Un nuevo enfoque alentador: el caso de Nuevo León
Nuevo León es uno de los estados donde se han registrado la mayor cantidad de desapariciones en los últimos años. Según se indica en la versión preliminar—que se filtró al público—de una base de datos federal de personas desaparecidas elaborada por la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República, las autoridades de Nuevo León informaron 636 desapariciones entre agosto de 2006 y febrero de 2012 [332] . Una organización local de derechos humanos con sede en Monterrey, Nuevo León—Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC)—recibió denuncias sobre 1.007 desapariciones ocurridas en el estado entre 2009 y fines de 2012 [333] .
En 2010 y 2011, Human Rights Watch llevó a cabo varias visitas a Nuevo León para investigar abusos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad. El clima de impunidad casi absoluta que se advirtió durante estas visitas fue similar a la situación que habíamos observado en otros estados de México afectados por la violencia ligada al narcotráfico. A pesar de que existían claras evidencias de que se habían cometido abusos en forma extendida, algunas autoridades del estado negaban firmemente que se hubieran producido tales delitos, y tampoco juzgaban a los miembros de las fuerzas de seguridad que presuntamente los habían cometido [334] .
Esto agravó profundamente el escepticismo de víctimas y familiares frente a las autoridades. No sólo era improbable que colaborar con los investigadores reportara algún resultado, sino que además podía ser sumamente peligroso, considerando los vínculos de numerosos funcionarios con la delincuencia. A su vez, incluso los agentes del Ministerio Público más audaces y rectos, pero que trabajan en un entorno de corrupción generalizada, prácticamente no tenían incentivos para impulsar estos casos. En un círculo vicioso de desconfianza y anomalías, cuanto menor era la colaboración entre víctimas y autoridades para la resolución de estos delitos, más arraigado se tornaba el clima de impunidad.
Pero luego se produjo un cambio. Numerosos familiares de desaparecidos, agrupados en un movimiento de base que congrega a víctimas y en asociación con una organización de derechos humanos local, exigieron en forma colectiva que los agentes del Ministerio Público impulsaran las investigaciones con seriedad. Ante las fuertes presiones y bajo la mirada de los medios, los funcionarios del estado recibieron a las familias y aceptaron trabajar con ellas en la investigación de las desapariciones. En un primer momento, existía desconfianza de ambas partes. Sin embargo, a medida que los agentes del Ministerio Público (impulsados ahora por las familias a investigar los hechos y enfrentados a tener que rendir cuentas cuando no lo hicieran) comenzaron a examinar los delitos con seriedad, pudieron recuperar gradualmente la confianza de los familiares de las víctimas. Y los familiares, por su parte, empezaron a colaborar de manera más directa con los agentes del Ministerio Público. La combinación de esfuerzos genuinos por parte de los agentes del Ministerio Público y la ayuda y orientación de los familiares generó una nueva dinámica que permitió que algunas investigaciones avanzaran por primera vez en años.
Los resultados conseguidos en investigaciones concretas, aun si fueron limitados, despertaron la esperanza de que se pudieran resolver estos crímenes aberrantes, en muchos de los cuales parecían estar implicados agentes estatales. El círculo vicioso dio paso a un incipiente círculo virtuoso: a medida que los agentes del Ministerio Público ampliaban las investigaciones, se fortalecía la confianza de los familiares de las víctimas y se conseguían mayores avances. Y cuanto más avanzaban las investigaciones, había más víctimas dispuestas a denunciar lo que sabían. Por su parte, los agentes del Ministerio Público tomaron las tácticas y los conocimientos sólidos adquiridos en la investigación de casos individuales y los aplicaron al resto de los casos de desapariciones que estaban a su cargo.
Si bien los avances en las investigaciones han sido limitados y pocas personas desaparecidas han sido localizadas, haber superado el clima de incredulidad y desconfianza fue un logro concreto. De hecho, tras una década de documentar investigaciones deficientes y frustradas sobre violaciones de derechos humanos en México, el grupo de casos de Nuevo León representa una de las primeras ocasiones en que Human Rights Watch ha podido observar que se llevan a cabo investigaciones adecuadas. Así, el proceso de trabajo en Nuevo León ofrece un modelo sobre cómo superar algunos de los obstáculos más significativos que se interponen durante la investigación no sólo de desapariciones, sino de cualquier tipo de violaciones de derechos humanos en México.
No obstante, estos avances son incipientes y moderados. Sólo una proporción ínfima de las desapariciones ocurridas en Nuevo León han recibido este grado de atención. Asimismo, incluso en aquellas investigaciones en las cuales se ha aplicado este método de colaboración excepcional, a veces los familiares se han sentido frustrados porque en muchos casos igualmente no se puede localizar a sus seres queridos y se desconoce cuál fue su destino. Por otro lado, dado que el intento de complementar el trabajo de los agentes del Ministerio Público con la colaboración de los familiares responde a una iniciativa ad hoc, que depende totalmente de la buena voluntad del gobernador y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, esta iniciativa podría verse interrumpida a causa de una transición política, y se perderían así las buenas prácticas y los avances conseguidos.
“Reuniones de trabajo” entre familiares de víctimas, defensores de derechos humanos y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León
El factor que dio impulso a esta posibilidad de que funcionarios gubernamentales, defensores de derechos humanos y familiares de víctimas trabajaran juntos en la investigación de desapariciones fue una visita realizada a Monterrey por el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (en adelante, el Movimiento), una campaña de base popular integrada por víctimas de delitos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad y la delincuencia organizada. El Movimiento organizó una “caravana” de familiares de víctimas que se desplazó por todo México durante 2011. En cada sitio donde se detenía la “caravana”, en general los participantes organizaban encuentros y actos públicos, en los cuales se hacían presentes víctimas locales y sus familiares. Cuando la “caravana” llegó a Monterrey el 7 de junio de 2011, cerca de 300 personas organizaron un acto frente a la alcaldía de la ciudad para exigir justicia por las víctimas de delitos y violaciones de derechos humanos.
En respuesta, el gobernador de Nuevo León Rodrigo Medina de la Cruz instruyó al Procurador General de Justicia Adrián de la Garza para que abriera las puertas de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León y recibiera a las personas que se habían reunido en el acto [335] . Javier Sicilia y Emilio Álvarez Icaza, dos de los líderes del Movimiento, además de la hermana Consuelo Morales, quien dirige una organización de derechos humanos local denominada Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC), transmitieron la frustración de muchos de los asistentes porque las autoridades locales no investigaban desapariciones y otros delitos. De este modo, los familiares de los desaparecidos comenzaron a plantear sus casos al Procurador General de Justicia. De todas las personas presentes, solamente 11 familias pudieron transmitir sus casos durante esa noche. Debido a esto, el Procurador General de Justicia aceptó reunirse con los demás familiares de víctimas durante el mes siguiente—junto con representantes de CADHAC y el Movimiento—y se comprometió a ocuparse de sus casos [336] .
Las primeras reuniones se celebraron en forma colectiva. Todos los familiares y representantes del Movimiento y CADHAC se reunieron con representantes de la Procuraduría General de Justicia en una misma sala, y trataron cada uno de los casos individualmente. “Primero exponía el ministerio público el estatus de la averiguación previa, y luego el familiar del caso emitía sus preguntas, reclamos o aclaraciones”, contó Morales [337] . “En estas primeras reuniones los familiares, lloraban y casi no lograban manifestar su exigencia concreta de avance en las investigaciones”. Además, todos los participantes reconocieron que el sistema no era eficiente: en un día entero no pudieron analizar la mayoría de los casos, y los familiares y agentes del Ministerio Público que no estaban involucrados en el caso evaluado en ese momento debían esperar afuera hasta que llegara su turno.
Debido a esto, los participantes decidieron cambiar la estrategia. Los casos se dividieron entre los cuatro coordinadores de la Procuraduría General de Justicia del estado, cada uno de los cuales dirige las investigaciones en una región del estado y supervisa a los agentes del Ministerio Público que trabajan allí. El nuevo mecanismo preveía que cada familia se reuniría en forma individual con el agente del Ministerio Públicoasignado a la investigación de su caso y con el coordinador regional que lo supervisaba. También asistiría a cada reunión un defensor de derechos humanos de CADHAC. Durante las reuniones, los familiares de las víctimas, el defensor de derechos humanos y los agentes del Ministerio Público proponían una lista de tareas para impulsar la investigación, que serían implementadas por los agentes del Ministerio Público durante las semanas siguientes, y luego estos deberían informar los resultados en el próximo encuentro. A menudo, estas tareas de investigación implicaban realizar averiguaciones básicas que, antes de las “reuniones de trabajo”, habían sido ignoradas por los funcionarios gubernamentales, como entrevistar a testigos o visitar el lugar donde había ocurrido el delito. A partir de la información recabada por medio de estas iniciativas, los familiares y agentes investigadores obtendrían nuevos indicios, y así la investigación conseguiría avances a medida que se sucedieran las reuniones.
Vencer la desconfianza y fortalecer las prácticas de investigación
En un primer momento, según señalaron los tres grupos de participantes, hubo fuerte resistencia a la posibilidad de trabajar conjuntamente, propiciada por la desconfianza y las sospechas recíprocas. El Procurador General de Justicia de la Garza se refirió a un clima “frío” y de “antagonismo” [338] . Según señaló María del Mar Álvarez, abogada de CADHAC:
[l]as autoridades no estaban acostumbradas a rendir cuentas ni, mucho menos, dejar que otras personas revisaran o cuestionaran su trabajo; y en CADHAC teníamos una constante desconfianza en los funcionarios de la Procuraduría. El enojo e indignación generados en las familias y en CADHAC por la negligencia y falta de interés con que las averiguaciones estaban siendo integradas, se hacían presentes en cada una de las revisiones de expedientes; y la molestia ocasionada en el personal de la Procuraduría por las interpelaciones generaron momentos de tensión [339] .
Sin embargo, luego de cuatro o cinco reuniones, la desconfianza y la actitud defensiva de los participantes comenzaron a disiparse. Una de las claves de este cambio rotundo fue que los agentes del Ministerio Público realmente comenzaron a investigar los casos en forma exhaustiva y con mayor sentido de la urgencia, lo cual permitió que ganaran la confianza de familiares y defensores de derechos humanos.
Varios agentes del Ministerio Público dijeron a Human Rights Watch que este viraje en el modo en que abordaban los casos fue resultado de un nuevo “compromiso moral” que asumieron como parte del trabajo conjunto con los familiares de las víctimas [340] . “El compromiso nace de estar con los familiares. Te hace que te esfuerce más, y no sólo mandar oficios como se hizo en el pasado”, dijo el coordinador Eduardo Ayala Garza, quien se encargaba de supervisar a uno de los cuatro grupos de agentes del Ministerio Público [341] . Otro coordinador dijo a Human Rights Watch, “[t]uvimos que ponernos en sus zapatos—vivir el caso no sólo de la perspectiva de una autoridad, sino que también desde la perspectiva de la víctima” [342] .
Según señalaron diversos defensores de derechos humanos, esta perspectiva fue clave para que los agentes del Ministerio Público abandonaran la tendencia a culpar prematuramente a las víctimas. “Anteriormente, la averiguación solo tenía una denuncia, nada más”, manifestó la coordinadora María de la Luz Balderas Rodríguez. “No habían testigos, ni nada de evidencia.
Las leía y las ponía al lado” [343] . Cuando comenzaron las reuniones con los familiares, dijo, empezó a intentar identificar falencias en la investigación, buscar nuevas pistas e instar a los investigadores bajo su supervisión para que subsanaran estas fallas. Los agentes del Ministerio Público comenzaron a completar de manera más rigurosa algunos pasos básicos que desde hacía tiempo eran ignorados—como localizar los teléfonos celulares de víctimas o entrevistar a testigos clave—y descubrieron nuevos indicios que no habían advertido anteriormente.
La colaboración entre agentes del Ministerio Público y defensores de derechos humanos también contribuyó a fortalecer la confianza. El Procurador General de Justicia permitió que el personal de CADHAC accediera sin restricciones a los expedientes de las víctimas, que fueron examinados minuciosamente y utilizados por los abogados de esta organización para formular recomendaciones fundamentadas relativas a falencias en las investigaciones. También en esta instancia, la resistencia inicial de los agentes del Ministerio Público dio paso a un vínculo de trabajo más sólido. “Los agentes del Ministerio Público se empezaron a dar cuenta que [las revisiones de los expedientes] no eran un punto de agresión, sino que buscábamos cómo ayudar a que hicieran posible acercarnos a la verdad y dar con las personas que se buscaban”, indicó Consuelo Morales de CADHAC [344] . El resultado, conforme señalaron agentes del Ministerio Público y defensores de derechos humanos, fue un cambio gradual hacia investigaciones más exhaustivas y transparentes.
Cuando los familiares de las víctimas comenzaron a ver que los agentes del Ministerio Público se esforzaban por encontrar a sus seres queridos, recobraron confianza en los funcionarios y se mostraron más predispuestos a colaborar con ellos y sugerir posibles indicios, lo cual a su vez ayudó a abrir nuevas líneas de investigación. “Después de que comenzamos a trabajar en los casos de a uno, las personas comenzaron a depositar mayor confianza en nosotros. Empezaron a contarnos cosas”, aseveró el coordinador Román Sabino Loredo Esquivel [345] . “Los familiares temían que no fuéramos a investigar si nos enterábamos de que había vínculos delictivos que afectaban a la víctima o a los responsables”, indicó otro agente del Ministerio Público. “Ahora ven que eso no es cierto” [346] . Lo mismo sucedió con los miembros de CADHAC. “Las reuniones de trabajo dejaron de ser un espacio de lucha de poderes, y pasó a ser un espacio de búsqueda conjunta de soluciones a problemas comunes. Se descubrió que todos perseguíamos el mismo objetivo”, indicó Álvarez, de CADHAC [347] .
Los agentes del Ministerio Público y defensores de derechos humanos incorporaron otros cambios al proceso de diálogo para mejorar la efectividad de las investigaciones. Decidieron reunirse colectivamente al comienzo de cada jornada de “reuniones de trabajo” para fijar objetivos, y luego al final del día para identificar obstáculos crónicos y patrones en los distintos casos. Además, los agentes del Ministerio Público y los defensores de derechos humanos finalmente comenzaron a reunirse una semana antes de cada “reunión de trabajo” mensual para poder examinar los expedientes individuales. Estos encuentros adicionales ayudaron a los agentes del Ministerio Público a identificar posibles vínculos entre los casos, tales como desapariciones en las cuales aparentemente estaban implicados los mismos funcionarios o células delictivas. Asimismo, según indicaron los coordinadores, reunir a todos los coordinadores y defensores permitió que compartieran sus mejores prácticas de investigación e intercambiaran ideas para superar obstáculos comunes, como por ejemplo, indicar cuál es el modo más efectivo para que las empresas de telefonía entreguen los registros de los teléfonos celulares de las víctimas [348] . Por último, las reuniones ofrecieron un mecanismo adicional de supervisión conjunta que contribuyó a asegurar que los agentes del Ministerio Público estuvieran cumpliendo sus funciones.
Cambios institucionales
La Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León también implementó varios cambios institucionales importantes para fortalecer la capacidad de investigación de los agentes del Ministerio Público. Una de ellas fue redactar un protocolo sobre investigación de desapariciones forzadas destinado a agentes del Ministerio Público. Al momento de la redacción de este documento, el manual aún está siendo elaborado. Sin embargo, demuestra un esfuerzo serio del Ministerio Público por sistematizar una serie de pasos fundamentales que deberían adoptarse durante la búsqueda de víctimas y la identificación de los responsables.
Según manifestó el Procurador General de Justicia, el manual se desarrolló a partir de un aprendizaje clave que pudieron extraer de las “reuniones de trabajo”, a saber, que el período inmediatamente posterior a una desaparición es crucial para la investigación. “Lo que aprendimos es que si se hace[n] bien las primeras diligencias, alimenta mucho la investigación”, indicó el Procurador General de Justicia de la Garza [349] .
El manual es fundamental para asegurar que el conocimiento institucional y las buenas prácticas que han sido desarrollados por el actual Procurador General, los coordinadores y los agentes del Ministerio Público se transmitan a quienes los reemplacen. Como señaló un coordinador: “Se cometían muchos errores de nuestra parte. No solicitábamos las sábanas de llamadas de los celulares, ni registrábamos los vehículos robados [de las víctimas]. No buscábamos las cámaras de seguridad. Ahora, ya todo se hace por rutina” [350] .
Un segundo cambio clave fue la reforma del Código Penal del estado para tipificar las desapariciones forzadas que, anteriormente, no constituían un delito en Nuevo León. En noviembre de 2012, el Congreso de Nuevo León aprobó la reforma tras varios meses de trabajar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, Human Rights Watch, defensores de derechos humanos locales y familiares de víctimas, y con el apoyo pleno de la Procuraduría General de Justicia del estado [351] . La norma, que fue ratificada por el Gobernador Medina en diciembre [352] , puso fin a inexactitudes y omisiones de los proyectos anteriores que habrían sido incompatibles con los compromisos asumidos por México a través de tratados internacionales de derechos humanos [353] . Por ejemplo, los proyectos anteriores no contemplaban sanciones para las autoridades que autorizaran o facilitaran desapariciones forzadas mediante su complicidad o aquiescencia, sino que limitaban la responsabilidad a funcionarios que hubieran participado directamente en las desapariciones. Además de contravenir lo establecido en normas internacionales, esta definición en exceso acotada habría limitado considerablemente la capacidad de los agentes del Ministerio Público de investigar a autoridades que tuvieran pleno conocimiento de que se estaban produciendo desapariciones forzadas e, igualmente, no adoptaron ninguna medida. Este error se subsanó en la reforma que finalmente se sancionó en diciembre.
Un tercer cambio clave restringió la definición excesivamente amplia contenida en el Código Penal de Nuevo León sobre las detenciones efectuadas en flagrancia, la cual había contribuido a generar condiciones que propiciaban las desapariciones forzadas. En el derecho mexicano, las detenciones por flagrancia son aquellas supuestamente concretadas en el momento mismo en que una persona comete un delito, y a diferencia de otras formas de detención pueden llevarse a cabo sin antes obtener una orden judicial. Hasta diciembre de 2012 [354] , el Código Procesal Penal de Nuevo León permitía detener a personas por flagrancia hasta 60 horas después de la comisión del delito [355] . Esta definición coincide con un patrón general que existe en México, y en el cual las autoridades aplican una interpretación excesivamente amplia—y en muchos casos claramente absurda—acerca de qué constituye el período “inmediatamente posterior” a un delito, durante el cual se pueden efectuar detenciones por flagrancia. Luego, para justificar estas detenciones, a menudo los funcionarios apelan a señales ambiguas y subjetivas que no vinculan a los sospechosos con delitos concretos ni tampoco ameritan su detención inmediata [356] . Tales definiciones otorgan a las fuerzas de seguridad una discrecionalidad desmedida que puede dar lugar a detenciones arbitrarias, y esto fomenta condiciones en las cuales hay mayores probabilidades de que se produzcan desapariciones forzadas. En diciembre de 2012, los legisladores del estado de Nuevo León reformaron la ley y eliminaron la disposición que permitía las detenciones en flagranciahasta 60 horas después de ocurrido el delito [357] .
El cuarto cambio clave fue la designación a principios de 2012, por el Procurador General de Justicia, de cinco policías ministeriales para que trabajen exclusivamente en casos de desapariciones. La policía ministerial lleva a cabo investigaciones de campo para los agentes del Ministerio Público, que incluyen actividades como identificar a testigos y visitar el lugar de los hechos. En octubre de 2012, varios agentes del Ministerio Público comentaron a Human Rights Watch que los policías designados habían demostrado ser mucho más diligentes y confiables que otros policías ministeriales, y que estaban adquiriendo experiencia verdaderamente valiosa para investigar las desapariciones. En noviembre de 2012, de la Garza duplicó a 10 la cantidad de policías ministeriales en el equipo, y ha manifestado que prevé incorporar más policías en 2013.
Resultados obtenidos por medio de investigaciones más efectivas
Las mejoras en los métodos de investigación y las reformas institucionales han permitido conseguir avances en la investigación de casos de desaparición. Desde que comenzaron las “reuniones de trabajo”, los agentes del Ministerio Público han consignado a 52 personas presuntamente implicadas en siete investigaciones sobre desapariciones [358] . Que haya habido consignados en siete casos, sobre un total de 50, representa una proporción modesta, y además no implica necesariamente que hayan cometido el delito en cuestión o que finalmente un juez determine su culpabilidad. Sin embargo, en comparación con el período previo a que se iniciaran las “reuniones de trabajo”—cuando los agentes del Ministerio Público no trabajaban activamente en la investigación de cientos de desapariciones denunciadas, y no hubo consignados en ningún caso—representa un cambio radical.
Asimismo, incluso en casos incorporados a las “reuniones de trabajo” en los cuales no hubo consignados, varios familiares dijeron a Human Rights Watch que desde que se inició el proceso, los agentes del Ministerio Público habían adoptado medidas concretas para seguir líneas de investigación y buscar a sus seres queridos, algo que nunca había sucedido antes. Para estas familias, ver que los agentes del Ministerio Público adoptaran medidas de investigación básicas, como citar a potenciales implicados para ser interrogados, identificar testigos en los sitios donde sus seres queridos habían sido llevados por la fuerza, efectuar requisas en posibles “casas de seguridad” o exigir a las compañías telefónicas que proporcionaran los registros de los teléfonos celulares de las víctimas, les mostró que los agentes del Ministerio Público ahora estaban abordando los casos con mayor sentido de la urgencia, propósito y diligencia. Y tanto para los familiares de las víctimas como para los agentes del Ministerio Público, poder advertir resultados—ya sea nuevos indicios o que se desestime una hipótesis—ha sido clave para poner fin al clima de escepticismo e inercia y para que las partes puedan percibir que en verdad es posible resolver los casos y posiblemente se pueda dar con el paradero de las personas desaparecidas.
Por ejemplo, Israel Arenas Durán, de 17 años, Adrián Nava Cid, de 23, y los hermanos Gabriel y Reynaldo García Álvarez, que trabajaban en un vivero en Juárez, Nuevo León, desaparecieron en la noche del 17 de junio de 2011, luego de haber concurrido a un bar [359] . Esa noche, Israel Arenas había llamado a su hermano desde el bar y le había pedido que le acercara más dinero para pagar la cuenta. Mientras el hermano conducía hasta el bar, vio que Arenas era subido a un vehículo policial, identificado como patrulla 131. Los padres de Arenas acudieron inmediatamente a la dependencia policial, pero allí negaron que su hijo hubiera sido detenido [360] . Sus padres presentaron una denuncia ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León el 20 de junio.
La investigación sobre la desaparición de Arenas y sus tres amigos se asignó en un primer momento a una subdivisión de la Procuraduría General de Justicia del estado especializada en delitos cometidos por funcionarios. Los agentes del Ministerio Público detuvieron a un policía asignado a la patrulla identificada por el hermano de Arenas. Y, luego de que el padre de Arenas viera que el automóvil de su hijo, que también había desaparecido, era conducido por un hombre e indicara a la policía el sitio donde se encontraba esta persona, los agentes del Ministerio Público detuvieron a un segundo sospechoso (quien resultó ser ex policía) [361] . Sin embargo, con respecto a tomar la iniciativa para investigar la causa, los familiares de Arena dijeron que los agentes del Ministerio Público prácticamente no hicieron nada, y que se limitaron a hacer pesquisas a partir de los indicios aportados por ellos. Los familiares de las víctimas dijeron además que los agentes del Ministerio Público no habían actuado diligentemente para fundamentar la acusación contra los dos hombres que habían conseguido detener.
Cuando comenzaron las “reuniones de trabajo”, la desaparición de Arenas y sus tres amigos fue uno de los primeros casos que se incorporaron. En octubre de 2011, se designó un nuevo agente del Ministerio Público a cargo de la causa y un coordinador responsable de su supervisión, Eduardo Ayala. En las primeras reuniones, los familiares de víctimas y defensores de derechos humanos de CADHAC aportaron al Ministerio Público sugerencias concretas sobre líneas de investigación, que en su mayoría habían sido omitidas por los agentes investigadores anteriores [362] . Uno de los reclamos más comunes de los familiares era que los agentes del Ministerio Público interrogaran al propietario y el personal del bar adonde habían concurrido Israel y sus amigos la noche que fueron llevados, algo que no habían hecho los agentes investigadores anteriormente asignados al caso, a pesar de los reiterados pedidos de las familias.
Cuando los agentes del Ministerio Público cumplieron este paso básico, descubrieron nueva información sumamente relevante. Al investigar el bar donde estuvieron los cuatro hombres la noche de la detención arbitraria, según contó a Human Rights Watch el coordinador a cargo del caso, los agentes investigadores encontraron indicios que sugerían la colaboración del propietario del bar con la delincuencia organizada. Los agentes investigadores finalmente citaron al propietario y a los empleados del bar para interrogarlos, y confirmaron que las cuatro víctimas habían estado allí la noche de su desaparición. También descubrieron que las víctimas y el propietario habían discutido por la cuenta, y que a causa de ello los cuatro hombres se habían ido del bar. Este dato, sumado a que se interrogó al policía que detuvo a Arenas y había sido visto por su hermano la noche de la desaparición, ayudó a los agentes investigadores a intentar determinar el móvil del caso: tras mantener un altercado con los cuatro hombres, el propietario del bar había llamado a una organización delictiva para que interviniera, y los miembros de esta organización se habían contactado con policías corruptos para que detuvieran a los cuatro hombres cuando se alejaban en sus vehículos del bar y se los entregaran [363] . El caso indicaba que había existido una colaboración siniestra entre una organización criminal y policías locales.
Si bien no se han encontrado los cuerpos de las víctimas y aún no se ha iniciado el juicio de los presuntos responsables, la causa ha registrado avances desde que los agentes del Ministerio Público comenzaron a trabajar en colaboración con familiares de las víctimas. Tres personas han sido consignadas como presuntos responsables del delito y están a la espera de que se inicie el juicio, se detuvo a otros posibles implicados y los agentes investigadores han podido identificar un móvil creíble para el delito, que podría finalmente ayudar a determinar cuál fue el destino de los hombres desaparecidos. Muchos de estos avances fueron el resultado directo de la colaboración de los agentes investigadores con familiares de las víctimas.
De manera similar, en el caso de Agnolo Pabel Medina Flores—que fue llevado de su vivienda en Guadalupe, Nuevo León, por hombres armados el 2 de agosto de 2010—las “reuniones de trabajo” posibilitaron conseguir avances considerables en la investigación, que hasta ese momento había estado paralizada [364] . Los familiares de Medina esperaron dos meses para denunciar su desaparición, dado que albergaban la esperanza de poder negociar su liberación con los captores y por temor a sufrir represalias si hablaban con las autoridades [365] . Su madre finalmente presentó una denuncia en octubre de 2010, pero dijo que los agentes del Ministerio Público prácticamente no hicieron nada para investigar lo sucedido, y que perdió la confianza en los funcionarios [366] .
En julio de 2011, el caso de Medina fue uno de los 50 que comenzaron a investigar los agentes del Ministerio Público del estado junto con familiares y CADHAC, y a partir de ese momento se produjeron avances [367] . El coordinador responsable de supervisar la investigación indicó que, en un primer momento, los familiares no confiaban en los agentes del Ministerio Público—debido a que anteriormente habían tenido experiencias negativas—y se mostraban renuentes a transmitir información [368] . Sin embargo, luego de varias “reuniones de trabajo” en las cuales vieron que los agentes investigadores se esforzaban genuinamente, los familiares comenzaron a compartir información que abrió nuevas líneas de investigación. Por ejemplo, los familiares revelaron que los captores de Medina habían robado su dispositivo de comunicación por radio Nextel, el cual emite una señal de GPS, y que los familiares habían logrado identificar la ubicación del teléfono. Así, pudieron entregar un mapa con las señales a los agentes del Ministerio Público [369] .
Los agentes investigadores del estado también adoptaron medidas básicas que habían sido omitidas por sus predecesores, como entrevistar a posibles testigos que hubieran estado presentes la noche de la detención. Uno de los entrevistados contó a los agentes investigadores que pudo ver a varios automóviles de la policía de tránsito de la localidad de Guadalupe afuera de la vivienda de Medina cuando este fue llevado por la fuerza [370] . El testigo pudo identificar a uno de los policías que estaban allí a partir de fotografías aportadas por el Ministerio Público. El agente fue detenido por policías ministeriales en septiembre de 2012 [371] .
Los familiares de la víctima también aportaron información, que hasta el momento no habían divulgado, de que algunas amistades de Medina posiblemente estaban implicadas en la desaparición. A partir de estos y otros datos clave que se obtuvieron como resultado de las “reuniones de trabajo”, los agentes del Ministerio Público pudieron finalmente consignar a otras dos personas presuntamente implicadas en la desaparición. Aún se desconoce el paradero de Medina [372] .
Incluso en varios casos de desapariciones en los cuales los agentes del Ministerio Público aún no han consignado a posibles responsables ni han determinado cuál fue el destino de las personas desaparecidas, han logrado igualmente avances como resultado de un trabajo riguroso de investigación, que incluyeron desestimar a ciertos testigos, identificar a otros, o determinar el último sitio donde se vio a las víctimas o sus últimas llamadas telefónicas. Human Rights Watch presenció reuniones mantenidas entre agentes del Ministerio Público, familiares de víctimas y defensores de derechos humanos locales vinculadas con más de 12 casos de desapariciones durante 2012. En cada caso, los agentes del Ministerio Público transmitían a los familiares los resultados de tareas de investigación que se les habían asignado durante la reunión anterior. Cuando había nuevos indicios, los comunicaban a los familiares y acordaban cuáles serían los próximos pasos a seguir. Y si otros indicios no habían aportado nueva información, también lo comunicaban a los familiares. El tono del diálogo era constructivo y permitía a los familiares formular preguntas y sugerencias. En los pocos casos en que los agentes investigadores no habían completado las tareas asignadas, o lo habían hecho inadecuadamente, los familiares y coordinadores llamaron su atención al respecto.
Obstáculos y falencias que subsisten
A pesar de todos los avances que se han logrado en la investigación de desapariciones ocurridas en Nuevo León, aún subsisten enormes obstáculos que se interponen a la posibilidad de investigar estos hechos de manera efectiva y encontrar a quienes están desaparecidos.
Uno de los obstáculos que más comúnmente dificultan los esfuerzos de agentes del Ministerio Público, defensores de derechos humanos y familiares que investigan desapariciones es la falta de cooperación, idoneidad y credibilidad de otras autoridades cuyo aporte resulta crucial para las investigaciones. Entre estas autoridades se incluyen policías locales corruptos que obstruyen las investigaciones, agentes de la PGR que no permiten que los agentes investigadores del estado puedan acceder a personas detenidas en el ámbito federal que podrían tener información relevante sobre los casos, y autoridades de estados limítrofes que no responden a pedidos de información básica.
Por ejemplo, un agente del Ministerio Público dijo a Human Rights Watch que en varias oportunidades había pedido a funcionarios de un departamento de policía municipal de una localidad vecina que le entregaran los registros de las patrullas (donde se indican qué policías estaban trabajando en una fecha determinada) correspondientes a la noche en que se produjeron varias desapariciones [373] . Dado que los testigos entrevistados sugirieron que las víctimas habían sido detenidas arbitrariamente por policías, el agente del Ministerio Público deseaba determinar qué policías habían estado de servicio esa noche, a fin de poder citarlos para que respondieran preguntas. Durante dos meses, y a pesar de los sucesivos pedidos, en el departamento de policía se negaron a entregarle los registros de patrullas de esa noche. Cuando se comunicó telefónicamente para reiterar el pedido, le dijeron que los remitirían inmediatamente, sólo para seguir dilatando el envío. El Procurador General de Justicia debió comunicarse con la policía para exigir que entregaran los registros al agente del Ministerio Público, e igualmente la información nunca se envió. Cuando aproximadamente tres meses después de la solicitud los registros finalmente se entregaron, el agente del Ministerio Público pudo identificar a los dos policías que estaban de servicio la noche de las desapariciones. No obstante, cuando comunicó a la policía que tenía intención de hacer preguntas a los dos agentes, le indicaron que habían renunciado repentinamente una semana antes [374] . Los policías habían huido de la ciudad y, desde entonces, el agente del Ministerio Público no tuvo posibilidad de localizarlos.
Otro obstáculo que se manifiesta durante las “reuniones de trabajo” es que, debido a la frustración acumulada por algunos familiares ante los escasos avances conseguidos en las investigaciones, han dejado de colaborar con los agentes del Ministerio Público. Habituados a la falta de diligencia y la apatía de algunas autoridades, hay casos en que las familias interpretan que la imposibilidad de encontrar a sus familiares es una consecuencia de la inacción o las falencias de los agentes del Ministerio Público, y no de las complejidades propias de los delitos vinculados con desapariciones. Las investigaciones también se ven obstaculizadas debido a que, antes de que comenzaran las “reuniones de trabajo”, muchas veces los agentes del Ministerio Público habían dejado pasar meses o años sin dar ningún paso, un período durante el cual algunas evidencias se perdieron en forma irreversible. Ante las graves dificultades que enfrentan las familias que han perdido a un ser querido, y las experiencias negativas que han tenido con algunas autoridades, es comprensible que tenga una actitud de incredulidad. Sin embargo, esto agrava aún más las dificultades que implica investigar casos complejos. En palabras de un agente del Ministerio Público: “Para las familias, aún si hay consignados, entendemos que lo más importante son los desaparecidos. Me queda claro que nunca va a ser suficiente mientras no les encuentro” [375] .
Tal vez el desafío más importante que aún subiste es el de aplicar las prácticas de investigación aprendidas a través de la colaboración con familiares y defensores de derechos humanos en las “reuniones de trabajo” a otros cientos de casos de desapariciones ocurridas en Nuevo León, incluidos nuevos casos que siguen siendo denunciados. Si bien el Subprocurador General de Justicia del estado dijo a Human Rights Watch que todos los casos de presuntas desapariciones reciben la misma atención que los abordados por el grupo de trabajo [376] , nuestra investigación mostró que en los casos incorporados en las “reuniones de trabajo” la calidad de la investigación era notablemente superior respecto de aquellos que no habían sido incluidos. Esto se debe, en parte, a que los recursos son limitados. Teniendo en cuenta la dotación de personal que existe actualmente—y los altos índices delictivos de Nuevo León—sería imposible que los agentes del Ministerio Público dedicaran el mismo nivel de atención a otros cientos de casos de desapariciones.
Aun así, en varias investigaciones efectuadas por agentes del Ministerio Público estatal desde que se iniciaron las “reuniones de trabajo”, los agentes investigadores y funcionarios de seguridad repitieron algunos de los mismos errores crónicos y evitables, como no iniciar investigaciones inmediatamente en los casos denunciados, omitir localizar los teléfonos celulares de las víctimas durante los días siguientes a su desaparición o derivar a las familias a dependencias de las fuerzas de seguridad para que pregunten allí por el paradero de sus seres queridos. Varios defensores de derechos humanos de CADHAC confirmaron que en muchas de las desapariciones sobre las cuales tienen registros y que no han sido incluidas en las “reuniones de trabajo”—aproximadamente 150 casos en total—se observan varios de los mismos problemas y omisiones por parte de agentes del Ministerio Público y funcionarios de seguridad pública. Estos errores continúan frustrando los esfuerzos por sancionar a los responsables, encontrar a personas extraviadas e impedir que se produzcan desapariciones. Naturalmente, algunas familias cuyos casos no se incorporaron a las “reuniones de trabajo” han percibido esta disparidad, y se ha incrementado su frustración ante un sistema que perciben como desdoblado, en el cual los casos que reciben atención adecuada son solamente aquellos supervisados por defensores de derechos humanos y coordinadores.
Un enfoque alternativo: el caso de Coahuila
Nuevo León es uno de los estados en los cuales familiares de desaparecidos y organizaciones de la sociedad civil han logrado resultados satisfactorios al exigir a las autoridades que desarrollen nuevas estrategias para abordar el problema de las desapariciones. En el estado vecino de Coahuila—impulsado, en gran medida, por una coalición de familiares de víctimas denominada Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos en Coahuila (FUUNDEC)—el gobierno estatal ha adoptado medidas para formular un plan que permita buscar a personas desaparecidas, investigar sus casos y brindar asistencia a los familiares. Si bien este informe no evalúa las iniciativas de Coahuila con el mismo nivel de detalle con que se analizaron las de Nuevo León, en parte debido a que las iniciativas del gobierno en Coahuila aún no están tan avanzadas, en el enfoque empleado por este último estado se han podido observar fortalezas y deficiencias claramente diferenciadas.
El gobernador de Coahuila, Rubén Moreira, se ha referido públicamente en varias ocasiones a la magnitud del problema y la responsabilidad de abordarlo que recae sobre el gobierno del estado. En enero de 2012, un mes después de haber asumido su cargo, reconoció públicamente que desde 2007 habían desaparecido en Coahuila más de 1.600 personas [377] . En un evento público celebrado el 28 de marzo de ese año con el Grupo de Trabajo de la ONU sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, reconoció que “el Estado mexicano carece de una política integral para hacer frente al fenómeno de las desapariciones forzadas” [378] . Y cuando Human Rights Watch se reunió con distintos funcionarios estatales en Saltillo, Coahuila, en abril de 2012 (incluidos el Procurador General de Justicia del Estado de Coahuila, el jefe de seguridad pública, los agentes del Ministerio Público y el gobernador), todos hicieron una evaluación franca de los obstáculos que enfrentaban y asumieron que habían transcurrido varios años sin que el estado abordara el problema.
El gobierno estatal ha adoptado medidas para abordar el problema, en algunas oportunidades en colaboración con la sociedad civil. En enero de 2012, el Gobernador Moreira creó la Subprocuraduría para la Investigación y Búsqueda de Personas No Localizadas y propuso un plan para afrontar este problema en todo el estado. En estas iniciativas, el gobierno estatal ha colaborado—a veces, con entusiasmo, y en otras oportunidades, de manera renuente—con familiares de personas desaparecidas y organizaciones internacionales. Por ejemplo, el 14 de abril, el Gobernador Moreira se comprometió a implementar todas las recomendaciones, dentro del ámbito del estado, formuladas por el Grupo de Trabajo de la ONU. Para supervisar esa implementación, el gobierno estatal se comprometió a crear su propio “grupo de trabajo”, integrado por representantes del gobierno estatal, familiares de desaparecidos, organizaciones locales y la ONU. A partir de ese momento, estos actores han mantenido varias reuniones con el objeto de diseñar, de manera conjunta, una estrategia para implementar esas y otras recomendaciones fundamentales.
Lamentablemente, en algunas oportunidades, el cumplimiento de estos importantes compromisos por parte del gobierno de Coahuila ha mostrado deficiencias. Por ejemplo, en enero de 2012, los legisladores del estado reformaron el código penal de Coahuila para incorporar el delito de desaparición forzada, lo cual constituye una medida esencial para juzgar estos casos de manera efectiva. No obstante, la definición de desaparición forzada incluida en el código penal no es compatible con las normas internacionales de derechos humanos. Esto ocurre, en cierta medida, porque las autoridades locales no toman como base el texto de los tratados internacionales que México ha suscripto y ratificado [379] . Entre otras tantas falencias, la nueva norma establece una definición excesivamente acotada de qué actos constituyen una desaparición forzada, y no incluye las desapariciones llevadas a cabo por particulares con la aquiescencia de agentes del Estado. Tampoco establece en forma explícita, conforme lo exigen las normas internacionales, que las desapariciones forzadas son delitos permanentes. Los plazos de prescripción para su juzgamiento no podrán comenzar a computarse hasta que se haya completado el delito (es decir, hasta el momento en que se determine la suerte de la persona desaparecida), e incluso en ese momento, deben tener una extensión proporcional a la gravedad del delito.
En contraposición con las iniciativas del estado de Nuevo León, según ha sido señalado por familiares de desaparecidos, representantes de FUUNDEC y algunos agentes del Ministerio Público de Coahuila asignados a la Subprocuraduría para la Investigación y Búsqueda de Personas No Localizadas, hasta la fecha el avance en las investigaciones de desapariciones forzadas en Coahuila ha sido escaso, y las nuevas iniciativas aún deben promover una dinámica de trabajo más constructiva entre los agentes investigadores y los familiares de víctimas.
[332] Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica por la justicia y memoria de las personas desaparecidas en México. “Base de Datos de Personas No Localizadas”, http://desaparecidosenmexico.wordpress.com/descargas/, (consultado el 1 de enero de 2013). Para consultar una explicación más detallada del origen y las falencias de esta base de datos, ver más adelante el capítulo “El gobierno federal no crea bases de datos nacionales sobre personas desaparecidas y cuerpos no identificados”.
[333] Comunicación mediante correo electrónico enviada por Consuelo Morales, directora, CADHAC, a Human Rights Watch, 8 de enero de 2013.
[334] Human Rights Watch, Ni Seguridad, Ni Derechos, “Ausencia de justicia por asesinatos y desapariciones en Monterrey”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 3 de febrero de 2011, http://www.hrw.org/news/2011/02/03/mexico-deliver-justice-killings-disappearances-monterrey.
[335]Entrevistas de Human Rights Watch con Consuelo Morales, Monterrey, Nuevo León, 4 de junio de 2012, 23 de octubre de 2012; entrevista de Human Rights Watch con Adrián de la Garza, Procurador General de Justicia, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[336] Ibíd.
[337] Ibíd.
[338] Entrevista de Human Rights Watch con Adrián de la Garza, 25 de octubre de 2012.
[339] Correspondencia por correo electrónico entre Human Rights Watch y María del Mar Álvarez, abogada de CADHAC, 5 de diciembre de 2012.
[340] Entrevista de Human Rights Watch con Román Sabino Loredo Esquivel, coordinador, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[341] Entrevista de Human Rights Watch con Eduardo Ayala Garza, coordinador, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[342] Entrevista de Human Rights Watch con María de la Luz Balderas Rodríguez, coordinadora, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[343] Entrevista de Human Rights Watch con María de la Luz Balderas Rodríguez, 25 de octubre de 2012.
[344] Correspondencia por correo electrónico entre Human Rights Watch y Consuelo Morales, directora de CADHAC, 4 de diciembre de 2012.
[345] Entrevista de Human Rights Watch con Román Sabino Loredo Esquivel, 25 de octubre de 2012.
[346]Entrevista de Human Rights Watch con Eduardo Ayala Garza, 25 de octubre de 2012.
[347] Correspondencia por correo electrónico entre Human Rights Watch y María del Mar Álvarez, 5 de diciembre de 2012.
[348]Entrevista de Human Rights Watch con Román Sabino Loredo Esquivel, 25 de octubre de 2012.
[349] Entrevista de Human Rights Watch con Adrián de la Garza, 26 de octubre de 2012.
[350]Entrevista de Human Rights Watch con Eduardo Ayala Garza, 25 de octubre de 2012.
[351]María Alejandra Arroyo, “Tipifican en Nuevo León desaparición forzada, con penas hasta 40 años”, 14 de noviembre de 2012, http://www.jornada.unam.mx/2012/11/14/estados/038n2est (consultado el 28 de diciembre de 2012).
[352]Código Penal para el Estado de Nuevo León, Periódico Oficial de Nuevo León, 1990, según reforma del 13 de diciembre de 2012,
http://sg.nl.gob.mx/Transparencia_2009/Archivos/AC_0001_0007_00093957_000001.pdf, arts. 432-443 (consultado el 8 de enero de 2013).
[353]Carta enviada por José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch, al Congreso de Nuevo León sobre la tipificación de la desaparición forzada, 26 de octubre de 2012, http://www.hrw.org/news/2012/10/26/mexico-letter-nuevo-le-n-congress-criminalizing-enforced-disappearances (consultado el 16 de noviembre de 2012).
[354] Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf (consultado el 16 de septiembre de 2011), art. 16. La Constitución mexicana exige que las autoridades obtengan una orden judicial antes de llevar a cabo allanamientos y detenciones. Para que se dicte una orden judicial de detención, el agente del Ministerio Público que la solicite debe probar ante un juez que existe un delito, que el presunto responsable tiene vinculación con el delito y que hay información que señala la posible culpabilidad del sospechoso.
[355] Código Procesal Penal para el Estado de Nuevo León, Periódico Oficial de Nuevo León, 5 de julio de 2011, http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_procesal_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/, art. 174.
[356]Human Rights Watch, Ni Seguridad, Ni Derechos, “Abuso de la excepción de 'flagrancia'”.
[357]Código Procesal Penal para el Estado de Nuevo León, Periódico Oficial de Nuevo León, 2011, reformado el 28 de diciembre de 2012, http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_procesal_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/, art. 174.
[358] Comunicación mediante correo electrónico enviada por Consuelo Morales, directora, CADHAC, a Human Rights Watch, 8 de enero de 2013.
[359] Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Declaración testimonial de C. Luz María Duran Mota, madre de Israel Arenas Durán, Averiguación Previa 125/2011-I, 20 de junio de 2011 (en los registros de Human Rights Watch).
[360] Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Declaración testimonial de Irving Arenas Durán, Juárez, Nuevo León, 21 de junio de 2011 (en los registros de Human Rights Watch).
[361] Correspondencia entre Human Rights Watch y Eduardo Ayala, coordinador de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León a cargo de supervisar la investigación, 12 de noviembre de 2012.
[362] Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Declaración testimonial de C. Luz María Durán Mota, 20 de junio de 2011. Entrevista de Human Rights Watch con C. Luz María Durán Mota, Juárez, 4 de octubre de 2011.
[363] Correspondencia entre Human Rights Watch y Eduardo Ayala, coordinador de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, 12 de noviembre de 2012.
[364] Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León. Averiguación Previa AP/373/2010-I-1 (algunas secciones se encuentran en los registros de Human Rights Watch).
[365]Entrevista de Human Rights Watch con Blanca Esthela Flores González, madre de Agnolo Pabel Medina Flores, Monterrey, Nuevo León, 4 de junio de 2012.
[366] Ibíd.
[367] Ibíd.
[368] Entrevista de Human Rights Watch con Eduardo Ayala, coordinador, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, 26 de octubre de 2012, Monterrey, Nuevo León.
[369] Ibíd.
[370] Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, testimonio aportado por testigo de la noche en que Medina fue sustraído, Monterrey, Nuevo León, AP 373/2010-I-1, 16 de febrero de 2012 (en los registros de Human Rights Watch). La identidad de esta persona se mantiene bajo reserva por razones de seguridad.
[371] Correspondencia entre Human Rights Watch y Eduardo Ayala, coordinador de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, 12 de noviembre de 2012.
[372] Ibíd.
[373] Entrevista de Human Rights Watch con Ricardo Vita, coordinador, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[374] Ibíd.
[375] Entrevista de Human Rights Watch con María de la Luz Balderas Rodríguez, coordinadora, Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[376] Entrevista de Human Rights Watch con Javier Flores, Subprocurador General de Justicia de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, 25 de octubre de 2012.
[377] “Estiman que hay mil 600 desaparecidos en Coahuila”, Proceso, 14 de enero de 2012, http://www.proceso.com.mx/?p=294920 (consultado el 12 de febrero de 2013).
[378] Rubén Moreira, gobernador de Coahuila, discurso dado en la presentación del Informe sobre la Misión a México del Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, Saltillo, Coahuila, 28 de marzo de 2012.
[379]Código Penal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Gobierno de Coahuila, 1999, según reforma del 25 de mayo de 2012, art. 212 Bis, http://www.coahuila.gob.mx/index.php/leyes/informacion/4 (consultado el 12 de febrero de 2012). La disposición define a una persona que cometió una desaparición forzada como “[un] servidor público que con motivo o abusando de sus atribuciones, detenga y mantenga dolosamente oculta a una o varias personas”.






