Antecedentes
El ICE supervisa el sistema de encarcelamiento de mayor crecimiento en Estados Unidos. En el año fiscal de 2009, un total de 383,524 personas fueron detenidas durante distintos lapsos de tiempo a lo largo del año, un incremento de 64 por ciento frente a 2005[7]. El sistema de detención inmigratoria cuenta con una población diaria promedio de más de 31,000 personas, de la cual 9 por ciento son mujeres.[8] Entre las personas detenidas como resultado de infracciones civiles, no penales, de la ley inmigratoria estadounidense, hay solicitantes de asilo, inmigrantes indocumentadas, residentes permanentes legales halladas culpables de algún delito, refugiadas reasentadas por Estados Unidos que no presentaron a tiempo su solicitud de residencia permanente e incluso personas ciudadanas estadounidenses cuya ciudadanía es cuestionada por el Gobierno. Además, es posible que sean víctimas de tráfico de personas[9], sobrevivientes de agresiones sexuales y violencia doméstica, mujeres embarazadas y madres lactantes[10]. Cuando están bajo custodia del ICE, permanecen detenidas en un sistema que incluye centros de internamiento operados directamente por el ICE; centros de detención por contrato administrados por empresas privadas; espacio en cárceles estatales y municipales que el ICE ha contratado a través de acuerdos de servicios; y centros administrados por el Departamento Federal de Prisiones. Mientras que la persona promedio permanece 30 días bajo custodia[11], para algunas, la detención puede durar años.
Este informe reúne más de 15 incidentes y acusaciones documentados distintos de agresión sexual, abuso o acoso en todo el sistema de detención inmigratoria del ICE, incluyendo el testimonio de más de 50 presuntas víctimas recluidas. Esta acumulación de denuncias indica que el problema no puede ser desestimado como una serie de episodios aislados y que existen graves fallas sistémicas. Al mismo tiempo, es muy probable que el número de casos denunciados no llegue a reflejar ni por asomo la gravedad de este problema. Las víctimas de abuso en el sistema de detención enfrentan condiciones especialmente difíciles a la hora de denunciar agresiones, desde la falta de información sobre las normas de conducta de los funcionarios penitenciarios y el miedo a quejarse ante la misma autoridad que está tramitando su deportación, hasta el trauma causado por el propio abuso en el centro de detención y posiblemente por la violencia y otras agresiones que pudieron haber sufrido en sus países de origen[12]. La mayoría de inmigrantes en detención no cuentan con representantes legales, lo cual también puede inhibir su habilidad para poner las denuncias y exigir una restitución por la violación de sus derechos mientras estaban bajo custodia.
Hasta la fecha, el Gobierno no ha publicado estadísticas que se concentren íntegramente en el problema de los abusos sexuales en el sistema de centros de detención de inmigrantes. La Ley Nacional para la Eliminación de las Violaciones Sexuales en Prisión (PREA, por sus siglas en inglés) le ordenó a la Oficina de Estadísticas Judiciales (BJS, por sus siglas en inglés) que recopilara datos sobre los abusos sexuales que ocurrieron mientras la víctima estaba bajo custodia, por cada año desde que la ley fue aprobada en 2003. El BJS incluyó 14 centros dirigidos por, o exclusivamente para, el ICE en su Encuesta sobre violencia sexual en centros correccionales, que recopila denuncias de violencia sexual provenientes de registros administrativos. La encuesta de 2004 reportó 6 acusaciones de agresión sexual para el año en cuestión[13]. La encuesta de 2005 reportó un estimado de dos incidentes confirmados de violencia sexual en todo el país. La encuesta de 2006 estimó un solo incidente corroborado[14]. El BJS también incluyó a 957 personas detenidas en cinco centros dirigidos por, o exclusivamente para, el ICE en la segunda Encuesta Nacional de Reclusos (NIS-2), que recaba información sobre estas cuestiones directamente de las personas bajo custodia. Se espera que los resultados del NIS-2 sean publicados a fines de agosto de 2010.
Sin embargo, dado que ambas encuestas se concentran en centros dirigidos por, o exclusivamente para, el ICE, no se sabe con seguridad la frecuencia con que ocurren estos casos de violencia sexual, abuso y acoso de inmigrantes en los cientos de cárceles y centros penitenciarios donde el ICE cuenta con espacio contratado. Se trata de una omisión importante, tanto por el número de dichos centros contratados por el ICE, como por el hecho de que las tasas de violencia sexual comprobadas son entre cuatro y cinco veces más altas en la prisiones estatales y municipales, y en las cárceles operadas por empresas privadas, que en las prisiones federales, según la encuesta de 2006 del BJS[15]. El Departamento de Seguridad Nacional, el organismo encargado de la detención inmigratoria, no está obligado por ley a publicar datos sobre la violencia sexual, y no lo ha hecho. En varias consultas relacionadas a este informe, un funcionario del ICE dijo que la agencia estudiará en el futuro si publicar dicha información[16].
[7]Centro de investigación Transactional Records Access Clearinghouse (TRAC), Universidad de Syracuse, "Detention of Criminal Aliens: What Has Congress Bought?” (“Detención de extranjeros criminales: ¿Qué ha comprado el Congreso?"), disponible en inglés en http://trac.syr.edu/immigration/reports/224/ (consultado 15 de julio de 2010).
[8]Dora Schriro, “Immigration Detention Overview and Recommendations” ("Evaluación de los centros de detención de inmigrantes y recomendaciones”). pág. 6.
[9]Ver Human Rights Watch, “US: Victims of Trafficking Held in ICE Detention” (“EE.UU.: Víctimas de tráfico humano retenidas en centros de detención del ICE”). Carta al Departamento de Estado de EE.UU. sobre el Informe de tráfico de personas de 2010, del 19 de abril de 2010; disponible en inglés en http://www.hrw.org/en/news/2010/04/19/us-victims-trafficking-held-ice-detention (consultado el 20 de agosto de 2010).
[10]En una directriz de noviembre de 2007, la entonces subsecretaria de seguridad nacional del ICE, Julie Myers, instruyó a las oficinas de campo del ICE considerar poner bajo libertad condicional a todas las madres lactantes que no reunieran los criterios de detención obligatoria y no representaran un riesgo para la seguridad nacional. Memorando de Julie L. Myers, subsecretaria de seguridad nacional, ICE, a todos los directores de oficinas de campo y todos los agentes especiales encargados, ICE, 7 de noviembre de 2007. No obstante, dos de las cinco madres lactantes que hablaron con Human Rights Watch en abril y mayo de 2008 estuvieron detenidas desde que se emitió la directriz, a pesar de ser elegibles para la libertad condicional según las directrices de la misma. Human Rights Watch, "Detenidas y descartadas: Las luchas de las mujeres para obtener cuidados de salud en la detención inmigratoria estadounidense", 17 de marzo de 2009, disponible en español en http://www.hrw.org/es/reports/2009/03/17/detenidas-y-descartadas-0 (consultado 22 de agosto de 2010), pág. 63.
[11]Ibíd.
[12]Ver informe de junio de 2009 de la Comisión Nacional de Eliminación de Violaciones en las Prisiones, disponible en inglés en http://www.ncjrs.gov/pdffiles1/226680.pdf (consultado el 9 de agosto de 2010) págs. 176-78.
[13] Oficina de Estadísticas Judiciales, Departamento de Justicia de EE.UU., "Sexual Violence Reported by Correctional Authorities, 2004" ("Casos denunciados de violencia sexual por parte de las autoridades penitenciarias, 2004"), julio de 2005; disponible en inglés en http://bjs.ojp.usdoj.gov/content/pub/pdf/svrca04.pdf (consultado 29 de julio de 2010), pág. 5.
[14] Oficina de Estadísticas Judiciales, Departamento de Justicia de EE.UU., "Sexual Violence Reported by Correctional Authorities, 2006" (Casos denunciados de violencia sexual por parte de las autoridades penitenciarias, 2006), agosto de 2007; disponible en inglés en http://bjs.ojp.usdoj.gov/content/pub/pdf/svrca06.pdf (consultado 29 de julio de 2010), pág. 4
[15] Ibíd.
[16] Entrevista de Human Rights Watch con Andrew Lorenzen-Strait, director de compromiso público, Oficina de Coordinación Estatal y Local, ICE, 18 de agosto de 2010.





