputan.

Desgraciadamente hasta ahora, los gobiernos democráticos argentinos que se han sucedido tras la promulgación de estas leyes, han adoptado la política de rechazar las peticiones de extradición invocando el principio de "territorialidad", según el cual los crímenes cometidos en Argentina deben ser juzgados únicamente por las cortes nacionales. Esta doctrina fue oficializada en el Decreto 1581 firmado por el Presidente Fernando De la Rúa en diciembre de 2001, días antes de su renuncia. Entendemos que el gobierno de S.E. estaría dispuesto a enmendar o derogar este decreto en el corto plazo, decisión que ciertamente respaldamos.

Consideramos que hay dos principios fundamentales a ser observados al examinar peticiones de extradición en casos relacionados con violaciones graves a los derechos humanos; primero, dichos casos deben ser estudiados individualmente, y, segundo, la decisión debe ser tomada de acuerdo con el principio de aut dedere, aut judicare: extraditar o juzgar. Hasta ahora, el juicio en Argentina de los responsables de las "desapariciones" ha sido imposible debido a las leyes de amnistía antes mencionadas. De hecho, al rechazar las peticiones de extradición sobre la base del principio de territorialidad, los gobiernos que le han antecedido, reafirmaron y ampliaron los efectos de las leyes de amnistía. Además, al rechazar las peticiones de extradición in limine, el Decreto 1581 no permite que las cortes decidan en función de los méritos particulares de cada uno de los casos.

En materia de transparencia, nos gustaría expresar nuestro reconocimiento por algunas iniciativas promovidas por su gobierno. En primer término, celebramos la decisión de S.E. de desclasificar los archivos de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) sobre el caso de la Asociación Mutual Israelí Argentina (AMIA), y de poner estos documentos a disposición de las cortes. Su desclasificación no sólo es importante por cuanto puede ayudar a esclarecer este terrible crimen en el que murieron ochenta y cinco personas, sino que también podría contribuir a aclarar las constantes denuncias de corrupción y abusos que durante años han circulado en torno a esta agencia gubernamental que, además, se ha caracterizado por el secreto.

También nos complace enormemente que el gobierno de S.E. haya ordenado una investigación oficial acerca de las acusaciones según las cuales el gobierno del Presidente Juan Domingo Perón habría facilitado a ex -criminales de guerra Nazi escapar a Argentina después de la Segunda Guerra Mundial. Los gobiernos que le antecedieron adoptaron algunas iniciativas similares en el pasado, pero hasta ahora las investigaciones oficiales han logrado pocos resultados. Esperamos que el Instituto Nacional Contra la Discriminación, a cargo de la investigación de documentos de inmigración, pueda dilucidar estos hechos. Asimismo, confiamos en que todas las dependencias gubernamentales, incluyendo la Secretaría de Inteligencia del Estado, cooperen en esta tarea poniendo a disposición del Instituto toda la documentación pertinente.

Finalmente, con respecto a la integración de la Corte Suprema, apoyamos la posición de S.E anunciada el 19 de junio de incrementar la transparencia en el proceso de selección. Al permitir que las organizaciones de la sociedad civil tengan la oportunidad de comentar sobre quienes sean nominados a la Corte Suprema, y al disponer que los candidatos participen en audiencias públicas ante el Senado, el proceso de elección de jueces formará parte de un debate público informado y más democrático. En este sentido, desde luego, estamos muy complacidos con la nominación del distinguido jurista y académico Profesor Eugenio Raúl Zaffaroni como candidato a juez de la Suprema Corte.

Reconocemos que el esfuerzo para alcanzar justicia y rendición de cuentas en Argentina ha sido un camino largo y difícil. Tenemos la esperanza de que bajo su liderazgo el país pueda avanzar significativamente para que los miles de argentinos que sufrieron violaciones durante el régimen militar, encuentren por fin justicia en su propio país.

Aprovecho la oportunidad para expresar a S.E. mis sentimientos de la más alta estima y consideración.

José Miguel Vivanco
Director Ejecutivo

Cc: Dr. Alberto Fernández, Jefe del Gabinete de Ministros
Cc: Dr. Rafael Bielsa, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Cc: Dr. José Juan Bautista Pampuro, Ministro de Defensa
Cc: Dr. Gustavo Osvaldo Beliz, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Cc: Dr. Eduardo Luis Duhalde, Secretario de Derechos Humanos
Cc: Embajador José Octavio Bordón, Embajador Argentino en Washington DC


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