X. Recomendaciones
Al Congreso de Estados Unidos
Reformar las leyes federales para brindar mayor protección contra la
violencia y el acoso sexual a los trabajadores agrícolas inmigrantes en
situación irregular:
- Aprobar el proyecto S. 1925 del Senado que propone
prorrogar la Ley sobre Violencia contra la Mujer (Violence Against Women
Act, VAWA), o una ley similar, para fortalecer las visas
de categoría U y otras protecciones para las víctimas
inmigrantes de violencia sexual, incluyendo a las mujeres y niñas
que trabajan en el sector agrícola. Sin embargo, ante la necesidad
de mayores protecciones, también promulgar leyes en torno a:
- Eliminar los topes arbitrarios que limitan la cantidad de
visas de categoría U y T disponibles para los inmigrantes que son
víctimas de delitos graves.
- Permitir que las
víctimas inmigrantes presenten pruebas alternativas de que han
colaborado en la investigación de los delitos en su contra, en
lugar de la certificación emitida por las autoridades de
aplicación de la ley para el otorgamiento de las visas U.
- Permitir que los testigos
inmigrantes que colaboren con la investigación de delitos graves,
como los que involucran violencia sexual, sean aptos para acceder a una
categoría legal similar a la que se obtiene a través de una
visa U.
Reformar la ley sobre inmigración para reducir la vulnerabilidad de
los trabajadores agrícolas a la violencia y el acoso sexual, así
como también a otros abusos:
- Promulgar leyes que establezcan
un programa de legalización adquirida para los trabajadores
agrícolas en situación irregular que ya se encuentran en
Estados Unidos.
- Implementar reformas que
brinden mayor protección contra los abusos en el lugar de trabajo a
los trabajadores migrantes que ingresen en Estados Unidos con visas de
trabajo temporario:
- Lograr que los trabajadores no
dependan de empleadores abusivos estableciendo que las visas puedan
trasladarse de un empleador a otro, con un período de gracia en el
cual los trabajadores puedan encontrar un nuevo empleo si dejan de
prestar servicios, por cualquier motivo, en el lugar donde se estaban
desempeñando.
- Proteger a los trabajadores
extranjeros temporales contra la discriminación por raza, color,
religión, sexo, nacionalidad, edad y discapacidad, de conformidad
con las leyes contra la discriminación aplicadas a otros
trabajadores de Estados Unidos.
- Incluir a los trabajadores
extranjeros temporales en el marco de las protecciones otorgadas por la
Ley de Protección a Trabajadores Agrícolas Migrantes y
Estacionales (Seasonal and Migrant Agricultural Worker Protection Act),
así como también de la Ley Nacional de Relaciones Laborales
(National Labor Relations Act).
- Establecer una opción
para que los trabajadores extranjeros temporales y sus familiares que han
estado en Estados Unidos durante un determinado período puedan
acceder a la categoría de residentes permanentes.
Reformar o derogar las leyes federales que llevan a que los trabajadores
agrícolas —tanto aquellos que se encuentran en una
situación regular como los que están en condiciones
irregulares— no denuncien la violencia sexual o el acoso sexual en el
lugar de trabajo ni otros abusos:
-
Promulgar
leyes para garantizar la igualdad en el acceso a los recursos para todos
los trabajadores que sufran violaciones en el lugar de trabajo o intenten
hacer valer los derechos de los trabajadores, independientemente de
cuál sea su condición inmigratoria, y así rectificar
la decisión de la Corte Suprema en el caso Hoffman Plastic.
- Revisar los topes de las
indemnizaciones por daños y perjuicios contempladas en el
Título VII de la Ley de Derechos Civiles (Civil Rights Act) de 1964
para adecuarlos a la inflación, y brindar un factor de
disuasión apropiado frente a empleadores inescrupulosos o irresponsables.
- Eliminar la exclusión de
los trabajadores agrícolas de la Ley Nacional de Relaciones
Laborales y reconocer, al igual que a todos los demás trabajadores,
su derecho a la negociación colectiva.
- Reformar la Ley de Normas
Razonables de Trabajo para:
- Reconocer a los trabajadores agrícolas
el derecho a cobrar las horas extras, asegurar el pago del salario
mínimo e incluir a las pequeñas granjas, tal como sucede
con los trabajadores de la mayoría de los demás sectores;
- Aplicar
a los niños que trabajan bajo contrato en el sector agrícola
los mismos requisitos de edad y de horarios que ya se aplican en todos
los demás casos de trabajo infantil;
- Establecer
o aumentar a 14 años la edad mínima para trabajar en el
sector agrícola, con una única excepción en el caso
de los niños que trabajan en granjas de propiedad de sus padres y administradas
por estos.
- Eliminar las restricciones que
afectan la capacidad de las organizaciones financiadas por Legal Services
Corporation para representar a trabajadores agrícolas en
situación migratoria irregular.
Al Departamento de Seguridad Nacional de Estados
Unidos
- Dejar sin efecto los programas
tales como Comunidades Seguras (Secure Communities), que exigen o fomentan
la aplicación de las leyes federales sobre inmigración por
policías locales.
- Evaluar a los inmigrantes
detenidos en el marco de medidas de seguridad pública para
determinar si reúnen los requisitos para obtener visas de
categoría U y T, y garantizar que se les apliquen políticas
adecuadas sobre facultad discrecional en los procesos legales, tal como se
establece en los memorandos del Servicio de Inmigración y Control
de Aduanas (ICE).
- Garantizar la aplicación
uniforme y precisa de leyes y reglamentaciones para el otorgamiento de
visas U por parte de organismos locales de aplicación de la ley difundiendo
información sobre los requisitos legales específicos para la
certificación de la visa y el papel que desempeñan los
organismos de aplicación de la ley que emiten certificaciones.
- Dar a todas las oficinas de
campo del ICE la directiva de que se acojan a los términos de la
Instrucción Operativa 287.3, que exige que los agentes determinen
si los empleadores u otras personas han proporcionado información
sobre trabajadores en situación irregular en un intento por interferir
en sus derechos en el lugar de trabajo, y garantizar que todos los agentes
y funcionarios locales de aplicación de la ley que intervengan en
el cumplimiento de las leyes de inmigración sean capacitados sobre
el uso de la Instrucción Operativa.
A la Comisión para la Igualdad de Oportunidades
en el Empleo de Estados Unidos
- Continuar con las iniciativas de extensión y
priorización de los servicios a los inmigrantes de bajos ingresos
que son víctimas de violencia y acoso sexual, incluidos los de
áreas rurales.
- Eliminar las demoras innecesarias en el procesamiento de
reclamos y asegurar que los investigadores se encuentren capacitados para
trabajar con víctimas de violencia sexual, sean conscientes de las
diferencias culturales y las tengan en cuenta y, en los casos en que sea posible,
cuenten con las habilidades lingüísticas adecuadas.
Al Departamento de Trabajo de Estados Unidos (DOL)
y la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA)
- Incrementar las inspecciones a
lugares donde se realizan tareas agrícolas, particularmente aquellas
que buscan detectar trabajo infantil y violaciones a las normas sobre
salario mínimo, y aumentar las penalizaciones monetarias civiles y
las sanciones penales dentro de los límites legales para mejorar el
cumplimiento de las leyes pertinentes.
- Efectuar remisiones a las
agencias correspondientes cuando se encuentren pruebas de acoso sexual
durante una investigación, y aprobar reglamentaciones y recursos
vinculados con el acoso sexual como un problema de salud y seguridad
ocupacional.
- Hacer uso del concepto de
empleador conjunto en virtud de la Ley de Protección a Trabajadores
Agrícolas Migrantes y Estacionales (AWPA) para hacer que los
productores asuman la responsabilidad, junto con los contratistas de mano
de obra agrícola, de brindar a los trabajadores agrícolas
protecciones en virtud de la AWPA.
- Hacer uso de la
disposición de la Ley de Normas Razonables de Trabajo sobre
artículos producidos en contravención de las normas
laborales (denominados “hot goods”), a fin de permitir que los
tribunales dicten órdenes de emergencia que prohíban a las
compañías enviar o vender bienes producidos por trabajadores
que no perciban una remuneración adecuada.
- Adoptar medidas contundentes
para hacer cumplir la Norma de Higiene en el Campo (Field Sanitation
Standard) de la OSHA, que exige que los empleadores proporcionen a los
trabajadores agua potable, baños y lugares para lavarse las manos.
- Frenar la aprobación
anual de una cláusula adicional que excluye de la competencia de la
OSHA a casi todas las granjas con diez empleados o menos.
A todos los gobiernos de los estados
- Garantizar que las leyes
estatales brinden a los trabajadores agrícolas protección
adecuada contra el acoso sexual y otros abusos en el lugar de trabajo en
los casos en que las leyes federales no otorguen dicha protección.
- Promulgar leyes integrales
contra el acoso sexual si no existen en la actualidad. En caso de contar
con estas normas, eliminar la exclusión de los trabajadores
agrícolas y asegurar que brinden una mayor cobertura de empleadores
con el establecimiento de recursos suficientes para disuadir las
infracciones por parte de empleadores.
- Garantizar que se encuentren
disponibles servicios de asistencia a víctimas —incluidos
servicios para abordar las consecuencias físicas y
psicológicas de la violencia sexual a corto y a largo plazo—
para todas las personas que los necesiten, independientemente de su
situación inmigratoria; que dichos servicios sean accesibles y que
las comunidades de trabajadores agrícolas estén al tanto de
su existencia.
- Evaluar las necesidades
lingüísticas de las poblaciones de trabajadores
agrícolas del estado y, siempre que sea posible, adoptar medidas
para aumentar la capacidad del personal del organismo de trabajo del
estado para brindar asistencia efectiva a los trabajadores
agrícolas inmigrantes, incluidos los trabajadores agrícolas
indígenas que no pueden comunicarse de manera efectiva en
inglés ni en español.
- Evitar promulgar leyes sobre
inmigración similar a la SB 1070 de Arizona o a la HB 56 de
Alabama, que aumentan el temor a la policía y desalientan la
denuncia de delitos en las comunidades de inmigrantes.
A los organismos locales de aplicación de la
ley
- Investigar intensamente todas
las denuncias de violencia sexual efectuadas por inmigrantes,
independientemente de cuál sea su situación inmigratoria.
- Contratar personal
bilingüe y con sensibilidad cultural; y no convocar como
intérpretes a funcionarios de las autoridades federales de
inmigración.
- Adoptar todas las medidas
necesarias y adecuadas para garantizar a las comunidades de inmigrantes
que los inmigrantes no autorizados que denuncien delitos no serán
puestos a disposición de las autoridades inmigratorias.
- Llevar a cabo iniciativas de
extensión a la comunidad para establecer relaciones con las
comunidades de trabajadores agrícolas e inmigrantes.
- Garantizar que el proceso de
certificación de la visa U del organismo sea transparente y
accesible para los inmigrantes que hayan sido víctimas de delitos y
reúnan las condiciones para su otorgamiento.
A los empleadores del sector agrícola
- Crear y hacer cumplir
políticas claras que prohíban el acoso y el abuso sexual,
así como también canales accesibles a través de los
cuales los empleados puedan denunciar de manera segura el acoso sexual y
otras violaciones en el lugar de trabajo.
- Brindar capacitaciones
apropiadas, desde el punto de vista cultural y lingüístico,
sobre el acoso y el abuso sexual. Asimismo, en los casos en que sea
posible, trabajar con organizaciones de defensa de los trabajadores
agrícolas para crear materiales y llevar a cabo capacitaciones.
- Investigar todos los casos de
violencia o acoso sexual denunciados y adoptar medidas correctivas
inmediatas para remediar el problema.
- Contratar únicamente los
servicios de contratistas con licencia que puedan demostrar que cumplen
con las leyes de protección del trabajador y crear y hacer cumplir
políticas de prohibición del acoso sexual.
A los organismos que brindan servicios para las
víctimas de violencia y acoso sexual
- Realizar actividades de
extensión para los trabajadores inmigrantes que resulten apropiadas
desde el punto de vista cultural y lingüístico, e incluyan, de
ser posible, a los trabajadores agrícolas indígenas que no
puedan comunicarse efectivamente en inglés ni en español.
- Realizar acciones de incidencia
para obtener recursos adicionales que permitan que los trabajadores
rurales inmigrantes tengan acceso a terapeutas bilingües.