Los niños olvidados de Guatemala
VIOLENCIA POLICIAL Y ABUSOS A DETENIDOS

  • SIGLAS

  • RESUMEN

  • RECOMENDACIONES

  • ABUSOS CONTRA NIÑOS DE LA CALLE

  • ABUSOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PARA MENORES
    (New York: Human Rights Watch, 1997)

    ABUSOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PARA MENORES (continuación)

    Abandonados dos veces: Negligencia en los centros de detención y otras violaciones

    Los cinco centros de detención para menores más importantes son cinco, todos ellos situados dentro o en las cercanías de Ciudad de Guatemala. Además, en ocasiones se interna a los niños adolescentes en el centro de detención preventiva para adultos varones conocido como "Zona 18" y, según se ha informado, se ha internado a niñas adolescentes en la prisión de mujeres, Santa Teresa. Los centros más importantes de detención de menores son:

      Centro de Diagnóstico y de Ubicación. Este centro de niños varones, situado en el centro de Ciudad de Guatemala, es un centro de formación para niños acusados recientemente de delitos o que han accedido al sistema de justicia de menores por otros motivos. En teoría, sólo se debe detener durante unos días a los niños en el Centro de Diagnóstico y de Ubicación. En la práctica, las estancias son mucho más largas.

      Centro de observación de Niñas. Este es un centro de niñas, también situado en el centro de Ciudad de Guatemala. Como en el caso del Centro de Diagnóstico para Niños, se supone que es un centro para períodos cortos, suficientes para "estabilizar" a las niñas, según la directora de Tratamiento y Observación Victoria Monzón, que también declaró que sólo se retiene a las niñas en el centro si existe la probabilidad de que el sistema de justicia juvenil las ponga en libertad rápidamente -- si no son enviadas a Gorriones.(141) En la práctica, sin embargo, las niñas permanecen en el Centro de Observación durante meses, y algunas de ellas más de un año.

      Centro Reeducativo de Varones, San José Pinula. Este centro de detención está localizado a unos cuarenta y cinco minutos de carretera de Ciudad de Guatemala. Está en un entorno rural, a varios kilómetros de la autopista principal. Técnicamente, San José Pinula está dividido en dos centros separados: Etapa Uno y Etapa Dos. En teoría, los que han cometido delitos sin importancia son enviados a San José Pinula, mientras que los reincidentes y los acusados de delitos graves son enviados a Gaviotas. Esta distinción no siempre se cumple en la práctica. Muchos de los niños con los que hablamos habían sido encarcelados por delitos sin importancia en Gaviotas, mientras que se había enviado a reincidentes y delicuentes graves a San José Pinula.

      Centro Reeducativo de Niñas, "Gorriones." Este centro de detención está situado en Mixco, cerca de Ciudad de Guatemala. Entre sus internas se encuentran niñas que han cometido delitos graves y reincidentes, niñas sin antecedentes, niñas embarazadas, escapadas de casa, niñas de la calle y niñas bajo la custodia del estado por su protección.(142)

      Centro de Observación de Varones, "Gaviotas." Este centro, situado en Ciudad de Guatemala, cuenta con las instalaciones de mayor seguridad, y alberga sobre todo a delincuentes reincidentes y menores que han cometido un delito grave por primera vez.
       

    Encarcelamiento de niños abandonados, abusados o desamparados

    Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado. Los Estados Partes garantizarán... otros tipos de cuidado para esos niños.(143)

    Según las prácticas actuales en Guatemala, se encarcela a niños bajo la protección del estado junto a delincuentes declarados. Viven en los mismos centros, comparten los mismos dormitorios y realizan las mismas actividades diarias (o la misma inactividad). De hecho, los juzgados no informan a los directores de los centros de los motivos del encarcelamiento de los niños, lo que hace que en definitiva los menores delincuentes y los niños dependientes no reciban un trato diferente.(144)

    Según el Gobierno de Guatemala, 80 por ciento de las niñas internadas en centros correccionales "ingresan por estar en situación de riesgo social, y sólo 20 por ciento por incumplir la ley."(145) La categoría "en riesgo social" es imprecisa, y se refiere probablemente a la doctrina de la "situación irregular" antes mencionada. En cualquier caso, es probable que "en riesgo social" incluya la custodia de protección, aunque no se limite a ésta. Un estudio de 1993 descubrió que 35 por ciento de las niñas privadas de libertad en Guatemala, y 3 por ciento de los niños, estaba en situación de custodia para su protección.(146) Médicos Sin Fronteras estima que cerca del 50 por ciento de las niñas detenidas están en los centros para su protección.(147) Estas cifras no incluyen a los niños detenidos por vivir en la calle, "vagancia," "escándalo en la vía pública" y otros "delitos" cometidos habitualmente por niños de la calle. Sí incluyen a los niños en detención por estar en estado de malnutrición, ser sordomudos o no poder comunicar en español, además de los motivos de protección establecidos como el abuso físico, el abandono o el desamparo. Por ejemplo:

      Médicos Sin Fronteras encontró a dos niñas, con once y doce años, que estaba en un centro de detención por estar en un estado grave de malnutrición. También informaron de niñas detenidas durante más de un año simplemente por ser ciudadanas de otro país y que no había un medio para repatriarlas.(148)

      Una fiscal de menores supo de un niño de ocho años detenido en el Centro de Diagnóstico y Ubicación donde las autoridades lo habían internado después de que fuera violado en la calle por otro niño.(149)

      Una investigadora de la Universidad de Columbia conoció a un niño sordomudo, de unos diecisiete años, que había sido detenido indefinidamente en el centro de detención Gaviotas. Un psicólogo de Gaviotas dijo a la investigadora que el niño no había cometido ningún delito. La policía lo había detenido cuando lo encontró "vagando por las calles," y posteriormente lo internaron en Gaviotas, donde se pasaba los días trabajando en la cocina.(150)

      La misma investigadora conocía a una niña en una situación similar en el Centro de observación de Niñas:
       

    Cuando la directora me guiaba por el centro, observé a una niña que nos seguía. "No habla español," explicó la directora cuando intenté hablar con la niña. "Nadie sabe que idioma habla."

    "¿Está embarazada?" Pregunté, al ver su vientre prominente. "No," contestó la directora... "Está sólo gorda. No tiene otra cosa que hacer más que comer."(151)

    Es imposible calcular el daño provocado en los niños a los que se saca de una situación de abuso o abandono en el hogar para internarlos en prisiones para niños. Como se expone más adelante, no se intenta ningún tipo de rehabilitación psicológica en estos centros de "reeducación." Este abandono tiene un efecto considerable en los niños que han padecido abusos. Médicos Sin Fronteras dijo a Human Rights Watch: "Pongamos el caso de una niña que ha sido violada por su padre y que está dentro para su protección. Puede que la niña se quede en el centro un año, dos años o hasta más. En todo ese tiempo no se hace nada en relación a su estrés "postraumático". Lo más probable es que salga del centro más traumatizada de lo que entró. Y que aprenda de las otra niñas sobre drogas y delincuencia."(152)

    Se supone que la práctica en Guatemala de encarcelar a niños dependientes junto a niños delincuentes cese con la entrada en vigor del nuevo Código de la Niñez y la Juventud a finales de 1997.(153)

    Mezclar a detenidos

    Además de lo antes expuestos, existen otras maneras de entremezclar ilegalmente a detenidos en el sistema de justicia guatemalteco. Se encarcela a niños de poca edad junto a adolescentes mayores, y se encarcela a adolescentes junto a adultos. Ambas prácticas constituyen una violación del derecho internacional, y la práctica de encarcelar a menores junto a adultos es también ilegal según las leyes guatemaltecas.

        Mezclar a niños de poca edad con adolescentes mayores

    La detención de los menores sólo se producirá en condiciones que tengan en cuenta plenamente sus necesidades y situaciones concretas y los requisitos especiales que exijan su edad, personalidad, sexo y tipo de delito, así como su salud física y mental, y que garanticen su protección contra influencias nocivas y situaciones de riesgo.(154)

    Los centros de detención de menores de Guatemala aceptan a niños de ocho a diecisiete años. Anteriormente, se albergaba en un centro separado, el centro Rafael Ayau, a los niños de ocho a once años. Pero el centro fue cerrado en agosto de 1996 por motivos sin aclarar. Tras ese cierre, los jueces siguieron enviando a los niños de ocho a once años a TOM (Tratamiento y Orientación para Menores), que a su vez enviaba a los niños pequeños a cinco centros destinados a niños de doce a dieciocho años. "Está mal que los jueces nos manden a estos niños," dijo la directora de TOM. "Los niños mayores les enseñan como cometer delitos. Y están en mayor riesgo aquí."(155) Cuando hablamos con la directora de TOM, nos dijo que había unos cuatro niños menores de doce años en cada centro.(156)

    Los adolescentes jóvenes también se exponen a grandes peligros cuando son encarcelados junto a adolescentes más mayores. Además de la influencia nociva que puedan tener los delincuentes más mayores y reincidentes en los jóvenes recién llegados al sistema, está el peligro de ataques físicos y violaciones. Este problema se ve agravado por el hacinamiento en los centros, donde a veces comparten una cama dos o tres niños.

    Según Médicos Sin Fronteras, los directores de los centros son conscientes del peligro de violación y en general intentan separar a los niños por tamaños, edades y grado de agresividad. Sin embargo, ya que muchas veces los directores no saben los motivos de la detención de cada niño puede ser difícil evaluar con exactitud el peligro que plantea una distribución concreta.(157)

    El riesgo de mezclar a adolescentes de diferentes edades se ve exacerbado por las condenas imprevisibles que imponen algunos jueces de menores, que puede que envíen a un niño que ha cometido su primer delito a Gaviotas (un centro de alta seguridad destinado a reincidentes y delincuentes graves) o a un reincidente de alto riesgo a San José Pinula (destinado a niños que han cometido un delito menor por primera vez). Por ejemplo, durante nuestra breve visita a Gaviotas entrevistamos a Freddy, un niño pequeño de doce años. Freddy llevaba tres meses en Gaviotas cuando lo entrevistamos, por su primer delito: robar una cartera.(158)

        Mezclar a adolescentes con adultos

    Los menores procesados estarán separados de los adultos.

    Los menores delincuentes estarán separados de los adultos y serán sometidos a un tratamiento adecuado a su edad y condición jurídica.(159)

    El derecho internacional prohíbe rotundamente el encarcelamiento de menores con adultos, así como las leyes guatemaltecas.(160) No obstante, conversamos con varios adolescentes que habían sido recluidos en centros para adultos; otros investigadores confirmaron este hecho.

      Cuando tenía trece años, pasé seis meses en Zona 18, por orden del juez. [Zona 18 corresponde a las dos prisiones de adultos, una para hombres y otra para mujeres.] Entonces había dos o tres menores más allí. Después estuve otra vez dentro cinco meses este año. Sí, se mezcla a los menores con los adultos. Puede que dé miedo, a veces. Puede que dé miedo por que piensas que los tipos grandes te van a dar una paliza.
          -- David, dieciséis años
           
      Cuando tenía quince años, pasé dos meses y medio en Zona 18... La policía decía que tenía dieciocho. Le dije al juez que sólo tenía quince, pero no se lo creyó. Nadie me creía. Mi partida de nacimiento estaba en casa.

      Zona 18 era peor que Gaviotas. Los presos adultos te hacen quitarte la ropa, te hacen que "cambies" la ropa. Si no te dan una paliza. Eso me pasó a mi y a otro menor, cuando estábamos dentro.

          -- Ronald Raúl, dieciséis años
      Cuando tenía dieciséis, me mandaron a Zona 18. No me querían en los reformatorios. Decían que era un alborotador... En las prisiones de adultos, tienes que pagar dinero para conseguir un sitio donde dormir. Si no duermes en el suelo, en la basura. Y tienes que pagar para un colchón y una chamarra.

      Suelen violar a los niños que ponen con los adultos. Eso pasa mucho. Zona 18 es la cárcel de adultos con más menores, por eso es la prisión con más violaciones. A los guardias les da igual. En la cárcel, el dinero lo maneja todo.

          -- Vicente, veinticuatro años
    Al igual que los niños son enviados a los centros para adultos varones, las niñas son enviadas a la prisión para mujeres de Zona 18, "Santa Teresa." Jessica Attie, una investigadora de la Universidad de Columbia, visitó Santa Teresa en junio y julio de 1996. Attie encontró a niñas de quince, dieciséis y diecisiete años recluidas en la prisión y comentó que, "Las autoridades penitenciarias tienen un conocimiento claro de esta situación: en varias ocasiones le pedí a la directora de la prisión que me presentara concretamente a las niñas menores de 18 años, y cada vez que lo hice, la directora me las presentó."(161)

    Condiciones físicas

    Según trabajadores de la salud, los centros de detención de menores de Guatemala padecen una serie de condiciones por debajo de la norma, como: malas instalaciones sanitarias, carencia de agua, problemas en los desagües y condiciones de higiene inadecuadas. Estas condiciones contribuyen a la alta incidencia de enfermedades dermatológicas e intestinales.(162)

    Gaviotas, el único centro de detención recorrido por Human Rights Watch,(163) está atestado y deteriorado. Cuando realizamos nuestra visita, había noventa y seis recluidos.(164) Aunque sólo albergara su capacidad oficial de ochenta niños, el centro estaría atestado. Es una instalación hacinada situada en un barrio de clase trabajadora de Ciudad de Guatemala. Los niños duermen en cuatro habitaciones largas, cada una de ellas con unas diez literas viejas y hundidas alineadas (para unas veinte camas en total). En algunos colchones tienen que dormir dos niños. Las habitaciones son sombrías y frías, con paredes y suelos de cemento.

    Los niños sólo tienen un campo de baloncesto de cemento para jugar. Las pocas aulas de clase en Gaviotas están en tal estado de deterioro que nuestro guía decidió no dejarnos verlas, aunque asomándonos a una ventana pudimos ver sillas estropeadas, una luz tenue y un ambiente general de devastación. El lugar estaba constantemente sombrío: cerrado, confinado y siniestro. Algunos niños no tenían zapatos.

    Aunque no pudimos visitar los dormitorios del Centro de observación de Niñas, las niñas que estaban recluidas allí nos dijeron que estaban hacinadas y dormían diez en cada habitación -- a veces se admitían aún más niñas, lo que provocaba que algunas tuvieran que dormir sobre colchones en el suelo. (También se castigaba a las niñas haciéndolas dormir en el suelo.) Según una miembro del personal, el día de nuestra visita había treinta y tres niñas recluidas en el Centro de Observación, con un capacidad máxima de veinte a veinticinco internas -- es decir, que el centro estaba operando al 150 por ciento de su capacidad.(165)

    Nos dijeron que en Gorriones hay cinco dormitorios, que miden unos 3,5 por 5 metros y contienen cuatro literas. En cada habitación duermen ocho niñas. Se encierra a las niñas en los cuartos desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., hora en la que se levantan y se bañan con agua fría. Durante ese tiempo no hay funcionarios de servicio. Durante esas nueve horas de la noche no se les permite salir de la habitación. Si necesitan ir al baño deben arreglarse con un orinal en el cuarto, delante del resto de niñas. Esto supone una violación del derecho fundamental a la intimidad de las niñas.(166)

    En San José Pinula se da la situación más grave de hacinamiento de todos los centros. El centro, que fue diseñado para setenta niños, albergaba a 135 niños en septiembre de 1996.(167) El resto de centros solían operar al 150 por ciento de su capacidad.(168)

    Muchos niños de diferentes centros también se quejaron de la comida, de la que dijeron que era poco apetitosa y insuficiente para sus necesidades.

    Las anteriores observaciones fueron confirmadas por la Fiscal de Menores que nos dijo que "las condiciones de detención son malas. No hay camas suficientes, maestros suficientes, o comida suficiente. Porque están encarcelando a todo el mundo."(169)

    Ni rehabilitación, ni educación, ni formación

    En teoría el objetivo es la rehabilitación, pero todos sabemos que eso no pasa realmente.(170)

    Las normativas del derecho internacional exige claramente que los niños detenidos sean rehabilitados en lugar de simplemente encerrados. También exigen que se les ofrezca educación y formación profesional. Las Reglas para la Protección de Menores estipulan lo siguiente:

      Se debe ofrecer a los menores detenidos "actividades y programas útiles" (Regla 12);

      "Todo menor en edad de escolaridad obligatoria tendrá derecho a recibir una enseñanza adaptada a sus necesidades y capacidades y destinada a prepararlo para su reinserción en la sociedad" (Regla 38);

      "Todo centro de detención deberá facilitar el acceso de los menores a un biblioteca" (Regla 41); y

      "Todo menor tendrá derecho a recibir formación para ejercer una profesión que lo prepare para un futuro empleo" (Artículo 42).(171)
       

    Los nombres de los centros de detención de menores de Guatemala son un reflejo del objetivo decretado por el estado de rehabilitar por medio de la educación. Dos o tres de los centros más importantes se llaman centros de "reeducación." En realidad, se realizan muy pocas actividades útiles para la educación, rehabilitación y formación. "Aquí no hay resultados," dijo Victoria Monzón, Directora de TOM. "No hay un proceso de reeducación. No podemos decir que estamos reintegrando a estos niños en la sociedad."(172) El propio gobierno ha reconocido que el personal de los centros de detención de menores no tienen capacitación y cualidades para trabajar con niños conflictivos.(173)

    De los cinco centros estatales para niños, sólo uno -- San José Pinula -- imparte formación profesional, sobre todo en agricultura. Este es un nuevo programa financiado por la Unión Europea (UE).(174) La administradora del Programa de la Unión Europea para Niños de la Calle en Guatemala dijo a Human Rights Watch que: "Cuando fuimos a Pinula en 1994, era un lugar aterrador. Horrible. No se si había otro [centro de detención] en Latinoamérica en peores condiciones."(175) Además de su proyecto en San José Pinula, la UE ha emprendido tareas de mejora en Gaviotas, Gorriones y el Centro de observación de Niñas. Sin embargo, cuando Human Rights Watch realizó su visita en septiembre de 1996, en la mayoría de los centros no se estaban aplicando programas de rehabilitación o de formación profesional serios.

    Parece que la educación que se imparte varía considerablemente según el centro. Los niños informaron de horarios escolares que oscilaban entre una hora de clase al día (en el Centro de Diagnóstico y Ubicación) y cinco horas al día, cuatro días a la semana (en el Centro de observación de Niñas). Las clases que se imparten en los dos centros para niñas incluyen matemáticas, estudios sociales, español, economía del hogar, bordado, punto, "clase de belleza," y "clase de respeto para si misma."

    No hay juegos [en Gorriones]. No hay biblioteca. Si te portas bien, puedes ver la televisión. Los fines de semana podemos jugar al baloncesto.
    -- Claudia, quince años
    Sí, teníamos algunas clases [en Gaviotas], pero no valía para nada. Todo lo que sé lo he aprendido en la calle, lo poco que sé de leer y escribir.
    -- Nicolás, diecisiete años
    Un psicólogo del personal de Gaviotas dijo a nuestra investigadora que "no hay un proceso de reeducación" allí -- las clases son "inútiles," no hay actividades significativas en las que puedan participar los niños detenidos y no existe una estabilidad en las relaciones con los niños, dado el ingreso y salida constante de detenidos. El psicólogo dijo que el resultado de este encarcelamiento sombrío y aburrido es que los niños padecen depresiones, tienen pesadillas y hasta alucinan. Se obsesionan con la idea de fugarse.(176)

    Falta de una atención médica adecuada

    Las normativas del derecho internacional exigen que todo niño detenido reciba una atención médica adecuada, que incluya atención de salud mental.(177) En lo que concierne tanto a la atención física como mental, los centros de detención de menores de Guatemala no cumplen este requisito básico de proteger y mejorar la salud de los niños.

    Entre los problemas habituales de salud de los niños detenidos están: estrés "postraumático" como resultado de violencia sexual o de otro tipo; drogadicción; "hiperactividad"; depresión; psicosis; deterioro dental grave; problemas dermatológicos; enfermedades venéreas; problemas respiratorios y diarrhea crónica.(178) A pesar de esta variedad de enfermedades graves y crónicas, los centros de menores se destacan por una carencia grave de personal médico competente y por un suministro "lamentablemente inadecuado" de medicamentos.(179) No se someten normalmente a los niños a pruebas del VIH, a pesar de la incidencia creciente de la infección, y no existe ningún centro estatal o privado para el tratamiento de niños con VIH o SIDA.(180)

    En su mayoría, las enfermedades psicológicas o de drogadicción de los niños detenidos no reciben tratamiento alguno. No hay psiquiatras entre el personal y tan sólo un puñado de psicólogos se reparten entre los centros, donde trabajan cuatro horas al día.(181) Según los propios psicólogos, el 80 por ciento de su tiempo lo pasan rellenando la documentación exigida por los juzgados. "No hay una detección de problemas psicológicos, no hay un tratamiento para el síndrome de abstinencia a las drogas y ningún programa para la drogadicción. Cuando salgan los niños dentro de seis o doce meses, no habrán recibido ayuda. Salen y vuelven a las drogas."(182)

    El tratamiento de enfermedades físicas también es deficiente. Sólo hay tres médicos para unos 600 niños, que al igual que los psicólogos sólo trabajan cuatro horas al día.(183) Tienen un acceso limitado a equipo de diagnóstico y laboratorios. Cuando no se trata de una emergencia, es probable que los niños detenidos no sean sometidos al necesario examen médico o sean intervenidos quirúrgicamente, a no ser que los padres tengan dinero para pagarlo. "Un niño de la calle no tiene ninguna posibilidad de recibir ayuda médica."(184)

    En Gaviotas pudimos comprobar la carencia de atención médica. Un niño con el que conversamos tenía los brazos, el estómago, la espalda y los costados cubiertos de urticaria. Se podía ver incluso desde la distancia y le preguntamos sobre su infección durante la entrevista confidencial.

    "Esto me paso hace dos semanas," nos dijo, "después de comer cerdo, al que soy alérgico. No sabía que era cerdo -- estaba picado, demasiado pequeño para saber lo que era." El personal sabía que era alérgico al cerdo, pero nadie le había prevenido para que no comiera. Un día después, su estómago y costados estaban cubiertos de urticaria. "Se lo dije al personal, y me dijeron 'se te va a pasar.' Me dijeron lo mismo el segundo día, cuando se me puso peor. Al cuarto día ya lo tenía por todo el cuerpo, y al final llamaron a un médico que me llevó al hospital. Ahora está mucho mejor que antes."(185)

    Abdicación del control por parte del gobierno: El papel de REMAR en el sistema de justicia de menores

    REMAR (Rehabilitación para Marginados) es una organización cristiana evangélica española dedicada a la rehabilitación de toxicómanos, ex reclusos y otros miembros de la sociedad marginados. Su programa de rehabilitación para adultos españoles consiste sobre todo en enviarlos a países latinoamericanos, donde trabajan estrechamente con jóvenes conflictivos.(186)

    REMAR llegó por primera vez a Guatemala en 1992, a invitación del entonces Presidente Jorge Serrano Elías, que también era un activista evangélico. A petición de la entonces Primera Dama, REMAR empezó a trabajar en Gaviotas, el centro de detención de jóvenes varones con delitos graves o reincidentes.(187) En poco tiempo, REMAR había asumido el control efectivo de Gaviotas. Los funcionarios del gobierno siguieron administrando el centro y los profesores, trabajadores sociales y psicólogos eran todos funcionarios del gobierno. En cambio, REMAR estaba a cargo de la disciplina, el programa diario y otros aspectos pedagógicos a excepción de la enseñanza. Además, cada día desde las 4 p.m. hasta las 8 a.m. sólo se quedaba en el centro con los niños el personal de REMAR.

    Una y otra vez, los niños nos hablaron de las palizas que recibieron por parte de personal de REMAR. Nos hablaron de golpes con bates de béisbol de aluminio, palos de escoba y leña. Nos hablaron de dedos y costillas rotas. Nos hablaron varias veces de la horrible "bartolina" en Gaviotas, una celda de aislamiento cuya existencia desmintieron los funcionarios del gobierno, pero que los funcionarios de REMAR nos mostraron con orgullo durante nuestra visita a Gaviotas.

    Una y otra vez, los niños hablaron con amargura de los abusos por parte de "los españoles" que habían padecido. Al mismo tiempo, los funcionarios del gobierno reconocieron y quitaron importancia a las tácticas violentas de REMAR. "A veces aplican medidas disciplinarias que no deberían," dijo Victoria Monzón, la directora de TOM, que es la responsable de los centros y del bienestar de los niños que están recluidos en ellos. "Pero los problemas son menos que las ventajas. No tenemos bastante gente [personal] sin ellos."(188)

    A pesar de que esta práctica sistemática de abuso es bien conocida, en el verano de 1996 se pidió a REMAR que se ocupara también del resto de los centros para niños varones: el Centro de Diagnóstico y Ubicación y el Centro Reeducativo de Varones en San José Pinula.

    El director de REMAR en Guatemala dijo a nuestra investigadora: "En REMAR creemos en la vara. Si un niño hace algo malo, le pegamos en el trasero, sólo un par de pequeños azotes -- eso para los niños más pequeños. Con los niños mayores, depende del tipo de delito. Si es un delito menor le decimos al juez que lo haga quedarse más tiempo, y lo hacemos hacer ejercicios o limpiar los baños. Si es un delito grave -- lo que incluye mostrar una falta de respeto o intentar fugarse -- puede que tengamos que castigar físicamente al niño. A veces es fundamental."(189)

    Cuando hablamos con REMAR, la organización tenía a cuarenta miembros repartidos en los tres centros para niños varones: doce en Gaviotas, veinticuatro en San José Pinula y cuatro en el Centro de Diagnóstico y Ubicación. De los cuarenta miembros de REMAR, diez eran españoles y treinta guatemaltecos.(190)

    Abuso físico y la utilización del aislamiento

    Estarán estrictamente prohibidas todas las medidas disciplinarias que constituyan un trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos corporales, la reclusión en celda oscura y las penas de aislamiento o de celda solitaria, así como cualquier otra sanción que pueda poner en peligro la salud física o mental del menor...

    -- Regla 67 de las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad.(191)
    Necesitan más medidas disciplinarias, en lugar de darles dulces...
    -- Victoria Monzón, Directora de los centros de detención de menores de Guatemala.(192)
    Casi todos los niños con los que hablamos que habían estado detenidos en Gaviotas se quejaron de las palizas y de otros malos tratos por parte del personal de REMAR. Lo que sigue son algunas de las declaraciones de los niños:

    En Gaviotas, los españoles te dan leña... Hace unos dos años, estaba en Gaviotas y me habían puesto al cuidado de la habitación. De los veintidós niños de la habitación, escaparon todos menos seis de nosotros. Los españoles pegaron duro a los que nos quedamos. Rompieron diez palos de leña sobre nosotros -- estábamos amoratados. Uno de los palos que usaron era así de grande (indicando unos 20 cm de diámetro); ese no se rompió.

    Entonces nos encerraron en los cuartos de aislamiento, detrás de los baños. Nos metieron sólo con la ropa interior puesta, en esos cuartos muy pequeños sin aire. Sólo con un colchón fino para dormir. Nos metieron allí durante una o dos semanas. Eso es lo que hacían para castigarnos, además de pegarnos.

    -- William, diecinueve años(193)
    He estado dos veces en Gaviotas. Lo tratan a uno mal allí... Si haces algo malo los guardias le pegan a todo el mundo. Te pegan con bates de béisbol de aluminio. Te ponen boca abajo en el suelo y te pegan en la espalda con el bate. Una vez vi que le pegaban a un niño tan duro que le rompieron las costillas. Lo pusieron en aislamiento. Después, por que tenía las costillas rotas, tuvieron que llamar a una ambulancia.

    Una vez estuve en aislamiento dos semanas, por vender drogas en el centro. Era un sitio horrible: oscuro, sin ventanas y sin una bombilla. Hay un colchón fino, lleno de bichos. Sólo te dejan salir para ir al baño.

    -- Juan Alexander, dieciséis años(194)
    Estuve el año pasado en Gaviotas. Es un sitio feo. Te pegan con bates, los españoles te pegan. ¿Dónde te pegan? ¡Donde sea! También hay una casa pequeña donde te meten sólo. Es como la casa de un perro. Una vez me pusieron allí cinco días -- sólo con agua.
    -- Beto, quince años(195)
    Gaviotas es mejor que Zona 18... menos por REMAR. Tienen a alguna gente mala. Para castigarte, te ponen fuera en ropa interior y te hacen correr hasta que te dicen que pares. Hasta de noche, hasta con lluvia. Una vez me hicieron correr dos horas.

    También te pegan en la cara, así [enseña la palma de la mano abierta con los dedos recogidos]. Pueden hacer lo que quieran. La directora los trajo. Sabe como actúan. Lo permite.

    -- Rafael, dieciocho años(196)
    Algunos guardias nos pegan y otros no. Los que te pegan utilizan a veces un palo de trapeador. Otros te hacen limpiar más o correr alrededor de la cancha de baloncesto durante una o dos horas. Me han pegado. Pedro [un guardia] me pega. Se pone bravo si le pides una aspirina o lo que sea. Te pega por eso. Te pega donde sea, hasta en público. Me ha pegado tres veces, duro, en el trasero.

    Hay una celda de aislamiento detrás de los dormitorios. La he visto pero nunca me han puesto ahí. Está muy oscura. No hay una cama. Nada. Ni chamarra, nada. Puede estar dentro durante dos semanas, hasta un mes. La última vez que estuve aquí [Gaviotas] había un niño que llevaba un mes dentro. Lo había encerrado un español. Y un patojo que está metido ahora, lleva ahí cinco días.

    -- Marcos, dieciséis años(197)
    Los funcionarios del gobierno negaron la existencia de celdas de aislamiento en Gaviotas. También minimizaron la gravedad y dimensión de las prácticas abusivas de REMAR; por ejemplo, la directora de todos los centros de detención de menores reconoció sencillamente que el personal de REMAR "aplicaba a veces medidas disciplinarias que no debería."(198) Es especialmente inquietante la despreocupación aparente de la Defensora de los Derechos del Niño de la Procuraduría de Derechos Humanos, que es responsable de proteger los derechos humanos de los niños detenidos y de investigar las denuncias de malos tratos. La funcionaria, Marilys Estrada, o no estaba informada del alcance de las prácticas abusivas en los centros de detención, o consideraba que el asunto tenía poca prioridad. Nunca había realizado a iniciativa propia una inspección exhaustiva de los centros, ni había intentado entrevistar a niños para confirmar las prácticas en los centros.

    Nos dijo que su deber era investigar las denuncias de mal comportamiento del personal de los centros y que había recibido denuncias, tanto de niños detenidos a través de sus amigos y familiares como de profesores de los centros. En estas denuncias se alegaba abuso y corrupción. Sin embargo, según la Defensora de los Derechos del Niño, sólo recibía unas dos o tres denuncias al año, lo que implicaba que el problema era limitado.(199)

    Cuando le preguntamos directamente si su oficina había recibido alguna denuncia relacionada con el personal de REMAR, la defensora nos dijo que no. A pesar de esta respuesta, supimos posteriormente de un caso contra REMAR que no sólo había sido presentado ante su oficina, sino que también incluía al estado como parte acusadora. Cuando telefoneamos a la Defensora Estrada para preguntarle sobre el caso, admitió haber recibido una denuncia relacionada con el comportamiento abusivo de REMAR. "Investigamos el caso. La denuncia fue presentada por niños de la calle que alegaban que la gente de REMAR les pegaba y los ponía en pequeños cuartos de aislamiento. Pero no podían demostrarlo. Y cuando fuimos a investigar no pudimos encontrar ningún cuarto de aislamiento."(200)

    De hecho, según Casa Alianza, un investigador oficial de la Procuraduría de Derechos Humanos (de la que depende la Defensora de los Derechos del Niño) se presentó en Gaviotas tres semanas después de la presentación de la denuncia y habló con diez niños, todos los cuales confirmaron la práctica sistemática de abusos y la existencia de "cuartos de castigo," es decir, celdas de aislamiento. Dos trabajadores sociales también declararon que un trabajador español del centro, César López, estaba pegando a los niños.

    Es más, aunque el gobierno afirmó que no pudo encontrarlos, todos los niños que han estado en Gaviotas sabían lo que eran celdas de aislamiento. Y cuando Human Rights Watch visitó Gaviotas, el personal de REMAR decidió mostrarnos los cuartos de aislamiento, que estaban siendo remodelados entonces. "Estos son para niños difíciles," nos dijeron.(201) La investigadora de la Universidad de Columbia Jessica Attie también vio una celda de aislamiento en Gaviotas, la que describió como "sin ventanas, con una ducha goteando, y con hedor a orina."(202)

    También se informó de palizas en otros centros, y entre los presuntos responsables se encontraban funcionario del gobierno así como personal de REMAR. En concreto, dos niños informaron de haber recibido palizas recientemente en el Centro de Diagnóstico y Ubicación, una por parte de un profesor y otra por parte de un guardia. Un tercer niño nos dijo que un grupo de niños del Centro de Diagnóstico y de Ubicación le había dado una paliza:

    En P-Grueso [Centro de Diagnóstico y de Ubicación] me pegó una paliza un grupo de unos cinco niños. Me pegaron con las manos y con palos, en la cabeza y en los brazos. Se lleve algunos golpes duros en la cabeza -- me afectó el cerebro. Todavía me molesta.

    Me pegaron por que querían mis zapatos. Les di los zapatos para que dejaran de pegarme. No paraba de gritar pero el personal no vino. Al final llegaron y me dijeron que me calmara. No les dije lo de los zapatos por que no quería que me pegaran otra vez... He visto pasar esto muchas veces, por playeras, por zapatos... Te dan una paliza si no les das lo que quieren. Le hacen eso a los nuevos.

    -- Guillermo, diecisiete años
    En la actualidad, los niños y jóvenes detenidos pueden presentar denuncias sólo de manera ocasional, y corriendo el riesgo de represalias si el presunto responsable sabe de la denuncia. Pocos niños con los que hablamos habían presentado denuncias por el trato abusivo, ya fuera por que no se dieron cuenta de que dicho trato era ilegal y sancionable, o por que consideraron que presentar una denuncia ante las autoridades podría se ineficaz y peligroso. En general, los que presentaron denuncias lo hicieron de manera informal, a través de trabajadores sociales o profesores del centro.

    El derecho internacional exige que todos los menores detenidos tengan la oportunidad de presentar oficialmente peticiones o quejas; además de su derecho a la queja, tienen derecho a ser informados sin demora de la respuesta a sus quejas.(203) Las normativas del derecho internacional estipulan además que, en el momento del ingreso, "todos los menores deberán recibir copia del reglamento que rija el centro de detención y una descripción escrita de sus derechos y obligaciones en un idioma que puedan comprender, junto con la dirección de las autoridades competentes ante las que pueden formular quejas..." y "[d]eberá ayudarse a todos los menores a comprender los reglamentos... del centro,... las exigencias y procedimientos disciplinarios... y cualquier otra cuestión que les permita comprender cabalmente sus derechos..."(204) El Gobierno de Guatemala desestima totalmente estos derechos. El nuevo Código de la Niñez y la Juventud, cuya entrada en vigor está prevista para septiembre de 1997, propone la aplicación de la mayoría de estos requisitos legales. La aplicación de esta legislación debe ser observada de cerca por las organizaciones de los derechos del niño y de derechos humanos guatemaltecas e internacionales, incluyendo aunque no exclusivamente a la Defensoría de los Derechos del Niño de la Procuraduría de Derechos Humanos.
     
    Coacción religiosa

    Varios niños que habían estado o estaban en ese momento recluidos en Gaviotas informaron de la utilización de la coacción religiosa por parte del personal de REMAR. Dicha coacción constituye una violación de la Constitución de Guatemala (Artículo 36), la Convención sobre los Derechos del Niño (Artículo 14) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Artículo 18), todos los cuales protegen la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

    Entre las prácticas coercitivas se encontraban clases obligatorias evangélicas sobre la Biblia en Gaviotas,(205) la retirada forzosa de cruces católicas y, en los centros de REMAR (ver más adelante), palizas relacionadas con la formación religiosa.(206)

    Centros de REMAR

    Además de su trabajo en los centros estatales de detención de menores, REMAR dirige una red de "centros" o "hogares" dedicados a la rehabilitación de jóvenes conflictivos. Aunque son de naturaleza privada, también existe una fuerte conexión de estos centros con el estado: el sistema judicial envía cada año a cientos de niños a estos centros. De hecho, los centros son una alternativa a la opción de encarcelamiento utilizada por los jueces de menores. Una vez ingresado en un centro de REMAR, un niño no puede salir hasta que no lo ordene un juez; los jueces, por su parte, confían en las recomendaciones del personal de REMAR al tomar esta decisión.(207)

    Según REMAR, en sus centros admiten a niños de siete a diecisiete años por cualquiera de estos motivos: por orden del juzgado; abandono; drogadicción; padres inadecuados; abusos en el hogar; o pobreza. En septiembre de 1996, REMAR tenía a 300 niños albergados en sus centros de Guatemala; 200 de ellos por orden del juzgado de menores.(208)

    La Jueza de Menores Mildred de la Roca confirmó que el juzgado recurría a los centros privados de REMAR. Según la jueza, cerca del 20 por ciento de los niños a los que se dicta el internamiento cada año son enviados por los jueces a REMAR.(209) Esto se aplica a varios centenares de niños cada año.(210) La jueza dijo que era más probable que se enviara a los niños a los centros de REMAR si eran drogadictos, alcohólicos o habían sido acusados de "hacer escándalo" o de "faltas contra las buenas costumbres."(211)

    La jueza justificó el recurso a los centros de REMAR partiendo de la base de que estos niños no deben ingresar en los mismos centros que los "delincuentes" -- es decir, ladrones y delincuentes violentos. "Por eso ordenamos que sean enviados a REMAR. REMAR tiene centros para problemas de drogadicción. Los mandamos allí por que no hay programas estatales para estos niños."(212)

    El estado da carta blanca a REMAR en relación a estos niños. En primer lugar, los niños enviados por los juzgados a REMAR ingresan por un período de tiempo indeterminado, en lugar de con una condena de duración determinada. En segundo lugar, no existe una supervisión oficial de los juzgados o de otros organismos del estado de los programas de REMAR ni de la rehabilitación de niños particulares enviados a REMAR. En cambio, se supone que REMAR debe enviar periódicamente al juzgado informes sobre el progreso del niño. No se exige una periodicidad concreta de dichos informes (cada mes o cada tres meses), ni que cumplan ciertos requisitos de forma ni que respondan a cuestiones concretas. Los informes llegan "irregularmente" al juzgado, según la jueza.(213)

    Por lo tanto, en definitiva, REMAR dirige centros privados de detención de menores para el Gobierno de Guatemala, pero sin observación o control por parte del gobierno. Dada la propensión de REMAR a la violencia y la coacción en los centros estatales (donde se supone que al menos es posible una supervisión o control externos), su papel en la administración de centros privados es sumamente alarmante. Dos niños entrevistados por Human Rights Watch nos dijeron que habían padecido abusos en centros privados de REMAR.(214)

    Estaba en una casa de REMAR en Petén, en Santa Elena. Es un centro cristiano. REMAR, bueno... son un poco buenos y un poco malos. Si haces algo malo, te hacen lavar los trastes por un mes, o te dejan sin comer unas cuantas veces. Nos pegan, también. Hasta a los niños pequeños. Nos pegan con un palo, "para enseñarnos una lección," dicen. Una vez me pusieron un tronco grande y pesado en los hombros y me hicieron hacer sentadillas. Si no hacías lo que te decían, te pegaban... Son cristianos pero nos pegan mucho... hasta a los pequeños. Quería irme, pero no me dejaban. Al final me escapé.

    -- Juan Alexander, dieciséis años(215)
    Estuve en el centro de REMAR en Ciudad de Guatemala. Se pusieron muy bravos y me castigaron por que no me comí mi avena. Me rompieron el dedo. Me quitaron toda la ropa y me mandaron a la cama sin comida. Al día siguiente me hicieron limpiar todo el día.
    -- Jesús, dieciséis años(216)
    Human Rights Watch no pudo determinar si REMAR recibe fondos directamente del Gobierno de Guatemala o de España. Aunque está claro que la organización no sólo controla efectivamente los centros estatales de menores, sino que se beneficia de la situación, como mínimo utilizando los centros -- y los niños detenidos -- como instrumentos dentro de la estructura de rehabilitación de los miembros de REMAR.(217)

    AGRADECIMIENTOS

    Lee Tucker, asesora del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, escribió este informe. Está basado en una investigación en Guatemala realizada por Tucker en agosto y septiembre de 1996. Lois Whitman, directora del Proyecto de Derechos del Niño, y Anne Manuel, directora adjunta de Human Rights Watch/Americas, editaron el informe. Linda Shipley, miembro asociada del Proyecto de Derechos del Niño, asistió en la producción.

    En Guatemala, el personal de Casa Alianza nos proporcionó una ayuda enorme, entre ellos Mario Alvarado, coordinador de la calle, Hector Dionicio, coordinador legal, y muchos educadores de la calle que nos permitieron acompañarles durante el desempeño de su trabajo. Carlos Toledo y el resto del personal del Movimiento Nacional de Niños también nos ofrecieron una valiosa asistencia en varias ocasiones. Otras organizaciones y personas que compartieron generosamente parte de su tiempo y experiencia con nosotros son: Sólo Para Mujeres; el Centro para el Desarrollo Integral Comunitario (CEDIC); el abogado Bonerge Mejía; el Programa de Apoyo para la Salud Materno Infantil (PAMI) y Médicos Sin Fronteras/Guatemala. Entre los funcionarios del gobierno que se entrevistaron con nosotros están Marilys Estrada, Defensora de los Derechos del Niño; Victoria Monzón, directora de Tratamiento y Orientación de Menores (TOM); Mildred Roca, Jueza de Menores; y la Fiscal de Menores Claudia Carrillo junto a su equipo de abogados -- damos las gracias por el tiempo dedicado y la paciencia demostrada durante las entrevistas. También queremos agradecer a José Gómez de Rehabilitación de los Marginados (REMAR) que se reuniera con nosotros y nos permitiera visitar el centro de detención para varones, conocido como "Gaviotas."

    En Estados Unidos, queremos dar las gracias especialmente a Jessica Attie de la Universidad de Columbia, que compartió generosamente con nosotros las conclusiones de su propia investigación realizada durante el verano de 1996.

    Por último, nuestro reconocimiento y agradecimiento más profundos están destinados a las decenas de niños con los que hablamos en los centros de detención, albergues privados y calles de Guatemala. Estos niños, olvidados y marginados por la sociedad que les rodea, han padecido toda una serie de tratos violentos y degradantes a manos de las autoridades guatemaltecas y otras personas. Esperamos que la valentía que han demostrado al hablar con nosotros sea recompensada con un cese de la violencia contra ellos.

    Este informe está disponible en inglés. La Fundación J.M. Kaplan hizo posible su traducción al español.


    REGRESAR AL PRINCIPIO

    141. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Victoria Monzón, 4 de septiembre de 1996.

    142. Ibíd.

    143. Artículos 20(1) y 20(2) de la Convención sobre los Derechos del Niño.

    144. Entrevista con Victoria Monzón y entrevista con Médicos Sin Fronteras, 4 de septiembre de 1996.

    145. Informe de Guatemala ante el Comité de los Derechos del Niño, CRC/C/3/Add. 22, 20 de abril de 1995, pág. 59.

    146. Claudia Paz Paz y Luis Rodolfo Ramírez, Niños, niñas y adolescentes: Privados de libertad (Ciudad de Guatemala: Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala, 1993), pág. 51.

    147. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Arlette García y Doris Mesilla, Médicos Sin Fronteras, Ciudad de Guatemala, 4 de septiembre de 1996.

    148. Ibíd.

    149. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Gloria Escobedo, 10 de septiembre de 1996.

    150. Attie, "Jalados: Street Children and Detention Centers in Guatemala," 18 de diciembre de 1996.

    151. Ibíd., págs. 14-15. (Traducción de HRW.)

    152. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, 4 de septiembre de 1996.

    153. "La niñez y la juventud amenazados o violados en sus derechos humanos...no podrán bajo ninguna circunstancia ser internados en instituciones destinadas a jóvenes en conflicto con la ley penal..." Artículo 143 del Código de la Niñez y la Juventud de 1996.

    154. Regla 28 de las Reglas para la Protección de Menores.

    155. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Victoria Monzón, 4 de septiembre de 1996.

    156. El Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch entrevistó a una niña de quince años que acababa de salir de Gorriones, nos dijo que había conocido a una niña de diez años allí, que decía que estaba en Gorriones por que la había violado su padre, y que llevaba allí cinco meses. Entrevista con Claudia, 10 de septiembre de 1996.

    157. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Arlette García y Doris Mesilla, Médicos Sin Fronteras, 4 de septiembre de 1996.

    158. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Freddy, 19 de septiembre de 1996.

    159. Artículos 10(2)(b) y 10(3) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Ver también el Artículo 37© de la Convención sobre los Derechos del Niño.

    160. "Por ningún motivo [los menores] pueden ser recluidos en centros penales o de detención destinados para adultos." Artículo 20 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

    161. Attie, "Jalados: Street Children and Guatemalan Detention Centers," pág. 20. (Traducción de HRW.)

    162. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Arlette García y Doris Mesilla, Médicos Sin Fronteras, 4 de septiembre de 1996.

    163. Como explicamos antes, el Gobierno de Guatemala se negó a conceder el permiso para acceder a los centros de detención de menores a Human Rights Watch.

    164. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Carlos, miembro del personal de REMAR, Gaviotas, Ciudad de Guatemala, 19 de septiembre de 1996.

    165. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con la trabajadora social Alba Alburez, Centro de observación de Niñas, Ciudad de Guatemala, 29 de agosto de 1996.

    166. Ver la Regla 34 de las Reglas para la Protección de Menores: "Las instalaciones sanitarias deberán ser de un nivel adecuado y estar situadas de modo que el menor pueda satisfacer sus necesidades físicas en la intimidad y en forma aseada y decente."

    167. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Victoria Monzón, 4 de septiembre de 1996.

    168. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Médicos Sin Fronteras, 4 de septiembre de 1996.

    169. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Claudia de Carrillo, 10 de septiembre de 1996.

    170. Ibíd.

    171. Reglas para la Protección de los Menores.

    172. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Victoria Monzón, 4 de septiembre de 1996.

    173. Ibíd.; ver también el Informe de Guatemala ante el Comité de los Derechos del Niño, en el que reconoce el "bajo nivel de capacitación y especialización de las personas responsables directamente de los niños... en centros públicos o privados; y el desconocimiento general de los derechos del niño." CRC/C/3/Add. 33, 20 de abril de 1995, pág. 65. (Traducción de HRW.) La falta de personal cualificado constituye una violación del Artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño y los Artículos 81-86 de las Reglas para la Protección de Menores.

    174. La Unión Europea ha aportado fondos para realizar mejoras en la infraestructura de San José Pinula y para la puesta en marcha de formación profesional. Otros donantes internacionales están contribuyendo a la capacitación de personal del centro. El Gobierno de Guatemala está suministrando mano de obra y materiales. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con María Nieves, Programa de la Unión Europea para Niños de la Calle, Ciudad de Guatemala, 28 de agosto de 1996.

    175. Ibíd.

    176. Entrevista telefónica del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Jessica Attie, 12 de noviembre de 1996.

    177. "Todo menor deberá recibir atención médica adecuada, tanto preventiva como correctiva, incluida atención odontológica, oftalmológica y de salud mental, así como los productos farmacéuticos y dietas especiales que hayan sido recetados por un médico." Regla 49 de las Reglas para la Protección de Menores.

    178. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Arlette García y Doris Mesilla, Médicos Sin Fronteras, 4 de septiembre de 1996.

    179. Ibíd.

    180. Ibíd.

    181. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Victoria Monzón, 4 de septiembre de 1996.

    182. Ibíd.

    183. Ibíd.

    184. Ibíd.

    185. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Sergio, dieciséis años, Ciudad de Guatemala, 19 de septiembre 1996.

    186. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con José Gómez, Director de REMAR en Guatemala, Ciudad de Guatemala, 13 de septiembre de 1996. Según Gómez, los miembros de REMAR trabajan en España, Portugal y en todos los países latinoamericanos a excepción de Bolivia, Cuba y Venezuela.

    187. Ibíd.

    188. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Victoria Monzón, 4 de septiembre de 1996.

    189. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con José Gómez, 13 de septiembre de 1996. La investigadora Jessica Attie recibió información similar: "De hecho, casi todos los niños con los que hablé recordaban haber recibido una paliza con algún tipo de palo por parte de REMAR. Hasta José, uno de los pastores españoles, admitió que con frecuencia era necesario utilizar 'paletas de amor' para controlar a los niños." Attie, "Jalados: Street Children and Guatemalan Detention Centers," pág. 11. (Traducción de HRW.)

    190. Ibíd.

    191. Ver también la Regla 17.3 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing) ("Los menores no serán sancionados con penas corporales") y el Artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño ("Ningún niño será sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes").

    192. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, 4 de septiembre de 1996.

    193. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 2 de septiembre de 1996.

    194. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 3 de septiembre de 1996.

    195. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 3 de septiembre de 1996.

    196. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 6 de septiembre de 1996.

    197. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 19 de septiembre de 1996.

    198. La Directora Monzón dijo que REMAR iba a trasladar al personal que comete "errores" disciplinarios. El director de REMAR en Guatemala lo confirmó, y nos dijo que cualquiera que maltrata a un niño es trasladado a un lugar "más adecuado" para esa persona. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con José Gómez, 13 de septiembre de 1996. No pudimos saber de ningún miembro de REMAR al que se le hubiera prohibido trabajar con niños, hubiera sido expulsado del país, procesado penalmente o sancionado seriamente por el Gobierno de Guatemala.

    199. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Marilys Estrada, Ciudad de Guatemala, 6 de septiembre de 1996.

    200. Ibíd.

    201. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con Carlos, miembro del personal de REMAR, 19 de septiembre de 1996.

    202. Attie, "Jalados: Street Children and Guatemalan Detention Centers," pág. 16. (Traducción de Human Rights Watch.)

    203. Reglas 75-78 de las Reglas para la Protección de Menores.

    204. Reglas 24-25, Ibíd.

    205. Dos niños informaron al Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch en dos entrevistas confidenciales diferentes en el centro de detención Gaviotas, 19 de septiembre de 1996. Ambos niños nos hablaron de clases diarias sobre la Biblia de 6 a.m. a 7 a.m.; un tercer niño nos dijo que esas clases eran voluntarias, y que sólo asistían una veintena de los niños detenidos. Además, un niño nos dijo que todos los lunes por la mañana de las 10 a.m. hasta las 12 p.m. había una "escuela evangélica" obligatoria, a la que tenían que asistir todos los niños.

    206. Attie, Jessica, "Jalados: Street Children and Detention Centers in Guatemala," pág. 12.

    207. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con la Jueza Mildred de la Roca, 12 de septiembre de 1996.

    208. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con José Gómez, Director de REMAR en Guatemala, 13 de septiembre de 1996.

    209. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con la Jueza Mildred de la Roca, 12 de septiembre de 1996.

    210. Según los fiscales de menores, cada año pasan por los juzgados de menores unos 4.200 niños. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, 10 de septiembre de 1996.

    211. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch con la Jueza Mildred de la Roca, 12 de septiembre de 1996.

    212. Ibíd.

    213. Ibíd.

    214. La investigadora Jessica Attie también entrevistó a niños que habían sido víctimas de palizas en centros de REMAR, así como a un ex miembro del personal de REMAR que había presenciado una dura paliza a un niño de cinco años por que no pudo bendecir la mesa antes de la cena. Attie, "Jalados: Street Children and Detention Centers in Guatemala," págs. 11-12.

    215. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 3 de septiembre de 1996.

    216. Entrevista del Proyecto de Derechos del Niño de Human Rights Watch, Ciudad de Guatemala, 6 de septiembre de 1996.

    217. Se rumorea que la organización recibió regalos en forma de casas, edificios y vehículos del gobierno de Serrano cuando se instaló en Guatemala.


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