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Chile

Eventos de 2008

Desde la muerte del ex dictador Gral. Augusto Pinochet ocurrida en diciembre de 2006, los jueces chilenos han continuado juzgando y condenando a ex militares acusados de cometer violaciones graves a los derechos humanos durante el gobierno militar. Sin embargo, la Sala Penal de la Corte Suprema ha reducido las penas en varios casos recientes y, como resultado de esto, los autores que han sido condenados finalmente no han cumplido totalmente sus penas de prisión.

La sobrepoblación y los tratos crueles en las cárceles de Chile siguen representando un problema grave. En la región de La Araucanía, donde las comunidades mapuches organizan protestas, algunas veces violentas, en defensa de su derecho a la tierra, persisten las denuncias de abusos policiales.

Juzgamiento de violaciones a los derechos humanos cometidas en el pasado

En julio de 2008, como parte de la iniciativa para lograr la rendición de cuentas de quienes perpetraron abusos de los derechos humanos durante el régimen militar, 482 ex militares y colaboradores civiles enfrentaban cargos por desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y hechos de tortura; 256 habían sido condenados (en 83 de estos casos la condena ya había sido confirmada por el tribunal de segunda instancia) y 38 cumplían penas de prisión.

Al momento de su muerte por un ataque cardíaco, Pinochet se encontraba bajo arresto domiciliario y estaba siendo juzgado por hechos de tortura, desapariciones forzadas, evasión de impuestos y falsificación. La Corte Suprema había cerrado tres casos iniciados anteriormente en su contra por razones médicas, pero los jueces llegaron a dudar de que su demencia leve le impidiera enfrentar un juicio. En junio de 2008, Manuel Contreras, ex jefe de la policía secreta de Pinochet, fue condenado a prisión perpetua por el homicidio del Gral. Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, ocurrido en Buenos Aires en 1974, mediante la detonación de una bomba en su automóvil. Pinochet, quien había reemplazado a Prats como comandante en jefe del ejército justo antes del golpe de 1973, nunca fue juzgado por este crimen.

Actualmente, la mayoría de los cinco jueces que integran la Sala Penal de la Corte Suprema ha determinado que la amnistía decretada por el gobierno militar en 1978 no se aplica a los crímenes de guerra ni de lesa humanidad, y que estos crímenes no prescriben. Sin embargo, no todos los jueces coinciden en que la amnistía resulta inaplicable. Dado que en Chile las sentencias judiciales sólo son vinculantes para el caso en particular, y que la composición de la sala de la Corte Suprema puede variar según el caso, aún no se han superado totalmente los obstáculos legales para la imposición de condenas. Durante 2008, continuó paralizado en el Congreso un proyecto de ley impulsado por el gobierno que pretende modificar el Código Penal para impedir que los delitos de lesa humanidad estén sujetos a amnistías o prescripciones.

Durante el 2007, y cada vez más durante el 2008, la Corte ha aplicado una ley que permite a quienes han sido condenados por violaciones de los derechos humanos beneficiarse mediante una reducción de la pena, en reconocimiento del tiempo transcurrido desde el acto delictivo (en algunos casos, más de 30 años). En consecuencia, varios ex militares condenados a prisión por tribunales inferiores han sido eximidos del cumplimiento de estas penas.

Condiciones carcelarias

El índice de reclusos per cápita de Chile es mayor que en cualquier otro país de América del Sur. La población carcelaria ha crecido un 28 por ciento desde el 2003. A pesar de que se inauguraron seis nuevas cárceles manejadas por entidades privadas, la sobrepoblación continúa siendo un problema grave. Por ejemplo, en el 2008 el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, diseñado para albergar a 3.170 personas, contaba con 6.256 reclusos. En muchas de estas viejas cárceles, las condiciones de salubridad e higiene son deplorables. En ocasiones, los reclusos son encerrados en celdas de castigo oscuras y sin ventilación, privados de cualquier tipo de servicio sanitario, por hasta 10 días. En agosto de 2008, una funcionaria de la Corte Suprema informó a una comisión del Senado que consideraba que se trataba de una práctica cruel y degradante.

Justicia militar

Si bien Chile ha efectuado una revisión completa de su procedimiento de justicia penal en los últimos años y ha afianzado las garantías del debido proceso, los tribunales militares continúan ejerciendo una amplia jurisdicción sobre civiles, así como también en casos de abusos de derechos humanos perpetrados por la policía uniformada -los Carabineros- que forma parte de las fuerzas armadas. Al momento de la redacción de este informe, una comisión de carácter civil-militar estaba elaborando un nuevo código de justicia militar y había identificado como principio rector la prohibición de que civil alguno fuera juzgado por tribunales militares.

Abusos policiales

Los Carabineros con frecuencia se exceden en el uso de la fuerza en sus operaciones en comunidades mapuches del sur de Chile. Estos abusos se producen generalmente cuando la policía interviene para controlar las protestas de los mapuches e impedir la ocupación de tierras, o cuando ingresan a las comunidades para detener a mapuches que presuntamente han cometido delitos (como hurto, daño a la propiedad o incendio intencional) durante los constantes conflictos por la tierra con agricultores y compañías de explotación forestal.

Matías Catrileo, un mapuche de 22 años que estudiaba agronomía, fue asesinado el 3 de enero de 2008, cuando un oficial de policía disparó su metralleta contra los manifestantes durante una ocupación de tierras cerca de la ciudad de Temuco. Según se informó, el oficial había avisado por radio segundos antes de que se efectuaran los disparos que los manifestantes estaban lanzando piedras. De acuerdo con el informe de la policía de investigaciones criminales, la bala disparada por el oficial impactó a Catrileo en la espalda. Un fiscal militar presentó cargos contra el policía por "violencia innecesaria con resultado de muerte". El caso permanecía abierto al momento de la redacción del presente informe.

En junio de 2008, Citizen's Watch, una ONG de derechos humanos con sede en Temuco, denunció el caso de dos adolescentes mapuches, Jorge Mariman (18) y Luis Marileo (16), quienes fueron víctimas de violencia por parte de la policía cuando esta allanó la vivienda de José Cariqueo, líder de una comunidad mapuche cercana a Ercilla, durante la búsqueda de un caballo que había desaparecido. Según Citizen's Watch, que entrevistó a Cariqueo, una bala disparada por la policía fracturó la pierna de Jorge Marimán, en tanto Luis Marileo sufrió una fractura en su mandíbula debido a un golpe que le fue propinado con una escopeta antimotines. La policía, que no mostró ninguna orden de allanamiento, aparentemente abandonó a los dos heridos sin brindar asistencia. Citizen's Watch denunció el caso al Ministro del Interior, pero no recibió ninguna respuesta concreta al respecto.

Derechos reproductivos

Chile es uno de los pocos países del mundo que prohíbe el aborto en todas las circunstancias, incluso en caso de violación o incesto, o para salvar la vida de la madre. Pese a esta estricta prohibición, se estima que se practican entre 60.000 y 200.000 abortos clandestinos cada año. En abril de 2008, el Tribunal Constitucional se pronunció en contra de la disposición legal que permite la distribución gratuita de métodos anticonceptivos de emergencia, como la "pastilla del día siguiente". La Organización Mundial de la Salud reconoce que las pastillas anticonceptivas de emergencia pueden prevenir el embarazo y no las considera abortivas. No obstante, el Tribunal de Chile determinó que estos métodos vulneran la protección constitucional del derecho a la vida del no nacido. De este modo, ignoró en cambio los derechos de las mujeres con vida-especialmente las pertenecientes a sectores pobres y las adolescentes- a la salud, la información, la autonomía, a no ser discriminadas, a la libertad de conciencia y la libertad de gozar de los beneficios que reportan los avances científicos. 

Libertad de expresión e información

Chile ha derogado muchas de las normas jurídicas heredadas de la dictadura militar que coartaban a la prensa. En agosto de 2008, la Presidenta Michelle Bachelet promulgó una ley que crea un Consejo para la Transparencia independiente. Este consejo, formado por cuatro integrantes, tendrá facultades para ordenar a los funcionarios que pongan información a disposición del público y para aplicar sanciones en los casos en que incumplan esta exigencia. La ley entrará en vigor en abril de 2009.

Actores internacionales clave

Diversas sentencias dictadas contra Chile por la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el restablecimiento de la democracia en 1990 han impulsado reformas que apuntan a fortalecer el derecho a la justicia, la libertad de expresión y a un juicio justo. Sin embargo, muchas de las reformas exigidas por la Corte aún se encuentran pendientes.

En julio de 2008, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró admisible la denuncia contra Chile presentada por Karen Atala, una jueza a quien la Corte Suprema había denegado la apelación para obtener la custodia de sus tres hijos, con el fundamento de que su relación con una pareja del mismo sexo podía resultar perjudicial para su educación. La Comisión sostuvo que la decisión podía vulnerar el derecho de Atala a recibir un trato igualitario, a la privacidad y al debido proceso, así como los derechos de sus hijos. En octubre de 2008, la Comisión aún no se había pronunciado sobre el fondo del caso.

En agosto de 2008, Florentín Meléndez, Relator Especial para los derechos de las personas privadas de libertad de la Organización de los Estados Americanos, visitó diversas cárceles de Chile. Si bien el relator elogió las condiciones de las cárceles concesionadas, expresó su preocupación por el "uso excesivo e innecesario de la fuerza y de los castigos" y por la "práctica sistemática de malos tratos físicos" por parte de los guardias en todas las cárceles que visitó. También describió como "especialmente alarmante" la deficiente prestación de servicios como educación y atención de la salud, así como de programas de esparcimiento y deportes, en los dos centros para menores que visitó.