IV. Los medios
El Presidente Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional han socavado la libertad de expresión a través de diversas medidas destinadas a influir en el control de los medios y en el contenido de su programación. Han ampliado y endurecido las sanciones por delitos que penalizan el ejercicio de la libertad de expresión, han implementado una ley sobre difusión de radio y televisión que permite la suspensión arbitraria de canales sobre la base de una definición amplia de "incitación", han limitado el acceso a información pública, y han abusado del control gubernamental de las frecuencias radioeléctricas para castigar a canales que emiten una programación abiertamente crítica.
Después de nueve años durante los cuales el país ha estado polarizado entre los partidarios de Chávez y sus detractores, en Venezuela aún existe un dinámico debate público, en el cual los medios opositores al gobierno pueden hacer oír sus críticas y aquellos afines a Chávez expresan su defensa del gobierno, y ambos lo hacen enérgicamente. Sin embargo, en sus esfuerzos por ganar terreno en esta "guerra mediática", el gobierno ha recurrido a acciones discriminatorias contra los medios que expresan puntos de vista opositores, ha reforzado la capacidad del estado de limitar la libertad de expresión y ha creado poderosos incentivos para que los críticos del gobierno se autocensuren. Si el gobierno decidiera iniciar investigaciones más activamente utilizando las disposiciones legales ampliadas que penalizan expresiones y la incitación, el actual debate político podría verse seriamente restringido.
Chávez y sus partidarios han intentado justificar las restricciones a los medios de comunicación como una respuesta a un periodismo que consideran irresponsable y a una cobertura excesivamente partidaria que realizan periodistas y prestadores de servicios de radio y televisión. Acusan a los medios de la oposición de conspirar para destituir a Chávez de su cargo e, incluso, de participar directamente en el breve golpe contra Chávez en el año 2002. También justifican las medidas como parte de un esfuerzo más amplio de "democratizar" los medios para que estos reflejen puntos de vista que, en gran medida, estaban excluidos de los medios comerciales en el pasado.
Los estados tienen derecho a sancionar a los medios que inciten a la violencia, a la comisión de delitos o a violaciones del orden público. Sin embargo, según el derecho internacional sobre libertad de expresión, los reglamentos que rigen la difusión de radio y televisión deben ser definidos con precisión para evitar que los funcionarios responsables recurran a interpretaciones excesivamente amplias o arbitrarias que restrinjan la libertad de expresión y opinión, así como el acceso del público a información. En ningún caso las restricciones a la libertad de expresión permitidas pueden incluir sanciones por expresar críticas sobre funcionarios de gobierno, por muy ofensivas que sean.
También existe una plena justificación para que los gobiernos intenten regular la concentración de la propiedad de los medios y apoyen a los medios de comunicación de servicio público y comunitario, a fin de promover un debate público más diverso y pluralista. Sin embargo, los gobiernos no deben abusar de su control de las frecuencias radioeléctricas para discriminar contra los medios de comunicación cuya línea editorial no es de su simpatía.
Las iniciativas del gobierno venezolano para "democratizar los medios" han producido resultados positivos en, por lo menos, un área. Al otorgar habilitaciones y brindar asistencia financiera a cientos de emprendimientos incipientes de transmisión comunitaria, el gobierno venezolano ha asumido un papel de liderazgo en la región en cuanto a la promoción de estaciones de radio y TV comunitarias.
Sin embargo, los esfuerzos legítimos del gobierno por promover medios alternativos locales se han visto opacados por sus iniciativas para limitar las opiniones críticas. Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional han recurrido a acciones y medidas que buscan influir en los grandes medios de prensa escrita y de radiodifusión, las cuales son contrarias al derecho internacional y amenazan la libertad de expresión. Específicamente, han:
· Ampliado el alcance de las "leyes de desacato", que castigan las expresiones hacia funcionarios del gobierno consideradas irrespetuosas, y endurecido las penas por los delitos de difamación e injurias.
Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional han ampliado el alcance de las leyes que castigan las expresiones que insultan a los funcionarios públicos y han establecido severas penas por difamación, tal como penas de prisión más altas y multas onerosas. Con las reformas al Código Penal sancionadas en 2005, Chávez y sus partidarios aumentaron la cantidad de funcionarios públicos que se benefician de las leyes de desacato y también aumentaron considerablemente las sanciones, incluidas las penas de prisión, por el delito de difamación. Estas medidas son incompatibles con las obligaciones de Venezuela que surgen del derecho internacional sobre libertad de prensa.
Durante los últimos años, varios periodistas que trabajan para medios de la oposición han sido sometidos a largos procesos como consecuencia de estas disposiciones, generando presión sobre estos medios para que moderen el tono de sus críticas. Si los funcionarios de gobierno, amparándose en las nuevas disposiciones, decidieran iniciar investigaciones más enérgicamente, el espacio para la libre expresión se reduciría considerablemente en Venezuela.
· Ampliado la vaga definición de "incitación" y endurecido las sanciones correspondientes, lo cual permite la suspensión arbitraria de canales de TV y radio.
La Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión de 2004, que reemplazó el reglamento de radiocomunicaciones sancionado en 1984, aumentó el alcance de una prohibición a la incitación (ya amplia en ese entonces) y estableció severas penas para los prestadores de servicios de radio y televisión que la violaran. Según la ley de 2004, los medios de transmisión pueden ser objeto de suspensión y, en última instancia, se les pueden revocar sus habilitaciones y concesiones por transmitir material que se considere que "promueva, haga apología o incite" a la guerra, a alterar el orden público o a la comisión de un delito. Conforme a la ley, la transmisión de dicho material también puede ser prohibida. La redacción amplia e imprecisa de las disposiciones sobre incitación, la gravedad de las sanciones y el hecho que la aplicación de la ley esté a cargo de un organismo adscrito al poder ejecutivo incrementan la vulnerabilidad de los medios radiales y televisivos frente a injerencias arbitrarias y presiones para autocensurarse.
En varias oportunidades, los funcionarios han advertido a los canales que cubrían protestas, o mostraban reiteradamente imágenes de violencia en las protestas, que podían ser penalizados sobre la base de las disposiciones sobre incitación. Dado que los funcionarios de gobierno, a menudo, alegan que las coberturas de noticias críticas encubren intenciones subversivas, los periodistas y prestadores de servicios de radio y televisión tienen buenos motivos para temer que estas amplias disposiciones puedan ser usadas para sancionarlos por realizar una cobertura legítima de noticias.
- Limitado el acceso del público a información en poder del gobierno.
Los funcionarios de gobierno habitualmente rechazan o no responden a solicitudes de información de la prensa y del público. Esta falta de transparencia infringe la obligación internacional de Venezuela de garantizar el derecho de "buscar, recibir y difundir" información, lo cual incluye una obligación positiva de brindar acceso a información pública de una manera oportuna y completa. El acceso a información pública es fundamental para asegurar el control y la transparencia democráticos, así como para promover la rendición de cuentas dentro del gobierno.
Si bien la Constitución de 1999 reconoce el derecho a la información, el gobierno no ha promovido legislación para definir los motivos por los cuales los funcionarios pueden negarse legítimamente a brindar información. Tampoco ha establecido un mecanismo para que aquellos funcionarios que rechacen o ignoren arbitrariamente solicitudes de información respondan por sus acciones.
· Abusado del control estatal de las frecuencias radioeléctricas al amenazar o penalizar a los canales por su programación crítica del gobierno y, al mismo tiempo, favorecer a los canales estatales y comerciales que se abstienen de manifestar críticas fuertes.
En varias oportunidades desde el golpe de 2002, Chávez ha amenazado directamente a los canales que simpatizan con la oposición con revocarles sus concesiones. Tales amenazas parecen haber causado que algunos prestadores de servicios de radio y televisión modificaran su línea editorial, generando, de esta manera, un panorama mediático más favorable a Chávez. En procedimientos poco transparentes, la autoridad nacional de telecomunicaciones bloqueó solicitudes para obtener frecuencias adicionales presentadas por Globovisión, un canal de noticias que se rehusó a ceder ante tales presiones, pero se las otorgó rápidamente a canales estatales que habían sido creados recientemente.
El ejemplo más evidente de esta política de discriminación fue el trato que el gobierno otorgó a Radio Caracas Televisión (RCTV), el canal de televisión más antiguo de Venezuela y un constante crítico de Chávez. Cumpliendo órdenes del presidente, el gobierno le dio un trato diferencial a RCTV-uno de los cuatro canales que Chávez había acusado de haber estado involucrados en el golpe-al negarse a renovar su concesión cuando ésta venció en mayo de 2007. Al mismo tiempo, el gobierno renovó la concesión de Venevisión, un canal rival al cual también había acusado en reiteradas oportunidades de haber estado involucrado en el golpe pero que, desde entonces, había recortado su programación abiertamente crítica de Chávez.
Si bien a principios de la presidencia de Chávez existía una casi absoluta mayoría de canales privados de televisión hostiles a su gobierno, desde entonces Chávez ha logrado que la balanza se incline a favor del gobierno en forma significativa. Este cambio se ha producido mediante una política de discriminación contra los canales de oposición al gobierno y con la promoción de medios estatales con una posición claramente a su favor. Por ejemplo, TVES-un nuevo canal financiado por el estado y creado para utilizar las frecuencias hasta entonces ocupadas por RCTV-ha demostrado que no es menos parcial en su cobertura a favor de Chávez que otros canales estatales, a pesar de alusiones a que sería el primer canal de Venezuela verdaderamente dedicado al servicio público.
En lugar de ejercer su papel fundamental de garante de la libertad de expresión, el Tribunal Supremo de Justicia ha, en la práctica, apoyado al gobierno en estas políticas. El Tribunal Supremo ha declarado que las leyes de desacato son constitucionales y que las conclusiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no son vinculantes para Venezuela si entran en conflicto con la Constitución. Tal vez lo más notorio en este sentido sea que el tribunal no protegió el derecho a la libertad de expresión ni el respeto al debido proceso en el caso RCTV. El tribunal autorizó que un canal estatal recientemente creado utilizara los transmisores de RCTV-por un plazo indefinido y sin ninguna compensación-y no abordó los principales problemas de derechos humanos que afectaron a los periodistas y propietarios de RCTV: libertad de expresión, debido proceso y discriminación.
Polarización de los medios venezolanos
A través de los medios de prensa escrita y de radiodifusión se ha librado una intensa batalla política durante toda la presidencia de Chávez. Tanto el gobierno como sus críticos han usado los medios a su disposición como herramientas para atacarse recíprocamente y movilizar a sus partidarios. La cobertura de los medios ha tendido a ser extremadamente partidista para ambos lados.
Medios de la oposición
Durante los primeros años del gobierno de Chávez, cuatro canales de televisión privados-Radio Caracas Televisión (RCTV), Venevisión, Televen y Globovisión-dominaron el espectro radioeléctrico. Hasta 2004, los cuatro canales estaban alineados abiertamente con la oposición y brindaban una cobertura de noticias y comentarios uniformemente partidista y contraria a Chávez.
Este partidismo se hizo sumamente evidente durante el breve golpe de 2002. Los cuatro canales brindaron una amplia cobertura a la marcha opositora del 11 de abril, pero el 12 y el 13 de abril de 2002-después de que los militares se llevaron a Chávez con destino desconocido y sus partidarios llenaron las calles exigiendo su regreso-reemplazaron la cobertura de noticias por dibujos animados y películas viejas. [167]
Al bloqueo informativo sobre el regreso de Chávez al poder le siguió una cobertura noticiosa extremadamente partidista sobre la huelga petrolera y las marchas opositoras en diciembre de 2002 y enero de 2003. En esas oportunidades, los canales opositores reemplazaron la publicidad comercial con espacios publicitarios políticos donados, en los cuales se alentaba al pueblo a unirse a las protestas. Además de una cobertura de noticias de corte político, los canales privados tenían programas de entrevistas dedicados a desacreditar las políticas de Chávez, a los cuales rara vez se invitaba a participar a expertos a favor del gobierno.
Los medios impresos también eran, predominantemente, opositores. Dos antiguos periódicos diarios-El Universal y El Nacional-realizaban críticas en forma constante, y otro periódico crítico, Tal Cual, aunque de mucha menor circulación, también ejercía una considerable influencia.
Medios del gobierno
Durante los primeros años de su gobierno, el gobierno de Chávez sólo tuvo un canal de televisión nacional a su disposición (Venezolana de Televisión, VTV-Canal 8). Si bien VTV es un canal estatal que tiene el deber de representar a todos los venezolanos, durante el gobierno de Chávez ha sido tan partidario y parcial como sus contrapartes de los canales privados. [168]
Chávez conduce desde hace tiempo su propio programa de televisión y radio en VTV y Radio Nacional, "Aló Presidente", como una forma de comunicarse directamente con sus partidarios. "Aló Presidente" se convirtió en su ámbito preferido para anunciar nuevas iniciativas sobre políticas públicas y suele usarlo para desafiar a sus críticos en los medios y a sus enemigos políticos.
Existe un programa de televisión estatal que ataca abiertamente a la oposición y a quienes critican al gobierno desde la prensa. Un programa nocturno de VTV, LaHojilla, ha usado conversaciones grabadas clandestinamente y documentos privados para exponer o ridiculizar a quienes critican al gobierno desde los medios. Chávez suele hablar en vivo por teléfono con su conductor, Mario Silva, y agrega sus propias observaciones a los ataques de Silva.
Chávez también compensó su falta de apoyo en los medios al usar su autoridad presidencial para ordenar a todos los canales y emisoras-incluidos los canales de televisión y las radios privadas-que interrumpan su programación sin previo aviso para transmitir sus discursos en cadena nacional, por lo general durante horas y en el horario estelar. [169] De acuerdo con un estudio reciente, durante los nueve años de gobierno, el presidente ha ordenado 1,710 de esas transmisiones en cadena, que representan, en total, 1,048 horas o 43 días continuos de transmisión. [170]
En cuanto a los medios de prensa escrita, dos periódicos privados, el diario de mayor venta de Venezuela, Últimas Noticias, y el periódico de Zulia Panorama, han apoyado, en gran medida, a Chávez y a su gobierno.
Medios comunitarios
Además de los medios de la oposición y del gobierno, desde los acontecimientos de abril de 2002 ha surgido un dinámico sector de medios comunitarios. Después de haber sido excluidos durante años por los principales medios, una red de activistas comunitarios aprovechó el triunfo de Chávez de 1998 para promover el apoyo estatal para las iniciativas de radios comunitarias. Los activistas trabajaron con los legisladores chavistas para redactar leyes sobre medios alternativos que se encuentran entre las más avanzadas del hemisferio.
La ley de Venezuela consagra la obligación del gobierno de apoyar a las estaciones de radio comunitarias mediante el otorgamiento de habilitaciones y proporcionándoles capital de gestación, subsidios para infraestructura y capacitación.Si bien el gobierno no implementó la ley rápidamente, las habilitaciones y el financiamiento comenzaron a otorgarse después de que las radios comunitarias demostraron su valor político durante el golpe de 2002 al romper con el bloqueo informativo establecido por los medios privados y convocar a los partidarios de Chávez a las manifestaciones que le ayudaron a regresar al poder. De acuerdo con la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), hasta agosto de 2007, existían 266 estaciones de radio comunitarias y más de 30 medios televisivos comunitarios habilitados y en funcionamiento.[171]
La "guerra mediática"
Después de los intentos golpistas fallidos de 2002, Chávez y sus partidarios adoptaron una postura de confrontación cada vez más agresiva respecto de los medios privados. Acusaron a los Estados Unidos de dirigir a los medios internacionales y a sus contrapartes venezolanos hacia una "guerra mediática" para difamar y destruir a su gobierno. [172]
Los funcionarios de gobierno se enfrentaron enérgicamente con el "enemigo" mediático. El ministro de comunicación manifestó en una entrevista que el gobierno estaba librando "una batalla [...] por el corazón y la mente de la gente", con el fin de lograr "la hegemonía comunicacional e informativa del Estado". [173] El ministro describió al programa de VTV La Hojilla como "una herramienta para la guerra mediática, que sirve para desmontar las falsas matrices de opinión creadas por los medios privados que buscan engañar al pueblo y desestabilizar el proceso revolucionario". [174] En sus discursos, Chávez tachaba a sus críticos en los medios de "fascistas", "terroristas", "enemigos del pueblo", "mentirosos", "golpistas", "inmorales", "basura", y "laboratorios de guerra psicológica", entre otras cosas. [175]
Estas diatribas, a menudo expresadas durante discursos que todos los medios estaban obligados a transmitir, alimentaron la violencia en las calles entre los partidarios de Chávez y sus oponentes. En los meses posteriores a que se revirtiera el golpe, los seguidores de Chávez agredieron físicamente y amenazaron a cientos de periodistas y camarógrafos que trabajaban para medios de comunicación opositores. [176]
Si bien el número de este tipo de ataques se ha reducido después del 2004, periodistas de medios identificados con la oposición permanecen vulnerables a ataques físicos y amenazas de violencia. La ONG Espacio Público, que trabaja sobre libertad de expresión, informó de 20 casos de agresión e intimidación de periodistas durante el año 2007, incluidos tres casos en los cuales se reportó el incendio de los automóviles de tres periodistas mientras estaban estacionados fuera de sus viviendas. [177] En julio de 2008, mientras la campaña para las elecciones regionales de noviembre del 2008 ganaba impulso, organizaciones de monitoreo de la prensa reportaron varios casos nuevos. [178] Que los responsables de incidentes previos hayan sido identificados pero raramente enjuiciados (si es que lo han sido) fomenta este tipo de ataques. Actualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos está estudiando los casos de 44 periodistas y trabajadores de Globovisión y de 20 periodistas y trabajadores de RCTV que alegan que fueron víctimas de ataques físicos o amenazas, entre otras violaciones al derecho a la libertad de expresión. [179]
Además de los ataques verbales contra los medios privados, el gobierno amplió la cantidad de medios de comunicación estatales. Además de VTV, ahora también controla o es dueño de tres canales creados recientemente: Vive TV, un canal cultural y educativo fundado en 2003; Telesur, un canal de cable internacional que transmite dentro del territorio venezolano a través de una señal abierta que utiliza la frecuencia que alguna vez ocupó el canal privado Canal Metropolitano de Televisión (CMT); [180] y TVES (Televisora Venezolana Social), creada en mayo de 2007 para ocupar las frecuencias con alcance nacional de RCTV. Además, la Asamblea Nacional, conformada en la actualidad exclusivamente por legisladores a favor de Chávez, tiene su propio canal de televisión por cable, Asamblea Nacional Televisión (ANTV), que transmite a través de una señal abierta en Caracas. [181] Las estaciones públicas creadas más recientemente rara vez transmiten programas que desafíen la postura del gobierno. [182]
Además de crear nuevos canales financiados por el estado, Chávez y sus partidarios han tomado medidas para limitar las transmisiones que consideran inaceptables. La Ley de Responsabilidad Social introdujo amplias restricciones sobre el contenido de las transmisiones de radio y televisión. Como se detalla más adelante en este capítulo, estas restricciones legales le brindaron al Estado herramientas que le permitieron interferir en la libertad de expresión e intimidar a los críticos en los medios.
En 2005 dos de los canales que habían apoyado plenamente las campañas opositoras con anterioridad, Venevisión y Televen, retiraron del aire programas de opinión controversiales y dejaron de realizar comentarios abiertamente críticos de Chávez. Sólo RCTV y Globovisión conservaron su clara línea editorial crítica.
A pesar de sus reiteradas amenazas, Chávez se abstuvo durante años de cerrar cualquier medio de comunicación. En verdad, antes de 2007, las únicas interrupciones en las transmisiones se produjeron durante el breve golpe de 2002, cuando quienes apoyaban el golpe, respaldados por la policía, cerraron VTV y Radio Nacional, y la policía allanó tres estaciones de radio y televisión comunitarias. [183]
Sin embargo, en diciembre de 2006, Chávez anunció abruptamente que no renovaría la concesión que RCTV había utilizado por 20 años cuando ésta venciera el año siguiente. A pesar de las protestas nacionales e internacionales, RCTV (el único canal que quedaba en señal abierta con alcance nacional que tenía una línea editorial abiertamente crítica) fue retirado del aire el 27 de mayo de 2007. El nuevo canal financiado por el gobierno, TVES, que no ha proporcionado la transmisión de servicios públicos pluralistas y equilibrados prometida por el gobierno, se hizo cargo de las frecuencias y la red nacional de transmisores de RCTV. RCTV fue obligado a pasar al cable para poder seguir transmitiendo.
Si bien el gobierno ha modificado significativamente a su favor la constelación de fuerzas de los medios de radiodifusión, los opositores políticos aún tienen acceso a importantes, aunque menos, medios de comunicación críticos. Entre ellos, se encuentran el canal de cable RCTV Internacional (nombre del canal por subscripción con el cual RCTV reinició sus transmisiones, Globovisión, Unión Radio y varios importantes periódicos nacionales. [184]
No obstante, como se muestra en el resto de este capítulo, el gobierno cuenta ahora con diversas herramientas legales con las cuales puede adoptar fuertes medidas contra los críticos del gobierno en cualquier momento. Al promover la autocensura, estas leyes, aunque no se apliquen estrictamente, limitan la expresión de la opinión crítica. El uso discriminatorio por parte del gobierno de su control del espectro radioeléctrico y sus reiteradas amenazas del uso de dicho control contra los canales críticos también representan amenazas significativas a la libertad de expresión.
Endurecimiento de los delitos que penalizan expresiones
En una serie de reformas efectuadas en marzo de 2005, Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional ampliaron las leyes existentes sobre delitos que penalizan expresiones y establecieron penas excesivamente severas, incluidas mayores penas de prisión y multas más costosas por expresiones que dañaran la reputación u ofendieran a los funcionarios de gobierno.
Estas medidas son incompatibles con principios de derecho internacional sobre libertad de prensa. Desde hace tiempo, los organismos de derechos humanos internacionales reclaman a los gobiernos de todo el mundo que despenalicen las expresiones que puedan no ser del agrado de los funcionarios públicos, a fin de que la prensa pueda monitorear con efectividad los actos de gobierno. Sin embargo, Venezuela ha adoptado la postura contraria. Ha reafirmado y ampliado las leyes de desacato,que violan directamente las normas internacionales sobre libertad de expresión, y ha establecido penas de prisión de hasta cuatro años por difamación.
Derecho internacional
Las leyes de desacato,que penalizan las expresiones que se consideran ofensivas del honor de las instituciones y de los funcionarios públicos, infringen directamente las normas internacionales sobre derechos humanos. [185]
Tanto el sistema interamericano de derechos humanos como el europeo consideran que las leyes de desacato son incompatibles con el libre debate, que es un elemento indispensable de las sociedades democráticas. En un informe emblemático de 1995, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concluyó que estas leyes eran incompatibles con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), que protege el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. La comisión escribió, "[l]a protección especial que brindan las leyes de desacatoa los funcionarios públicos contra un lenguaje insultante u ofensivo es incongruente con el objetivo de una sociedad democrática de fomentar el debate público". También observó que, en las sociedades democráticas, las personalidades políticas y públicas deben estar más expuestas-y no menos expuestas-al escrutinio y la crítica del público. "Dado que estas personas están en el centro del debate público y se exponen a sabiendas al escrutinio de la ciudadanía, deben demostrar mayor tolerancia a la crítica". La comisión también señaló que las leyes de desacato tenían un efecto inhibitorio, ya que "[e]l temor a sanciones penales necesariamente desalienta a los ciudadanos a expresar sus opiniones sobre problemas de interés público, en especial cuando la legislación no distingue entre los hechos y los juicios de valor". [186]
Más recientemente, en Palamara Iribarne v. Chile (2005), la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que "tratándose de funcionarios públicos, de personas que ejercen funciones de una naturaleza pública, de políticos y de instituciones estatales, se debe aplicar un umbral diferente de protección, el cual no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el carácter de interés público que conllevan las actividades o actuaciones de una persona determinada". [187]
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha hecho hincapié en que la protección de la libertad de expresión no debe aplicarse sólo a informaciones o ideas aceptadas ampliamente, sino también a las que "ofenden, hieren o molestan".[188] Como observó el Tribunal Europeo en un caso que implicaba a un político acusado de insultar al gobierno de España, "[a]sí lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe una sociedad democrática".[189]
En una declaración conjunta, los Relatores Especiales para la Libertad de Expresión de las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), y la Organización de los Estados Americanos (OEA) recomendaron en el año 2000 que "[debían] derogarse las leyes que proporcionan protección especial a las figuras públicas",como las leyes de desacato. Los expertos también recomendaron que "debía prohibirse que se entablaran acciones de difamación relacionadas con el Estado, objetos como banderas o símbolos, los organismos gubernamentales y las autoridades públicas". [190]
Los organismos de derechos internacionales también sostienen que la difamación de funcionarios públicos debería despenalizarse para promover el debate público dinámico que es necesario para una democracia. [191] Los Principios sobre Libertad de Expresión adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2000 afirman que la protección de la reputación de los funcionarios públicos debe estar garantizada solo a través de sanciones civiles. [192] En otras palabras, nadie debería ir a prisión por criticar u ofender a un funcionario público. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido recientemente que la aplicación de cualquier medida penal por difamación debe limitarse a casos de "extrema gravedad", en los que se haya demostrado la "absoluta necesidad" de utilizar tales medidas "en forma verdaderamente excepcional", y en ese caso, la carga de la prueba debe recaer en quien formula la acusación. [193]
La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también establece que, para que un tribunal determine que ha existido difamación, debe probarse que, "en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas".[194]
Si bien la tarea más urgente es la despenalización de la difamación, la aplicación de indemnizaciones civiles excesivas también puede ser un freno para la libertad de expresión y, por lo tanto, debería prohibirse. Como se expresó en la declaración conjunta de los expertos de la ONU, la OSCE y la OEA, "las sanciones civiles por difamación no deben ser de tales proporciones que susciten un efecto inhibitorio sobre la libertad de expresión, y deben ser diseñadas de modo de restablecer la reputación dañada, y no de indemnizar al demandante o castigar al demandado; en especial, las sanciones pecuniarias deben ser estrictamente proporcionales a los daños reales causados, y la ley debe dar prioridad a la utilización de una gama de reparaciones no pecuniarias". [195]
En su informe sobre América para 2006, el Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión concluyó que "la utilización recurrente de procesos penales contra periodistas por desacato, difamación, calumnia o injuria, demuestra, en la gran mayoría de los casos, tantointolerancia a la crítica por parte de funcionarios públicos como la utilización de tales figuras para frustrar investigaciones sobre hechos de corrupción".[196]
Disposiciones sobre desacato
Con el gobierno de Chávez, Venezuela ha resistido la tendencia internacional a eliminar las leyes de desacato. Desde que se publicó su novedoso informe sobre las leyes de desacato en 1995, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha exhortado a los Estados miembro de la OEA a derogar dichas disposiciones de sus códigos penales. Diez Estados miembro de la OEA, entre los que se incluyen Argentina, Chile, Perú, Paraguay y Panamá, ya lo han hecho. [197]
Sin embargo, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, en abierto desafío a las normas internacionales, ha adoptado una postura contraria a esta tendencia. En 2003, en respuesta a una apelación contra las disposiciones del Código Penal sobre delitos que penalizan las expresiones, presentada por un abogado de derechos humanos, su sala constitucional dictaminó, en forma unánime, que las disposiciones sobre desacato de Venezuela eran constitucionales. Al negarse a alinear la garantía de libertad de expresión establecida en la Constitución venezolana con los estándares internacionales, señaló que las recomendaciones de la CIDH no eran vinculantes para el estado y opinó que la aplicación de las normas establecidas por la CIDH incluso podía hacer peligrar al estado y amenazar su independencia si se las pusiera en práctica. [198]
En lugar de eliminar las leyes de desacato de Venezuela, en 2005 Chávez y sus partidarios sancionaron leyes que aumentaron las clases de funcionarios públicos que podían recurrir a procesos por desacato si enfrentaran medios de prensa desfavorables. Antes de que la legislatura sancionara las reformas en marzo de 2005, sólo el presidente, el vicepresidente, los ministros de gobierno, los gobernadores de estados, los alcaldes y los magistrados del Tribunal Supremo podían iniciar procesos por desacato. El código reformado agregó a la lista a los miembros de la Asamblea Nacional, a los funcionarios del Consejo Electoral, al Fiscal general, al Procurador General, al Defensor del Pueblo, al Contralor General y a miembros del Alto Mando Militar. [199] En realidad, en la actualidad, todos los altos funcionarios venezolanos gozan de una mayor protección legal contra las críticas de los medios.
Dado que el delito de desacato no requiere que el autor acuse a un funcionario de actos específicos, sino simplemente que utilice un lenguaje que, subjetivamente, "ofenda" a un funcionario público o sea "irrespetuoso" para con él, los demandados en procesos por desacato no pueden escapar a la condena probando la veracidad de sus afirmaciones. La determinación sobre si una afirmación constituye desacato y su gravedad queda a discreción del tribunal. La redacción de la ley ("[E]l que ofendiere de palabra o por escrito, o de cualquier otra manera irrespetare") [200] es vaga, amplia y subjetiva, y por eso es difícil presentar una defensa legal contra una acusación de esta índole. Los periodistas deben elegir su lenguaje con cuidado y en forma conservadora para evitar ofender a los funcionarios sobre los cuales escriben.
Las reformas de marzo de 2005 no modificaron una disposición sobre desacato que penaliza las ofensas dirigidas no hacia funcionarios, sino hacia instituciones del estado (un delito conocido en Venezuela como vilipendio). En virtud de este artículo, cualquiera que vilipendiare a la Asamblea Nacional, al Tribunal Supremo, o al Gabinete, así como a alguno de los Consejos Legislativos de los Estados o algunos de los Tribunales Superiores, puede ser sancionado con una pena de prisión de hasta 15 meses. [201] La idea de que una institución del estado pueda iniciar acciones por vilipendio que tengan como consecuencia penas de prisión constituye una peligrosa injerencia en la libertad de expresión, que puede dañar seriamente el papel de la prensa como guardián de una sociedad libre. [202]
Todos los delitos de desacato son sancionados, en Venezuela, con penas de prisión, y a mayor jerarquía del funcionario afectado, corresponderá una mayor pena para quien cometa el delito. Esto es contrario al principio democrático según el cual los funcionarios públicos con roles públicos y responsabilidades más importantes deben estar abiertos y expuestos a un mayor grado de crítica que los ciudadanos comunes. Las penas varían desde una sentencia máxima de 20 meses en el caso de magistrados del Tribunal Supremo, legisladores y funcionarios de gobierno mencionados con anterioridad (salvo alcaldes), hasta una sentencia máxima de 40 meses en el caso del delito más grave contra el presidente.
Disposiciones sobre difamación
Las leyes venezolanas también contradicen las normas internacionales al establecer que pueden imponerse penas de prisión sobre cualquiera que "hubiera imputado a algún individuo un hecho determinado capaz de exponerlo al desprecio o al odio público, u ofensivo a su honor o reputación". [203] En lugar de eliminar estas penas, Chávez y sus partidarios en la legislatura las han aumentado significativamente.
Si bien algunos gobiernos de la región están analizando sancionar leyes que despenalicen la difamación en el caso de funcionarios públicos o figuras que estén en el ojo público, Venezuela, una vez más, ha actuado en sentido opuesto.[204] Las reformas sancionadas en marzo de 2005 aumentaron la pena mínima por difamación de tres meses a un año de prisión. El máximo aumentó de 30 meses a cuatro años si el delito se comete "en documento público o con escritos o dibujos divulgados o expuestos al público, o con otros medios de publicidad". Además, el nuevo artículo establece multas significativas que no se encontraban en la ley anterior, que oscilan entre las 100 unidades tributarias y las 2,000 unidades tributarias (US$ 2.145 a US$ 42.898 al tipo de cambio actual).[205]
Otra forma de difamación es la injuria que consiste en "ofend[er] de alguna manera el honor, la reputación o el decoro de alguna persona", sin que se le atribuya un acto específico. [206] De conformidad con la nueva legislación, la pena mínima de prisión por este delito se elevó de tres días a seis meses, y el máximo, de tres meses a dos años. Las multas, que antes eran insignificantes, aumentaron de un mínimo de 50 unidades tributarias a 500 unidades tributarias (US$ 1.071 a US$ 10.710 al tipo de cambio actual).[207]
Además, las reformas del Código Penal establecen que, ahora, cualquier acto del demandante puede interrumpir el plazo de prescripción de un año que se aplica a los casos de difamación y de seis meses en los casosde injuria.[208] Por ello, al litigante le resulta más sencillo prolongar el período de investigación. Una característica llamativa de los procesos por difamación en Venezuela es que muchos permanecen abiertos en los tribunales durante muchos años, sin que haya avances ni finalicen. Estos extensos procesos pueden tener un efecto sumamente negativo en la vida profesional y personal de los periodistas. [209]
Procesos por delitos que penalizan las expresiones
Si bien estas leyes que penalizan expresiones no han recibido una aplicación sistemática, son algo más que una amenaza latente. Como lo demuestran los casos descritos a continuación, las leyes en materia de delitos que penalizan expresiones han sido utilizadas contra periodistas en una amplia variedad de casos.
Napoleón Bravo
El proceso iniciado contra Napoleón Bravo por ofender el honor del Tribunal Supremo es un ejemplo de un proceso por desacato que viola el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En febrero de 2006, a solicitud del Tribunal Supremo, el fiscal inició un proceso legal contra José Ovidio Rodríguez Cuesta (una famosa figura de la televisión, conocida en Venezuela como Napoleón Bravo) por desacato al tribunal.
El supuesto delito se produjo en septiembre de 2004 cuando el programa político de Bravo, "24 Horas", estaba cubriendo la huelga de hambre de una víctima de abuso sexual que estaba protestando por la larga demora del tribunal en resolver su caso. Mientras la cámara mostraba imágenes de la mujer, Bravo sugirió, aparentemente con ironía, que el tribunal no servía para nada y que debía ser reemplazado por un burdel. El entonces presidente del tribunal solicitó al fiscal general que iniciara un proceso contra Bravo. El fiscal lo acusó formalmente de haber insultado el honor del tribunal. [210]
Bravo fue objeto de una investigación que duró dos años, seguida de otros dos años de proceso ante los tribunales venezolanos. Hasta el día de la fecha, el caso contra Bravo continúa abierto.[211]
Tulio Alvarez
Tulio Alvarez, un abogado constitucionalista y académico, fue condenado por difamación penal por haber publicado un artículo en el cual citaba un informe oficial que, según él, implicaba a un congresista en irregularidades en la administración financiera. Fue condenado en febrero de 2005 a una pena de prisión en suspenso de dos años y tres meses. (De acuerdo con el derecho venezolano, las personas condenadas a no mAs de cinco años de prisión por un primer delito pueden solicitar al tribunal la suspensión condicional de su pena de prisión. [212] )
El artículo de Alvarez, publicado en la edición de mayo de 2003 del periódico Así es la Noticia, sugería que un conocido congresista había usado fondos de los ahorros de los empleados y ex empleados de la Asamblea Nacional para otros fines del Congreso, y había dejado una deuda impaga frente a los fondos de ahorros de los empleados de 1.707.723.317 bolívares (aproximadamente US$ 792.000). Alvarez estaba representando al sindicato de empleados de la Asamblea Nacional en un caso legal contra el congresista y tuvo acceso a un informe del caso emitido por la superintendencia de bancos, una entidad adscrita al Ministerio de Finanzas.
En diciembre de 2003, el congresista presentó una demanda contra Alvarez por difamación. Un año mAs tarde, el tribunal prohibió a Alvarez salir del país como una "medida precautoria" para evitar que escapara de la justicia. En febrero de 2005, el tribunal condenó a Alvarez a dos años y tres meses de prisión, en suspenso. [213] El tribunal determinó que Alvarez había difamado al congresista al insinuar su culpabilidad, ya que en el informe que citó sólo se expresaba queel dinero adeudado al banco de ahorros no se había pagado y no que el congresista fuera culpable de un ilícito. [214]
Julio Balza
Julio Balza, un periodista veterano que escribe una columna semanal en el periódico opositor El Nuevo País, se ha enfrentado, desde 2004, a cuatro procesos por difamación debido a sus críticas a funcionarios públicos.
En julio de 2006 Balza fue condenado a dos años y once meses de prisión, en suspenso, y a pagar una multa de aproximadamente US$ 12.500 por llamar a un ministro de gobierno "imprudente, negligente, embustero e incapaz", luego de que el viaducto que conectaba el aeropuerto Maiquetía de Caracas con la capital fuera retirado de servicio en marzo de 2006 debido al riesgo que se derrumbara. [215] El ministro había intentado infructuosamente, desde hacía tiempo, reforzar la estructura y Balza había criticado en el periódico sus intentos. La Corte de Apelaciones de Caracas confirmó la sentencia en diciembre de 2006 y en abril de 2007 el Tribunal Supremo declaró inadmisible un recurso de apelación final. [216] En este caso, en ninguno de los tres artículos impugnados se realizaban acusaciones específicas, sino que simplemente se expresaba una fuerte opinión sobre la idoneidad del ministro.
En años anteriores, Julio Balza había sido acusado tres veces de difamación por funcionarios de la autoridad aeroportuaria de Maiquetía tras acusarlos de corrupción. Dos de los casos se resolvieron extrajudicialmente. En uno de ellos, Balza aceptó publicar tres artículos consecutivos en los cuales se disculparía por el daño causado a la institución, y enviar a su director un compromiso por escrito de no atacar el honor y la reputación del aeropuerto en el futuro.[217]
Henry Crespo y Miguel Salazar
En mayo de 2006, un tribunal de Caracas condenó al periodista Henry Crespo, columnista de Las Verdades de Miguel, una publicación periódica con una larga trayectoria en cuanto a investigaciones de casos de corrupción e intrigas políticas, a 18 meses de prisión en suspenso por difamar al gobernador del Estado GuArico.
Las Verdades de Miguel había publicado una serie de informes sobre una investigación en la legislatura de irregularidades financieras en cuatro proyectos que llevaba adelante el gobierno del Estado GuArico.[218] El tribunal consideró que el comentario sobre que las acciones del gobernador eran un "compendio del Código Penal", efectuado por uno de los entrevistados y citado por Crespo, era difamatorio. Sostuvo lo mismo sobre otros artículos que Crespo escribió en Las Verdades de Miguel, en los cuales denunciaba la corrupción en proyectos del gobierno. [219]
El gobernador y dos asociados políticos cercanos también iniciaron una acción por difamación contra el director de la revista, Miguel Salazar, por publicar artículos sobre supuesta corrupción y acusar al gobernador de haber contratado a alguien para matarlo. El juicio de Salazar comenzó en abril de 2007 y continuaba al momento de la elaboración del presente documento.
Francisco Usón
La única persona condenada en los últimos años por un delito que penaliza expresiones que ha estado presa cumpliendo su condena no ha sido un periodista, sino un militar retirado a quien se le inició un proceso en virtud del Código de Justicia Militar por un comentario que realizó en un programa de entrevistas por televisión. El Gen. (ret.) Francisco Usón, un ferviente crítico del gobierno de ChAvez, fue condenado por un tribunal militar en noviembre de 2004 a cinco años y seis meses de prisión por "ultraje a las fuerzas armadas". [220]
Usón fue condenado por comentarios realizados en abril de 2004 como invitado en el programa de Televen llamado "La Entrevista", conducido por la periodista opositora Marta Colomina.
Parte de la entrevista se refirió a los acontecimientos ocurridos en Fuerte Mara en febrero de 2004, cuando ocho soldados que se encontraban en una celda de castigo sufrieron graves quemaduras. Dos de ellos murieron mAs tarde debido a sus lesiones. Las muertes de los soldados generaron la protesta de la prensa opositora. Un día antes de que el programa saliera al aire, una conocida crítica del gobierno, Patricia Poleo, había publicado un artículo en el cual alegaba que el incendio había sido causado por un lanzallamas. En la entrevista con Poleo y Usón, la conductora del programa, Marta Colomina, le pidió a Usón una opinión técnica sobre el uso del lanzallamas. Usón manifestó que, para usarlo, era necesario preparar, por anticipado, una mezcla de gasolina y napalm, lo cual podía indicar la existencia de premeditación si se hubiera usado un lanzallamas en el caso de Fuerte Mara. "Esto sería sumamente grave, de comprobarse que fuera cierto", expresó. [221]
Si bien se había retirado del ejército un año antes de la entrevista, Usón fue acusado de acuerdo con un artículo del Código de Justicia Militar, que pena a cualquiera que "injurie, ofenda o menosprecie a las Fuerzas Armadas". [222] En noviembre de 2004, un tribunal militar condenó a Usó tras un juicio sumario cerrado al público. En los meses siguientes, tanto la Corte Marcial (tribunal militar de apelación) como el Tribunal Supremo rechazaron las apelaciones de Usón contra la sentencia. [223] Usón fue puesto en libertad condicional en diciembre de 2007.
Marianella Salazar
En algunos casos, los fiscales que investigan supuestos abusos o casos de corrupción informados por periodistas, después formularon acusaciones contra los periodistas, aunque los funcionarios imputados en sus artículos no inicien acciones por difamación.
Ese fue el caso de Marianella Salazar, que enfrenta acusaciones penales por calumnia contra un funcionario públicomAs de cuatro años después de la publicación del artículo en cuestión. En Venezuela, calumniara alguien es acusarle de un delito ante una autoridad judicial sabiendo que la acusación es falsa. [224]
En el artículo, publicado en el periódico El Nacional en junio de 2003, se afirmaba que dos ministros de gobierno estaban involucrados en un plan para adquirir equipos electrónicos de espionaje de una agencia de defensa europea. El artículo describía una supuesta disputa entre ellos por las lucrativas comisiones esperadas del negocio.[225] De acuerdo con el procedimiento establecido por la ley, los dos ministros solicitaron al fiscal general que investigara las imputaciones efectuadas por Salazar a fin de limpiar sus nombres, pero no iniciaron acciones por difamación en su contra. [226] Después de interrogar a Salazar y a dos hombres mencionados en el artículo, el fiscal llegó a la conclusión de que la autora no había podido presentar las pruebas respaldatorias correspondientes y que sus imputaciones eran infundadas.
Posteriormente, el fiscal acusó a Salazar de calumniaporque ella le había mostrado, en el curso de su investigación, un artículo de un tercero que corroboraba su historia. [227] El caso iniciado por el fiscal contra Salazar aún estaba abierto al momento de la elaboración de este documento, aunque la acusación del fiscal no tiene ninguna prueba que respalde que Salazar sabía que la información era falsa. [228]
Ibéyise Pacheco
En octubre de 2004, otro fiscal inició un proceso penal contra una periodista de investigación luego de analizar las imputaciones que ella hizo contra varios funcionarios de gobierno y de considerarlas infundadas. La fiscalía, una vez mAs, comenzó una investigación a solicitud de ministros de gobierno como reacción a imputaciones, en este caso, publicadas por la columnista opositora Ibéyise Pacheco en el periódico El Nacional. [229]
Como Salazar, Pacheco fue procesada, no debido a estas imputaciones, sino por las pruebas presentadas al fiscal en el curso de su investigación, en este caso, por perjurio. La investigación fue, eventualmente, anulada debido a que no se respetó su derecho al debido proceso.[230]
En un artículo de mayo de 2003 titulado "Entre delincuentes", publicado en El Nacional,Pacheco publicó una supuesta conversación entre Hugo ChAvez, el vicepresidente José Vicente Rangel, otros funcionarios, legisladores afines al gobierno y funcionarios del Ejército que, supuestamente, había tenido lugar en Miraflores (el palacio presidencial) en febrero de 2002, dos meses antes del breve golpe. Entre los planes supuestamente aprobados estaban el de secuestrar al líder sindicalista Carlos Ortega y culpar del delito a un agrupación chavista de extrema izquierda, intimidar a la prensa y organizar ataques terroristas falsos y asesinar a figuras de la oposición.[231]
Después de entrevistar a todos los supuestos participantes en la conversación, el fiscal concluyó que esta no había existido y cerró la investigación. El fiscal determinó, luego, que Pacheco había mentido durante la investigación acerca de la transcripción de una supuesta grabación en la cual se había basado el artículo. [232] Sobre la base de una discrepancia entre su versión y las pruebas presentadas por un colega periodista, el fiscal inició un proceso por perjurio contra Pacheco, que duró dos años y medio.[233]
Los abogados de Pacheco presentaron un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, en el que alegaron que se había violado su derecho al debido proceso. Sostuvieron que había sido acusada sin contar con representación legal y sin que se le diera la oportunidad de defenderse, lo cual violaba lo establecido en las leyes de Venezuela. [234]
Finalmente, en abril de 2006, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo admitió la apelación y anuló el juicio. Determinó que el fiscal no se había asegurado de que Pacheco contara con representación legal en la audiencia de acusación y que, ademAs, se le había negado el derecho a ser oída. [235]
Luz Mely Reyes
La mayoría de los periodistas que han enfrentado acciones legales como consecuencia de sus actividades periodísticas se han opuesto abiertamente a ChAvez, o han trabajado para medios sumamente contrarios al gobierno. Sin embargo, los reporteros de investigación que trabajan para los medios afines al gobierno no han sido inmunes a la intimidación legal por parte de funcionarios de gobierno. En marzo de 2007, Luz Mely Reyes, una reportera de investigación que trabajaba para el periódico popular Últimas Noticias, que, en general, es afín al gobierno, recibió una carta de un ministro de gabinete que la amenazaba con iniciar acciones legales en su contra por conspiración debido a una serie de informes que señalaban hechos cuestionables en el manejo de un importante proyecto de desarrollo del gobierno.
El 11 de marzo de 2007, Reyes publicó en el periódico la primera parte de una serie de artículos semanales que describían de qué forma se habían negociado contratos para proyectos de desarrollos del gobierno por millonarias comisiones en dólares, con una pérdida estimada para el estado de, aproximadamente, US$ 117 millones.[236] Los proyectos fueron parte de un plan de desarrollo conjunto con IrAn para instalar establecimientos de producción de maíz y leche en distintos lugares de Venezuela. En marzo de 2006, se encargó la ejecución del plan al Ministerio para la Economía Comunal; se suponía que dicha ejecución tardaría seis meses. Sin embargo, a la fecha en que aparecieron los artículos, ninguno de los proyectos estaba en funcionamiento y se habían detectado numerosas irregularidades administrativas. En el centro de la controversia se encontraban varios sucesivos titulares del Ministerio para la Economía Comunal.
El 18 de marzo, durante una transmisión del programa "Aló Presidente" desde el Estado Barinas, ChAvez se quejó de una referencia a IrAn en el título de uno de los artículos y acusó al periódico de ser manipulado por poderosas agrupaciones del país, a las cuales no identificó.[237]
Reyes y el director del periódico, Eleazar Díaz Rangel, recibieron mAs tarde una carta del titular del Ministerio para la Economía Comunal, en la cual los amenazaba con iniciarles acciones por conspiración, de acuerdo con una disposición del Código Penal que pena a "los que [...] conspiren o se alcen para cambiar violentamente la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela". [238] Este grave delito político se sanciona con una pena de prisión de hasta 24 años. El ministro expresó su preocupación por que el artículo pudiera formar parte de "una campaña destinada a fomentar la competencia desleal o simplemente causar daños económicos a personas, empresas e instituciones".[239]
Si bien la Fiscalía General de la Nación nunca tomó el caso, la carta de amenaza del ministro era problemAtica en sí misma, dado que las amenazas por parte de funcionarios de iniciar acciones legales en respuesta a publicaciones puede generar la autocensura de los medios y, por lo tanto, limitar indirectamente la libertad de expresión.
Laureano MArquez y Teodoro Petkoff
En febrero de 2007, un tribunal especializado en casos de protección de niños y adolescentes aplicó una multa al autor Laureano MArquez por publicar una carta a la hija de nueve años de ChAvez, Rosinés, y que apareció en la tapa del periódico Tal Cual el 25 de noviembre de 2005. La carta satirizaba el estilo de gobierno autoritario de ChAvez. También se aplicó una multa al director del periódico, Teodoro Petkoff. Las multas ascendieron, en total, a casi US$ 50.000.
La carta imaginaria le pedía a la hija de ChAvez que convenciera a su padre de moderar sus ataques sobre sus opositores políticos.[240] Un tribunal de protección de niños y adolescentes dictaminó que la carta había violado el derecho al honor, la reputación y la privacidad de la menor, protegido por la Ley OrgAnica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), así como por la ley venezolana que aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.[241]
Sin embargo, había algo mAs en juego que la privacidad de la menor. El tribunal sostuvo que el artículo "incita[ba] el irrespeto hacia los símbolos patrios, hacia su padre, ya que, independientemente del cargo que este ejerce, el mismo merece el respeto de sus hijos, no debe un medio de comunicación a través de sus publicaciones, incitar a una niña al menosprecio hacia su progenitor, no debe involucrar a una niña en las diferencias políticas en atención al cargo que éste ostenta, no tiene la niña porqué saber de manera directa de las disconformidades políticas de los ciudadanos [...]". [242] La jueza concluyó que los derechos de la menor al honor frente a los niños que la rodean, a su vida familiar y a su desenvolvimiento en la sociedad se vieron seriamente afectados.
En defensa del periódico, Petkoff alegó que ChAvez mismo convirtió a su hija en una figura pública al mencionarla en sus discursos en reiteradas oportunidades. Pocos días antes de que apareciera el artículo, ChAvez había sugerido en su programa "Aló Presidente" que el escudo de armas nacional debía modificarse porque su hija le había señalado que el caballo blanco del emblema miraba hacia el lado incorrecto, y, efectivamente, fue modificado.[243]
El artículo 65 de la LOPNA protege "el derecho al honor, la reputación, la propia imagen, la vida privada y la intimidad familiar, [...] que no pueden ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales". [244] Si bien la jueza concluyó que el artículo había "seriamente conculcado" estos derechos, no explicó cómo había llegado a esa conclusión. Concluyó que "no const[a] un informe para determinar cuAl es el daño en la esfera de derechos, cuAles fueron sus perturbaciones en su vida familiar, cuAl es la lesión, sabemos que es así, toda vez que fuimos todos niños […]". La jueza añadió "también es evidente y se desprende de las mismas alocuciones del programa 'Aló Presidente' que ni el padre, ni la propia niña estAn de acuerdo con dicha publicación".[245]
La jueza se refería a los comentarios de ChAvez vertidos en su programa semanal dos días después de la publicación del artículo en Tal Cual. ChAvez había criticado la referencia del autor a su hija y describió su reacción al artículo con orgullo: "Entonces ella me llamó anoche y me dijo:[...] "Papi, es un irrespeto al Escudo", pero no reclamó por ella, sino que reclama por el Escudo, ¿ves? Entonces ¡qué grandes son los niños! ¡Qué grandes son las niñas para darle lección a las bestias que pululan por ahí entre los albañales!". [246] El proceso de Tal Cual siguió, aparentemente, el tenor de las objeciones del presidente.
Regulación del contenido de los medios
En diciembre de 2004, entró en vigor la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión ("Ley de Responsabilidad Social"), una ley integral que regula el contenido de la radio y la televisión. La nueva ley, que reemplazó al reglamento de radiocomunicaciones sancionado en 1984, contenía reglamentaciones detalladas para proteger a los menores de la exposición a contenidos inadecuados, establecía obligaciones en cuanto a la programación para promover música y productores nacionales venezolanos y permitía la participación de grupos de usuarios en la reglamentación de las radiocomunicaciones. La ley también amplió el alcance de una ya amplia prohibición de la incitación y estableció severas penas para los prestadores de servicios de radio y televisión que la violaran.
La redacción amplia e imprecisa de las nuevas disposiciones sobre incitación, la gravedad de las penas y el hecho que el cumplimiento de la ley esté a cargo de una agencia que depende del poder ejecutivo incrementa la vulnerabilidad de los medios de transmisión frente a injerencias arbitrarias y presiones para autocensurarse. [247]
Normas internacionales
Suele reconocerse que la incitación a la violencia puede ser objeto, legítimamente, de sanciones legales por motivos de orden público. Sin embargo, la facultad de prohibir ese tipo de expresiones no es ilimitada. Dada la importancia de permitir un debate público amplio y libre, el gobierno sólo debe establecer restricciones por incitación cuando existe una relación directa entre la expresión en cuestión y un acto delictivo específico. El Tribunal Penal Internacional para Ruanda sostuvo, por ejemplo, que el elemento "directo" de incitación implica que la incitación "asume una forma directa y, específicamente, induce a otros a realizar un acto delictivo" y que "es necesario algo mAs que una sugerencia vaga o indirecta para que exista incitación directa... La fiscalía debe probar una relación definitiva entre el acto caracterizado como incitación [...] y un delito específico".[248]
En Incal v. Turquía, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que Turquía había violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos al condenar a un nacional de Turquía a prisión por haber escrito un folleto de propaganda que, de acuerdo con el gobierno, incitaba al odio y a la hostilidad a través de palabras racistas, y defendía formas de protesta ilegales. El tribunal admitió que el folleto incluía algunas críticas "virulentas" de las políticas del gobierno hacia la minoría curda, y llamó a los ciudadanos curdos a "oponerse" a estas políticas formando "comités vecinales". Sin embargo, el tribunal concluyó que estas expresiones no podían considerarse incitación al uso de violencia, hostilidad u odio entre ciudadanos. También consideró que la pena de prisión era "desproporcionada en relación con el fin perseguido y, por lo tanto, no era necesaria en una sociedad democrAtica". [249]
Como muestran estas sentencias, los gobiernos ser cuidadosos al intentar prevenir la violencia o la alteración del orden público para evitar poner en peligro la libertad de expresión. AdemAs, dado que el vínculo fundamental entre la expresión y el acto debe demostrarse mediante la interpretación y el argumento, es esencial que los casos sean analizados mediante procedimientos transparentes e imparciales.
Disposiciones sobre incitación
La Ley de Responsabilidad Social, que se aplica a todos los prestadores de servicios de radio y televisión salvo a los canales de cable internacionales, incluye disposiciones amplias e imprecisas sobre incitación, cuya violación puede acarrear la suspensión o revocación de la habilitación de transmisión de un canal.
De acuerdo con el artículo 29 de la ley, los prestadores de servicios de radio y televisión que transmitan mensajes que "promuevan, hagan apología o inciten a la guerra,… o a alteraciones del orden público,…delitos…, o sean contrarios a la seguridad de la Nación" podrAn ser sancionados con la suspensión de sus habilitaciones durante 72 horas o su revocación por un período de hasta cinco años en el caso de reincidencia. [250] AdemAs, una vez que la investigación establecida en el artículo 29 estA en curso, la ley permite que la comisión de telecomunicaciones del gobierno (CONATEL) censure los mensajes del prestador de servicios de televisión y radio si se considera que violan las disposiciones del artículo. [251]
La Ley de Responsabilidad Social tenía por objeto modernizar el reglamento de radiocomunicaciones que se remonta a 1984; sin embargo, se mantuvieron y ampliaron las excesivamente vagas disposiciones sobre incitación del mencionado reglamento. [252] Mientras el reglamento de 1984 solo hacía referencia a "incitación", [253] el artículo 29 de la nueva ley también incluye como delitos "promover"o "hacer apología"de disturbios, delitos o amenazas a la seguridad de la Nación. De acuerdo con la nueva ley, los prestadores de servicios de radio y televisión pueden ser sancionados por comentarios que tengan por objeto aparente justificar actos ya sucedidos.
La ausencia de un lenguaje claro que limite la aplicación de estos términos aumenta la posibilidad de que sean aplicados en forma arbitraria, y también es contraria al principio de que las leyes deben tener suficiente certeza y precisión legal para que las personas puedan regir su conducta de manera tal de evitar violarlas. Este principio de legalidad se viola cuando resulta especialmente difícil distinguir entre las circunstancias en las cuales un mensaje sería considerado "promoción" o "apología" de un acto de desorden público y aquellas en las cuales se consideraría que refleja el ejercicio legítimo del derecho a expresar una opinión. [254]
La Ley de Responsabilidad Social también incrementó significativamente las penas por infracciones. En el reglamento de radiocomunicaciones de 1984, las multas se habían ido reduciendo y no superaban los 4,000 bolívares (poco mAs de US$ 2 en 2004). [255] En la actualidad, se aplican a los canales o estaciones que violan las normas de protección de los menores multas de hasta el 2 por ciento de sus ingresos correspondientes al año fiscal anterior. Si bien en el reglamento de radiocomunicaciones de 1984 se aplicaba a la incitación a rebelión una sanción de multa o suspensión, en la Ley de Responsabilidad Social, la incitación es punible con la suspensión en la primera violación.
Peligros de una redacción amplia e imprecisa
Esta amplitud de las actuales disposiciones es especialmente problemAtica dada la predilección de ChAvez y de sus funcionarios de gobierno de considerar el disenso como subversión, traición o incitación a la violencia. Suelen describir las protestas como una pantalla para realizar actividades desestabilizadoras manipuladas por la "oligarquía", los "fascistas" o el "poder imperial". ChAvez, por ejemplo, se refirió a las mayormente pacíficas protestas estudiantiles contra la no renovación de la habilitación de transmisión de RCTV en 2007 como"golpe blando". [256]
De manera similar, el actual ministro de comunicaciones se refirió al boicot a las elecciones parlamentarias de 2005 como "un nuevo golpe de estado… contra la democracia". [257] Si bien la abstención electoral puede ser perjudicial si debilita el sistema de contrapesos democrAticos, también constituye un ejercicio del derecho a protestar en forma pacífica. Describir esa opción como equivalente a un golpe es, por lo menos, engañoso e inexacto y, lo que es peor, representa una nueva amenaza contra la expresión no violenta, en especial teniendo en cuenta que, en Venezuela, no es obligatorio participar en las elecciones ni votar. El Vicepresidente José Vicente Rangel incluso describió la sugerencia del candidato opositor Manuel Rosales de posponer las elecciones como "en la misma línea del Carmonazo [el golpe del 12 de abril]". [258]
Siguiendo la lógica del gobierno, cualquier programa de radio o TV que se considerara que ha incitado, promovido o, aunque mAs no sea, defendido la participación en las protestas, la abstención electoral o la postergación de las elecciones podría ser acusado de violar la Ley de Responsabilidad Social, y se le podría suspender o, en última instancia, revocar la habilitación al prestador de servicios de radio y televisión en cuestión durante cinco años.
Ausencia de un organismo regulador independiente
Los organismos responsables de investigar y sancionar infracciones a la Ley de Responsabilidad Social no cuentan con suficientes garantías de independencia que los protejan de interferencias políticas. La decisión de abrir una investigación y de aplicar sanciones por infracciones a las leyes de transmisión corresponde a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), un organismo adscrito al Ministerio de Telecomunicaciones. CONATEL también decide sobre la aplicación de medidas preventivas, que, como se señaló, pueden incluir la prohibición de transmitir. [259] Si bien la ley define a CONATEL como un instituto autónomo, su directorio, formado por cuatro integrantes, y su director general son designados por el presidente de Venezuela, quien puede destituirlos a su arbitrio. [260]
El gobierno también tiene mayoría en el Directorio de Responsabilidad Social, el organismo creado por la Ley de Responsabilidad Social para analizar infracciones e imponer sanciones. El directorio es encabezado por el director general de CONATEL e incluye a seis funcionarios elegidos por los ministros e instituciones estatales, dos representantes de grupos de usuarios organizados por CONATEL, un representante de la universidad y un representante de la Iglesia. [261]
El peligro de una interpretación excesivamente amplia de las disposiciones vagas sobre incitación podría limitarse si el organismo de aplicación fuera independiente del poder ejecutivo y si su personal estuviera formado por profesionales con los antecedentes apropiados, que ocuparan el cargo durante períodos determinados y disfrutaran de estabilidad en sus cargos. Si bien el directorio incluye a miembros de diferentes sectores de la sociedad, la ley no establece los criterios para designar a sus miembros ni el plazo de sus cargos, ni los protege de despidos arbitrarios o por motivaciones políticas.
Uso de las disposiciones sobre incitación por parte del gobierno
Human Rights Watch no tiene conocimiento, al momento de la elaboración del presente documento, de que CONATEL haya impuesto alguna sanción como consecuencia del artículo 29 de la Ley de Responsabilidad Social. [262] Sin embargo, los funcionarios han invocado, en reiteradas oportunidades, estas disposiciones en advertencias dirigidas a canales de televisión en momentos de tensión política y en circunstancias en las cuales su aplicación hubiera sido injustificada y, por lo tanto, hubiera constituido una injerencia arbitraria en el derecho a la libertad de expresión.
Cobertura de protestas por la seguridad
En abril de 2006, por ejemplo, el director general de CONATEL invocó la disposición sobre incitación de la Ley de Responsabilidad Social en respuesta a la cobertura que los canales privados habían hecho de las protestas en las calles desatadas por un delito violento que se había cometido. En cartas a los directores de Globovisión y RCTV, el funcionario les advirtió que no debían incitar a violaciones de la seguridad pública ni a la comisión de delitos y les recordó que la estación podía ser sancionada si no cumplía. En las cartas se subrayaban las disposiciones del artículo 29 de la Ley de Responsabilidad Social.[263] Globovisión y RCTV habían estado cubriendo la aparición de los cuerpos de tres hermanos adolescentes y su conductor que habían sido secuestrados para cobrar una recompensa y que, finalmente, fueron ejecutados. Los espantosos asesinatos desataron protestas en las calles-que fueron cubiertas extensamente por ambos canales-contra la incapacidad del gobierno de solucionar el problema del aumento de los delitos violentos.
Estos brutales asesinatos y las protestas que desataron eran, claramente, asuntos de interés público y, por lo tanto, era legítimo que tuvieran una amplia cobertura. El gobierno no tenía justificación para invocar las disposiciones sobre incitación como una manera de persuadir a los canales de modificar sus decisiones editoriales, independientemente de que considerara que los canales tenían motivaciones políticas al tomar tales decisiones.
Cobertura del caso RCTV
Los funcionarios de gobierno también invocaron las disposiciones sobre incitación para responder a la cobertura que los medios realizaron sobre el retiro de RCTV de la señal de aire pública después de que su habilitación venciera. Cuando este acontecimiento desató manifestaciones estudiantiles de gran magnitud en toda Venezuela, el Directorio de Responsabilidad Social advirtió acerca de la transmisión de mensajes que incitaran al odio y a violar las leyes, y anunció que se encontraba en sesión permanente monitoreando la cobertura de las protestas por parte de los medios.[264]
El gobierno objetó, específicamente, la presencia de los medios en una conferencia de prensa que la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) realizó en Caracas. La delegada del Ministerio de Comunicación e Información en el Directorio alegó que una declaración de la SIP leída en la conferencia invitaba a los venezolanos a desconocer la decisión del gobierno de no renovarle a RCTV la concesión de transmisión.[265] Manifestó que tales declaraciones violaban la Ley de Responsabilidad Social y llamó a los canales a no transmitirlas. La funcionaria advirtió a los medios audiovisuales que se les podría aplicar una suspensión de 72 horas si difundían mensajes "que promovieran la discriminación o incitaran a la guerra".[266]
La acusación de que la SIP había incitado a desobedecer las leyes era infundada. El comunicado de prensa de la SIP describía la decisión sobre RCTV como un "abuso de poder" y calificaba al gobierno venezolano de "antidemocrAtico" por rehusarse a renovar la habilitación de RCTV.[267] Si bien el comunicado de prensa puede haber alentado a algunos a debatir la cuestión o a expresar puntos de vista similares, no podría haber "incitado" a cometer actos ilegales para evitar que se hiciera efectiva la medida, ya que solamente el gobierno o los tribunales podrían haber evitado su implementación. En cualquier caso, los medios tenían derecho a informar aquello que la asociación de prensa manifestó en su conferencia de prensa, independientemente de que sus expresiones criticaran o no la decisión y al gobierno.
Cobertura del boicot electoral
En diciembre de 2005, CONATEL invocó las disposiciones sobre incitación de la Ley de Responsabilidad Social como respuesta a la cobertura de los medios de la campaña para las elecciones parlamentarias de ese mes, durante el cual los principales partidos de la oposición anunciaron que se retiraban e instaron a los votantes a boicotear los comicios. Al gobierno le preocupaba que los medios privados estuvieran alentando el boicot electoral. Funcionarios del gobierno de primera línea, incluidos ChAvez y el Vicepresidente José Vicente Rangel acusaron a los partidos de la oposición que defendían la abstención de fomentar un "golpe electoral" instigado por la embajada de los Estados Unidos. [268] ChAvez, en una transmisión por cadena nacional, advirtió a RCTV y a Globovisión que "el ChAvez permisivo quedó enterrado en el 2002" y que no permitiría que se llamara nuevamente a la "desestabilización".[269]
Horas después de la transmisión por cadena nacional de ChAvez, CONATEL convocó a los directores de los medios a una reunión para analizar la cobertura de las elecciones de la Asamblea Nacional después de que los candidatos de la oposición anunciaron que se retiraban de la carrera electoral como forma de protesta ante supuestas irregularidades electorales. Un funcionario de CONATEL que estuvo presente en la reunión le dijo a la prensa, posteriormente, que sólo les habían "recordado" a los gerentes sus responsabilidades legales. [270] Sin embargo, de acuerdo con el vicepresidente de Venevisión, específicamente se instó a los directores a que se aseguraran de que su cobertura no incitara al delito, atentara contra la seguridad de la Nación o incitara a la guerra (los tres delitos enumerados en el artículo 29 de la Ley de Responsabilidad Social).[271]
El funcionario de CONATEL le comentó a Human Rights Watch que no había razones para preocuparse por la reunión. "La reunión tenía por objeto evaluar con ellos [los directores] de qué manera interpretar las normas vigentes y solicitar su colaboración. Era solamente una medida preventiva y no hubo problemas después".[272] Sin embargo, lo preocupante de la reunión era que el tema principal era la cobertura que los canales harían de la convocatoria a abstención efectuada por los candidatos de la oposición. Si bien el boicot electoral era controversial, la convocatoria de la oposición a abstenerse de votar y las manifestaciones opositoras para impugnar el proceso electoral constituían, claramente, asuntos de interés público. La cobertura de la campaña de abstención fue una actividad legítima y no puede decirse que haya constituido una incitación al delito o a la violencia, ni una amenaza a la seguridad de la Nación.
Otras amenazas de medidas contra prestadores de servicios de radio y televisión
AdemAs de las amenazas de imponer sanciones de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Social, el gobierno ha presionado para que se iniciaran investigaciones penales contra Globovisión sobre la base de acusaciones sumamente dudosas.
En mayo de 2007, a solicitud del ministro de información, el fiscal general lanzó una investigación para determinar si Globovisión había transmitido mensajes en los cuales incitaba a los venezolanos a asesinar a ChAvez. El ministro manifestó que consideraba que la estación había alentado el asesinato del presidente al transmitir imAgenesde archivo del atentado contra el Papa Juan Pablo II con una canción de fondo interpretada por la estrella de la salsa, Rubén Blades. [273] El ministro de información envió la denuncia al fiscal general e insistió en que los expertos en comunicaciones que habían analizado las imAgeneshabían concluido que contenía un mensaje subliminal para incitar a la violencia contra el presidente.[274]
Las imAgenes en cuestión fueron transmitidas por Globovisión como parte de un programa de comentarios políticos, "Aló Ciudadano", durante una entrevista con el presidente de RCTV, después de que se negara la renovación de la concesión de RCTV. Durante las pausas publicitarias, la estación emitía imAgenes de los 53 años de historia de RCTV, durante los cuales había cubierto acontecimientos de relevancia mundial, entre ellas, imAgenes del atentado al Papa. La banda de sonido de la canción de Blades "Tengan fe" incluía las frases"Tengan fe, que esto no se acaba aquí" y ya había sido transmitida varias veces esa semana en el programa. Nada sugiere que la letra se refiera a otra cosa que no sea la esperanza y la perseverancia, y Globovisión, en realidad, alegó que sus comentaristas habían exhortado a los participantes a no recurrir a la violencia. [275] Si bien el fiscal general comenzó una investigación de las denuncias del ministro, y los técnicos que trabajaban en "Aló Ciudadano" se presentaron como testigos, no se tuvieron noticias sobre la investigación posteriormente. [276]
En otro caso de octubre de 2007, el ministro de interior y justicia solicitó al fiscal general que investigara un video amateur emitido por Globovisión, que mostraba un robo en curso en una de las principales autopistas de Caracas. [277] El ministro acusó a la estación de participar en una campaña psicológica para generar ansiedad y temor en la población, y manifestó que sospechaba que el video había sido "preparado" para atacar el récord de seguridad del gobierno. El inicio de la investigación recibió una amplia cobertura por parte de la prensa, pero no hubo indicios posteriores de que esta investigación haya concluido. [278]
Restricción a la información
El compromiso declarado de ChAvez de ampliar la participación popular en el proceso político no ha llevado a una mayor transparencia y apertura del gobierno ni a un acceso público mAs sencillo a la información en poder de funcionarios de gobierno. Los periodistas y el público suelen tener dificultades para acceder a información que debería ser pública, y no existe legislación para brindar una solución efectiva en esas circunstancias.
Derecho internacional
El derecho a "buscar, recibir y difundir" información estA reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. [279]
Existe un reconocimiento internacional cada vez mayor de que el derecho a buscar, recibir y difundir información comprende una obligación positiva de los estados de brindar acceso a información pública en forma oportuna y completa. Tanto las organizaciones regionales como internacionales han sostenido que el acceso a información oficial es un derecho fundamental de todas las personas. [280] En América, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que el artículo 13 de la CADH (sobre el derecho a la libertad de expresión) incluye el derecho a recibir información en poder de oficinas de gobierno, así como la obligación de éstas de proporcionarla. [281] AdemAs, se reconoce internacionalmente que este derecho es fundamental para asegurar el control democrAtico de las entidades públicas y promover la rendición de cuentas dentro del gobierno. [282]
El derecho de acceso a la información se rige por el "principio de mAxima divulgación", lo cual significa que se presume que el gobierno tiene la obligación de divulgar información. [283] Esta presunción sólo puede ignorarse en circunstancias claramente definidas por la ley, en las cuales la divulgación de información podría afectar los derechos de otras personas o la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral. [284]
El acceso a la información según el derecho venezolano
La Constitución de 1999 garantiza el derecho de acceso a los archivos y registros gubernamentales "sin perjuicio de los límites aceptables dentro de una sociedad democrAtica en materias relativas a seguridad interior y exterior, a investigación criminal y a la intimidad de la vida privada, de conformidad con la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido confidencial o secreto". [285] La Constitución también garantiza el derecho a información "oportuna y veraz" sobre los procedimientos oficiales que afectan directamente a las personas, y el acceso a cualquier resolución oficial que se adopte. También establece que "[s]e prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades".[286]
En respaldo al derecho a la información, la Ley OrgAnica de la Administración Pública de 2001 establece que cualquier persona puede solicitar por escrito un documento específico ante una entidad estatal y tiene derecho a recibir una copia a si cubre la totalidad del costo.[287] Por defecto, todas las solicitudes o peticiones dirigidas a una autoridad administrativa, cualquiera sea su naturaleza, deben recibir una respuesta dentro del término de 20 días.[288] A los funcionarios que no respondan se les podrA aplicar una multa de entre el 5 por ciento y el 50 por ciento de su salario mensual. [289]
Si bien la obligación de proporcionar información existe por ley, no hay ninguna ley que especifique las circunstancias en las cuales puede negarse el acceso a documentos públicos. Tampoco existe ningún mecanismo para exigir el cumplimiento de dicha obligación cuando los funcionarios se nieguen a responder en forma satisfactoria a las solicitudes de información. Los funcionarios del Ministerio de Comunicación e Información le informaron a Human Rights Watch que Andrés Izarra, durante su primer mandato como ministro, presentó un borrador de proyecto de ley ante la Asamblea Nacional para fortalecer el acceso a la información, proyecto que se debatió en el subcomité de medios de la Asamblea. [290] Human Rights Watch no pudo confirmar esta información, pero no tenemos conocimiento de que se haya debatido ningún proyecto de ley de ese tipo en la Asamblea Nacional.
La sección venezolana de Transparency International presentó su propio proyecto de ley en 2007 al presidente del subcomité de medios de la Asamblea Nacional. Hasta julio de 2007, la organización no había podido obtener el patrocinio de tres legisladores, la cantidad mínima requerida para presentar un proyecto de ley para su consideración. [291] En junio de 2008, el presidente del subcomité dijo que el subcomité tenía "otras prioridades" y sostuvo que los avances con respecto a la ley habían sido entorpecidos por los intentos de algunos periodistas de politizar el asunto. [292]
Derecho de acceso a la información no respetado
Los funcionarios de gobierno suelen rechazar o no responder a solicitudes de información presentadas por los periodistas. De acuerdo con una investigación realizada por Últimas Noticias, un periódico que, en general, es afín al gobierno, los periodistas han enfrentado obstAculos para obtener información de la policía sobre estadísticas criminales, jueces y funcionarios judiciales, hospitales, empresas estatales como PDVSA, la contraloría general y varios ministerios.[293]
De acuerdo con un archivo del periódico vespertino El Mundo, que da detalles sobre solicitudes de información oficial presentadas por sus reporteros investigadores durante 2007, sólo el 37,5 por ciento de los funcionarios consultados respondieron; el 25 por ciento lo hizo por escrito y el 12,5 por ciento en entrevistas. La espera promedio para obtener una respuesta fue de 38 días, casi el doble del mínimo legal. Por ejemplo, un reportero se dirigió al Ministerio de Planificación y Desarrollo para obtener información sobre los salarios de los empleados públicos. Se necesitaron siete meses, tres cartas y un cambio de viceministro para obtener una respuesta. [294] De manera similar, resultó imposible obtener información del registro civil (ONIDEX) sobre la cantidad de venezolanos que habían abandonado el país desde 1997. [295]
Para las ONGs, obtener información pública puede ser todavía mAs difícil. En un estudio llevado a cabo por la ONG de derechos humanos Espacio Público, en 2007 se presentaron 46 solicitudes de información ante la misma cantidad de ministerios y departamentos de gobierno. Las solicitudes tenían por objeto obtener información sobre salarios, gasto en publicidad y una copia del proyecto de ley sobre el acceso a la información que, supuestamente, se estaba tratando en la Asamblea Nacional. Solo el 4 por ciento de las solicitudes recibió una respuesta positiva. El 87 por ciento fue rechazado o no recibió una respuesta. [296]
Ante la ausencia de un mecanismo para exigir el cumplimiento de la obligación de los funcionarios de proveer información, ni los periodistas ni los representantes de las ONGs tienen medios para obligar a los funcionarios a divulgar la información que se niegan a revelar.
Control sobre la difusión de radio y TV
El gobierno ha ejercido de manera indebida su control sobre el acceso al espectro radioeléctrico con el fin de discriminar a los canales que son opositores políticos. En el caso mAs destacado y grave, ChAvez dio órdenes de no renovar la concesión del canal de televisión mAs antiguo de Venezuela, Radio Caracas Televisión (RCTV), porque éste se negó a moderar el tono hostil de su postura editorial.
Derecho internacional
Las normas de derecho internacional en desarrollo han fortalecido la obligación de los gobiernos de promover el pluralismo en las transmisiones radiales y televisivas. En 2001, en una declaración conjunta, los Relatores Especiales para la Libertad de Expresión de las Naciones Unidas, la OEA y la OSCE determinaron lo siguiente:
La promoción de la diversidad debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión; la diversidad implica igualdad de género en la radiodifusión e igualdad de oportunidades para el acceso de todos los segmentos de la sociedad a las ondas de radiodifusión; las entidades y órganos gubernamentales que regulan la radiodifusión deben estar constituidos de manera de estar protegidos contra las injerencias políticas y comerciales. [297]
Los relatores especiales publicaron en 2007 una nueva declaración en la cual hacían hincapié en que la regulación de los medios de comunicación para promover la diversidad debía estar protegida de la interferencia política:
La regulación de los medios de comunicación con el propósito de promover la diversidad, incluyendo la viabilidad de los medios públicos, es legítima solo si es implementada por un órgano que se encuentre protegido contra la indebida interferencia política y de otra índole, de conformidad con los estAndares internacionales de derechos humanos. [298]
AdemAs, las normas regionales de derechos humanos sobre la libre expresión no permiten a los estados ejercer su control de las frecuencias radioeléctricas con el objeto de "impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones".[299] Tampoco pueden ejercer dicho control con el objeto de "presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas".[300]
Para proteger contra la parcialidad, el favoritismo político y la corrupción, los procedimientos para otorgar o denegar habilitaciones de transmisión deben ser abiertos, imparciales y transparentes. Como destacó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un comunicado de prensa con respecto al caso RCTV:
[e]n los concursos o en la adjudicación directa de licencias de uso del espectro radioeléctrico los Estados deben procurar, bajo el principio de igualdad de oportunidades, procedimientos abiertos, independientes y transparentes que contengan criterios claros, objetivos y razonables, que eviten cualquier consideración de política discriminatoria por la línea editorial del medio de comunicación.[301]
Uso político de las facultades discrecionales
El derecho venezolano confiere la facultad de otorgar concesiones de radio y televisión al ministro de telecomunicaciones, luego de que CONATEL realice evaluaciones técnicas.[302] Si bien CONATEL es, técnicamente, un instituto autónomo, sus cuatro directores, al igual que el ministro de telecomunicaciones, son nombrados por el presidente, quien puede destituirlos a su arbitrio. No existen controles institucionales para asegurar que dichas decisiones se basen en una consideración imparcial del interés público y no en objetivos políticos del gobierno, cuando tales objetivos entran en conflicto con el interés público.
En el caso de radio y televisión de señal abierta, las concesiones se deciden en forma individual por adjudicación directa, y no a través de un proceso vinculante de licitación o sorteo, prActica empleada en el caso de otros usuarios del espectro. Esto significa que el ministro-y, por extensión, el presidente-tiene plena facultad discrecional para aceptar o rechazar las solicitudes. La ausencia de criterios claros en el otorgamiento de concesiones y la falta de una reglamentación imparcial del proceso permiten que se tomen decisiones discriminatorias y basadas en motivaciones políticas.
RCTV
En diciembre de 2006, ChAvez anunció en una transmisión por cadena nacional que no renovaría la concesión de transmisión a RCTV, la estación de televisión mAs antigua y una de las mAs populares de Venezuela. En una filmación en la cual aparecía de pie sobre una plataforma en un acto militar, dijo que Venezuela ya no toleraría a los medios de comunicación privados "que esté[n] al servicio del golpismo, contra el pueblo, contra la nación, contra la independencia nacional, contra la dignidad de la República". [303]
ChAvez había amenazado en reiteradas oportunidades con no renovar las concesiones de los principales canales privados de televisión en respuesta a la cobertura crítica que estos realizaban de su gobierno. Si bien hizo referencia al papel de los canales en el golpe de 2002 como justificación, también dejó en claro que las medidas que amenazaba tomar serían en respuesta a la cobertura continuamente crítica de algunos canales. [304]
En marzo de 2007, tres meses después de que ChAvez anunciara su decisión, el Ministerio de Comunicación e Información publicó El Libro Blanco sobre RCTV, un compendio de las acusaciones del gobierno en contra del canal. Ese mismo mes, RCTV recibió una resolución y una carta del ministro de telecomunicaciones-funcionario responsable de las concesiones de televisión-que formalizaban la decisión de ChAvez. Sin embargo, ni la resolución oficial ni la carta hizo referencia alguna, como fundamento de la decisión de no renovar la concesión de RCTV, a las acusaciones formuladas públicamente por ChAvez contra el canal. Luego de que el Tribunal Supremo rechazara la solicitud de amparo de RCTV, el canal dejó de transmitir a través de la señal abierta el 27 de mayo de 2007.
Si bien el gobierno de ChAvez no tenía la obligación de renovar la concesión de RCTV, ejerció en forma indebida su facultad regulatoria para castigar la programación contraria a ChAvez, discriminando a RCTV por motivos políticos y no teniendo en cuenta consideraciones del debido proceso.
Una decisión discriminatoria
Según se señaló, una de las principales justificaciones que ofrecieron ChAvez y sus partidarios para negar a RCTV la renovación de la concesión fue su papel durante el golpe de 2002. Desde los acontecimientos de abril de 2002-según ChAvez, fomentados por los medios de comunicación-, ChAvez había amenazado a los cuatro canales privados mAs importantes (RCTV, Venevisión, Televen y Globovisión) con revocar sus concesiones. Desde junio de 2002 hasta que hizo el anuncio en diciembre de 2006, ChAvez había formulado tales amenazas en, al menos, ocho ocasiones, en transmisiones públicas o en entrevistas. [305] En la última de estas ocasiones, en noviembre de 2006, ChAvez advirtió que algunas de las concesiones vencerían al año siguiente. "El 27 de marzo [sic] no les extrañe que les diga: no hay mAs concesión". [306]
De hecho, las concesiones de dos estaciones privadas estaban por vencer el 27 de mayo de 2007: la de RCTV y la de Venevisión. Sin embargo, en su discurso de diciembre de 2006, ChAvez no mencionó a Venevisión-un canal al cual él había acusado con igual vehemencia por su conducta durante el golpe-, y su concesión fue debidamente renovada por cinco años mAs cuando venció.
Si la no renovación de la habilitación de RCTV fue realmente una sanción tardía debido a la conducta del canal durante el golpe, Venevisión debería haber recibido el mismo tratamiento. Pero luego de la victoria de ChAvez en el referendo revocatorio llevado a cabo en agosto de 2004, Venevisión (junto con Televen) retiraron del aire sus programas de opinión mAs conflictivos y redujeron drAsticamente su cobertura de noticias opositoras.[307] En cambio, RCTV (junto con Globovisión) continuaron dando amplia cobertura a las protestas y transmitiendo comentarios que criticaban de manera uniforme al gobierno. [308]
Evidentemente, se condenó solamente a RCTV debido a su negativa a moderar el tono de sus críticas. De hecho, en junio de 2006, seis meses antes de que ChAvez anunciara su decisión, él mismo comparó deliberadamente la conducta de algunas estaciones, refiriéndose aparentemente a RCTV y Venevisión. En una ceremonia de entrega de rifles rusos al Ejército transmitida por televisión, ChAvez ordenó a sus ministros y al director general de CONATEL que revisaran las concesiones de televisión privada, y puso en duda su renovación al año siguiente. Después de quejarse que algunos canales todavía actuaban como "quintas columnas", señaló que algunos de los canales que él había acusado de apoyar el golpe habían "dado señales de querer cambiar y pareciera que tienen intenciones de respetar la Constitución y la ley". [309] El ministro de comunicación e información fue mAs allA al sostener que:
"Si hacemos un anAlisis comparado de cuAl fue la conducta de algunas televisoras [...] que estuvieron abiertamente en el golpe de Estado y lo comparamos con su conducta actual hay cambios cualitativos en la programación, en la línea informativa, en la línea editorial y también en cuanto a respetar los derechos de los usuarios del servicio y a cumplir sus deberes como prestadores de servicio público. Pero hay otros casos en los cuales no se observa ese cambio, esa rectificación, sino que hay un empecinamiento en mantener conductas propias de lo que fue el 11, 12, y 13 de abril en el país". [310]
Ni ChAvez ni el ministro mencionaron a qué canales se referían, pero quedó bastante claro que las miradas del gobierno se dirigían a RCTV.
El uso discriminatorio de la facultad de regulación del gobierno también se puso de manifiesto debido a que ChAvez había formulado sus amenazas de no renovar la concesión en respuesta a la cobertura crítica de su gobierno. Por ejemplo, la última de las amenazas que formuló antes de anunciar su decisión con respecto a RCTV fue durante un discurso transmitido por televisión semanas antes de la elección presidencial de 2006, durante el cual denunció que estaciones privadas habían transmitido un video clandestino en el que su ministro de energía llamaba a los empleados de la compañía petrolera del estado a abandonar sus empleos si no apoyaban a ChAvez.
Ausencia de debido proceso
Como ya se mencionó, en marzo de 2007, en plena controversia con respecto a RCTV, el Ministerio de Comunicación e Información publicó el Libro Blanco sobre RCTV, un compendio de 360 pAginas sobre la supuesta conducta indebida del canal. El documento citaba varias medidas tomadas por RCTV como prueba de su participación en el golpe: su cobertura de las manifestaciones en las calles que precipitaron el golpe; la división de la pantalla durante una transmisión presidencial para continuar mostrando las escenas de las protestas; las reiteradas transmisiones de discursos y comentarios de los líderes de la oposición que culpaban al gobierno de la violencia; su negativa a transmitir noticias sobre el arresto ilegal de ChAvez por parte de los conspiradores del golpe; y la interrupción de la cobertura de manifestaciones a favor de ChAvez cuando el golpe se desarrollaba. [311] Sin embargo, ninguna de estas medidas fue sometida a una investigación formal en un proceso administrativo o judicial y no se le dio a RCTV la oportunidad de defenderse.
El Libro Blanco también acusaba a RCTV de prActicas monopólicas, incitación a la violencia, incumplimiento con los estAndares de protección de los menores y evasión de impuestos. Sin embargo, el libro no indicaba que estas acusaciones hubieran sido comprobadas, ya sea ante los tribunales o mediante alguna investigación administrativa llevada adelante por el Ministerio de Telecomunicaciones o por CONATEL. [312]
TVES: ¿Democratización o control del daño?
En marzo de 2007, luego de una protesta internacional sobre el anuncio de ChAvez, el ministro de telecomunicaciones, Jesse Chacón, intentó reformular la decisión de ChAvez. En una resolución mediante la cual se notificaba a la estación acerca del vencimiento de su concesión, Chacón presentó la cuestión como un asunto netamente técnico, sin hacer referencia alguna a las acusaciones. Según lo manifestado por Chacón, el gobierno necesitaba "de forma perentoria una frecuencia que le permita contar con una red de televisión abierta con alcance nacional, como la que quedarA disponible al vencimiento de la concesión de Radio Caracas Televisión, RCTV." [313] En una carta enviada a los representantes legales del canal, Chacón insistió en que "el vencimiento de un lapso no es una sanción", y que las garantías del debido proceso no eran aplicables al caso. [314]
Si la razón del gobierno para no renovar la concesión de RCTV hubiera sido, tal como la explicaba Chacón, liberar la frecuencia para usarla en pos del interés público, no renovar la concesión parecería mucho mAs justificable. Sin embargo, al parecer el gobierno no tenía ningún plan de ese tipo cuando ChAvez anunció su decisión en diciembre de 2006.[315] Durante varios meses después de su anuncio, las propuestas efectivamente presentadas para reemplazar a RCTV eran extremadamente imprecisas, a pesar de que la ley exige que el posible beneficiario de una concesión proporcione a CONATEL una propuesta detallada y planos técnicos, y a pesar de que su evaluación, por lo general, es un proceso lento. Recién a mediados de mayo de 2007-dos semanas antes de que el nuevo canal debiera salir al aire por primera vez-se anunció oficialmente la creación del nuevo canal estatal Televisora Venezolana Social (TVES).
AdemAs, el gobierno nunca brindó una explicación satisfactoria de por qué no usó sus frecuencias disponibles para que el nuevo canal transmitiera. Chacón manifestó que la frecuencia VHF usada por RCTV era la mejor frecuencia disponible a los fines de crear una red nacional y que no era viable usar otras frecuencias VHF.[316] Sin embargo, en ese momento, el gobierno tenía 26 frecuencias VHF no utilizadas que podrían haber proporcionado una cobertura similar a la concesión de RCTV.[317] Si eso no era posible, el gobierno podría haber usado frecuencias UHF como alternativa, como lo hizo de manera exitosa cuando lanzó Vive TV en 2003.[318]
La respuesta improvisada del gobierno a la futura liberación de la frecuencia de RCTV también se puso de manifiesto con la falta de preparación técnica. CONATEL no había obtenido la capacidad tecnológica para transmitir la señal de TVES en todo el territorio de Venezuela antes del vencimiento de la concesión de RCTV. Según Jesse Chacón, en el momento de la transferencia TVES sólo tenía tres transmisores en funcionamiento, dos en Caracas y uno en Maracaibo.[319] El gobierno había enfatizado que no tenía pensado expropiar los transmisores de RCTV. [320]
A medida que se acercaba la fecha crucial, los comités de usuarios registrados en CONATEL le proporcionaron al gobierno una salida oportuna. Once de ellos solicitaron al Tribunal Supremo de Justicia que dictara una medida cautelar que obligara a CONATEL a brindar acceso a todos los venezolanos a la estación que estaba por salir al aire por primera vez. Con una velocidad inusual (el tribunal había demorado cuatro meses en rechazar medidas cautelares solicitadas por RCTV para continuar en el aire) concedió el recurso a los comités de usuarios y ordenó al Ejército custodiar los transmisores de RCTV en todo el país para que CONATEL pudiera usarlos para transmitir la señal de TVES.[321]
Chacón argumentó que la decisión con respecto a RCTV implicaba que la primera emisora de servicio público de Venezuela contribuiría a la democratización de los medios de comunicación. Luego de un año de funcionamiento, TEVES no ha mostrado ningún signo de auténtica independencia del gobierno ni de pluralismo editorial. El canal es financiado por el gobierno, su director y cinco de sus siete directivos son designados por el gobierno, y no hay salvaguardas que garanticen la representación de los diferentes sectores de opinión. [322] Un anAlisis de 42 horas de programación realizado en junio de 2007 reveló que el 8 por ciento consistía en mensajes repetitivos del gobierno y mAs del 6 por ciento estaba dedicado a noticias. La cobertura de noticias en sí misma consistía, en gran medida, en información del gobierno y restaba importancia a la opinión de la oposición o a noticias que reflejaran en forma negativa a las autoridades. [323] Un estudio de la cobertura de los medios de la campaña de referendo de diciembre de 2007 reveló que la cobertura de TVES no era menos parcial en cuanto al voto por el SI que la del canal estatal VTV. [324]
Al retirar la señal de RCTV de las ondas de radiodifusión públicas, solo Globovisión, cuya concesión de veinte años de duración vencerA en 2015, permanece en el aire como canal con una línea editorial inequívoca de oposición. Sin embargo, Globovisión transmite en señal abierta solo en Caracas y Valencia, con tan sólo una fracción del alcance de RCTV.
Globovisión
Globovisión también ha estado sometido a la presión del gobierno durante años debido a su línea política. Ha recibido cartas de advertencia de CONATEL debido al tono político de sus informes; con frecuencia se le ha negado el acceso a las conferencias de prensa del gobierno; y sus reporteros y camarógrafos han sido víctimas de agresiones físicas y amenazas por parte de los partidarios de ChAvez.
Si bien funcionarios del gobierno han reconocido que su concesión es legal, Globovisión, fundado en 1994, aún no ha recibido respuesta a una solicitud de transformación de su concesión, un trAmite obligatorio para los prestadores de servicios de radio y televisión cuyas concesiones fueron otorgadas antes de la entrada en vigor de la Ley OrgAnica de Telecomunicaciones de 2000. En virtud de esta ley, se obligaba a CONATEL a completar el proceso de validación antes de junio de 2002, pero al momento de la redacción del presente informe, dicho proceso aún continúa pendiente. [325]
Los ejecutivos de Globovisión se quejan de que las numerosas solicitudes que han presentado a CONATEL para ampliar la cobertura han sido denegadas o, la mayor parte de las veces, ignoradas. [326] En 1998, el último año del gobierno de Caldera, CONATEL asignó a Globovisión dos frecuencias adicionales en los estados de Vargas y Monagas, con un plazo de un año para instalar sus transmisores. Según Globovisión, en mayo de 1999 solicitó a CONATEL la prórroga de dicho plazo. Al no recibir respuesta alguna, presentó otras solicitudes para las frecuencias en agosto de 1999, enero de 2002, abril de 2002, junio de 2002 y febrero de 2005, todas ellas infructuosas. [327]
AdemAs de no responder a los pedidos de Globovisión, el gobierno decidió liberar las frecuencias que la compañía había tratado de obtener durante años. En septiembre de 2005, CONATEL inició una investigación administrativa contra Globovisión por no hacer uso de estas frecuencias. [328] Globovisión objetó esta medida alegando que no había recibido autorización legal para usarlas después del vencimiento del plazo inicial y que hacerlo sin autorización sería ilegal. Tres meses después, el Ministerio de Infraestructura decidió que efectivamente Globovisión no había incurrido en infracción y ordenó a CONATEL investigar la situación jurídica de las frecuencias. En abril de 2006, a pesar de las numerosas solicitudes de frecuencias presentadas por Globovisión durante varios años, CONATEL publicó una resolución mediante la cual las liberaba para que pudieran ser usadas por otros proveedores de servicios, sin ofrecer ninguna explicación a Globovisión sobre el resultado de sus demoradas solicitudes.
El Tribunal Supremo respaldó la negativa del gobierno de atender los reclamos de Globovisión. Globovisión había interpuesto una acción de nulidad ante el Tribunal Supremo con el fin de anular la resolución de abril de 2006 de CONATEL, alegando que se le había negado el derecho a ser oído. AdemAs solicitaba que se dictara una medida cautelar para suspender los efectos de esa resolución hasta que el tribunal se pronunciara sobre su legalidad. En noviembre de 2006, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo rechazó el pedido de medida cautelar de Globovisión con el argumento de que la falta de respuesta de CONATEL debía interpretarse como una negativa a los pedidos de Globovisión.[329] Dos años mAs tarde, el tribunal todavía no se ha pronunciado respecto de la legalidad de la resolución de CONATEL. [330]
En marcado contraste con los obstAculos burocrAticos a los que se enfrentó Globovisión en sus esfuerzos por llegar a una audiencia mAs amplia, Vive TV, un canal cultural estatal fundado por el gobierno en 2003 (nueve años después del inicio de Globovisión), se encuentra actualmente transmitiendo en señales públicas a Caracas y a los 23 estados de Venezuela. [331] Como hemos visto, el canal creado mAs recientemente por el gobierno, TVES, obtuvo en cuestión de días frecuencias en todo el país y una red de emisoras nacionales que RCTV estuvo obligado a entregar por un plazo indefinido y sin que mediara un proceso judicial.
Vale TV (Canal 5)
El trato que Vale TV recibe de CONATEL es otro ejemplo de falta de transparencia y arbitrariedad evidente del gobierno en la administración de las frecuencias de transmisión. En este caso, el motivo de discriminación fue menos político (la programación de Vale TV era políticamente inocua), pero parecía sustentarse en la convicción del gobierno de que las frecuencias de la estación pertenecían legítimamente al estado.
Durante la década de los noventa, el Canal 5 (entonces TVN-5), el canal estatal mAs antiguo de Venezuela, estaba prActicamente extinto; sólo retransmitía programas de deportes del principal canal estatal (VTV) durante algunas horas por día. En 1998 el Arzobispo de Caracas le propuso al entonces presidente Rafael Caldera que lo reemplazara con un nuevo canal educativo y cultural de servicio público, sin fines de lucro, con asistencia comercial y técnica de Venevisión, RCTV y Televen. En diciembre de 1998, CONATEL reservó las 27 frecuencias del Canal 5 en todo el país para que fueran usadas por Vale TV y autorizó a este canal a comenzar las transmisiones. [332]
El traspaso del Canal 5 al sector privado despertó una crítica generalizada en ese momento, principalmente porque los comentaristas de medios de la izquierda lo consideraban una privatización encubierta. Al asumir ChAvez, el gobierno comenzó con los trAmites para recuperar las frecuencias.
El 14 de diciembre de 2005, CONATEL anuló la concesión aprobada durante el gobierno de Caldera, argumentando que había sido asignada ilegalmente, y recuperó las 26 frecuencias fuera de Caracas que había concedido a Vale TV en 1998. Se le ordenó a Vale TV presentar una nueva solicitud para la frecuencia de Caracas y se le dio una autorización temporaria para transmitir en esa ciudad mientras se procesaba la solicitud. Vale TV pidió a CONATEL que reconsiderara la decisión, pero no recibió respuesta.
En abril de 2006, sin consultar en absoluto a Vale TV, CONATEL anunció que las 26 frecuencias habían pasado a manos del estado y que ahora estaban disponibles para su asignación a otros usuarios. [333] En marzo de 2007, Vale TV presentó ante CONATEL la solicitud requerida para su frecuencia de Caracas y también para cuatro de las que tenía originalmente en otros estados (Lara, Bolívar, AnzoAtegui y Carabobo). Al momento de la elaboración del presente documento, CONATEL había ratificado sólo la frecuencia de Caracas, con lo cual la cobertura de Vale TV quedó restringida a la capital. [334] Hasta donde sabemos, las 26 frecuencias que el estado recuperó de Vale TV aún no han sido asignadas a otros usuarios.
Radio y televisión comunitarias
Al mismo tiempo que el gobierno de Venezuela ha realizado actos de discriminación política en la distribución y administración de frecuencias radioeléctricas, también ha hecho mucho mAs que muchos países latinoamericanos por abrir oportunidades para los medios de transmisión comunitarios. El respaldo del gobierno a estos medios ha contribuido, en los últimos años, a que aumentara significativamente la cantidad de medios de radio y televisión comunitarios habilitados, lo cual ha brindado nuevas oportunidades de expresión pública a los residentes de muchas comunidades pobres de Venezuela.
Derecho internacional
Las Naciones Unidas han reconocido el papel de los medios comunitarios en la promoción de los objetivos del desarrollo sostenible por mAs de una década.[335] Los organismos internacionales como la UNESCO y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han destacado la importancia que tienen los medios comunitarios sin fines de lucro para los sectores mAs pobres de la población que, generalmente, tienen un acceso muy restringido a los medios convencionales. En su informe de 2002, el Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión, Eduardo Bertoni, reconoció el papel de tales medios en la ampliación del alcance de la libertad de expresión en sociedades con niveles de pobreza significativos.[336]
Apoyo del gobierno
Desde el golpe de 2002, CONATEL ha proporcionado millones de dólares para respaldar a los incipientes medios comunitarios en todo el país.
El gobierno brindó su apoyo, en parte, como reconocimiento por la labor desempeñada por las radios comunitarias durante el bloqueo informativo que tuvo lugar durante el golpe. Mientras los principales medios comerciales informaban que ChAvez había renunciado –y con VTV y Radio Nacional fuera de escena– sólo unas pocas frecuencias de radio comunitarias informaron que, en realidad, ChAvez había sido arrestado y convocaron a sus partidarios de los barrios a salir a las calles para protestar contra el golpe y exigir su regreso. Algunas pagaron inmediatamente el precio de haber dado a conocer esta información: dos medios comunitarios, Radio Perola y Catia TV, fueron allanados por la policía después de la jura ilegal de Carmona. [337]
Sin embargo, mucho antes del golpe, el gobierno de ChAvez se había comprometido a brindar apoyo a los medios comunitarios alternativos. Después de mAs de dos décadas de olvido y marginación, los medios comunitarios fueron incluidos formalmente, por primera vez, en el sector de las telecomunicaciones en la Ley OrgAnica de Telecomunicaciones, sancionada en 2000. La promoción de los medios comunitarios "para el ejercicio del derecho a la comunicación libre y plural" se encuentra mencionada en segundo lugar en la lista de objetivos de la ley.[338]
El Reglamento de Radiodifusión Sonora y Televisión Abierta Comunitarias de Servicio Público Sin Fines de Lucro (en adelante, "el Reglamento"), que entró en vigor en noviembre de 2001, fomenta la radiodifusión y la televisión comunitarias. Permite a cualquier persona idónea obtener una habilitación para operar una estación de radio o televisión comunitaria después de que CONATEL lleve a cabo una evaluación de viabilidad, y siempre que se cumpla con todas las condiciones en materia de independencia económica y diversidad. [339] CONATEL proporcionó asistencia técnica a medios comunitarios incipientes durante un año después de que el Reglamento entró en vigor, incluidos subsidios no reembolsables para infraestructura y capacitación. [340]
En octubre de 2003, ChAvez anunció que se donarían 5.000 millones de bolívares (aproximadamente US$ 2.300.000 al tipo de cambio actual) a un fondo que sería administrado por una cooperativa de operadores de medios comunitarios, para financiar capital de gestación, infraestructura y capacitación.[341] Para 2006, se habían gastado cerca de 3.994.008.000 bolívares (alrededor de US$ 1.862.442 al tipo de cambio actual) de ese dinero, a favor de 109 estaciones de radio y televisión comunitarias. De acuerdo con CONATEL, hasta agosto de 2007 existían 266 estaciones de radio comunitarias y mAs de 30 medios televisivos comunitarios con habilitación y en funcionamiento.[342]
Durante sus visitas a Venezuela en 2007, Human Rights Watch mantuvo entrevistas con personal de cinco estaciones de radio comunitarias en Caracas y Maracaibo. Cuatro habían recibido dinero de CONATEL para equipamientos, tales como computadoras, equipos de sonido o antenas, y algunas estaban operando desde instalaciones prestadas por el gobierno municipal o por otros organismos del gobierno. Radio Voces Libertarias, que alberga una escuela que brinda capacitación a jóvenes para adquirir conocimientos de radio y computación, tenía cinco voluntarios permanentes no remunerados, y un transmisor y computadoras prestados por la municipalidad, que también es propietaria del edificio desde el que opera. CONATEL estaba contratando trabajadores con mAs experiencia en la estación para organizar talleres de capacitación en otras partes del país.[343] Radio Nuevo Día, en el vecindario de bajos ingresos de Catia, también recibió asistencia del gobierno. "Todo lo que ven aquí, lo obtuvimos con la ayuda de CONATEL", comentó su director a Human Rights Watch.[344] Algunas radios comunitarias también recibieron ingresos a partir de publicidades del gobierno.
Pluralismo auspiciado por el estado
El régimen legal que se aplica a la transmisión comunitaria contiene normas para proteger a las emisoras de la injerencia del gobierno y de otras intervenciones externas. En virtud del Reglamento, se prohíbe la discriminación que impida el acceso a los servicios prestados; las estaciones estAn protegidas de ser controladas por una agrupación política o religiosa en particular; los aportes provenientes del estado no pueden estar sujetos a la condición de que la entidad que realice el aporte influya sobre el contenido del programa u otros controles; la programación no puede ser monopolizada por una persona o una sola agrupación; y la retransmisión de mensajes del gobierno sólo se acepta dentro de ciertos límites de tiempo. [345]
El Reglamento también establece que las "fundaciones" creadas para emprender un proyecto de radio comunitaria deben ser administradas mediante mecanismos democrAticos, participativos y plurales, y deben tener un órgano de dirección elegido cada tres años, o con mayor frecuencia.[346] Por otra parte, el Reglamento prohíbe que determinadas personas ocupen puestos oficiales en fundaciones de radios comunitarias, tales como funcionarios públicos, militares, dirigentes en cualquier nivel de partidos políticos, dirigentes o representantes de gremios o cAmaras.[347] AdemAs de estos controles, existe una disposición expresa en la ley que prohíbe la discriminación en el acceso a medios comunitarios. Las fundaciones deben asegurar "el acceso equitativo de todos los miembros de la comunidad a los servicios que presten" y no pueden "realizar ningún tipo de acción u omisión que implique discriminaciones que impidan el acceso al medio de algún individuo o grupo de éstos".[348] Los operadores deben disponer de espacios destinados a asegurar la participación directa de los miembros de la comunidad en los programas. No se permite la discriminación por motivos de "creencias políticas, edad, raza, sexo, credo, condición social o por cualquier otra condición". Los operadores deben abstenerse de transmitir mensajes partidistas o proselitistas de cualquier naturaleza.[349]
Una gran mayoría de las estaciones de radio comunitarias apoyan al gobierno de ChAvez. Sin embargo, no son homogéneas desde el punto de vista político ni se abstienen de realizar cuestionamientos. La mayoría estAn asociadas a la Asociación Nacional de Medios Comunitarios Libres y Alternativos (ANMCLA), que se formó tras una división en la Red Venezolana de Medios Comunitarios (RVMC), que colaboró con el gobierno en la redacción del reglamento de radios comunitarias. Actualmente, la RVMC tiene alrededor de 70 estaciones de radio, en comparación con las 130 que tiene ANMCLA.[350]
No todos los medios comunitarios estAn a favor de ChAvez, e incluso aquellos que sí lo estAn a menudo critican los actos de corrupción, la mala administración e ilícitos por parte de funcionarios locales. Entre las radios sin fines de lucro que han mantenido una línea de periodismo independiente se encuentra la red jesuita Fe y Alegría, que durante décadas se ha dedicado a la educación popular en algunas de las zonas mAs pobres de Venezuela, y que ha recibido distinciones tanto por parte del gobierno como de la oposición. Hay varias estaciones de radio habilitadas por CONATEL que critican abiertamente a ChAvez, tales como Radio Tropical Stereo, en la segunda ciudad mAs importante de Venezuela, Maracaibo.[351] El director de Radio Tropical Stereo comentó a Human Rights Watch que CONATEL no impuso ningún tipo de condiciones políticas cuando su solicitud de habilitación fue analizada en 2003.[352]
Si bien Human Rights Watch no ha documentado ningún caso de discriminación del gobierno contra prestadores de servicios de radio y televisión comunitarios, la dependencia de la mayoría de las estaciones comunitarias del estado en cuanto al financiamiento y las habilitaciones de transmisión las hace vulnerables a la posible interferencia política en el futuro, especialmente en vista de las preocupaciones manifestadas anteriormente respecto de la independencia de CONATEL.
Falta de protección judicial de la libertad de expresión
El Tribunal Supremo de Justicia no ha cumplido con su papel de defensor del derecho fundamental a la libertad de expresión frente a las amenazas del poder ejecutivo o la legislatura. Tal como se señaló anteriormente en este capítulo, dicho tribunal confirmó la constitucionalidad de las leyes de desacato, que son contrarias al derecho internacional sobre libertad de expresión que obliga a Venezuela. El tribunal también invocó estas leyes contra un periodista que lo criticó en los medios. En su manejo del caso RCTV en 2007, el Tribunal Supremo no logró garantizar que las decisiones acerca de la asignación y renovación de concesiones para utilizar las frecuencias radioeléctricas se realizaran de manera transparente, sin discriminación y con respeto al debido proceso.
El manejo del caso RCTV por parte del Tribunal
Tal como vimos anteriormente en este capítulo, el gobierno de ChAvez se negó a renovar la concesión de RCTV, con lo cual abusó de su facultad regulatoria para castigar un canal con programación crítica de ChAvez y demostró una clara indiferencia por consideraciones sobre el debido proceso. En aquel momento, RCTV y algunas de las personas que apoyaban al canal recurrieron al Tribunal Supremo para solicitar protección de sus derechos y presentaron recursos para impedir que se implementara la decisión presidencial de negarle a RCTV una renovación de su concesión.
El Tribunal Supremo, en lugar de proteger la libertad de expresión y debido proceso, cometió una serie de omisiones sumamente cuestionables -tales como demorar decisiones urgentes, no contemplar cuestiones fundamentales, desestimar datos clave y distorsionar los reclamos de las partes actoras-para luego expedirse a favor del gobierno.
Demoras que causan perjuicios
Los abogados de RCTV presentaron su primer recurso el 9 de febrero de 2007, seis semanas después de que ChAvez anunciara la decisión de no renovarle a la compañía su concesión. El recurso fue dirigido a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo, con el objeto de solicitar que se protegieran los derechos de los periodistas y propietarios de RCTV a la libre expresión, el debido proceso y el trato igualitario. Específicamente, la estación solicitó un amparo constitucionalcontra ChAvez y el ministro de telecomunicaciones, Jesse Chacón, a fin de evitar que tomaran medidas para obligarla a interrumpir la transmisión una vez que venciera su concesión. [353]
Conforme al derecho venezolano, el tribunal tiene la obligación de resolver los amparos constitucionales a la brevedad. No obstante, durante tres meses, la Sala Constitucional evitó expedirse sobre la materia. [354] Recién después de que el gobierno adoptara formalmente la decisión del presidente de no renovar la concesión, y diez días antes de que ésta venciera, la Sala Constitucional dictó sentencia. [355] Se denegó lo solicitado por la parte actora, se rechazaron algunos de sus reclamos y se remitieron otros a otra sala del tribunal, la Sala Político Administrativa (SPA).
La SPA, en ese momento, ya estaba revisando un recurso similar que los abogados de RCTV habían presentado por separado en abril, después de mAs de dos meses de esperar en vano una decisión de la Sala Constitucional. En este segundo recurso, la parte actora argumentó que la resolución del gobierno que formalizaba la decisión del presidente era inconstitucional y solicitó medidas cautelarespara evitar su implementación hasta que el tribunal resolviera definitivamente el caso.
La SPA emitió su propia decisión cinco días después que la Sala Constitucional [356] y declaró que la mayoría de los reclamos resultaban demasiado complejos para ser resueltos en esa instancia. En lugar de ello, se analizarían en la sentencia definitiva sobre el caso en algún momento futuro. [357] También se negó a dictar una medida cautelar a favor de RCTV mientras analizaba el fondo del asunto, con lo cual permitió que el gobierno siguiera adelante con su decisión y que RCTV perdiera su concesión, a pesar de la posible ilegalidad de la decisión y del inevitable y acaso irreparable daño que sufriría RCTV como consecuencia. [358] Al momento de la elaboración del presente documento, a mAs de un año del vencimiento de la concesión de RCTV, el tribunal aún no había dictado una sentencia definitiva. [359]
Argumentos cuestionables
AdemAs de postergar la emisión de una sentencia definitiva, ambas salas del Tribunal Supremo utilizaron argumentos sumamente cuestionables para intentar justificar por qué consideraron improcedentes los reclamos de RCTV.
Por ejemplo, la Sala Constitucional rechazó la apelación contra la decisión de ChAvez aduciendo que el presidente no tenía responsabilidad legal sobre la decisión de negarle a RCTV la renovación de su concesión. [360] El tribunal argumentó que la administración de las frecuencias de transmisión era responsabilidad exclusiva de CONATEL. [361] Si bien esto es correcto en términos generales, el tribunal pareció ignorar que la ley venezolana establece específicamente que las concesiones de televisión y radio de señal abierta son adjudicadas en forma directa, no por CONATEL, sino por el ministro de infraestructura (actualmente, el ministro de telecomunicaciones), un funcionario directamente subordinado al presidente. [362] Por lo tanto, ChAvez tenía plenas facultades para ordenarle al ministro que diera marcha atrAs a la decisión de no renovar la concesión de RCTV, tal como lo había solicitado la parte actora, independientemente de que la decisión hubiera sido tomada por el presidente en forma personal, o bien por su ministro. De hecho, ChAvez mismo había señalado en sus declaraciones públicas, con absoluta claridad, que él mismo había tomado la decisión. Este hecho fue completamente ignorado por el tribunal. [363]
Mientras tanto, la SPA desestimó el pedido de una medida cautelar con el argumento de que la acción del gobierno no amenazaba la libertad de expresión. Según el tribunal, RCTV podría continuar transmitiendo como canal de cable y la enorme audiencia de dicho canal en todo el país podría continuar viendo "muchos otros canales privados". El razonamiento de la SPA no consideró que RCTV era el único canal restante, entre los canales de señal abierta con cobertura nacional, cuya postura era manifiestamente crítica al gobierno. De la misma manera, tampoco tuvo en cuenta que amplios segmentos de la audiencia nacional de RCTV no tenían acceso a la televisión por cable, ni el enorme impacto que el manejo del caso por parte del presidente, abiertamente político y discriminatorio, podría tener sobre el derecho a la libre expresión en Venezuela.
De manera similar, al analizar el pedido de medida cautelar el tribunal desestimó el reclamo de RCTV sobre la violación de su derecho al debido proceso. RCTV argumentaba que no había tenido la oportunidad de responder a las acusaciones públicas de delitos e infracciones relacionadas con la transmisión, que fueron citados por las autoridades gubernamentales como causas que motivaron la decisión de no renovar su concesión. No obstante, el tribunal basó su decisión exclusivamente en un anAlisis de una resolución y una carta emitida por el ministro de telecomunicaciones en marzo de 2007. Ambos documentos cuidadosamente evitaban cualquier expresión de carActer punitivo. [364] No mencionó las expresiones públicas vertidas por ChAvez para justificar su decisión, ni tampoco el Libro Blanco en el cual se detallaban las supuestas transgresiones de RCTV para justificar la negativa a renovar su concesión. En función de este anAlisis sumamente selectivo, el tribunal determinó que la afirmación de RCTV respecto de su derecho al debido proceso era improcedente.
Apoyo al nuevo canal estatal
La respuesta del Tribunal Supremo a las peticiones presentadas por los opositores de RCTV fue drAsticamente diferente. Cinco días antes de que venciera la concesión de RCTV, la Sala Constitucional recibió una petición de 11 grupos de usuarios afines a ChAvez con la pretensión de que se dictara una medida cautelar para garantizar el acceso de los usuarios a TVES, el canal estatal que reemplazaría a RCTV después del vencimiento de su concesión. [365] El Tribunal tardó sólo tres días en admitir la demanda y otorgarle a la parte actora una medida cautelar.
Como se señaló anteriormente en este capítulo, TVES se creó sólo dos semanas antes de que la frecuencia de RCTV estuviera disponible. A medida que se acercaba la fecha de lanzamiento de TVES, los ministros reconocieron que el gobierno tenía pocos transmisores propios para transmitir su señal a todo el país.
Los 11 grupos de usuarios aducían en su recurso que si la transmisión de TVES no tenía alcance nacional, se violaría su derecho a la no discriminación y "a obtener una televisión de servicio público de calidad". La acusación de discriminación se fundaba en las declaraciones realizadas por ejecutivos de TVES sosteniendo que, por el momento, la señal de TVES únicamente se transmitiría a las ciudades de Caracas y Maracaibo y que sólo estaría disponible para el resto del país a través de la televisión por cable.
La Sala Constitucional admitió inmediatamente la demanda y dictó una medida cautelar mediante la cual asignaba los transmisores y equipos de transmisión de RCTV a CONATEL para que fueran utilizados por TVES. El Tribunal también ordenó al ministro de defensa que vigilara y protegiera las instalaciones de transmisión.
A fin de justificar esta medida, la Sala Constitucional señaló que la medida cautelar no menoscabaría los derechos de propiedad de RCTV, a pesar de que asignaba el control sobre tales instalaciones al estado. Sin embargo, el Tribunal no estableció un plazo para que CONATEL devolviera las instalaciones a su propietario o en su defecto iniciara acciones para la expropiación. En agosto de 2008, mAs de un año después de la sentencia del Tribunal, TVES continúa usando los transmisores.
El Tribunal utilizó una petición que intentaba lograr exactamente el resultado opuesto-impedir el retiro de RCTV de la señal de aire pública-para ratificar su decisión de que los equipos de RCTV debían asignarse para uso de TVES. Los Oyentes Interactivos de Radio (OIR), un grupo de usuarios de la oposición, solicitaron una medida cautelar para impedir que ChAvez y Chacón siguieran adelante con su plan de retirar a RCTV del aire, argumentado que tenían derecho a seguir teniendo acceso a la transmisión de RCTV. El Tribunal sostuvo que su derecho se respetaba al tener acceso a un servicio de televisión de calidad y no a un operador en particular, y que la medida cautelar que permitía a TVES emitir la señal desde los transmisores que utilizaba RCTV satisfacía cualquier pretensión que pudieran tener . [366]
En ambos pronunciamientos, el Tribunal declaró en forma inequívoca que las peticiones de medidas cautelares requerían la resolución inmediata del Tribunal:
[S]e observa que en determinadas ocasiones el objeto de la tutela constitucional requiere de una protección expedita, lo cual responde, a su vez, a la necesidad de asegurar, en su caso, la efectividad del pronunciamiento futuro del órgano jurisdiccional evitando que un posible fallo a favor de la pretensión quede desprovisto de la eficacia por la conservación o consolidación irreversible de situaciones contrarias a derecho o interés reconocido por el órgano jurisdiccional en su momento. [367]
Esto es exactamente lo que el Tribunal no hizo cuando respondió a las peticiones presentadas por los periodistas y propietarios de RCTV. [368]
Recomendaciones
Para prevenir futuros actos de violencia e intimidación contra periodistas, el gobierno debería:
- Asegurar que todos los ataques a periodistas sean investigados en forma inmediata y exhaustiva; y
- Evitar realizar declaraciones públicas provocativas que pudieran interpretarse como una aprobación de dichos ataques.
La Asamblea Nacional debería derogar todas las disposiciones legales que infringen el derecho internacional sobre libertad de expresión y generan una presión indebida para la autocensura. En especial, el gobierno debería:
- Derogar todas las leyes de desacato;
- Derogar todas las leyes que penalizan la difamación de funcionarios públicos e instituciones;
- Asegurar que las indemnizaciones civiles por difamación sean limitadas a fin de evitar la inhibición de la libertad de expresión; y
- Modificar la redacción del artículo 29(1) de la Ley de Responsabilidad Social para asegurar que el delito de incitación esté definido con precisión y se restrinja a las situaciones en las cuales los prestadores de servicios de radio y televisión inciten en forma directa y explícita a cometer delitos.
El gobierno debería garantizar la imparcialidad y el debido proceso en los procedimientos utilizados para exigir el cumplimiento de las leyes sobre radiodifusión. En especial, el gobierno debería:
- Asegurar que la investigación y sanción de las supuestas infracciones a dichas leyes estén a cargo de un organismo imparcial e independiente protegido de la interferencia política; y
- Asegurar que se les garantice a los presuntos infractores de las normas sobre las difusión de radio y TV el derecho de responder a las acusaciones en su contra.
A fin de salvaguardar el derecho de acceso a la información e incrementar la transparencia del gobierno y la responsabilidad de los funcionarios públicos, el gobierno debería:
- Presentar legislación para implementar de manera efectiva y no discriminatoria el derecho constitucional de acceso a la información en poder de entidades públicas.
El gobierno debería asegurar la imparcialidad en los criterios utilizados para adoptar decisiones de otorgamiento y renovación en la prestación de servicios de radio y televisión. El gobierno debería:
- Otorgarles a aquellos que soliciten concesiones y frecuencias la oportunidad de presentar sus casos y ser escuchados de forma tal que se les respete el derecho al debido proceso y que incluya garantías contra la interferencia política.


Delicious
Digg
StumbleUpon
Reddit
Ma.gnolia
Facebook
Google
Yahoo
Technorati