January 28, 2009

Introducción

 

Human Rights Watch ha documentado previamente como los menores extranjeros no acompañados, al llegar a España, afrontan la detención y posibles malos tratos en centros de acogida, así como el retorno sin las garantías debidas a países en los que pueden correr el riesgo de sufrir tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. [1]

 

Este informe identifica un defecto fundamental en las repatriaciones de menores migrantes y refugiados no acompañados desde España, lo que es que el gobierno no les proporciona ninguna representación legal independiente durante el procedimiento. Esta falta de protección priva a los menores de la posibilidad de recurrir sentencias que afectan fundamentalmente sus vidas y que pueden traer como consecuencia el retorno de niños a situaciones en las que su integridad se ponga en riesgo. Por el contrario, los adultos migrantes en procedimiento de expulsión reciben asistencia letrada gratuita.

 

A la hora de poner en práctica la ley española, que suele reflejar las normas internacionales de los derechos del Niño, surgen defectos importantes en los procedimientos. Según la legislación internacional, un menor extranjero no acompañado puede ser repatriado únicamente de acuerdo con su interés superior y siempre que se le pueda ofrecer una protección adecuada. Sin embargo, como no se regulan los procedimientos de repatriación de menores por una reglamento explicito, la determinación de interés superior no existe en realidad y las entidades publicas no cumplen con sus obligaciones bajo el derecho internacional. El hecho de que los servicios de protección de menores puedan iniciar los procedimientos de repatriación y sigua siendo el representante legal de los menores durante estos procedimientos constituye un conflicto de intereses.

 

Desde hace 10 años, España ha sido un país de destino importante para menores migrantes y refugiados no acompañados. La mayoría de estos menores son de origen africano, procedentes sobre todo de Marruecos y, en menor medida, de Senegal y otros países de África occidental. Hoy día se encuentran en España entre 3.000 y 5.000 menores extranjeros no acompañados, la mayoría de ellos en las Islas Canarias, Andalucía, Madrid y Cataluña. [2]

 

El número de menores extranjeros no acompañados que España ha repatriado en los últimos dos años es bajo en comparación con la cifra total de menores no acompañados en el país. [3] Con el fin de aumentar el número total de repatriaciones de menores extranjeros no acompañados, España ha cerrado recientemente acuerdos bilaterales con Marruecos y Senegal; estos acuerdos carecen de garantías procedimentales básicas para asegurar que los menores no sean repatriados ante situaciones de riesgo. España también ha financiado la construcción de centros de acogida para menores repatriados en Marruecos. Además, el partido gobernante de España se compromete a incrementar el número de repatriaciones de menores extranjeros no acompañados, incluyéndolo de forma destacada en su campaña para las elecciones generales de marzo de 2008. [4]

 

En la práctica, España ha repatriado en repetidas ocasiones a menores extranjeros no acompañados a sus países de origen donde se encontraron en situaciones de riesgo. Numerosos informes documentan repatriaciones que no fueron realizadas de acuerdo con el interés superior del menor; también hubo casos en los que los menores fueron repatriados sin reagruparlos con sus familias o sin ser acogidos por servicios de protección de menores. [5] En 2007, la policía llevó a cabo la repatriación de dos chicos marroquíes a pesar de tener conocimiento de una medida cautelar que suspendía la repatriación de los chicos. [6] Los menores marroquíes no acompañados se enfrentan a repetidos abusos y detenciones por fuerzas de seguridad y autoridades de fronteras de Marruecos. [7] En 2005 varios Defensores del Pueblo españoles calificaron la forma en que se habían tomado y aplicado estas decisiones de repatriación de “aleatoria” y “automático”.

Human Rights Watch insta a España a asegurar que cada menor extranjero no acompañado sea representado durante un procedimiento de repatriación por un abogado independiente, y a examinar y a documentar minuciosamente el interés superior del menor y los riesgos y peligros que le aguarden a su regreso antes de decidir cualquier repatriación.

 

[1]Véase Human Rights Watch, Callejón sin salida: Abusos cometidos por las autoridades españolas y marroquíes contra niños migrantes, vol.14, nº. 4(D), mayo de 2002, http://www.hrw.org/spanish/informes/2002/callejon.html; Human Rights Watch, Responsabilidades no Bienvenidas: España no protege los derechos de los menores extranjeros no acompañados en las Islas Canarias, vol. 19, nº. 4(D), julio de 2007, http://www.hrw.org/reports/2007/spain0707/

[2] Los datos oficiales sobre el número total de menores migrantes no acompañados en España son poco fiables. Estos datos son recopilados por las autoridades regionales y no son registrados de manera uniforme; los menores pueden ser registrados en múltiples ocasiones en diferentes comunidades autónomas debido a la falta de un registro centralizado. Según UNICEF, España informó de 5.200 menores marroquíes no acompañados registrados en centros de acogida españoles a finales de 2007. Human Rights Watch se reunió con Lenin Guzmán, Director Adjunto, UNICEF Marruecos, Rabat, 9 de mayo de 2008. Según el Observatorio de Derechos del Niño del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 9.117 menores migrantes no acompañados fueron acogidos en 2004, el año más reciente del que se disponen datos en su página web. Sin embargo, el Ministerio del Interior informó de 1.873 menores acogidos en 2004. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, La Infancia en Cifras: Número 2, (Madrid: 2006), http://www.mtas.es/SGAS/FamiliaInfanc/infancia/AcuerdosConvenios/InfanciaCifras.pdf (consultado el 20 de junio de 2008) p. 182. Defensor del Pueblo, Informe Sobre Asistencia Jurídica a Los Extranjeros en España (Madrid: 2005), p. 460.

[3] España repatrió un total de 111 menores extranjeros no acompañados en 2006, de los cuales 81 fueron devueltos a Marruecos. El dato oficial de menores repatriados de 2007 ascendió a 27. Amnistía Internacional, “España: Presentación de información al Comité de Derechos Humanos” AI Index: EUR 41/012/2008, junio de 2008, http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrc/docs/ngos/AI_Spain93.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2008), p. 34.

[4]“Rumí subraya la voluntad del Gobierno para 'agilizar' el retorno asistido de menores con 'rigor y seriedad’,” La Región, 26 de octubre de 2007, http://www.laregioninternacional.com/noticia/8485/ConsueloRum%C3%AD/emigraci%C3%B3n/retornoasistido/menores/inmigrantes/menoressolos/menoresnoacompa%C3%B1ados/asistenciasocial/retornodeinmigrantes/ (consultado el 24 de septiembre de 2008). “De la Vega asegura que el Gobierno ha puesto en marcha expedientes de repatriación de menores,” Granada Digital, 10 de diciembre de 2007, http://www.granadadigital.com/index.php/nacional_gr/86963-Redacci%C3%B3n%20GD (consultado el 24 de septiembre de 2008).

[5]Human Rights Watch, Callejón sin salida; Abusos cometidos por las autoridades españolas y marroquíes contra niños migrantes, vol.14, nº. 4(D), mayo de 2002, http://www.hrw.org/reports/2002/spain-morocco/; Asociación pro derechos humanos de Andalucía (APDHA), “Migraciones y Derechos del Menor Extranjero no Acompañado,” 2006; Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Carta a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Madrid, 8 de septiembre de 2006; Defensor del Pueblo, Informe anual 2005 y debates en las Cortes Generales (Madrid: Publicaciones parlamentarias, 2006) http://www.defensordelpueblo.es/documentacion/informesanuales/Informe2005.zip (consultado el 25 de septiembre de 2008); Defensor del Pueblo, “Informe Anual 2004,” http://www.defensordelpueblo.es/index.asp?destino=informes1.asp(consultado el 12 demarzo de 2008), p. 433;Defensor del Pueblo,Informe anual 2007,” http://www.defensordelpueblo.es/InformesAnuales/informe2007.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2008), pp. 486-489; SOS Racismo, “Menores en Las Fronteras: De los Retornos Efectuados Sin Garantías a Menores Marroquíes y de los Malos Tratos Sufridos,” 2004, http://www.mugak.eu/ef_etp_files/view/Informe_menores_retornados.pdf?revision%5fid=9202&package%5fid=9185 (consultado el 11 de junio de 2008); Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Informe de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los emigrantes, Dª. Gabriela Rodríguez Pizarro, Visita a España, E/CN.4/2004/76/Add.2, 14 de enero de 2004, pars. 55-56; Amnistía Internacional, España: Crisis de identidad; tortura y malos tratos de índole racista a manos de agentes del Estado,” AI Index: EUR 41/001/2002, 15 de abril de 2002, http://www.amnesty.org/fr/library/info/EUR41/001/2002/es (consultado el 31 de marzo de 2008) pp. 73-82.

Departamento de Estado de Estados Unidos, Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, “Informes de países sobre prácticas de Derechos Humanos – 2006: Marruecos,6 de marzo de 2007, http://www.state.gov/g/drl/rls/hrrpt/2006/78859.htm(consultado el 17 de marzo de 2008).

Departamento de Estado de Estados Unidos, Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, “Informes de países sobre prácticas de Derechos Humanos – 2005: Marruecos,” 8 de marzo de 2006, http://www.state.gov/g/drl/rls/hrrpt/2005/61695.htm(consultado el 17 de marzo de 2008).

Comité contra la Tortura, “Examen de los informes presentados por los estados partes en virtud del artículo 19 de la convención,conclusiones y recomendaciones del Comité contra la Tortura, España,” CAT/C/CR/29/3, 23 de diciembre de 2002, par. 11(b). Comité de los Derechos del Niño, “Examende los informes presentados por los estados partes en virtud del artículo 44 de la convención, Observaciones finales, España,” CRC/C/15/Add.185, 13 de junio de 2002, par. 46(c).

[6]Véase: Defensor del Pueblo “Informe anual 2007,” http://www.defensordelpueblo.es/InformesAnuales/informe2007.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2008), p. 488.

[7] En virtud de los procedimientos oficiales, España repatría a los menores marroquíes no acompañados entregándolos a las autoridades de fronteras de Marruecos (Real Decreto 2393/2004, art. 92(4); y Protocolo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sobre menores extranjeros no acompañados citado en el Observatorio de la Infancia, “Protocolo de Menores Extranjeros no Acompañados,” Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Madrid, diciembre de 2005). Los menores repatriados se enfrentan al riesgo de ser detenidos en base al artículo 50 del Acta Marroquí de Inmigración y Emigración, ley nº 02-03, que castiga la “emigración irregular” de Marruecos con una multa y/o pena de cárcel de hasta seis meses.