V. Recomendaciones Específicas
Al Gobierno de Honduras
En materia de aplicación y cumplimiento de la ley
- Reformar la Ley de Policía y de Convivencia Social para eliminar todas las referencias a la “moralidad” y todo otro lenguaje impreciso o equívoco que pueda ser utilizado de formas discriminatorias en contra de las personas transgénero. Las funcionarias y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no deben usar la Ley de Policía y de Convivencia Social como justificación para arrestar a las personas transgénero que se dedican al trabajo sexual, actividad permitida por la ley.
- Condenar públicamente los malos tratos, la extorsión, el uso indebido de la fuerza y cualquier otro abuso llevado a cabo por policías y otros agentes del Estado en contra de las personas transgénero.
- Realizar investigaciones independientes, imparciales y eficaces sobre los actos de extorsión y uso indebido de la fuerza en contra de las personas transgénero perpetrados por las funcionarias y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en Honduras. Iniciar procesos administrativos y penales contra las funcionarias y funcionarios que hayan perpetrado o condonado actos de violencia o extorsión en contra de personas transgénero.
- Que el Ministerio de Seguridad emita una directiva escrita dirigida a todas las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, reafirmando que todos los actos de violencia, abuso y discriminación con base en la identidad o expresión de género, así como la orientación sexual no serán tolerados y sí sancionados.
- Mejorar el sistema de registro de las personas detenidas en las estaciones de policía para evitar los malos tratos hacia los y las detenidas, garantizando también que las personas transgénero puedan ser registradas con su nombre elegido o con su nombre legal.
- Garantizar que, cuando sean detenidas, las personas transgénero sean ubicadas en espacios adecuados para sus necesidades, incluidos los calabozos. Los casos deberán ser evaluados individualmente, a partir de criterios elaborados en consulta con representantes de la sociedad civil lésbica, gay, bisexual y transgénero en lugar de tener una política general.
- Asegurar el respeto y la protección a los derechos humanos de las personas transgénero que se encuentran privadas de su libertad, incluido su derecho a asistencia jurídica, el derecho a una llamada telefónica y a la protección contra los tratos crueles e inhumanos, así como el derecho a vivir libres de violencia y discriminación.
- Proporcionar capacitación permanente en materia de derechos humanos en general y en particular sobre temas de identidad, expresión de género y orientación sexual, a las funcionarias y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, particularmente en la policía, el Departamento Nacional de Investigación Criminal y la Procuraduría General de la República.
- Garantizar el debido proceso a las personas transgénero así como a las lesbianas, gays y personas bisexuales, y asegurar que el trato que reciban de la policía no las y los discrimine por su orientación sexual y su identidad o expresión de género.
- Crear protocolos basados en los estándares internacionales de derechos humanos para el trato a la comunidad LGBT por parte de la policía.
- Realizar investigaciones eficaces y rápidas acerca de todas las denuncias de violencia en contra de las personas transgénero.
En materia de identidad y expresión de género
- Reformar el Código Civil y la Ley del Registro Nacional de las Personas para instituir procedimientos sencillos, que no exijan cirugías y que permitan a las personas transgénero cambiar por vías legales sus documentos de identidad para que reflejen el nombre que han elegido y el género en el que viven.
En materia de igualdad y no-discriminación
- Adoptar una ley integral sobre no discriminación basada en los estándares internacionales de derechos humanos, incluyendo la no discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género, que realce el contenido del artículo 321 del Código Penal y cree un órgano independiente para promover la igualdad y la no discriminación, así como para monitorear el cumplimiento de esta ley por parte de actores públicos y privados.
- Diseñar programas de educación para la comunidad en general, que hagan uso de los medios de comunicación, eventos públicos y planes de estudio escolar para abordar los efectos negativos de los roles de género estereotipados y la importancia de la no-discriminación por género, identidad y expresión de género y orientación sexual.
A la Comunidad Internacional de Donantes
- Asegurar que todos los programas de desarrollo que estén financiando atiendan a las necesidades y vulnerabilidades específicas de las personas transgénero y de las lesbianas, gays y personas bisexuales.
- Apoyar programas que promuevan la protección a las personas transgénero contra el abuso y la discriminación policial por su orientación sexual, identidad y expresión de género.
A la Organización de las Naciones Unidas
- Solicitar a la Oficina Regional del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Panamá que supervise la situación de los derechos humanos en Honduras, incluyendo la violencia estatal y particular así como otros abusos por identidad de género, expresión de género y orientación sexual.
A las Organizaciones no Gubernamentales en Honduras
- Colaborar con las organizaciones de personas transgénero y con las de lesbianas, gays y personas bisexuales para supervisar y transversalizar la temática LGBT de tal manera que permita asegurar el pleno respeto de sus derechos humanos.
- Incluir los temas de orientación sexual, identidad y expresión de género en los informes alternativos presentados a las diferentes instancias de las Naciones Unidas.


Delicious
Digg
StumbleUpon
Reddit
Ma.gnolia
Facebook
Google
Yahoo
Technorati