21 de Febrero de 2013

No se juzgan desapariciones forzadas ni otros graves abusos documentados anteriormente por Human Rights Watch

Human Rights Watch presentó las conclusiones de su informe sobre los abusos que se han cometido en el marco de operativos contra el narcotráfico en México, Ni Seguridad, Ni Derechos, al Presidente Calderón y miembros clave de su gabinete el 9 de noviembre de 2011, junto con una serie de recomendaciones acerca de cómo este gobierno podía abordar los abusos durante el último año de su mandato [380] . En respuesta, el Presidente Calderón indicó a Human Rights Watch que su gobierno examinaría todos los casos documentados en el informe, así como la posterior investigación de estos casos (o la ausencia de tal investigación), a fin de determinar si había autoridades implicadas en violaciones de derechos humanos. También manifestó que su gobierno examinaría y consideraría todas las recomendaciones generales contenidas en el informe. Calderón propuso conformar una comisión conjunta con Human Rights Watch que se encargaría de llevar a la práctica estos compromisos, y manifestamos estar de acuerdo con este proyecto.

El 10 de noviembre, Human Rights Watch se reunió con funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores para debatir sobre la misión que tendría la comisión. Acordamos que transmitiríamos en forma completa la documentación sobre violaciones de derechos humanos individuales documentadas en Ni Seguridad, Ni Derechos, con el objeto de conseguir avances en las investigaciones, y que brindaríamos asesoramiento al gobierno en la implementación de las recomendaciones generales del informe. Los funcionarios señalaron que convocarían a Human Rights Watch a una primera reunión en diciembre, para dar inicio al trabajo de la comisión.

Durante los meses siguientes, el gobierno de Calderón transmitió mensajes contradictorios en relación con los derechos humanos. Por un lado, en un discurso pronunciado el 9 de diciembre, el Presidente Calderón anunció que adoptaría varias medidas que coincidían exactamente con las recomendaciones que habíamos formulado, tales como ordenar que las fuerzas de seguridad pongan inmediatamente a los detenidos, incluidas aquellas personas arrestadas en flagrancia, a disposición de agentes del Ministerio Público del fuero penal ordinario; ordenar a las fuerzas de seguridad que hagan públicas y, de ser necesario, actualicen las directivas sobre uso de la fuerza, cadena de custodia y preservación de evidencias; y crear una base de datos federal intergubernamental sobre personas desaparecidas [381] .

Sin embargo, aproximadamente un mes después, el Secretario de Gobernación Alejandro Poiré envió una carta a Human Rights Watch en la cual cuestionaba el informe donde se habían formulado tales recomendaciones y las conclusiones que, en su mayoría, habían sido aceptadas por Calderón durante una reunión mantenida con Human Rights Watch. La carta desestimaba las conclusiones presentadas en Ni Seguridad, Ni Derechos y señalaba que se basaban en “múltiples imprecisiones y afirmaciones sin sustento” [382] , una afirmación que fue reiterada por el secretario en dos conferencias de prensa ofrecidas posteriormente ese mismo mes. Por ejemplo, Poiré señaló que el informe contenía “errores” y “afirmaciones categóricas y generalizadas... [que] no reflejan la situación real de México”, e indicó a la vez que había ofrecido pruebas de tales señalamientos en una carta enviada a Human Rights Watch.

Tras un examen minucioso de la carta, concluimos que ninguna de las críticas formuladas por Poiré sobre el informe tiene sustento. En una respuesta detallada que Human Rights Watch envió a Poiré (reproducida en el anexo 2 de este informe) el 1 de marzo de 2012, refutamos cada uno de sus señalamientos [383] . Por ejemplo, Poiré criticó que en nuestro informe se había usado la expresión “guerra contra el narcotráfico”, y expresó al respecto que se trataba de “una imprecisión de la que parten muchas otras” [384] . Sin embargo, como destacamos en nuestra respuesta, empleamos este término—siempre entre comillas—porque era utilizado frecuentemente por el gobierno de Calderón para aludir a sus medidas contra el narcotráfico. Mencionamos que en más de 50 ocasiones el Presidente Calderón se había referido abiertamente a su estrategia de seguridad pública como una “guerra” contra los narcotraficantes o la delincuencia organizada, y consultamos la mayoría de estas declaraciones a través del sitio web oficial de la presidencia.

La carta de Poiré también cuestionaba nuestra afirmación de que la tortura constituía un problema “sistemático” en los cinco estados donde llevamos a cabo nuestra investigación [385] . Sin embargo, como se explica en nuestra respuesta, encontramos evidencias de que se produjeron torturas en todos los estados examinados, mediante los mismos métodos específicos (descargas eléctricas, asfixia por ahogamiento y otras técnicas de asfixia), en circunstancias similares (cuando las víctimas fueron detenidas supuestamente en flagrancia o sin la correspondiente orden de detención), en lugares similares (bases militares o estaciones de policía) y con la misma finalidad (obtener información o confesiones por medios coercitivos). Existían motivos válidos para concluir que se trataba de una práctica sistemática.

Asimismo, Poiré expresó que “lament[aba]” que “no se haya permitido al Gobierno Federal y a ninguna autoridad mexicana, ya no digamos dar su versión de los hechos, sino que ni siquiera se les haya brindado la oportunidad de conocer las imputaciones” [386] . Sin embargo, como se indicó en nuestra respuesta, durante nuestra investigación intentamos reiteradamente reunirnos con las autoridades relevantes para conocer su versión de los hechos. Varios representantes de Human Rights Watch se reunieron con funcionarios de la Policía Federal, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Gobernación, además de funcionarios municipales y de los estados, para analizar casos concretos y patrones de abuso en general. Todas estas autoridades fueron debidamente citadas en el informe. En los casos en que no se incluyeron versiones oficiales, esto se debió principalmente a que algunas autoridades se rehusaron a responder nuestras consultas o bien proporcionaron información incompleta o falsa.

Estas y otras afirmaciones infundadas, indicó Human Rights Watch, podían interpretarse como una demostración de que el gobierno de Calderón no estaba considerando seriamente su obligación jurídica de investigar y sancionar las violaciones de derechos humanos documentadas en nuestro informe. Sin embargo, dado que consideramos prioritario que las víctimas de los casos que habíamos documentado pudieran obtener justicia y que se propiciara el desarrollo de una estrategia de seguridad pública que ayudara a reducir estas violaciones de derechos humanos generalizadas, Human Rights Watch manifestó su intención de continuar trabajando con el gobierno en la comisión. Para ello, representantes de Human Rights Watch se reunieron con Poiré en marzo y abril de 2012.

En la reunión de marzo, funcionarios de la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República que representaban al gobierno en la comisión demostraron que desconocían información básica sobre los casos documentados en el informe. Por ejemplo, los funcionaros presentaron a Human Rights Watch una lista que, según indicaron, contenía todos los casos mencionados en Ni Seguridad, Ni Derechos, y señalaron que para ello habían reunido información actualizada acerca de si se habían iniciado investigaciones formales y, en caso afirmativo, cuál era el estado de avance. Sin embargo, la lista no incluía gran cantidad de casos citados en el informe, los cuales fueron señalados por Human Rights Watch a los funcionarios, entre ellos nada menos que 57 casos de tortura que no aparecían en la lista.

Asimismo, respecto de aquellos casos incluidos en la lista, la información supuestamente “actualizada” sobre las investigaciones contenía numerosos errores y omisiones, como inexactitudes en la identificación de los lugares donde se habían producido los abusos, cuáles eran las fuerzas de seguridad presuntamente implicadas y si se habían iniciado investigaciones. Por ejemplo, los funcionarios de la Secretaría de Gobernación señalaron que no se habían iniciado investigaciones en decenas casos que habían sido citados en Ni Seguridad, Ni Derechos señalando el número de investigación, la fecha y el organismo a cargo. Uno de estos casos es el de una mujer que habría sido agredida sexualmente y torturada por policías en Cárdenas, Tabasco, acerca del cual el informe de Human Rights Watch había citado el expediente de la investigación, la declaración oficial prestada por la víctima ante la agencia del Ministerio Público del estado, las órdenes de arresto, informes médicos oficiales y una denuncia interpuesta ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tabasco [387] . Resulta más preocupante aún que, casi cuatro meses después de la publicación del informe, los funcionarios gubernamentales de la comisión no pudieron indicar que hubiera avances en la investigación ni el juzgamiento de actores estatales implicados en ninguno de los casos de abusos documentados. 

Las comunicaciones posteriores mantenidas con funcionarios de la comisión reflejaron la misma falta de diligencia. Por ejemplo, en mayo de 2012, funcionarios de la Secretaría de Gobernación enviaron a Human Rights Watch dos listas de víctimas cuyos casos fueron documentados en Ni Seguridad, Ni Derechos o aportados a funcionarios por Human Rights Watch en reuniones posteriores [388] . Según los funcionarios, una de ellas era una lista de “víctimas respecto de las cuales no se tiene registro de que exista alguna investigación” por agentes del ministerio público militar, federal o de los estados, mientras que en la otra se indicaban las “víctimas respecto las cuales las únicas investigaciones existentes son en su calidad de presuntas responsables”, en lugar de figurar como víctimas [389] .

No obstante, como señaló Human Rights Watch en una carta enviada a Poiré en junio, las listas incluían casos en que, contrariamente a lo señalado por el gobierno, sí se habían iniciado investigaciones, lo cual demuestra una grave omisión por parte de la Secretaría de Gobernación, que no recabó información precisa. Concretamente, la SEGOB indicó que no se habían iniciado investigaciones sobre presuntas violaciones de derechos humanos en los casos de 67 víctimas cuyos nombres se incluyeron en listas enviadas a Human Rights Watch. Pero en más de 12 de esos casos, Human Rights Watch había aportado información—tanto a través de Ni Seguridad, Ni Derechos como en encuentros posteriores con autoridades—sobre denuncias o investigaciones impulsadas por agentes del Ministerio Público federal, estatal y/o militar que aún no habían sido resueltas. Por ejemplo, la SEGOB indicó que no había una investigación en curso sobre la desaparición forzada y la ejecución extrajudicial de cuatro civiles—Juan Carlos Chavira, Dante Castillo, Raúl Navarro y Félix Vizcarra a manos de policías municipales, ocurridas en Ciudad Juárez, Chihuahua, en marzo de 2011 [390] . Conforme se señaló en Ni Seguridad, Ni Derechos, y se reiteró durante las reuniones de marzo y abril con la Secretaría de Gobernación, tres policías fueron consignados por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chihuahua en esta causa. En ese entonces, el caso también había tenido difusión en la prensa [391] . La información relativa a este y otros casos podría haber sido obtenida fácilmente por la Secretaría de Gobernación a través de bases de datos públicas o consultando a las autoridades investigadoras relevantes [392] .

El comunicado emitido por la SEGOB en mayo de 2012 también indicó que, en algunos de los casos expuestos en Ni Seguridad, Ni Derechos, los agentes del Ministerio Público no habían iniciado investigaciones penales. Es decir, aproximadamente seis meses después de que Human Rights Watch aportara a las autoridades federales y del estado evidencias contundentes sobre graves violaciones de derechos humanos, los agentes del Ministerio Público no habían iniciado investigaciones en muchos de estos casos. Ello implica una grave omisión por parte de las autoridades. Funcionarios del gobierno de Calderón y los gobernadores de los cinco estados analizados en el informe, a quienes se proporcionaron copias del documento, no cumplieron su obligación de transmitir a los agentes del Ministerio Público denuncias creíbles sobre delitos [393] , o bien lo hicieron pero los agentes del Ministerio Público no iniciaron las correspondientes investigaciones.

Durante las reuniones mantenidas por Human Rights Watch con la comisión, los representantes de la SEGOB no aportaron evidencias sobre ningún caso, de las más de 230 violaciones de derechos humanos documentadas en Ni Seguridad, Ni Derechos, en los cuales los agentes del Ministerio Público federal, estatal o militar hubieran conseguido avances importantes en la investigación y el juzgamiento de delitos graves presuntamente cometidos por actores estatales.

[380] El 8 y el 9 de noviembre de 2011, la delegación de Human Rights Watch también presentó las conclusiones durante encuentros que mantuvo por separado con altos miembros del gobierno de Calderón, entre ellos la Procuradora General de la República Marisela Morales, el Secretario de Gobernación Francisco Blake Mora, la Secretaria de Relaciones Exteriores Patricia Espinosa y el Almirante de Marina Mariano Francisco Saynez Mendoza.

[381] “El Presidente Calderón en la Entrega del Premio Nacional de Derechos Humanos 2011”, discurso, 9 de diciembre de 2011.

[382] Carta enviada por el Dr. Alejandro Poiré Romero, Secretario de Gobernación, Secretaría de Gobernación, a Human Rights Watch, 10 de enero de 2012, pág. 3. 

[383] Carta enviada por Human Rights Watch al Dr. Alejandro Poiré Romero, Secretario de Gobernación, Secretaría de Gobernación, 1 de marzo de 2012. 

[384]Carta enviada por el Dr. Alejandro Poiré Romero a Human Rights Watch, 10 de enero de 2012, pág. 3. 

[385] Ibíd.

[386] Ibíd., pág. 2.

[387] Human Rights Watch, Ni Seguridad, Ni Derechos, págs. 32, 37-39. 72-78.

[388] Comunicación por correo electrónico enviada por funcionario de la Secretaría de Gobernación, Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, a Human Rights Watch, 29 de mayo de 2012. 

[389] Ibíd.

[390] Human Rights Watch, Ni Seguridad, Ni Derechos, “Detención arbitraria, desaparición forzada y ejecución extrajudicial de cuatro civiles, Ciudad Juárez, Chihuahua”, 9 de noviembre de 2011, http://www.hrw.org/reports/2011/11/09/neither-rights-nor-security-0, págs. 150-153. 

[391]Juan Manuel Cruz, “Caen tres agentes en Juárez por desaparición de cuatro hombres”, El Universal, 9 de abril de 2011, http://www.eluniversal.com.mx/estados/80056.html (consultado el 19 de junio de 2012). “Ordena Teto indagar a policías plagiarios”, El Mexicano, 31 de marzo de 2011, http://www.oem.com.mx/elmexicano/notas/n2023615.htm (consultado el 19 de junio de 2012). Berenice Gaytán, “Dan otro año de prisión preventiva a policías”, Diario de Juárez, 4 de abril de 2012, “http://www.diario.com.mx/notas.php?f=2012/04/05&id=8dd03c04d856319a7f64ffd53d75e148 (consultado el 19 de junio de 2012).

[392]Y se advirtió una omisión aún más alarmante en el caso de Miriam Isaura López Vargas, quien afirmó haber sido agredida sexualmente y torturada por soldados en una base militar en Baja California, en febrero de 2011. La Secretaría de Gobernación señaló que el único procedimiento en curso sobre el caso de López era una investigación penal iniciada en su contra. Sin embargo, un abogado que representaba a la SEGOB estuvo presente en una reunión celebrada el 14 de diciembre de 2011, junto con PROVÍCTIMA y una organización de derechos humanos que representaba a López, en la cual se acordó que la víctima presentaría una denuncia formal al día siguiente ante la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA). De hecho, la SEGOB envió una carta oficial al abogado de la víctima donde corroboró lo acordado durante la reunión y un funcionario de la SEGOB acompañó a la víctima el 15 de diciembre cuando esta presentó su denuncia formal, a partir de la cual la Fiscalía Especial inició una investigación de los abusos sufridos El desconocimiento manifestado por la SEGOB respecto de investigaciones en las cuales han participado directamente sus representantes permite dudar sobre su capacidad e intención de llevar un seguimiento de otros casos en los cuales no ha tenido intervención directa. Ver carta enviada por Carlos Garduño Salinas, Director General Adjunto, Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, Secretaría de Gobernación, a Juan Carlos Gutiérrez Contreras, Director General de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, UPDDH/911/6286/2011, 14 de diciembre de 2011; Miriam Isaura López Vargas, denuncia ante la Procuraduría General de la República, AP/PGR/FEVIMTRA-C/139/2011, del 15 de diciembre de 2011.

[393] Los artículos 116 y 117 del Código Federal de Procedimientos Penales establecen la obligación de todos los ciudadanos que toman conocimiento de delitos, especialmente los funcionarios, de denunciarlos al Ministerio Público. Asimismo, el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República indica que, cuando esta tome conocimiento de un delito, deberá comunicar inmediatamente este dato por escrito a la autoridad competente. En casos de tortura, conforme se establece en el artículo 11 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, el funcionario que tome conocimiento de posibles hechos de tortura y no lo denuncie podrá ser sancionado con pena de prisión de hasta tres años. Estas obligaciones conforme al derecho federal se reiteran en requisitos similares estipulados en la legislación de los estados y se imponen además en los tratados internacionales de derechos humanos, que desde la reforma constitucional implementada en México en diciembre de 2010 gozan de igual jerarquía que las normas internas. Código Federal de Procedimientos Penales, Diario Oficial de la Federación, 1934, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/7.pdf, arts. 116 y 117; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Diario Oficial de la Federación, 2009, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOPGR.pdf, art. 4; Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, Diario Oficial de la Federación, 1991, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/129.pdf, art. 11.