Recomendaciones
Nueva York
A la Legislatura del estado de Nueva York
- Promulgar leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Modificar o derogar el artículo 240.37 de la Ley Penal de Nueva York (New York Penal Law), la norma que prohíbe el merodeo con fines de prostitución, por ser incompatible con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
Ciudad de Nueva York
Al Consejo Municipal de Nueva York
- Promulgar leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Promulgar la Ley de Seguridad en las Comunidades (Community Safety Act), una norma que prohíbe y brinda una reparación en los casos en que la identificación de personas utilizando criterios selectivos afecte de manera desproporcionada a las personas y las comunidades en función de su raza, orientación sexual, identidad de género y otros motivos prohibidos.
Al Alcalde de la Ciudad de Nueva York
- Brindar apoyo a leyes que prohíban utilizar los preservativos como prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Dictar un decreto ejecutivo que prohíba al Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York utilizar los preservativos como pruebas de prostitución y delitos relacionados.
- Adoptar las medidas necesarias en términos de políticas, supervisión y acciones disciplinarias para garantizar que las interacciones del Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York con trabajadores sexuales, personas transgénero y jóvenes LGBT en la Ciudad de Nueva York cumplan con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos, y se lleven a cabo con respeto y de manera profesional.
Al Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Emitir una directiva para todos los policías en la cual se destaque la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y para la salud sexual y reproductiva. Asegurar que los policías reciban capacitación periódica sobre este protocolo, y que deban rendir cuentas en caso de que no lo cumplan.
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Adoptar políticas, directrices y mecanismos de aplicación de la ley que garanticen que las interacciones con trabajadores sexuales, personas transgénero y jóvenes LGBT cumplan con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos, y se lleven a cabo con respeto y de manera profesional.
- Adoptar políticas, directrices y mecanismos de aplicación de la ley que garanticen que, en todos los casos en que se intercepta, cachea y revisa a personas, se cumplan las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
A los Fiscales de Distrito de la Ciudad de Nueva York
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para realizar acusaciones por prostitución y delitos relacionados.
- Brindar apoyo a leyes que prohíban utilizar los preservativos como prueba de prostitución y delitos relacionados.
Al Departamento de Salud e Higiene Mental de Nueva York
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Instar al Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York (New York City Police Department, NYPD) a que deje de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Llevar a cabo capacitaciones y participar en otras iniciativas en colaboración con el NYPD que destaquen la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y la salud sexual y reproductiva.
Washington, DC
Al Consejo del Distrito de Columbia
- Promulgar leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Modificar o derogar las leyes contra la prostitución que sean imprecisas, excesivamente amplias, y que den lugar a la discriminación y las detenciones arbitrarias, por ser incompatibles con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
Al Alcalde de Washington, DC
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Dictar un decreto ejecutivo que prohíba al Departamento de Policía Metropolitana considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Apoyar la modificación o derogación de leyes contra la prostitución que sean imprecisas, excesivamente amplias, y que den lugar a la discriminación y las detenciones arbitrarias, por ser incompatibles con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
- Adoptar las medidas necesarias en términos de políticas, supervisión y acciones disciplinarias para garantizar que las interacciones del Departamento de Policía Metropolitana con trabajadores sexuales y personas transgénero en Washington, DC cumplan con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos, y se lleven a cabo con respeto y de manera profesional.
Al Departamento de Policía Metropolitana
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Emitir una directiva para todos los policías en la cual se destaque la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y para la salud sexual y reproductiva. Asegurar que los policías reciban capacitación periódica sobre este protocolo, y que deban rendir cuentas en caso de que no lo cumplan.
- Adoptar políticas, directrices y mecanismos de aplicación de la ley que garanticen que las interacciones con trabajadores sexuales y personas transgénero cumplan con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos, y se lleven a cabo con respeto y de manera profesional. Garantizar el cumplimiento con las directrices del Departamento de Policía Metropolitana para la interacción con personas transgénero, incluso las que prohíben identificar, en función de criterios selectivos, a las personas transgénero como trabajadores sexuales.
- Adoptar políticas, directrices y mecanismos de aplicación de la ley que garanticen que, en todos los casos en que se intercepta y revisa a personas, se cumplan las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
Al Departamento de Salud del Distrito de Columbia
- Brindar apoyo a leyes que prohíban utilizar los preservativos como prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Instar al Departamento de Policía Metropolitana (MPD) a que deje de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Llevar a cabo capacitaciones y participar en otras iniciativas en colaboración con el MPD que destaquen la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y la salud sexual y reproductiva.
California
A la Legislatura del estado de California
- Promulgar leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Derogar el artículo 1202.6 del Código Penal de California, que establece que todas las personas que reciban condenas por prostitución deben realizarse un análisis de detección de VIH, y el artículo 647f del Código Penal de California, que prevé sanciones más rigurosas para las personas que, siendo VIH positivas, reciban una segunda condena por el delito de prostitución, por ser discriminatoria, innecesaria e incompatible con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
- Modificar o derogar el artículo 653.22 del Código Penal de California, la ley que prohíbe el merodeo con la intención de ejercer la prostitución, por ser incompatible con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
A la Junta de Control de Bebidas Alcohólicas de California (California Alcoholic Beverage Control Board)
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Emitir una directiva para todos los policías en la cual se destaque la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y para la salud sexual y reproductiva. Asegurar que los policías reciban capacitación periódica sobre este protocolo, y que deban rendir cuentas en caso de que no lo cumplan.
Los Ángeles
Al Consejo Municipal de Los Ángeles
- Promulgar leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
Al Alcalde de Los Ángeles
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Dictar un decreto ejecutivo que prohíba al Departamento de Policía de Los Ángeles considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Adoptar las medidas necesarias en términos de políticas, supervisión y medidas disciplinarias para garantizar que las interacciones del Departamento de Policía de Los Ángeles con trabajadores sexuales y personas transgénero en Los Ángeles cumplan con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos, y se lleven a cabo con respeto y de manera profesional.
Al Departamento de Policía de Los Ángeles
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Emitir una directiva para todos los policías en la cual se destaque la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y para la salud sexual y reproductiva. Asegurar que los policías reciban capacitación periódica sobre este protocolo, y que deban rendir cuentas en caso de que no lo cumplan.
- Adoptar políticas, directrices y mecanismos de aplicación de la ley que garanticen que las interacciones con trabajadores sexuales y personas transgénero cumplan con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos, y se lleven a cabo con respeto y de manera profesional. Garantizar el cumplimiento con las directrices del Departamento de Policía de Los Ángeles (Los Angeles Police Department, LAPD) para la interacción con personas transgénero, incluso las que prohíben identificar, en función de criterios selectivos, a las personas transgénero como trabajadores sexuales.
- Adoptar políticas, directrices y mecanismos de aplicación de la ley que garanticen que, en todos los casos en que se intercepta y revisa a personas, se cumplan las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
Al Procurador Municipal de Los Ángeles
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para realizar acusaciones por prostitución y delitos relacionados.
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Apoyar la derogación del artículo 1202.6 del Código Penal de California, que establece que todas las personas que reciban condenas por prostitución deben realizarse un análisis de detección de VIH, y el artículo 647f del Código Penal de California, que prevé sanciones más rigurosas para las personas que, siendo VIH positivas, reciban una segunda condena por el delito de prostitución, por ser discriminatorios, innecesarios e incompatibles con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
- Apoyar la modificación o derogación del artículo 653.22 del Código Penal de California, que prohíbe el merodeo con la intención de ejercer la prostitución, por ser incompatible con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
Al Departamento de Salud Pública del Condado de Los Ángeles
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Instar al Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD) a que deje de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Llevar a cabo capacitaciones y participar en otras iniciativas en colaboración con el LAPD que destaquen la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y la salud sexual y reproductiva.
San Francisco
A la Junta de Supervisores de la Ciudad de San Francisco
- Promulgar leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
Al Alcalde de San Francisco
- Apoyar la sanción de leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Dictar un decreto ejecutivo que prohíba al Departamento de Policía de San Francisco considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
Al Departamento de Policía de San Francisco
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Emitir una directiva para todos los policías en la cual se destaque la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y para la salud sexual y reproductiva. Asegurar que los policías reciban capacitación periódica sobre este protocolo, y que deban rendir cuentas en caso de que no lo cumplan.
Al Fiscal de Distrito de San Francisco
- Dejar de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para realizar acusaciones por prostitución y delitos relacionados.
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Apoyar la derogación del artículo 1202.6 del Código Penal de California, que establece que todas las personas que reciban condenas por prostitución deben realizarse un análisis de detección de VIH, y el artículo 647f del Código Penal de California, que prevé sanciones más rigurosas para las personas que, siendo VIH positivas, reciban una segunda condena por el delito de prostitución, por ser discriminatorios, innecesarios e incompatibles con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
- Apoyar la modificación o derogación del artículo 653.22 del Código Penal de California, que prohíbe el merodeo con la intención de ejercer la prostitución, por ser incompatible con las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
Al Departamento de Salud Pública de San Francisco
- Brindar apoyo a leyes que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Instar al Departamento de Policía de San Francisco (San Francisco Police Department, SFPD) a que deje de utilizar, en forma inmediata, la posesión de preservativos como prueba para arrestar, interrogar o detener a personas que, presuntamente, sean trabajadores sexuales, o para sustanciar acusaciones por prostitución y delitos relacionados. Llevar a cabo capacitaciones y participar en otras iniciativas en colaboración con el SFPD que destaquen la importancia de los preservativos, en términos de salud pública, para la prevención del VIH y para la salud sexual y reproductiva.
- Asegurar que el trabajo de los inspectores de Salud Ambiental esté coordinado con el de la unidad de Prevención del VIH/las ETS (HIV/STD Prevention) respecto de las cuestiones de prevención del VIH y la importancia de promover el acceso a preservativos en establecimientos comerciales de San Francisco, como salas de masajes, clubes de baile erótico y otros.
- Apoyar la propuesta del Consejo de Planificación de la Prevención del VIH (HIV Prevention Planning Council) de que se dicte una ordenanza, para toda la ciudad, que establezca el requisito obligatorio de que, en todos los establecimientos comerciales de San Francisco que vendan bebidas alcohólicas, se pueda tener acceso a preservativos y lubricantes.
Al gobierno estadounidense
-
La Oficina de Política Nacional de Sida
(Office of National AIDS Policy) y los organismos federales responsables de
implementar la estrategia nacional sobre sida deberían:
- Reconocer que las violaciones de derechos humanos constituyen importantes obstáculos respecto de la prevención del VIH para los trabajadores sexuales, las mujeres transgénero, los jóvenes LGBT y otros grupos vulnerables, y dar prioridad a las intervenciones estructurales para abordar esos abusos;
- Instar a los estados a que prohíban considerar que la posesión de preservativos constituye una prueba de prostitución y delitos relacionados, y desarrollar un plan para brindar orientación, asistencia técnica y modelos de leyes para alcanzar este objetivo;
- Asegurar la inclusión de los trabajadores sexuales y las mujeres transgénero en las iniciativas del Grupo de Trabajo sobre la Intersección del VIH/sida (Working Group on the Intersection of HIV/AIDS), Violencia contra Mujeres y Niñas (Violence against Women and Girls), y Disparidades entre los Géneros en Cuestiones de Salud (Gender-related Health Disparities);
- Asegurar que los datos sobre investigación y vigilancia del VIH reflejen adecuadamente el impacto del VIH sobre los trabajadores sexuales y las mujeres transgénero.
- El Departamento de Justicia debería investigar el trato que reciben los trabajadores sexuales y las personas transgénero por parte de la policía en la Ciudad de Nueva York, Washington, DC y Los Ángeles, y ocuparse, en forma constante, de revisar, hacer cumplir y supervisar las políticas y prácticas para garantizar que respeten las normas de derechos humanos y las normas constitucionales de Estados Unidos.
A las Naciones Unidas
A las Comisiones de Derechos Humanos, Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y Discriminación Racial de las Naciones Unidas; el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; los Relatores Especiales de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Más Alto Nivel de Salud Posible y sobre la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas:
- Instar a Estados Unidos a garantizar que la policía y los fiscales dejen de utilizar los preservativos como prueba de prostitución y delitos relacionados.
- Instar a Estados Unidos a modificar o derogar las leyes sobre merodeo excesivamente amplias y que den lugar a la discriminación y el castigo basados en la identidad o la condición de las personas en lugar de tener en cuenta las conductas delictivas.
- Instar a Estados Unidos a proteger los derechos humanos de los trabajadores sexuales, las personas transgénero y los jóvenes LGBT en sus interacciones con la policía, tanto cuando están bajo custodia policial como cuando no están custodiados.





