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Informe Mundial: Perú

Eventos de 2012

En los últimos años, las manifestaciones públicas contra proyectos de minería a gran escala y otras políticas gubernamentales e iniciativas del sector privado han dado lugar a numerosos enfrentamientos con policías, en los cuales civiles han muerto por disparos de las fuerzas de seguridad del Estado. Desde que Ollanta Humala asumió la presidencia en julio de 2011 y hasta septiembre de 2012, 18 civiles habían muerto durante protestas. En mayo de 2012, el Presidente Humala presentó importantes objeciones a un proyecto de ley que debilitaría la protección de civiles contra el uso ilegitimo de la fuerza letal por parte de la policía.

Los esfuerzos destinados a juzgar a los responsables de los numerosos graves abusos cometidos durante el conflicto armado interno de Perú (1980–2000) han tenido resultados variados. Las condenas dictadas en 2009 y 2010 contra el ex Presidente Alberto Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos, varios generales del Ejército e integrantes de un escuadrón de la muerte del gobierno representaron un avance notable para la búsqueda de justicia por los abusos del pasado. Sin embargo, ha sido sumamente limitado el progreso conseguido en causas sobre abusos cometidos por gobiernos anteriores.

Violencia durante operativos de control de manifestaciones públicas

El uso de la fuerza letal contra manifestantes es un problema que persiste. Además de los 18 civiles y 30 policías que murieron durante protestas desde que asumió el Presidente Humala, otros 165 murieron durante el gobierno de su predecesor Alan García (2006-2011).

En algunos casos, miembros de la Policía y el Ejército peruanos habrían aplicado la fuerza letal de manera ilegítima. En julio, por ejemplo, cuatro civiles fueron abatidos por disparos en Celendín, Cajamarca, luego de que, según señalan las versiones, soldados dispararan contra manifestantes que no estaban armados.

Si bien los protocolos policiales exigen que los miembros de esta fuerza observen las normas internacionales sobre uso de la fuerza, en noviembre de 2012 el Congreso estaba tratando un proyecto —al cual el Presidente Humala había formulado observaciones importantes— que minaría la aplicación de estos protocolos y permitiría el uso de la fuerza letal de un modo que resulta violatorio de los estándares internacionales.

Justicia militar

Las leyes vigentes permiten que militares acusados de violaciones de derechos humanos sean juzgados por tribunales militares que carecen de independencia e imparcialidad. El Decreto Legislativo N.° 1095 —dictado en 2010 por el entonces Presidente Alan García para regular el uso de las fuerzas armadas durante operativos de seguridad pública— dispone que “las conductas ilícitas atribuibles al personal militar con ocasión de las acciones realizadas, en aplicación del presente Decreto Legislativo o en ejercicio de su función” son de jurisdicción del fuero militar. Esto se opone a pronunciamientos anteriores de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Constitucional de Perú, así como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte I.D.H.).

Juicios por los abusos del pasado

Según la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú, casi 70.000 personas murieron o fueron víctimas de desaparición forzada durante el conflicto armado que asoló al país entre 1980 y 2000. Muchas de ellas sufrieron atrocidades cometidas por Sendero Luminoso y otros grupos insurgentes, así como violaciones de derechos humanos perpetradas por agentes del Estado.

En 2009, el ex Presidente Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por desapariciones y asesinatos ocurridos en 1991 y 1992. Su asesor en inteligencia Vladimiro Montesinos, tres ex generales del Ejército y miembros del grupo Colina, un escuadrón de la muerte creado por el gobierno, también cumplen actualmente penas de entre 15 y 25 años de prisión por el asesinato en 1991 de 15 personas en el distrito de Barrios Altos, en Lima, y por 6 desapariciones.

En julio de 2012, tras una apelación, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema redujo las penas impuestas en el caso Barrios Altos. Al negar que se tratara de delitos de lesa humanidad, la Corte se desentendió de la jurisprudencia establecida por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema en el caso Fujimori. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos interpuso una demanda de amparo constitucional y pidió que se anulara la sentencia. En septiembre, la Sala Penal Permanente dejó sin efecto la sentencia, luego de que la Corte I.D.H. determinara que era incompatible con las obligaciones jurídicas del país en materia de derechos humanos.

El éxito de los esfuerzos por juzgar a quienes cometieron violaciones de derechos humanos durante gobiernos anteriores ha sido escaso. Los fiscales aún no han presentado acusaciones o han cerrado cientos de casos, en parte debido a que el Ministerio de Defensa y el Ejército no cooperan brindando información esencial que permita identificar a los responsables.

Tortura

El problema de la tortura continúa estando presente. La Defensoría del Pueblo recibió 62 denuncias de tortura y maltrato policial en 2011, y otras 18 durante los primeros 6 meses de 2012. Un tercio de las 144 víctimas cuyos casos fueron monitoreados durante 2012 por la organización no gubernamental COMISEDH murieron o sufrieron discapacidad física permanente a causa de las torturas. Según COMISEDH, muchas víctimas no presentan denuncias formales sobre las torturas sufridas, y quienes sí lo hacen enfrentan dificultades al intentar acceder a una vía judicial y obtener un resarcimiento adecuado.

Libertad de los medios de comunicación

Los periodistas siguen estando expuestos a la imposición de penas de prisión en suspenso y multas por difamación. En junio de 2012, la justicia condenó a Juan Carlos Tafur y Roberto More, dos periodistas del periódico Diario 16, a dos años de prisión en suspenso y a pagar 60.000 nuevos soles (aproximadamente US$ 23.000) en concepto de daños a un general de policía retirado a quien el periódico había vinculado con una familia implicada en denuncias de lavado de dinero.

El poder legislativo aún no ha sometido a votación un proyecto de ley que reemplazaría las penas de prisión de hasta tres años previstas por la legislación vigente para el delito de difamación, con la prestación de servicios comunitarios y multas. Si bien el proyecto fue aprobado por el Congreso en julio de 2011, el ex Presidente García planteó una serie de observaciones que aún deben ser debatidas y votadas para que el proyecto se convierta en ley.

En agosto de 2012, el Presidente Humala presentó un proyecto de ley que prevé penas de prisión de hasta ocho años para quien “apruebe, justifique, niegue o minimice los delitos cometidos por integrantes de organizaciones terroristas” que hayan sido establecidos en una sentencia judicial firme. El proyecto de ley se expresa en un lenguaje amplio que podría penalizar la publicación de críticas legítimas a las decisiones judiciales, como aquellas que versen sobre la culpabilidad del supuesto responsable o la pena impuesta, si un “colectivo social” afectado por el terrorismo se sienta menospreciado, hostilizado u ofendido. A fines de octubre, el Congreso aún no había sometido el proyecto a debate.

Se han registrado casos de periodistas del interior del país que sufren amenazas y agresiones físicas vinculadas con críticas a autoridades locales. Algunos de estos ataques se han atribuido a personas que fueron contratadas por funcionarios electos. Por ejemplo, una investigación policial concluyó que un alcalde en Casma, Ancash, ordenó el homicidio de Pedro Alonso Flores, director de un noticiero de la televisión local y uno de sus críticos más acérrimos. Flores murió por impactos de armas de fuego en septiembre de 2011 en Ancash, y anteriormente habría recibido amenazas de muerte, según su esposa. A la fecha de este informe, la fiscalía aún no había presentado cargos.

Derechos de discapacidad

El sistema peruano de interdicción judicial habilita a los jueces a determinar que personas con discapacidad multisensorial, intelectual o mental son “incapaces” y a asignarles tutores legales, lo cual supone en la práctica la suspensión de sus derechos civiles básicos, incluido el derecho a votar. Diversos organismos internacionales y regionales de derechos humanos han instado a Perú a poner fin a la interdicción judicial, dado que es incompatible con las obligaciones asumidas por el país conforme a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

En junio de 2012, la Ley General de la Persona con Discapacidad pasó la primera votación en el Congreso. El proyecto de ley ayudaría a adecuar la legislación nacional vigente a la Convención, al garantizar el derecho de las personas con discapacidad a actuar en interés propio y con apoyo adecuado cuando sea necesario. Hasta noviembre, aún no se había sometido a votación definitiva.

Tratamiento de personas con drogodependencia

En enero y mayo de 2012, al menos 41 personas fallecieron y 5 sufrieron graves heridas por incendios que se expandieron en dos centros de “rehabilitación de drogodependientes”, donde los pacientes quedaron atrapados detrás de puertas cerradas y ventanas enrejadas. Posteriormente, las autoridades locales inspeccionaron y clausuraron algunos centros que no contaban con habilitación. En mayo, el Congreso sancionó una ley que permite la detención involuntaria de personas por dependencia de las drogas en circunstancias que no fueron suficientemente definidas, y ante esta decisión resulta preocupante la posibilidad de que las personas que consumen drogas puedan continuar siendo objeto de detención involuntaria y maltrato en condiciones que violan los estándares internacionales.

Derechos indígenas

En septiembre de 2011, en cumplimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el gobierno promulgó una ley que reconoce a las comunidades indígenas de Perú el derecho a ser consultadas por cuestiones legislativas o administrativas que las afecten directamente. La primera consulta que se efectuará en el marco de la ley se relaciona con un proyecto de exploración de petróleo que afecta a comunidades indígenas del departamento de Loreto en el Amazonas peruano y está programada para principios de 2013.

Derechos reproductivos

Las mujeres y jóvenes de Perú solamente tienen derecho a someterse a abortos en caso de necesidad médica; no obstante, el país carece de protocolos claros que permitan a los proveedores de salud determinar en qué circunstancias resultaría lícito un aborto. Tanto el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (Comité DESC) han instado a Perú a adoptar tales protocolos y legalizar el aborto en casos en que el embarazo sea resultado de una violación. A la fecha de este informe, el gobierno no había cumplido estas recomendaciones.

Defensores de derechos humanos

Hubo al menos dos casos durante 2012 en que policías detuvieron arbitrariamente o maltrataron a trabajadores de derechos humanos que intentaban proteger derechos de personas detenidas. En mayo de 2012, la policía detuvo a dos trabajadores en la Vicaría de Solidaridad de Sicuani, una organización de derechos humanos religiosa, que se encontraban en un jeep afuera de un campamento minero en Espinar, Cusco, mientras otros colegas abogados habían ingresado para conocer el estado de personas que supuestamente estaban allí detenidas. La policía indicó a la fiscalía que se habían encontrado municiones debajo del asiento trasero. La justicia determinó que los arrestos fueron ilegales.

Policías en Cajamarca impidieron que las abogadas Genoveva Gómez de la Defensoría del Pueblo y Amparo Abanto de la ONG GRUFIDES intercedieran para ayudar a detenidos que, según creían, estaban siendo golpeados en una estación de policía durante las manifestaciones que tuvieron lugar en la ciudad en junio de 2012. Gómez llevaba en ese momento un chaleco y una credencial que la identificaban como miembro de la Defensoría del Pueblo. Indicó que cerca de 20 policías la sacaron por la fuerza del edificio, la insultaron, le jalaron el cabello, y le propinaron golpes y patadas. La Defensoría del Pueblo presentó una denuncia ante la Fiscalía de la Nación, pero al momento de la redacción de este documento aún no se habían adoptado medidas contra los policías involucrados en el incidente.

Actores internacionales clave

En septiembre de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte I.D.H.) determinó que la sentencia de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia en el caso Barrios Altos era incompatible con la obligación jurídica de Perú de garantizar que se investigara exhaustivamente lo sucedido y se juzgara a los responsables.

En diciembre de 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió a la Corte I.D.H. abrir un proceso contra Perú por la supuesta ejecución extrajudicial de tres ex miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) que fueron asesinados en abril de 1997 durante un operativo comando para liberar a tres rehenes que eran retenidos por el MRTA en la residencia del embajador japonés en Lima. La Comisión había recomendado que el caso, que había sido cerrado por un tribunal militar en 2004, fuera reabierto en la justicia ordinaria. En octubre de 2012, un tribunal de Lima determinó que uno de los miembros del MRTA había sido víctima de ejecución extrajudicial, pero absolvió a los tres presuntos responsables, uno de ellos Vladimiro Montesinos.