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México: Sentencia hito sobre adopción para parejas del mismo sexo

Fallo de la Suprema Corte tras la decisión que confirmó derecho al matrimonio

(Nueva York) - El histórico fallo del 16 de agosto de 2010, en el que la Suprema Corte de Justicia de México reconoció el derecho de las parejas del mismo sexo a adoptar niños en la Ciudad de México, defiende el principio básico de la igualdad para lesbianas, gays, personas bisexuales y transgénero (LGBT) en todos los aspectos de sus vidas, incluyendo la vida familiar, Human Rights Watch señaló hoy.

La Suprema Corte votó 9-2 para garantizar la adopción para estas parejas. La semana pasada la Corte decidió en favor del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo y dejó en claro que otros estados en el país tienen la obligación de reconocer estos matrimonios realizados en el Distrito Federal.

"El fallo de la Suprema Corte confirma que el Estado no puede negar ningún derecho legal sobre la base de la orientación sexual y la identidad de género de una persona", dijo Juliana Cano Nieto, investigadora del Programa de Derechos de Lesbianas, Gays, Personas Bisexuales y Transgénero en Human Rights Watch. "Esta decisión tendrá resonancia para los tribunales de todo el continente en la protección de los derechos fundamentales de las personas LGBT".

La decisión de la Suprema Corte respondió a un recurso presentado por la Procuraduría General de la República en contra de la ley del Distrito Federal de diciembre de 2009 que amplió la definición de matrimonio para incluir el matrimonio entre parejas del mismo sexo.

La Procuraduría General sostuvo que la ley viola el concepto de familia y el "interés superior del niño" garantizado en la Constitución al permitir que las parejas LGBT adopten.

Sin embargo, la Suprema Corte dijo que la definición de una familia no se limita a la formada por un hombre y una mujer. La Corte citó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia de E.B. contra Francia, que sostuvo que a una mujer lesbiana soltera no se le puede negar el derecho a adoptar a un niño o niña debido a su orientación sexual, y que reiteró que las parejas del mismo sexo deben tener igualdad de derecho a adoptar como las parejas heterosexuales y las familias monoparentales para garantizar plenamente la igualdad y la no discriminación. Por último, la Corte señaló que el "interés superior" del niño es el de tener una familia amorosa sin importar el género de los miembros de la misma.

"El fallo de la Suprema Corte es claro: los prejuicios no deben interferir en garantizar los derechos de familia", dijo Cano Nieto. "Los otros estados en México deben seguir este ejemplo".

Con esta decisión, México se convierte en el décimo primer país del mundo que ofrece a las personas LGBT igualdad de acceso al matrimonio, junto con Holanda, Bélgica, Portugal, España, Canadá, Sudáfrica, Islandia, Noruega, Suecia y Argentina.

Países como Islandia, Holanda, España, Suecia y el Reino Unido permiten que las parejas del mismo sexo adopten niños y niñas. Uruguay permite la adopción por parejas del mismo sexo unidas en una unión civil. Dinamarca, Alemania y Noruega permiten que las personas LGBT adopten al niño o niña de su pareja.

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