Skip to main content

Ecuador no debe iniciar juicios penales contra críticos del Presidente

Deben derogarse las disposiciones penales sobre difamación

(Washington, DC) - Las acciones penales por difamación inciadas por el Presidente Rafael Correa contra sus críticos constituyen un grave revés para la libertad de expresión en Ecuador, señaló hoy Human Rights Watch. Ecuador debería derogar las disposiciones sobre calumnias, injurias y desacato de su Código Penal, señaló Human Rights Watch.

El 21 de marzo de 2011, el Presidente Correa presentó una demanda penal contra el periodista Emilio Palacio y tres directivos del periódico El Universo: Carlos Eduardo Pérez Barriga, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Nicolás Pérez Barriga. Correa pidió al tribunal que condene a cada uno de estos hombres a tres años de prisión y que aplique una multa de 50 millones de dólares. También reclamó 30 millones de dólares a la empresa propietaria del periódico.

"Las acciones del Presidente Correa destinadas a iniciar procesos penales contra sus críticos constituyen una ofensiva directa contra la libertad de expresión", afirmó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. "En un sistema democrático, los presidentes no deberían usar el derecho penal para bloquear el debate público sobre sus actos y políticas".

Correa afirma en su querella que la nota de opinión de Palacio "de forma dolosa, inmoral y maliciosa [lo] injuri[a] e imput[a] falsos delitos, con el único afán de desprestigiar [lo], mancillar [su] honra y buen nombre".

La nota de opinión "No a las mentiras", publicada el 6 de febrero en El Universo, se refiere a Correa como "el Dictador". Critica a Correa por considerar la posibilidad de perdonar a quienes participaron en el levantamiento policial de septiembre de 2010 (que según el gobierno fue un intento de golpe de estado), durante el cual Correa fue retenido durante varias horas en un hospital policial. Palacio acusó a Correa de "haber ordenado fuego a discreción y sin previo aviso contra un hospital lleno de civiles y gente inocente" y concluyó: "Los crímenes de lesa humanidad, que no lo olvide, no prescriben".

En su querella, Correa acusó a Palacio y a los tres directores de El Universo del delito de injuria calumniosa contra autoridad pública. El artículo 493 del Código Penal de Ecuador señala que serán reprimidos con hasta tres años de prisión quienes hubieran dirigido a la autoridad imputaciones que constituyan injuria calumniosa.

La causa tramita actualmente ante un juez penal de la provincia de Guayas.

Desde hace tiempo, organismos internacionales de derechos humanos critican el uso de leyes penales sobre difamación en casos de denuncias sobre funcionarios públicos que contribuyan a promover el dinámico debate público que resulta indispensable en una sociedad democrática. Los Principios sobre Libertad de Expresión adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2000 afirman que la protección de la reputación de los funcionarios públicos debe estar garantizada sólo mediante la imposición de sanciones civiles.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los funcionarios públicos que "se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente... se ven expuestos a un mayor riesgo de sufrir críticas, ya que sus actividades... [se] inserta[n] en la esfera del debate público". La Corte sostiene que el honor de los funcionarios públicos o las personas públicas debe ser jurídicamente protegido "de manera acorde con los principios del pluralismo democrático". La aplicación de procedimientos penales por difamación debe limitarse a casos de "extrema gravedad", en los cuales se haya demostrado la "absoluta necesidad" de utilizar tales medidas "en forma verdaderamente excepcional", y en ese caso, la carga de la prueba debe recaer en quien formula la acusación.

En 2007, el Congreso de México despenalizó la difamación en el ámbito federal. En junio de 2009, Uruguay eliminó las sanciones penales contra quienes publiquen opiniones o información sobre funcionarios públicos o temas de interés público. En noviembre de 2009, Argentina eliminó las sanciones penales en casos relativos a información de interés público. En diciembre de 2009, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica derogó la pena de prisión para casos de difamación penal.

"Mientras otros países de la región avanzan hacia la despenalización de la difamación en cumplimiento de los estándares internacionales, el Presidente Correa lleva a Ecuador exactamente en la dirección opuesta", afirmó Vivanco.

Your tax deductible gift can help stop human rights violations and save lives around the world.

Región / País

Las más vistas