16 de Mayo de 2012

IV. Recomendaciones

Al Gobierno de Perú

Reformas legislativas

  • La Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad debería trabajar en colaboración con el Congreso de la República para examinar de manera exhaustiva todas las leyes internas e implementar las reformas pertinentes para cumplir cabalmente con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incluida la revisión de la definición sobre discapacidad contenida en la Ley General de la Persona con Discapacidad N.° 27050.
  • Reformar sustancialmente la ley sobre capacidad jurídica para crear un sistema en el cual todas las personas con discapacidad puedan tener acceso a mecanismos de asistencia para la toma de decisiones, en vez de ser privadas de la posibilidad de ejercer sus derechos, incluida la modificación de los artículos 43 y 44 del Código Civil, de modo que la interdicción judicial que redunda en la privación de la capacidad jurídica de las personas no pueda ser aplicada en forma arbitraria con base en una discapacidad.
  • Reformar las leyes que vinculan la constancia de votación o la correspondiente dispensa con la capacidad de realizar gestiones civiles, comerciales, administrativas o judiciales, incluido el artículo 29 de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil N.° 26497 y el artículo 390(c) de la Ley Orgánica de Elecciones.
  • Asegurar que los proyectos de códigos electorales que están siendo preparados por el Jurado Nacional de Elecciones sean compatibles con las obligaciones internacionales asumidas por Perú de asegurar los derechos de participación política de las personas con discapacidad.
  • Adoptar medidas urgentes para garantizar que el sistema jurídico no permita la aprobación de nuevos casos de interdicción con base en una discapacidad.
  • Emitir lineamientos que establezcan claramente que la interdicción no permite la aplicación de restricciones al derecho de sufragio de las personas con discapacidad y faciliten la modificación de las declaraciones de interdicción para permitir el restablecimiento del derecho a voto.
  • Hasta tanto se lleve a cabo dicha reforma, implementar las siguientes mejoras al sistema actual, a fin de asegurar el derecho de participación política de las personas con discapacidad y que la privación del derecho a voto no opere en desmedro de la capacidad de intervenir en actos civiles, comerciales, administrativos y judiciales:
  • La Corte Suprema de Justicia debería emitir pautas sobre interdicción relativa que eliminen cualquier restricción al derecho a voto fundada en la capacidad jurídica.
  • El RENIEC debería emitir un dictamen legal donde se aclare que la omisión de voto sin justificación no afecta la capacidad de realizar trámites civiles, comerciales, administrativos y judiciales.
  • El Jurado Nacional de Elecciones debería emitir lineamientos donde se exima de cualquier multa a personas con discapacidad que no hayan votado o participado como miembros de mesas de sufragio.
  • Todas las entidades relevantes deberían procurar la participación de personas con discapacidad, especialmente aquellas afectadas por privaciones de la capacidad legal, en el proceso de formulación de reformas sobre capacidad jurídica.

Estadísticas y registros

  • Asegurar que se incluya información exhaustiva sobre personas con discapacidad en la divulgación de las estadísticas obtenidas mediante censos, y que estos datos se actualicen en forma periódica.
  • Crear una base de datos estadística para coordinar la información sobre personas con discapacidad recabada por organismos gubernamentales con fines de planificación, incluidos el RENIEC, la ONPE y el CONADIS.

Accesibilidad

  • Adoptar medidas para garantizar que todos los edificios abiertos al público y utilizados como centros de votación o espacios públicos de reunión sean accesibles para todos.
  • Analizar con anticipación cuáles serán las necesidades de personas con discapacidad y, en función de esto, adoptar medidas para asegurar que puedan acceder a las mesas de sufragio y reciban la asistencia necesaria (incluidas boletas en braille) para poder votar.
  • Apoyar el derecho de las personas internadas en instituciones a determinar una residencia oficial fuera de dicha institución y a votar en ese lugar.
  • Asegurar que existan medios de transporte accesibles para trasladarse hasta las mesas de sufragio.
  • Ofrecer alternativas para asegurar la accesibilidad, teniendo en cuenta las necesidades de personas con discapacidad que viven en zonas remotas o rurales, como por ejemplo centros de votación itinerantes, votación por correspondencia, votación anticipada o voto electrónico.

Información, educación y capacitación

  • Asegurar que la capacitación de funcionarios electorales, miembros de mesas de sufragio, policías y líderes de partidos políticos incluya información y educación sobre los derechos y las necesidades de las personas con discapacidad.
  • Asegurar que se brinde información, educación y capacitación a personas que vivan en instituciones mediante una autoridad independiente, a fin de facilitar su derecho a votar libremente y sin injerencias indebidas.
  • Capacitar a jueces y abogados en relación con los derechos enumerados en la CDPD para que puedan aplicar la ley de manera correcta.
  • Procurar la participación de personas con discapacidad en la capacitación de funcionarios electorales, miembros de mesas de sufragio, policías y líderes de partidos políticos sobre derechos de participación política de las personas con discapacidad.
  • Difundir información accesible sobre elecciones, plataformas de partidos políticos y participación en la vida política (incluida información en braille, lenguaje de señas y formatos de fácil lectura).
  • Llevar a cabo campañas de sensibilización pública sobre derechos de las personas con discapacidad y asegurar que las personas con discapacidad y sus familiares conozcan sus derechos, incluido el derecho a un documento nacional de identidad donde no consten restricciones.
  • Fortalecer la capacidad de las personas con discapacidad y de organizaciones que las representan a través de iniciativas de educación y capacitación sobre temas y habilidades políticas fundamentales, como oratoria y negociación.
  • Consultar a personas con discapacidad, a sus familiares y a las OPD para comprender y apoyar de manera más efectiva sus necesidades relativas al derecho de participación política.

Postulación a cargos públicos

  • Adoptar medidas efectivas para fomentar la inclusión de personas con iscapacidad en política, por ejemplo, trabajando con los partidos políticos e instándolos a que integren a estas personas y a las OPD en sus iniciativas de formación, educación y programas de difusión, y asegurar la accesibilidad para los candidatos con discapacidad.

Participación en la toma de decisiones

  • Crear distintas OMAPED y OREDIS en todos los municipios y regiones.

A los donantes bilaterales y multilaterales, organismos de la ONU y ONG internacionales

  • Incorporar un enfoque que incluya a personas con discapacidad en los acuerdos de cooperación actuales y futuros relativos a programas o políticas sobre participación política.

Al Comité de Derechos Humanos de la ONU

  • Actualizar la Observación General N.° 25 a fin de adecuarla al requisito de la CDPD sobre participación política, entre otras cosas, indicando claramente que la “incapacidad mental verificada” no es un motivo razonable para negar a una persona el derecho a votar o postularse a elecciones.
  • Incorporar preguntas sobre la participación política de personas con discapacidad en el examen sobre cumplimiento de los Estados partes de sus obligaciones conforme al PIDCP.
  • ·    Consultar a organizaciones de personas con discapacidad y al Comité de la CDPD sobre lo anterior.

Al Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

  • Expresar con claridad la relación entre la capacidad jurídica contemplada en el artículo 12 y la participación política reconocida en el artículo 29 en la próxima Observación General sobre capacidad jurídica.
  • Trabajar junto con Perú y otros Estados para asegurar que las personas con discapacidad gocen del derecho a la participación política en igualdad de condiciones con otros ciudadanos y adoptar medidas adecuadas para asegurar este derecho.