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CASO DE LA JUEZA MARÍA LOURDES AFIUNI (VENEZUELA)

De nuestra mayor consideración:

La Comisión Internacional de Juristas (International Commission of Jurists, ICJ) y Human Rights Watch reciben con beneplácito el informe del Secretario General sobre Cooperación con las Naciones Unidas, sus representantes y mecanismos en la esfera de los derechos humanos, en particular la importancia reconocida a la necesidad de que el Consejo lleve a cabo un seguimiento adecuado de casos individuales de represalias.

Quisiéramos llamar la atención sobre uno de los casos expuestos en el informe, el de la Jueza María Lourdes Afiuni de Venezuela. La Jueza Afiuni fue detenida el 10 de diciembre de 2009 por haber dispuesto la libertad condicional de Eligio Cedeño debido a que, entre otros motivos, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria había declarado la arbitrariedad de su detención. En declaraciones a la televisión nacional, el entonces Presidente de Venezuela Hugo Chávez Frías se refirió a la jueza como “bandida” y pidió que fuera condenada a 30 años de prisión, la máxima pena posible en Venezuela. Pocos días después, expresó que Afiuni “esta[ba] bien presa” y reiteró que debía recibir la pena máxima, además de agregar que él “le pondría 35 [años]”. En enero de 2010, la fiscalía acusó a la Jueza Afiuni de corrupción, abuso de autoridad y “favorecimiento para la evasión”. Sin embargo, la fiscalía no presentó evidencias creíbles que respaldaran esta acusación. La jueza Afiuni permaneció detenida más de un año, y luego se dispuso su arresto domiciliario. Durante su detención, la Jueza Afiuni fue violada sexualmente y sufrió violencia física y psicológica, incluidas amenazas de muerte de otras internas. En junio de 2013, la Jueza Afiuni obtuvo la libertad condicional, mientras continúa el proceso penal en su contra, iniciado en 2012.

Deseamos recordar que los Principios Básicos de la ONU Relativos a la Independencia de la Judicatura prohíben las intromisiones indebidas o injustificadas en la función judicial, incluidas las represalias como las aplicadas contra la Jueza Afiuni.

Instamos al Consejo a que exhorte a Venezuela a desestimar las acusaciones que fueron presentadas contra la jueza por el ejercicio legítimo de su función profesional. Cualquier procedimiento judicial que se inicie en relación con su caso deberá respetar los estándares internacionales sobre el derecho a juicio justo, incluida la independencia e imparcialidad de los tribunales competentes, y garantizar la plena observancia del derecho de presunción de inocencia.

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