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En camino a liberarse de la interdicción en México

La decisión de la Primera Sala de la Corte es un adelanto para los derechos de las personas con discapacidades

Un manifestante ondea la bandera mexicana, Domingo, 18 de noviembre, de 2018. © 2018 AP Photo/Ramon Espinosa

Después de que se le negara el derecho a tomar sus propias decisiones por toda su vida, “Ernesto”, quien ahora tiene 50 años, finalmente es libre de hacer sus propias elecciones.

El 13 de marzo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia la Nación emitió un fallo de avanzada que dio a Ernesto, quien tiene una discapacidad intelectual, el derecho a decidir casarse, a vender o rentar su casa, a entrar en contratos y a llevar a cabo cualesquiera actos jurídicos, algo que muchos de nosotros damos por sentado.

Hasta ese día, él había sido puesto bajo interdicción, lo que significa que otra persona tenía que hacer todas esas decisiones en nombre de Ernesto.

La interdicción completamente despoja la autonomía de la persona con discapacidad y permite designar a alguien más para tomar todas las decisiones personales en su nombre. La Primera Sala de la Corte halló que esto era discriminatorio, señalando que contradice tanto la Constitución como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). México ratificó la CDPD en 2007.

La decisión de la Corte es un paso gigante. Despojar a las personas con discapacidad del derecho a hacer decisiones por sí mismas limita el ejercicio de otros derechos tales como el acceso a la justicia, el debido proceso, y a vivir de forma independiente e incluidas en la comunidad.

En su decisión, la Primera Sala de la Corte confirmó prácticamente todos los estándares que el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad emitió cuando discutió el derecho a la capacidad jurídica. El Comité ha señalado que las personas con discapacidad deben gozar del control jurídico sobre sus propias vidas, sin importar el grado de apoyo que puedan requerir para tomar decisiones. Esto no puede ser restringido sobre la base del tipo de discapacidad o el supuesto grado de “capacidad mental” de la persona.

En lugar de negar el derecho a hacer decisiones a las personas, los gobiernos deben desarrollar sistemas de apoyo para la toma de decisiones. Por ejemplo, permitiendo que se designen a personas que apoyen en el proceso de toma de decisiones.

Por ahora, la decisión de la Primera Sala de la Corte de México sólo protege a Ernesto, porque el tipo de demanda legal sólo aplica a la persona involucrada.

Lo que es esperanzador es que las guías establecidas en el fallo proveen un precedente que debe ser seguido por el Congreso de la Ciudad de México. México debe garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

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